NORMATIVA

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

Autoridades Sonia Marta Mora Escalante Ministra de Educación Pública Alicia Eugenia Vargas Porras Viceministra Académica Kattia Grosser Guillén Dirección de Vida Estudiantil Lilliana Rojas Molina Jefatura Departamento de Convivencia Estudiantil

Créditos Chechey González Arce Asesor Nacional de Educación Musical Mauricio Aguilar García Asesor Nacional de Español Melvin Gómez Quesada Asesor Nacional de Artes Plásticas Equipo Festival Estudiantil de las Artes Departamento de Convivencia Estudiantil Dirección de Vida Estudiantil Roxana Argüello Chaverri Asesora Legal Departamento de Participación Estudiantil Dirección de Vida Estudiantil

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

Yo me apunto con el Festival Estudiantil de las Artes. Sonia Marta Mora Escalante Ministra de Educación El Festival Estudiantil de las Artes es uno de los programas del Ministerio de Educación Pública que se desarrolla a nivel nacional con la participación de las estudiantes y los estudiantes de primaria y secundaria de todos los centros educativos del país. Este Festival lo hacen ellas y ellos participando activamente: presentando, proponiendo, diseñando, componiendo y creando arte en cualquiera de las múltiples disciplinas artísticas; exponiendo

su pensamiento, su

sentir y sus ideas. También participan

apreciando,

disfrutando y apoyando la creación artística de sus compañeros y compañeras. Los adultos los acompañamos y facilitamos la realización de este, su festival artístico y de expresión y comunicación. Cuando nos apuntamos con este programa, estamos brindando mayores oportunidades de participación estudiantil. Abrimos espacios a estudiantes de todas las modalidades del sistema educativo de Costa Rica, para que a través de las artes se promueva la convivencia, la permanencia y el éxito escolar, construimos así un espacio para prevenir la violencia y fomentar una cultura de paz en el sistema educativo. Sin duda, las experiencias artísticas que vive cada participante le ayudan en el desarrollo y consolidación de su identidad. Promoviendo la participación activa en el arte, colaboramos con el desarrollo psico-social y socio-afectivo de las y los estudiantes. Yo les invito a Apuntarse con el Festival Estudiantil de las Artes. Gracias a esta experiencia artística logramos que nuestros niños, niñas y jóvenes gocen del arte, y favorecemos así que a través de esta maravillosa forma de expresión humana, manifiesten sus sentimientos, propuestas e inquietudes.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 A nosotros, autoridades, Direcciones Regionales de Educación, supervisores, directores de centros educativos, docentes y funcionarios del MEP, nos permite observar la diversidad y la multiculturalidad, conocer y disfrutar el talento y pensamiento

de nuestros y nuestras

estudiantes; nos contagian de su alegría y motivación, su entusiasmo y su esfuerzo, a veces individual y otras veces el resultado de un trabajo colaborativo y solidario desde el aula, en el centro educativo y, o, en la comunidad. ¿Cómo nos podemos apuntar todas y todos con el festival? Motivando a nuestros estudiantes, apoyándolos en el desarrollo de las actividades artísticas, y creando la mayor cantidad de espacios artísticos en nuestras escuelas, colegios y comunidades. Invito al personal docente, directoras y directores, para que impulsen y motiven a sus estudiantes en la extraordinaria experiencia de expresarse, sentir y vivir el arte, como una oportunidad para opinar y externar las inquietudes de niños, niñas y jóvenes. La primera etapa del festival, que implica la organización y ejecución del programa en todas las escuelas y colegios del país, es la etapa más importante, porque en ella se apuntan con el festival y con la educación, las estudiantes y los estudiantes que llenarán de arte a nuestro país. Inscribirse en el festival, requiere proponer una obra artística en cuya elaboración se exprese el pensamiento estudiantil, su forma de ver el mundo, y aprovechar el arte para construir un mejor centro educativo y un mejor país. Motivar al estudiantado a participar de una competencia sana, implica respetar las opiniones y las propuestas de los demás, bajo un tratamiento ético y respetuoso en todas las actividades propias del festival, en donde se ejercen derechos y deberes, bajo la consigna de cumplir con dignidad, igualdad y justicia con cada obra artística. No se trata de ganar para ser el mejor. Se trata de proponer, exponer y competir sanamente para poder ser mejores cada día en el cumplimiento de nuestras labores como estudiantes, como docentes o como funcionarias y funcionarios del Ministerio de Educación Pública.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 Las estudiantes y los estudiantes son las y los protagonistas en este programa, ellas y ellos son quienes deciden qué desean expresar y por medio de cuál disciplina artística lo harán. Los demás integrantes de la comunidad estudiantil, los debemos guiar y apoyar desde los principios que inspiran la acción en nuestro sistema educativo, brindándoles los espacios que requieran. Permitámosles tener esta gran oportunidad de empoderarse de la experiencia artística y del mundo maravilloso de las artes. El Ministerio de Educación Pública (MEP) ha desarrollado, desde el año 1976, diferentes iniciativas relacionadas con encuentros y concursos artísticos. El Festival Costa Rica Joven se inició en 1976, para luego denominarse por muchos años Festival de la Creatividad. En los últimos años, se ha convertido en un festival único en América Latina por su naturaleza y características. Hoy, el Festival Estudiantil de las Artes bajo la coordinación de la Dirección de Vida Estudiantil y del Despacho Académico, con todo el apoyo del Despacho Ministerial, se consolida como uno de los programas de mayor participación estudiantil. Les presento la Normativa del Festival Estudiantil de las Artes 2015, como un instrumento para orientar a nivel de toda la institución las acciones que se realizan con el programa, de forma que se asegure el tratamiento justo de todo el proceso. A partir de aquí, las ideas y la creatividad del estudiantado debe fluir para seguir fortaleciendo la educación costarricense con la participación artística estudiantil Por lo anterior, y por muchas cosas más… … yo también me apunto con el Festival Estudiantil de las Artes.

El MEP lanza este año la estrategia: “Yo me apunto con la educación”, que busca que todo el estudiantado culmine sus estudios con éxito, y hace un llamado especial a las personas que están fuera de las escuelas y colegios para que se reintegren al estudio. Todas las personas podemos contribuir con la educación de alguna manera.

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TEMA DEL FESTIVAL ESTUDIANTIL DE LAS ARTES YO ME APUNTO CON LA EDUCACIÓN Un compromiso de todas y todos Las siguientes preguntas constituyen temas o subtemas con los que podés orientarte en la creación de la obra artística con la que participarás en el festival. Las frases son ideas motivadoras para que te inspirés, y no necesariamente deben formar parte de la canción, del dibujo, de la letra de la poesía, del guion de la obra de teatro, del cuento, o de cualquiera de las disciplinas artísticas que ofrece el festival y que te interese escoger para participar. Cómo le digo a mis compañeros y compañeras por medio de una obra de arte lo siguiente: ¿Cómo puedo motivar a los que se fueron del cole o de la escuela para que vuelvan? ¿Cómo puedo ayudar a mis compañeros para que no se salgan del cole o de la escuela? ¿Qué puedo hacer para ayudar a mis compañeras y compañeros para que terminen los estudios? ¿Qué aporte puedo dar para que la pasemos bien en la escuela y en el colegio? ¿Qué puedo hacer para terminar mis estudios con éxito? ¿Cómo podemos hacer para que la escuela o el cole sean más atractivos? También podés reflexionar con las siguientes frases: La educación te hace sentir mejor persona. El estudio nos permite aspirar a un mejor trabajo, a un mejor salario y a una mejor comprensión de la vida. Si terminás los estudios, tendrás mejores oportunidades de avanzar y de alcanzar lo que deseás. Todo es mejor en la vida si estudiamos. Yo me apunto: A explicar matemáticas a mis compañeros. A darles centros para entender mejor las materias. A motivar a mis compañeros para que no dejen de estudiar. A participar en lo que me gusta. A ser parte de la sele. A ser parte del gobierno estudiantil. A ser parte del cambio. A aportar ideas para mejorar todos juntos. A participar en el Festival Estudiantil de las Artes. Y vos ¿cómo te apuntás?

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 NORMATIVA FESTIVAL ESTUDIANTIL DE LAS ARTES En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 11 de la Constitución Política, artículos 17, 59, 113, 120 a 125 de la Ley General de Administración Pública, Ley N° 6227 y artículos 1 y 7 de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública, Ley N° 3481. CONSIDERANDO: I. Que el Ministerio de Educación Pública tiene entre sus fines primordiales incentivar la participación estudiantil promocionando derechos, sentido de responsabilidad, solidaridad y respeto a la dignidad humana por medio de manifestaciones artísticas y culturales del estudiantado en concordancia con la Ley Fundamental de Educación, Ley N° 2160. II. Que el Ministerio de Educación Pública promueve espacios de participación estudiantil que utilizan el arte como herramienta de expresión, que favorecen el desarrollo socio-afectivo, el pensamiento reflexivo, la formación en valores éticos, estéticos y sociales, para la adquisición de criterios de apreciación, creación, interpretación y proyección artística. III. Que existen proyectos y programas promovidos por el Ministerio de Educación Pública que están en concordancia con los programas de estudio fundamentados en la ética, la estética y la ciudadanía, que generan espacios donde el disfrutar, apreciar, comprender y expresar se constituyen en cuatro retos de la educación artística. IV. Que el Ministerio de Educación Pública motiva la creación y proyección de obras artísticas estudiantiles para generar un ambiente sano, de respeto, compañerismo, tolerancia y solidaridad, que permitan desarrollar un mayor arraigo a su centro educativo. V. Que el Ministerio de Educación Pública, por medio de la Dirección de Vida Estudiantil, promueve una cultura institucional sustentada en la promoción y protección de los derechos humanos, específicamente en el cumplimiento y defensa de los derechos de las estudiantes y los estudiantes, y en la atención de las necesidades educativas para el estudiantado y la eliminación de barreras del aprendizaje y la participación, y respeta las diferencias en razón del género, sexo, edad, nacionalidad, religión, creencias espirituales, orientación sexual, condición social y etnia, entre otros. VI. Que el Ministerio de Educación Pública promueve el Festival Estudiantil de las Artes como un programa de apertura de espacios para la población estudiantil en el área de las artes, que incentiva la convivencia y permanencia de los estudiantes en el sistema educativo. VII. Que el Ministerio de Educación Pública, a efecto de cumplir con los objetivos de la Política Educativa y brindar un servicio de calidad, considera pertinente y oportuno generar una normativa integral con un enfoque de derechos humanos, en el marco de una cultura de paz, y establecer con carácter de obligatorio la siguiente normativa para el FESTIVAL ESTUDIANTIL DE LAS ARTES.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 PRIMERA PARTE ASPECTOS GENERALES CAPÍTULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN De las disposiciones generales. Artículo 1. El Festival Estudiantil de las Artes del Ministerio de Educación Pública es un espacio para la creación de obras artísticas y para la presentación artística estudiantil. Artículo 2. En el Festival Estudiantil de las Artes primará el interés superior del estudiantado. Artículo 3. Los procesos, las acciones, obras artísticas, participaciones y actividades que se presenten y susciten en o a través del Festival Estudiantil de las Artes deben fomentar acciones y actitudes que respeten la imagen de las personas, integridad física y psíquica, en garantía de los derechos del estudiantado; independientemente de las diferencias en razón de género, sexo, edad, nacionalidad, religión, creencias espirituales, orientación sexual, condición social, etnia, evaluación académica o de conducta, o de accesibilidad, y tomar en cuenta la atención de las necesidades educativas del estudiantado y la eliminación de barreras del aprendizaje y la participación. No se debe presentar manifestaciones misóginas, homofóbicas, xenofóbicas o transfóbicas, pornográficas ni eróticas. Artículo 4. Durante los procesos, acciones, presentación de obras artísticas y eventos que se manifiesten y susciten en o a través del Festival Estudiantil de las Artes, todas las personas: estudiantes, docentes, administrativos, integrantes del jurado, directores artísticos de grupos estudiantiles, y público en general, deben mantener una actitud de respeto, cordialidad y asertividad en todo momento. Artículo 5. Se debe contextualizar las manifestaciones artísticas que se presenten en el Festival Estudiantil de las Artes a la realidad circundante del público meta, es decir, los niños, las niñas y adolescentes. Artículo 6. El tema para cada edición anual del Festival Estudiantil de las Artes lo establecerá el Despacho Académico en coordinación con la Dirección de Vida Estudiantil, sobre el cual se basarán las obras artísticas que así lo estipulen. Artículo 7. Todas las obras artísticas con las que participan los estudiantes regulares matriculados en cada centro educativo, podrán ser utilizadas por el Ministerio de Educación Pública, siempre que no medien intereses lucrativos y que se respeten los derechos intelectuales de autoría de los participantes. Artículo 8. La distribución y divulgación de la presente normativa será coordinada por el Despacho Académico por medio de la Dirección de Vida Estudiantil. Artículo 9. Los centros educativos que tengan la modalidad de preescolar organizarán actividades participativas no competitivas para esta población estudiantil en cualquiera de las etapas del Festival Estudiantil de las Artes. De la obligatoriedad Artículo 10. Esta normativa es de acatamiento obligatorio para todas las instancias participantes del Festival Estudiantil de las Artes. El Despacho Académico y la Dirección de Vida Estudiantil emitirán lineamientos complementarios a esta normativa.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 Artículo 11. Las direcciones de los centros educativos serán las responsables del proceso del Festival Estudiantil de las Artes en las etapas en las que participen estudiantes matriculados del centro educativo bajo su jurisdicción. Artículo 12. Es responsabilidad de la dirección de cada centro educativo la revisión del cumplimiento de los requisitos establecidos en esta normativa para las obras artísticas y para todo lo referente a los diferentes procesos del festival. No podrá inscribir las obras que no cumplan con dichos requisitos. Artículo 13. Los directores de los centros educativos y los docentes encargados del proceso del Festival Estudiantil de las Artes deben velar por la autenticidad de la obra artística en el caso de las disciplinas y tendencias artísticas que requieran la condición de obra original e inédita, y que se cumpla con todos los requisitos estipulados en esta normativa. Artículo 14. Las direcciones regionales de educación, las jefaturas de asesoría pedagógica, las supervisiones de circuitos educativos, las direcciones de centros educativos, el personal docente, técnico docente y administrativo del centro educativo y las comisiones organizadoras de cada etapa, garantizarán la inscripción, presentación artística activa y competencia sana de los estudiantes interesados en participar en la etapa inicial del festival, así como la inscripción y participación en las siguientes etapas en que sean seleccionados, y brindarán el apoyo necesario para ello en todas las etapas del festival. Artículo 15. En todas las direcciones regionales de educación del país, los directores regionales de educación, las jefaturas de asesorías pedagógicas, las asesorías pedagógicas de Artes Plásticas, Educación Musical y Español, los supervisores de circuitos educativos, así como asesorías nacionales, velarán para que los centros educativos tengan representación estudiantil participante en el Festival Estudiantil de las Artes. Artículo 16. Por ningún motivo, las direcciones regionales de educación, las jefaturas de asesorías pedagógicas, las supervisiones de circuitos educativos, los directores, personal docente, técnico docente, administrativo podrán limitar o prohibir la participación e inscripción del estudiante interesado en la etapa inicial. De igual forma no podrán limitar o prohibir la inscripción y participación en la etapa inmediata siguiente, de estudiantes que hayan sido seleccionados en la etapa anterior. Artículo 17. En caso de que un centro educativo o circuito educativo no ejecute la etapa respectiva, el estudiantado que desee participar podrá solicitar al director regional de educación correspondiente que se garantice la efectiva realización de dicha etapa. Artículo 18. Las direcciones regionales de educación deben atender aquellos casos en los que estudiantes manifiesten querer participar y cuyos centros o circuitos educativos, no ejecute la etapa respectiva. En caso de que una dirección regional educativa no ejecute la etapa regional, los estudiantes seleccionados podrán solicitar a los viceministerios de educación correspondientes que se garantice la efectiva realización de dicha etapa. Artículo 19. La dirección del centro educativo deberá cumplir con las disposiciones emanadas en el Protocolo para actividades extra-muros DM-0005-01-2011. Artículo 20. En todas las etapas del Festival Estudiantil de las Artes se prohibirá la solicitud de dinero, cuotas o colaboraciones voluntarias; tanto a la comunidad estudiantil participante o no participante en el festival, como a los centros educativos que inscriben estudiantes o apoyan su participación, ya sea en forma exigida o voluntaria, en lo referente a inscripciones, uso de equipos técnicos como equipos de amplificación y sonido, equipo multimedia, materiales de trabajo, uso de instrumentos musicales, decoraciones, alquileres de salones, teatros o similares, uniformes, maquillajes o vestuarios, entradas a actividades artísticas, gafetes, papelería, ensayos, alimentación, hospedaje, transporte, actos culturales o recreativos, entre otros, propios del festival. Los directores regionales de educación garantizarán el cumplimiento de este artículo.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 CAPÍTULO II ESTRUCTURA De las Áreas Artísticas. Artículo 21. El Festival Estudiantil de las Artes consta de cuatro áreas artísticas: artes escénicas, artes literarias, artes musicales y artes visuales. Artículo 22. Las disciplinas o tendencias artísticas distribuidas en las cuatro áreas artísticas son: a. Artes escénicas: baile o coreografía, coreografía conceptual, danza folclórica costarricense, danza folclórica internacional, cuentacuentos, monólogo, pasacalles, poesía coral, teatro callejero, teatro infantil, teatro de sala, títeres. b. Artes literarias: cuento, cuento ilustrado, fotonovela, poesía, retahílas. c. Artes musicales: banda de garaje, cimarrona, ensamble de flautas dulces, ensamble instrumental con materiales de uso cotidiano, ensamble vocal, estudiantina, grupo experimental, grupo instrumental, marimba, solista vocal canción original, solista vocal canción popular. d. Artes visuales: d.1.- Tendencia por arte digital: producción audiovisual. d.2Tendencia contemporánea: body paint, diseño de moda, esculturas vivientes, happening, performance. d.3Tendencia por intervención espacial: instalación, mural d.4Tendencia por manifestación tradicional: dibujo, dibujo manga, escultura, fotografía, grabado, pintura. d.5Tendencia a través de la máscara. De las etapas. Artículo 23. El Festival Estudiantil de las Artes está constituido por tres etapas que son: a. Etapa inicial: es la primera etapa, organizada por la dirección del centro educativo que toma en cuenta al estudiantado que manifieste interés en participar. Es una etapa competitiva. b. Etapa circuital: es la segunda etapa, organizada por la supervisión del circuito educativo que toma en cuenta al estudiantado seleccionado en la etapa inicial. Es una etapa competitiva. c. Etapa regional: es la tercera etapa, organizada por la dirección regional de educación que toma en cuenta al estudiantado seleccionado en la etapa circuital. Esta etapa no es competitiva. Artículo 24. En las etapas competitivas inicial y circuital, le corresponde únicamente a un jurado seleccionar las obras artísticas de los participantes que pasarán a las siguientes etapas del festival. El jurado deberá elegir una obra artística por primaria y una obra artística por secundaria por cada una de las disciplinas artísticas que le corresponda calificar, exceptuando lo indicado en los artículos 35, 36, 45 y 118 inciso e. de esta normativa. Artículo 25. Para cada edición del Festival Estudiantil de las Artes, la Dirección de Vida Estudiantil proporcionará los siguientes documentos para ser utilizados en el festival: a. Normativa del Festival Estudiantil de las Artes: documento oficial de carácter obligatorio para la realización de todas las actividades relativas al festival. b. Boleta de inscripción: único documento válido para inscribir obras artísticas y estudiantes que han sido seleccionados en las etapas competitivas de este festival. c. Boleta de sugerencias del jurado: documento que utilizará el jurado para consignar sugerencias, observaciones o recomendaciones, a efecto de que sean consideradas por los estudiantes. d. Boleta de resultados: único documento válido para que el jurado consigne los resultados.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 e. Tablas de calificación: único documento válido que consigna los criterios técnicos para evaluar las obras artísticas por parte del jurado. f. Disposiciones operacionales para las actividades del Festival Estudiantil de las Artes: consideraciones a ser tomadas en cuenta para la organización y ejecución del festival. Artículo 26. La calendarización de las diferentes etapas se regirá por las fechas establecidas en el calendario escolar, el cronograma general de actividades que se facilita anualmente a las direcciones regionales de educación, o por las readecuaciones que se realicen al calendario durante el curso lectivo, por parte del Despacho Académico. CAPÍTULO III PARTICIPACIÓN De la participación en general: Artículo 27. Para efectos de esta normativa, se considerará: a. Como estudiantes de primaria aquellos estudiantes regulares matriculados en I y II Ciclos de la Educación General Básica en cualquier modalidad del sistema educativo o en I nivel de Cindea; y como estudiantes de secundaria aquellos estudiantes regulares matriculados en III Ciclo de la Educación General Básica, Educación Diversificada en cualquier modalidad del sistema educativo o en II y III nivel de Cindea. b. Como centro educativo, la sede central de cada Cindea o IPEC. La población estudiantil interesada en participar y competir debe acudir a la sede central correspondiente para realizar el procedimiento de inscripción y no a los satélites educativos. Artículo 28. En el Festival Estudiantil de las Artes, participan en la etapa inicial en forma voluntaria y en las siguientes etapas en que fueren seleccionados, únicamente estudiantes regulares del sistema educativo costarricense, siempre y cuando estén matriculados en I, II y III Ciclo de la Educación General Básica, y Educación Diversificada, o estén matriculados en I, II y III Ciclo de la Educación General Básica, y Educación Diversificada en las modalidades de educación de adultos, Cindea, IPEC, escuelas nocturnas, colegios nocturnos y educación abierta; ya sean académicas o técnicas cumpliendo con los requisitos de cada disciplina o tendencia artística. Artículo 29. Podrán participar estudiantes regulares de I y II Ciclo de primaria, III Ciclo y Educación Diversificada de secundaria, matriculados en los centros educativos privados reconocidos e inscritos en la Dirección de Educación Privada del Ministerio de Educación Pública, siempre y cuando acaten las disposiciones de la presente normativa. Artículo 30. Para todos los efectos de esta normativa y de los diferentes procesos en cada etapa del Festival Estudiantil de las Artes, no se permitirá la participación de estudiantes que no estén matriculados y no sean estudiantes regulares de I y II Ciclo de primaria, de III Ciclo y Educación Diversificada de secundaria, académica o técnica, o del plan de estudios de Educación de Adultos; exceptuando los casos estipulados en algunas disciplinas artísticas en las que se permite la colaboración no competitiva de otras personas. Artículo 31. La población estudiantil podrá participar en disciplinas o tendencias artísticas individuales o grupales. En caso de ser grupal, los estudiantes deben estar inscritos y matriculados en un mismo centro educativo para conformar la agrupación, exceptuando lo estipulado en los artículos 34 y 49 de esta normativa. Artículo 32. Los estudiantes podrán participar en una o más disciplinas o tendencias artísticas, siempre y cuando la distribución de horarios de las actividades del festival lo permita.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 Artículo 33. La participación desde la inscripción debe realizarse respetando las diferencias en razón del género, sexo, edad, nacionalidad, religión, creencias espirituales, orientación sexual, condición social y etnia, sin que estas puedan limitarse por razones de conducta, evaluación académica, accesibilidad, o por errores, omisiones o procedimientos no aplicados por las personas organizadoras. Debe tomarse en cuenta la atención de las necesidades educativas del estudiantado y la eliminación de barreras del aprendizaje y la participación. Artículo 34. Los estudiantes de centros educativos que pertenezcan a un mismo circuito educativo, en donde la matrícula por cada centro educativo sea inferior a cincuenta y un estudiantes, y que deseen integrar agrupaciones en conjunto con estudiantes de otros centros educativos que tengan la misma condición en cuanto a cantidad de matrícula se refiere, podrán unirse y crear una sola representación circuital para participar, conforme a lo estipulado en el artículo 49 de esta normativa. De la participación y competencia respecto de la edad de estudiantes adolescentes o adultos. Artículo 35. En disciplinas y tendencias artísticas individuales: a. En disciplinas o tendencias artísticas en las que participen estudiantes quienes estén matriculados en primaria, cuyas edades oscilen entre los quince años cumplidos al inicio del curso lectivo, hasta los veintiún años cumplidos al inicio del curso lectivo, competirán en razón de su grupo etario con los estudiantes matriculados en secundaria cuyas edades oscilen entre los 11 años a 21 años de edad cumplidos al inicio del curso lectivo. b. En disciplinas o tendencias artísticas en las que participen estudiantes quienes estén matriculados en primaria o secundaria, que sean mayores de veintidós años de edad, competirán en razón de su grupo etario con los estudiantes matriculados en primaria o secundaria que se encuentren en las mismas condiciones de edad. Artículo 36. En disciplinas y tendencias artísticas grupales: a. Cuando participen agrupaciones integradas por estudiantes regulares matriculados en primaria o secundaria de distintas edades entre sí, se hará la selección de la siguiente manera: a.1Si la mayoría de integrantes tiene veintidós años o más de veintidós años de edad, participará o competirá en razón de su grupo etario contra las agrupaciones integradas por estudiantes de veintidós años o mayores de veintidós años. a.2En el caso de estudiantes matriculados en las modalidades de educación de adultos, Cindea, IPEC, escuelas nocturnas, colegios nocturnos y educación abierta, si la mayoría de integrantes tiene menos de veintidós años de edad, participará o competirá en razón de su grupo etario contra las agrupaciones integradas por estudiantes de primaria o secundaria mayores de 11 años y menores de 22 de edad. Artículo 37. Para efectos de esta normativa y por las características propias de este festival, no se permitirá la competencia de niñas y niños de primaria contra estudiantes adolescentes o adultos. CAPÍTULO IV ELECCIÓN DE LA OBRA ARTÍSTICA PARA PARTICIPAR Artículo 38. Los estudiantes interesados en participar deben presentar obras artísticas originales e inéditas, las cuales, al ser inéditas no deben haber sido ejecutadas o presentadas en algún otro concurso, festival, espacio artístico o similar, exceptuando lo estipulado de la II parte de esta normativa, en los artículos cuyas disciplinas artísticas se especifique que son de tema libre.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 Artículo 39. En la creación y composición de las obras artísticas realizadas para el Festival Estudiantil de las Artes es vital la participación activa y directa de los estudiantes. La comunidad en general, docentes, administrativos, administrativos-docentes, técnicos-docentes y familiares cumplen el papel de facilitadores. Artículo 40. Todas las obras de las siguientes disciplinas o tendencias artísticas deben ser creadas única y exclusivamente por estudiantes: a. En el área de artes literarias: las disciplinas artísticas de cuento, cuento ilustrado, fotonovela, poesía y retahílas. b. En el área de artes escénicas: la composición del poema para la disciplina artística de poesía coral. c. Todas las disciplinas artísticas de las tendencias de artes visuales. Artículo 41. Los estudiantes quienes participen en las siguientes disciplinas y tendencias artísticas: a. En el área de artes literarias: las disciplinas artísticas de cuento, cuento ilustrado, fotonovela, poesía, retahílas, b. En el área de artes escénicas: la composición del poema para la disciplina artística de poesía coral c. Todas las disciplinas artísticas de las tendencias de artes visuales. podrán solicitar a la comunidad en general, docentes, administrativos, administrativos-docentes, técnicos-docentes y familiares que funjan únicamente como facilitadores y no como compositores, creadores, diseñadores o productores artísticos de la obra con la que participarán. Artículo 42. Los estudiantes quienes participen en las siguientes disciplinas y tendencias artísticas: a. Todas las disciplinas artísticas del área de artes musicales b. En el área de artes escénicas: baile o coreografía, coreografía conceptual, danza folclórica costarricense, danza folclórica internacional, cuentacuentos, monólogo, pasacalles, poesía coral exceptuando lo referente a la elaboración y composición del poema, teatro callejero, teatro infantil, teatro de sala, títeres. podrán solicitar a la comunidad en general, docentes, administrativos, administrativos-docentes, técnicos-docentes y familiares que funjan como facilitadores y que apoyen en aspectos técnico-artísticos en cuanto a diseño, composición y producción de las obras; así como la elaboración de estas, siempre y cuando en estas acciones los estudiantes participen directa y activamente en el proceso de creación y elaboración de las obras. Artículo 43. En caso de traslado a otro centro educativo de un estudiante quien participe en una disciplina artística individual, se permitirá que este continúe participando dentro del Festival Estudiantil de las Artes de la siguiente manera: a. Si el estudiante ha sido inscrito para la etapa inicial en su centro educativo y se traslada a otro centro educativo que no haya realizado dicha etapa, podrá incorporarse en las actividades propias de la etapa en el centro educativo al que se trasladó. b. Si el estudiante ha sido seleccionado en cualquier etapa del festival y se traslada a otro centro educativo, podrá incorporarse en el proceso de inscripción y participación en el centro educativo, circuito educativo o dirección regional de educación en la etapa correspondiente. c. Si el estudiante ha sido seleccionado e inscrito para la etapa siguiente y se traslada a otro centro educativo sin haberse realizado la selección correspondiente a esa etapa, podrá incorporarse en la ejecución de las actividades para la selección; ya sea en el circuito educativo o dirección regional de educación a la que se trasladó.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 d. La participación, inscripción y selección en caso de traslado de un estudiante podrá realizarse siempre y cuando se respete el orden de las etapas y el traslado se realice dentro de las fechas estipuladas, de acuerdo al calendario escolar y a las fechas propuestas por el centro educativo, circuito educativo o dirección regional de educación a la que se traslada. Artículo 44. Únicamente se permitirá la sustitución de estudiantes integrantes en una agrupación artística inscrita o seleccionada en disciplinas o tendencias artísticas grupales en cualquiera de las etapas del festival, por enfermedad, fuerza mayor o traslado del estudiante a otro centro educativo o que manifieste no querer continuar con la representación de la agrupación con la que fue seleccionado. La sustitución deberá ser por estudiantes del centro educativo en el que está inscrita la agrupación del discente que va a ser sustituido. Lo anterior deberá ser consignado al reverso de la boleta de inscripción utilizada en la etapa inicial. Se anotará, en forma legible, todos los datos de los estudiantes que se presentarán en su lugar, y en casos de enfermedad deberá adjuntarse el dictamen médico de cada estudiante que se va a sustituir. Artículo 45. En el caso de que participen en la etapa inicial, circuital y regional, obras artísticas que sean presentadas por estudiantes indígenas o por estudiantes matriculados en centros educativos indígenas, que contengan temas indígenas o que presenten elementos propios de la cosmovisión indígena en las disciplinas artísticas de cuento, cuentacuentos, cuento ilustrado, danza folclórica costarricense, grupo experimental, grupo instrumental, monólogo, pasacalle, poesía, solista vocal canción original, teatro infantil, teatro de sala, y en las tendencias artísticas: body paint, dibujo, escultura, grabado, instalación, máscara, mural, pintura y diseño de moda, la selección respectiva de la representación se hará de la siguiente manera: a. Se realizará una selección únicamente entre estudiantes indígenas o estudiantes matriculados en centros educativos indígenas, cuya obra correspondiente a alguna de las disciplinas y tendencias artísticas mencionadas en este artículo, contenga lo siguiente: a.1a.2-

a.3a.4-

a.5-

Que la obra artística presente en forma general elementos propios de la cosmovisión indígena, temáticas e historias autóctonas indígenas. Que la obra artística de cuento, cuento ilustrado, cuentacuentos, grupo experimental, monólogo, poesía, pasacalle, solista vocal canción original, teatro infantil, y teatro de sala presente elementos propios de la cosmovisión indígena, temáticas e historias autóctonas indígenas en lengua indígena. Que la obra artística de danza folclórica costarricense constituya una danza autóctona indígena o de proyección de las costumbres, tradiciones o cosmovisión indígena. Que en la obra artística de grupo experimental y grupo instrumental predominen instrumentos autóctonos de una región indígena, como caja, caracoles, instrumentos aerófonos o de viento autóctonos, kebek, ocarinas, quijongo, sabak, tali, tön, yusá, entre otros. Que en las tendencias artísticas haya predominio de conceptos y elementos propios de la cosmovisión indígena.

b.

Las obras artísticas de estudiantes indígenas o estudiantes matriculados en centros educativos indígenas que no correspondan a las disciplinas artísticas de cuento, cuentacuentos, cuento ilustrado, danza folclórica costarricense, grupo experimental, grupo instrumental, monólogo, pasacalle, poesía, solista vocal canción original, teatro infantil, teatro de sala, y en las tendencias artísticas: body paint, dibujo, escultura, grabado, instalación, máscara, mural, pintura y diseño de moda, deberán competir durante el proceso de selección con los participantes y obras artísticas contra las que le corresponde competir en cualquiera de las etapas del festival y en igualdad de condiciones.

c.

Participarán en las etapas competitivas en equidad de condiciones con respecto a los estudiantes de los centros educativos no indígenas, los estudiantes indígenas o estudiantes que estén matriculados en un centro educativo indígena, cuya obra artística:

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 c.1-

c.2c.3c.4c.5-

c.6d.

No presente en forma general elementos propios de la cosmovisión indígena, temáticas e historias autóctonas indígenas aunque sea en lengua indígena, en las disciplinas artísticas de cuento, cuentacuentos, cuento ilustrado, grupo experimental, poesía, monólogo, solista vocal canción original, teatro infantil y teatro de sala. No constituya en la disciplina artística de danza folclórica costarricense una danza autóctona indígena. No predominen instrumentos autóctonos de regiones indígenas o se ejecuten ritmos populares, en la disciplina artística de grupo experimental o grupo instrumental. No presenten elementos propios de la cosmovisión indígena en las tendencias artísticas. Pertenezca a cualquiera de las siguientes disciplinas artísticas: bailes y coreografías, coreografía conceptual, poesía coral, retahíla, teatro callejero, títeres, banda de garaje, cimarrona, ensamble vocal, ensamble de flautas dulces, estudiantina, marimba, solista vocal canción popular. No tenga predominio de conceptos y elementos propios de la cosmovisión indígena en las tendencias de artes visuales.

Si el estudiante es indígena y manifiesta por decisión propia querer participar competitivamente con su obra artística contra estudiantes de otros centros educativos no indígenas, independientemente del tipo de obra, participará en las etapas competitivas en las que haya sido inscrito o seleccionado, en equidad de condiciones, con respecto a los estudiantes de los centros educativos no indígenas que pertenezcan al circuito educativo o dirección regional de educación de la jurisdicción donde se ubique el centro educativo que representa. CAPÍTULO V INSCRIPCIÓN

Artículo 46. Los estudiantes deben inscribirse desde la etapa inicial en su centro educativo, exceptuando lo indicado en los artículos 34 y 49 de esta normativa. Artículo 47. Los estudiantes interesados en participar deben inscribirse presentando obras artísticas originales e inéditas, exceptuando lo estipulado en la segunda parte de esta normativa, en los artículos cuyas disciplinas artísticas indiquen que son de tema libre. Artículo 48. No se permite la inscripción de obras artísticas en las que se haya recurrido al uso del plagio. Artículo 49. Los estudiantes regulares matriculados en centros educativos en donde la matrícula sea inferior a cincuenta y un estudiantes, y estos deciden unirse en disciplinas o tendencias artísticas grupales con estudiantes de otros centros educativos con las mismas características en cuanto a cantidad de matrícula se refiere, deberán inscribirse desde la etapa circuital. En este caso, los estudiantes que sean seleccionados en la etapa circuital pasarán a la etapa regional representando al circuito educativo al que pertenecen. Artículo 50. El procedimiento para la inscripción de los estudiantes interesados en participar en el Festival Estudiantil de las Artes, es el siguiente: a. Para la organización de la etapa inicial, el director del centro educativo elaborará una lista de inscripción tomando en cuenta al estudiantado interesado en participar en cualquiera de las disciplinas o tendencias artísticas establecidas en el festival, que incluya nombre completo del estudiante, sección, disciplina o tendencia artística, y nombre de la obra artística con la que participa. Esta lista constituirá un documento oficial en el que se hace constar la inscripción de los estudiantes que van a participar en la etapa inicial.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 b. Una vez ejecutados y finalizados los eventos artísticos correspondientes a la etapa inicial en el centro educativo, se procederá a llenar, firmar, sellar y completar las boletas de inscripción emitidas por la Dirección de Vida Estudiantil, tomando en cuenta únicamente a los estudiantes que fueron seleccionados en dicha etapa. c. Se debe utilizar para la inscripción a la etapa circuital la misma boleta de inscripción emitida por la Dirección de Vida Estudiantil, que fue llenada y completada en la etapa inicial, tomando en cuenta únicamente las boletas de inscripción de los estudiantes u obras artísticas seleccionadas en la etapa inicial. d. Se debe utilizar para la inscripción a la etapa regional la misma boleta de inscripción emitida por la Dirección de Vida Estudiantil, que fue llenada y completada desde la etapa inicial, tomando en cuenta únicamente las boletas de inscripción de los estudiantes u obras artísticas seleccionadas en la etapa circuital. Artículo 51. Únicamente se reconocerán como válidas las inscripciones realizadas con las boletas de inscripción emitidas por la Dirección de Vida Estudiantil y que cumplan con las siguientes indicaciones: a. Ser completadas en el centro educativo, con la información de los estudiantes seleccionados en la etapa inicial, tomando en cuenta lo estipulado en los incisos a y b, del Artículo 50 de esta normativa, preferiblemente en forma digital con toda la información solicitada. Las boletas de inscripción deben entregarse, debidamente firmadas y selladas por el director del centro educativo, a la comisión de la siguiente etapa en el momento de cada inscripción. Únicamente se entregarán a la comisión de la siguiente etapa, las correspondientes a los estudiantes seleccionados u obras artísticas seleccionadas. b. En caso de ser presentadas con espacios en blanco o con errores al momento de la inscripción de la etapa circuital y etapa regional, serán devueltas por la comisión respectiva a fin de que sean completadas o corregidas en el acto. c. Si el centro educativo no cuenta con los medios electrónicos para completar dicha boleta por computadora, a máquina de escribir o para presentarla en forma impresa, se permitirá que los datos en esta sean consignados con caligrafía, utilizando un bolígrafo que contenga preferiblemente tinta azul o negra. Artículo 52. Se debe anotar al reverso de la boleta de inscripción, utilizada desde la etapa inicial, todos los datos de los estudiantes que en algún momento sean sustituidos o realicen traslado del centro educativo, conforme a lo estipulado en el Artículo 44 de esta normativa. Artículo 53. En el momento de la inscripción, los participantes deben entregar a la comisión respectiva, en forma impresa o escrita, una copia, según corresponda, de lo siguiente: a. La letra de la canción en el caso de banda de garaje, ensamble vocal, estudiantina, grupo experimental, solista vocal canción original, solista vocal canción popular. b. El cuento, cuento ilustrado, fotonovela, poesía y las retahílas. c. El poema en caso de poesía coral. d. Argumento o sinopsis del texto en el caso de cuentacuentos. e. Argumento o sinopsis de la puesta en escena en la cual se sustente la presentación que realizan en el caso de coreografía conceptual, monólogo, teatro infantil y teatro de sala. f. Sinopsis de la investigación en danza folclórica costarricense y danza folclórica internacional. g. Sinopsis de la obra de producción audiovisual. h. Las letras de las obras que no se hallen en idioma español. Estas se deben presentar con su correspondiente traducción al español.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 CAPÍTULO VI COMISIONES DEL FESTIVAL ESTUDIANTIL DE LAS ARTES Artículo 54. El Festival Estudiantil de las Artes contará con comisiones en cada una de las tres etapas: a. Comisión del centro educativo del Festival Estudiantil de las Artes: conformada al inicio del curso lectivo, para atender los procesos relativos a la etapa inicial, según su competencia. b. Comisión circuital del Festival Estudiantil de las Artes: conformada en cada circuito educativo en las fechas en que se esté ejecutando la etapa inicial, para atender los procesos relativos a la etapa circuital, según su competencia. c. Comisión regional del Festival Estudiantil de las Artes: conformada en cada dirección regional para atender los procesos relativos al Festival Estudiantil de las Artes, según su competencia. Artículo 55. Las comisiones estarán integradas de la siguiente manera: a. Comisión del centro educativo del Festival Estudiantil de las Artes: a.1Dirección del centro educativo, quien preside y coordina. a.2Cuatro presidentes de sección nombrados por la Asamblea de Representantes. a.3Docentes de Artes Plásticas, Educación Musical y Español; nombrados por la dirección de cada centro educativo. a.4En los centros educativos en donde la matrícula sea inferior a cincuenta y un estudiantes, se conformará con al menos dos estudiantes elegidos por sus compañeros y compañeras del centro educativo, y al menos un docente o una docente. b. Comisión circuital del Festival Estudiantil de las Artes: b.1Supervisión del circuito educativo, quien preside y coordina. b.2Docentes de Artes Plásticas. b.3Docentes de Educación Musical. b.4Docentes de Español, nombrados por la supervisión del circuito. c.

Comisión regional del Festival Estudiantil de las Artes conformada permanentemente por: c.1Jefatura del Departamento de Asesoría Pedagógica quien preside y coordina. c.2Asesoría pedagógica de Artes Plásticas, Educación Musical y Español.

Artículo 56. Cuando el centro educativo, circuito educativo o dirección regional de educación no cuenta con alguno de los funcionarios mencionados, deberán incorporarse a la comisiones docentes que preferiblemente impartan materias artísticas o que tengan conocimientos acordes con los objetivos del festival, o que presenten afinidad e interés con las disciplinas y tendencias artísticas, quienes serán elegidos por el director del centro educativo para la comisión del centro educativo; y para las comisiones circuitales y regionales, por el supervisor del circuito o por la jefatura de asesoría pedagógica; respectivamente, siempre y cuando se encuentren nombrados dentro de la jurisdicción del circuito educativo y de la dirección regional de educación en que se encuentra la comisión. Artículo 57. Cuando se inscriban estudiantes que requieran atención de necesidades educativas y eliminación de barreras del aprendizaje y la participación, en cualquier etapa del Festival Estudiantil de las Artes, se deberá integrar a la comisión respectiva a un docente de Educación Especial, si lo hubiese, que se encuentre nombrado en el centro educativo o dentro del circuito educativo de la dirección regional de educación correspondiente, quien será elegido por el director o por el supervisor del circuito educativo. En el caso de las comisiones regionales, se deberá integrar al asesor regional de Educación Especial de la dirección regional de educación respectiva. En su ausencia, se nombrarán docentes de dicha especialidad, quienes serán elegidos por la jefatura de asesoría pedagógica.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 Artículo 58. Las funciones de las comisiones del Festival Estudiantil de las Artes son: a. En relación con aspectos generales: a.1a.2a.3-

a.4a.5a.6a.7a.8a.9-

Garantizar en los centros educativos la realización de la etapa inicial del Festival Estudiantil de las Artes conforme a lo estipulado en esta normativa. Velar para que se respete el derecho del estudiantado a escoger la disciplina o las disciplinas o tendencias artísticas en las que desea participar. Velar para que cada evento propio del Festival Estudiantil de las Artes se realice con las condiciones técnico-artísticas idóneas y en espacios de presentación y exposición, que ofrezcan todos los implementos necesarios para la buena ejecución de las actividades propias del festival, tomando en cuenta los requerimientos técnicos de cada disciplina o tendencia artística. Garantizar la accesibilidad de las personas. Garantizar un ambiente de respeto durante la realización de los eventos artísticos propios del festival. Velar por la integridad y seguridad de las personas. Generar protocolos de seguridad para la realización de los eventos. Gestionar y otorgar un reconocimiento tangible al estudiantado seleccionado por disciplina o tendencia artística. Las comisiones regionales asesorarán a las comisiones inicial y circuital sobre aspectos propios de la normativa.

b. En relación con la organización: b.1-

b.2b.3-

b.4b.5b.6b.7b.8b.9-

Coordinar, motivar, promover, divulgar, asesorar y dar seguimiento respecto de los procesos del Festival Estudiantil de las Artes en los centros educativos, circuitos y direcciones regionales de educación, según corresponda, y hasta la finalización de la etapa respectiva, bajo los requerimientos estipulados en esta normativa. Fungir como ente organizador de la etapa que le corresponde y no como órgano competente para decidir sobre la selección de estudiantes u obras artísticas que participarán en la siguiente etapa. Realizar las inscripciones durante el periodo dispuesto para tal fin. La comisión de la etapa inicial debe realizar las inscripciones iniciales por medio de una lista de estudiantes interesados en participar y que así lo manifiesten. Para la inscripción a la etapa circuital de los estudiantes seleccionados utilizará las boletas confeccionadas para este fin. Utilizar para la inscripción únicamente las boletas confeccionadas para este fin, completadas y llenadas desde la etapa inicial y durante los periodos dispuestos para la inscripción a la etapa circuital y regional. Realizar y garantizar la inscripción y participación de los estudiantes seleccionados y que continúen interesados en participar en el festival, con todos los derechos que le concede esta normativa. Guardar copia de recibo de las boletas de inscripción de los estudiantes seleccionados en el momento en que se realiza la inscripción. Recibir por parte del jurado las boletas de sugerencias en las que se consignaron observaciones referentes tanto a la obra artística como a la presentación estudiantil. Las comisiones de las etapas inicial y circuital deben hacerle llegar copia a los estudiantes respectivos y a la comisión de la etapa siguiente de lo consignado en la boleta de sugerencias que emitió el jurado en la etapa anterior. Remitir a la comisión de la etapa siguiente, a la comisión regional y a la Dirección de Vida Estudiantil, si es requerida por esta dirección, la programación de las actividades correspondientes a la etapa; informando las fechas, lugares y horas de las actividades.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 b.10-

b.11-

b.12-

c.

Responder por escrito las inconformidades que presente el estudiantado respecto de los procedimientos y procesos realizados dentro de los actos propios del Festival Estudiantil de las Artes, conforme a lo estipulado en el inciso b, del Artículo 79 de esta normativa. Velar para que en cada etapa haya un teatrino adecuado con el fin de garantizar la participación de los estudiantes que así lo requieran en la disciplina artística de títeres. El uso del teatrino, así como su forma, diseño y tamaño, quedará sujeto a las características y necesidades del espectáculo en que se vaya a presentar, siempre y cuando la agrupación así lo requiera. La comisión respectiva para cada etapa del festival facilitará espacios que posibiliten al estudiantado participante incorporarse en actividades artísticas durante el transcurso del acto, por lo que se debe velar para que los participantes de las siguientes disciplinas artísticas del área de artes literarias: cuento, cuento ilustrado, fotonovela, y poesía, y de las siguientes disciplinas artísticas de la tendencia de artes visuales: dibujo, puntura, fotografía, escultura, grabado, dibujo manga, mural, instalación, producción audiovisual, diseño de moda y máscara, se presenten en el sitio y en el momento en donde se está calificando su obra, para participar en las actividades en forma activa y que pueda brindar información acerca de ella, si el jurado lo requiere. En este caso, se debe considerar la planificación de actividades artísticas en todas las etapas, en las que se incluya directa y activamente al estudiante participante.

En relación con el jurado: c.1c.2-

c.3c.4c.5-

c.6-

c.7c.8-

c.9-

c.10-

Nombrar al jurado en las etapas inicial y circuital. La comisión del centro educativo y circuital, asesorarán al jurado con al menos dos semanas de anticipación a la ejecución de cada etapa, lo que implica que cada comisión debe convocarlo a reuniones y brindar asesoramientos en las temáticas propias del festival, entregando a cada integrante del jurado una copia de esta normativa. La comisión regional asesorará a todas las comisiones de los centros educativos y circuitales en lo concerniente al jurado, conforme a lo estipulado en esta normativa. La comisión regional velará para que las comisiones de los centros educativos y circuitales asesoren al jurado en las etapas inicial y circuital. Coordinar la presencia de una persona en el jurado que emita un criterio técnico con respecto a la traducción de la obra artística, en el caso en que se presenten obras artísticas que contengan letra o guion en lengua indígena o en cualquier otro idioma diferente al español, en la que el jurado deba calificar la traducción. Entregar a cada integrante del jurado, en un tiempo prudencial para la selección de las obras, copia de los documentos que aportaron los estudiantes al momento de la inscripción, conforme a lo estipulado en el artículo 53 de esta normativa, como lo son letras de canciones y poemas, textos, argumento o sinopsis. Proporcionar al jurado boletas de sugerencias. Garantizar la permanencia del jurado en las reuniones, procesos, actividades artísticas, y velar para que permanezcan todos su integrantes el tiempo prudencial durante las actividades en las que le corresponde fungir como jurado, con el objetivo de que los estudiantes puedan presentar inconformidades respecto de la revisión del resultado de su obra artística y se brinden las respuestas solicitadas el mismo día, antes que finalice la actividad. Procesar y respetar las decisiones establecidas por parte del jurado en cuanto a la selección de las obras artísticas, tomando en cuenta que la decisión del resultado final emitida por el jurado respecto a dichas selecciones, no puede ser alterada ni cambiada, conforme a lo estipulado en los artículos 24 y 60 de esta normativa. Notificar a los estudiantes los resultados del jurado el mismo día de la realización del evento. Por ningún motivo, los resultados del jurado deben ser notificados en días posteriores.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 d. En relación con la comunicación de la selección de las obras: d.1d.2-

d.3d.4d.5-

Recibir del jurado los resultados de la selección de las obras artísticas Comunicar los resultados emitidos por el jurado, en forma privada, a los estudiantes participantes y en presencia de una o un representante de cada centro educativo que sea funcionario del Ministerio de Educación Pública. En caso de las agrupaciones estudiantiles numerosas, si los estudiantes aceptan, la comisión respectiva puede comunicar los resultados únicamente a un estudiante participante junto con el funcionario representante de la agrupación estudiantil. Velar para que el jurado reciba y atienda las inconformidades que los estudiantes presenten referente a los aspectos técnico artísticos de las obras artísticas o de la participación del estudiante. Recibir por parte del jurado los resultados posteriores a las inconformidades que se presentaron. Comunicar en forma pública los resultados definitivos respecto de los estudiantes seleccionados u obras artísticas seleccionadas.

Artículo 59. En todas las presentaciones artísticas que se realicen en las diferentes etapas del Festival Estudiantil de las Artes, las comisiones organizadoras podrán invitar a la comunidad en general para que asista únicamente como espectadora; tomando en cuenta el cumplimiento de requerimientos idóneos que garanticen el espacio, respeto, seguridad y condiciones adecuadas en el desarrollo de las actividades. CAPÍTULO VII JURADO CALIFICADOR Artículo 60. En todas las etapas, las obras artísticas o los estudiantes participantes serán seleccionados únicamente por el jurado. Por ningún motivo, otras personas que no sean integrantes del jurado podrán participar u opinar en la selección; aunque sean funcionarios del Ministerio de Educación Pública. Artículo 61. Durante el proceso, se realizarán intercambios de docentes entre centros educativos, circuitos educativos y direcciones regionales de educación con el fin de que participen en calidad de jurado de las actividades, de manera que se tenga siempre la posibilidad de contar con el jurado requerido en todos los actos propios de la etapa inicial y circuital. Artículo 62. En las etapas inicial, circuital y regional, el jurado estará integrado siempre por un número impar, para cada disciplina o tendencia artística por calificar. El jurado tendrá un mínimo de tres personas. Artículo 63. No podrán fungir como jurados: a. Los integrantes de las comisiones de la etapa que les corresponde organizar. b. Los asesores pedagógicos de las direcciones regionales de educación. c. Los asesores nacionales. Artículo 64. Los integrantes del jurado deberán cumplir con los siguientes requerimientos: a. Tener conocimiento técnico o experiencia en la disciplina o tendencia artística por calificar. b. No tener parentesco alguno con los estudiantes participantes en la disciplina o tendencia artística por calificar. c. No tener relación alguna con la obra artística de los estudiantes participantes; incluyendo creación, composición, arreglos, dirección, ejecución y presentación de obra artística en la disciplina o tendencia artística por calificar. d. Preferiblemente, no ser docente de los estudiantes que presentan una obra artística, ni del centro educativo que se representa.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 e. No ser estudiantes de primaria o secundaria. Artículo 65. Los integrantes del jurado no podrán externar abierta y públicamente, durante la realización de los eventos del Festival Estudiantil de las Artes, comentarios técnicos-artísticos o personales referentes a: las obras o interpretaciones artísticas del estudiantado participante, los docentes, los otros integrantes del jurado. Artículo 66. Los integrantes del jurado deberán valorar el mensaje transmitido por medio de la obra artística, a efecto de que cumpla con lo estipulado en esta normativa. Artículo 67. El jurado deberá elegir una obra artística por primaria y una obra artística por secundaria por cada una de las disciplinas artísticas que le corresponda calificar, exceptuando lo indicado en los artículos 35, 36, 45 y 118 inciso e. de esta normativa, procediendo de la siguiente manera: a. Estar presente y atento en todo momento durante las presentaciones artísticas estudiantiles que le corresponde calificar; por ende, no podrá fungir como animador, sonidista, organizador, productor, decorador, ni realizar labores logísticas, entre otras propias de dichos eventos. b. Una vez finalizado el evento artístico en el que le corresponde calificar, debe deliberar en forma inmediata para emitir los resultados. c. Todos los integrantes del jurado deben comunicar, en forma privada a la comisión correspondiente, los resultados de la selección. d. Una vez entregados los resultados a la comisión respectiva, el jurado debe permanecer en el lugar de la actividad para conocer si existen manifestaciones de inconformidad. e. Si no se presentan manifestaciones de inconformidad por parte de estudiantes, el resultado queda en firme. f. Si se presenta alguna inconformidad, el jurado deberá recibir, tramitar en privado y resolver en forma inmediata y por escrito con indicación de los argumentos que justifican la decisión, las manifestaciones de inconformidad presentadas en forma verbal o escrita por parte de algún estudiante participante, con respecto a la valoración de su obra artística. g. Una vez resuelto lo que respecta a las manifestaciones de inconformidad por parte del jurado, este debe anotar, en la boleta de resultados, la decisión final. h. La decisión del resultado final respecto de la selección no puede ser alterada ni cambiada a partir de su entrega a la comisión respectiva. Una vez realizada dicha entrega final a la comisión, la decisión es definitiva. i. Cada uno de los integrantes del jurado debe firmar la boleta de resultados, como único documento oficial público para consignar la decisión. j. Notificar los resultados de la selección de obras artísticas o estudiantes inmediatamente al finalizar la realización del evento. k. Por ningún motivo, los resultados del jurado deben ser entregados a la comisión respectiva en días posteriores a la realización del festival. l. El jurado debe reservarse las tablas de calificación u otras anotaciones, dado que no constituyen un documento oficial para la emisión de los resultados. Estas no deberán ser mostradas, ni en el acto ni posteriormente, a personas que no sean integrantes del jurado. Artículo 68. En caso de que la obra artística haya sido seleccionada y el jurado considere necesario dar sugerencias acerca ella, con el objetivo de mejorarla o adecuarla a la totalidad de los requerimientos que establece la normativa, estas deberán darse a conocer en privado, en forma positiva y en presencia únicamente del estudiantado participante y sus respectivos representantes funcionarios del Ministerio de Educación Pública. Las sugerencias deben quedar consignadas en la boleta de sugerencias del jurado; la cual debe ser entregada a la comisión respectiva.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 Artículo 69. El jurado no podrá detener la presentación ni el desarrollo de la obra artística mientras esté calificando, excepto si existieren condiciones de fuerza mayor o acciones y actitudes de los participantes o de la obra artística que se está presentando, que irrespeten la imagen de las personas, integridad física y psíquica o contengan manifestaciones misóginas, homofóbicas, xenofóbicas, transfóbicas, pornográficas y, o, eróticas. Artículo 70. En caso de que el jurado detecte y compruebe plagio en una obra artística participante, esta obra no podrá pasar a la siguiente etapa. Sin embargo, si el estudiante ya inició su presentación y la detección se hace en ese momento, el jurado no podrá detener dicha presentación. Se le dará al estudiante la oportunidad de participar en la etapa en donde se comprobó el plagio; pero la obra artística no debe ser seleccionada para la etapa siguiente. Únicamente podrá pasar un estudiante cuya obra haya sido identificada como plagio, cuando sea el único participante en esa disciplina, pero deberá cumplir con las sugerencias consignadas por parte del jurado en la boleta de sugerencias, con respecto al cambio de obra para la siguiente etapa. Artículo 71. El jurado mantendrá comunicación y coordinación únicamente con la comisión que organiza la etapa. Artículo 72. En caso de inconformidad con los resultados de la selección de la obra artística o del estudiante, no se permitirá la intervención ante el jurado de personas que no sean funcionarias del centro educativo nombrados como docentes, administrativos o administrativos-docentes, aunque sean personas que fungen en calidad de coreógrafos, directores artísticos o musicales, choferes y otros. El jurado deberá atender únicamente a: a. Los estudiantes participantes. b. A un docente, administrativo o administrativo-docente que sea funcionario del centro educativo, nombrado de previo por la dirección de dicho centro, para que funja como representante de los estudiantes participantes. c. Los representantes legales de los estudiantes. Artículo 73. Es responsabilidad del jurado anotar, en la boleta de sugerencias del jurado, todas las observaciones que considere pertinentes con el objetivo de que se realicen las adecuaciones que correspondan para la siguiente etapa, en caso de que la obra artística seleccionada no cumpla con lo estipulado en esta normativa y a efecto de que sea acatado por el estudiantado participante en la siguiente etapa, con la guía del profesor o el encargado. Artículo 74. El jurado debe conocer las observaciones consignadas en la boleta de sugerencias del jurado de la etapa anterior. Artículo 75. En las etapas competitivas del festival, el jurado no podrá declarar como desierta ninguna disciplina o tendencia artística. Tanto en la etapa inicial como en la etapa circuital, cuando en una disciplina o tendencia artística participe únicamente una obra artística, deberá remitirse para que participe en la etapa inmediata siguiente. Artículo 76. En caso de que se produzca un empate con respecto a la selección entre dos o más obras artísticas, el jurado debe deliberar en el acto y resolver en forma definitiva de la siguiente forma: a. El jurado en forma privada revisa las pautas de evaluación de las obras artísticas o la presentación artística de los estudiantes que se encuentran en condición de empate. b. Una vez realizada la revisión se procede a votar para elegir un único representante haciendo uso de la composición impar del jurado. Artículo 77. Realizados todos los procedimientos estipulados por parte del jurado en esta normativa, se puede retirar de la actividad y se da por finalizada su participación en la etapa en la que fungió como jurado.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

Artículo 78. Por ningún motivo, otras personas que no sean integrantes del jurado podrán participar u opinar en la selección, aunque sean funcionarias o funcionarios del Ministerio de Educación Pública. CAPÍTULO VIII PROCEDIMIENTOS PARA PRESENTACIÓN DE INCONFORMIDADES Artículo 79. Respecto de la presentación de inconformidades y para efectos propios de esta normativa y por las características y naturaleza del Festival Estudiantil de las Artes y de las disciplinas y tendencias artísticas que lo conforman, se procederá de la siguiente manera: a. Inconformidad relacionada con el resultado de la evaluación de la obra artística: a.1-

a.2.a.3a.4-

Una vez comunicados los resultados de la evaluación de las obras artísticas en la etapa inicial o circuital, la estudiante o el estudiante inconforme con la decisión del jurado, podrá solicitar a este, en forma verbal o escrita, la revisión del resultado únicamente en relación con su obra artística. Deberá presentar la inconformidad el mismo día, en el horario hábil de la actividad en donde se le comunicó el resultado. La inconformidad deberá estar firmada por el estudiante disconforme o por su representante legal. El jurado, de forma inmediata, comunicará por escrito al interesado lo resuelto, con indicación de los argumentos que justifican la decisión, el mismo día antes de la finalización de la actividad. Una vez realizada la devolución por parte del jurado, la decisión es definitiva.

b. Inconformidad relacionada con los procedimientos y procesos realizados dentro de las actividades propias del Festival Estudiantil de las Artes: b.1-

b.2-

b.3-

La estudiante o el estudiante inconforme podrá presentar por escrito a la comisión de la etapa respectiva, la revisión correspondiente del caso, el mismo día de la actividad o el día hábil siguiente a la actividad. La comisión recibirá, tramitará, resolverá la inconformidad y comunicará por escrito al interesado en un plazo no mayor de cuarenta y ocho horas de presentada la inconformidad. La respuesta de la comisión no afectará las decisiones del jurado. En estos procedimientos, únicamente pueden intervenir como facilitadores o guías, el director, un docente o personal técnico docente y administrativo nombrado en el centro educativo al que pertenece el estudiante, o representantes legales. No pueden intervenir, en este proceso, personas que no sean las mencionadas en este artículo. La Dirección de Vida Estudiantil no tiene competencia ni injerencia en cuanto a los resultados que emita el jurado sobre evaluación y selección de las obras artísticas

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 II PARTE DISCIPLINAS, TENDENCIAS Y OBRAS ARTÍSTICAS CAPÍTULO IX ASPECTOS GENERALES DE LAS OBRAS ARTÍSTICAS De los requerimientos de acatamiento obligatorio necesarios para la inscripción de obras artísticas en el Festival Estudiantil de las Artes. Artículo 80. Las obras artísticas deben ser originales e inéditas, las cuales, al ser inéditas no deben haber sido ejecutadas o presentadas en algún otro concurso, festival, espacio artístico o similar, exceptuando lo estipulado en este capítulo, en los artículos cuyas disciplinas artísticas indiquen que son de tema libre. Artículo 81. Las obras artísticas deben estar relacionadas con el tema general establecido para cada edición del festival, exceptuando las disciplinas artísticas que indican que son de tema libre. Artículo 82. Son de tema libre los audios o la música, ya sea pregrabada o en vivo, según lo estipule cada disciplina artística, que se empleen en las obras originales de las siguientes disciplinas o tendencias artísticas: a. En el área de artes escénicas: bailes y coreografías, coreografía conceptual, cuentacuentos, danza folclórica costarricense, danza folclórica internacional, monólogo, poesía coral, teatro callejero, teatro infantil, teatro de sala, títeres, pasacalle. b. En el área de artes literarias: retahílas c. En el área de artes musicales: solista vocal canción popular. d. En el área de artes visuales: las disciplinas artísticas en las que se haga uso de música o audios. Artículo 83. Las obras artísticas que requieran de elementos de escenografía o ambientación deben considerar lo siguiente: a. Únicamente se podrán portar aquellos implementos o accesorios que sean manipulados por el estudiante participante dentro de la presentación, tanto para colocarlos como para sacarlos de escena, que sean removibles con facilidad y que no afecten la presentación de las participaciones siguientes ni la animación de la actividad; exceptuando la escenografía y utilería que en razón de atender las necesidades educativas para el estudiantado y la eliminación de barreras de aprendizaje y participación, deba ser colocada y retirada por otra persona. La escenografía y utilería son un complemento a la presentación de la obra artística, pero no son parte esencial de esta. Debe tener como característica la simplicidad, economía y brevedad del tiempo de instalación y desinstalación, el cual no excederá los dos minutos, respectivamente. b. No se permitirán presentaciones artísticas que hagan uso del fuego, telas colgantes, cuerda floja o slackline, fuegos pirotécnicos, objetos punzocortantes, entre otros, que puedan exponer al estudiantado, personal docente o público a una situación de riesgo. c. En el caso de emplear música pregrabada, esta debe presentarse por medio de discos compactos o en dispositivos de reproducción de sonido en cualquier formato, en el orden por utilizarse, en una sola pista, durante la ejecución de la obra artística. Artículo 84. Exceptuando la disciplina artística solista vocal canción popular, en la que el estudiante puede cantar con el acompañamiento musical en vivo o con el uso de pistas o secuencias de cualquier tipo, en las demás disciplinas artísticas de artes musicales, la ejecución de la obra artística debe hacerse en vivo y no se permite la utilización de karaokes, pistas musicales o secuencias musicales producidas mediante computadores, sintetizadores, controladores, teclados electrónicos, baterías electrónicas, secuenciadores, órganos, organetas y dispositivos musicales electrónicos similares, la utilización de acompañamiento automático, ni la reproducción de ficheros MIDI, archivos KAR, locuciones off, efectos

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 de sonido o músicas, en soportes de distribución analógicos como casete, VHS, disco de vinilo, cinta magnetofónica y similares, o digitales como disquete, CD, DVD, VCD, minidisk, USB, discos duros extraíbles, tarjetas de memoria y similares, de audio, o con formatos de publicación con pérdida de calidad o sin ella, tales como MP3, WMA, OGG, AAC, WAV o WAVE, AIFF, DTS, ADX, PAC, MLP y similares, así como la utilización de audios contenidos en cualquier formato de vídeo. Artículo 85. Los estudiantes participantes y las agrupaciones estudiantiles cuya obra artística es seleccionada para representar al centro educativo en las siguientes etapas deben tomar en cuenta que: a. El número de estudiantes participantes no debe superar la cantidad máxima que se indica para cada disciplina o tendencia artística, y en cada etapa debe participar la misma cantidad de estudiantes que se anotaron en la boleta de inscripción utilizada desde la etapa inicial. b. Los estudiantes con obras artísticas cuya ejecución requiere tiempo definido, deben cumplir con el lapso estipulado en esta normativa según lo especifica cada disciplina o tendencia artística. c. En las disciplinas y tendencias artísticas en las que se debe presentar obras artísticas originales e inéditas desde la etapa inicial, la obra artística debe ser la misma que se presente en las siguientes etapas del festival, en cuyo caso, durante el proceso, podrán mejorarse pero no cambiarse, es decir, las mejoras no deben alterar la estructura original de la obra.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 De las disciplinas artísticas:  ARTES ESCÉNICAS Artículo 86. BAILES Y COREOGRAFÍAS. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere a una agrupación de estudiantes que realizan movimientos corporales, en los que pueden utilizar bailes, danzas, pasos, niveles, figuras, formas, vestuarios y elementos escénicos de fácil instalación, con la utilización de música o temas musicales. a. Participación: a.1Agrupaciones con un mínimo de dos estudiantes. a.2Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. a.3Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director únicamente durante los ensayos; pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, ni dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación. b. Tema: Libre. c. Duración: El tiempo mínimo de presentación de la obra artística es de tres minutos, y el tiempo máximo es de seis minutos. El tiempo incluye las entradas y las salidas utilizadas para colocarse y retirarse del escenario. d. Música: Se debe tomar en cuenta lo siguiente d.1La música por utilizar en la puesta en escena es libre, siempre y cuando se adapte a lo estipulado en esta normativa. La música pregrabada debe presentarse por medio de grabaciones, pistas o secuencias, en discos compactos o dispositivos de reproducción de sonido, en cualquier formato, en cada una de las etapas a las que les corresponda presentarse. d.2En caso de utilizar música pregrabada para la presentación, debe estar editada con las entradas y salidas en el siguiente orden: música de la entrada, la música de la coreografía principal y la música de salida. Artículo 87. COREOGRAFÍA CONCEPTUAL. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere a una agrupación de estudiantes que realizan movimientos corporales, basados en diferentes estímulos; los cuales pueden ser: música, historias, conceptos o referentes artísticos, entre otros. La coreografía puede tener un hilo conductor, personajes, basarse en una canción, una historia, una obra de arte, un poema, un cuento, etc. Se trata de una composición coreográfica en la que pueden utilizar bailes, danzas, pasos, figuras, niveles, formas; cuyos movimientos, vestuarios y elementos escenográficos deben estar relacionados con un concepto o temática por expresar en escena, o bien, con la música que se está interpretando. a. Participación: a.1Agrupaciones con un mínimo de dos estudiantes. a.2Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. a.3Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director, únicamente durante los ensayos, pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación. b. Tema: Libre. c. Duración: El tiempo mínimo de presentación de la obra artística es de tres minutos, y el tiempo máximo es de ocho minutos. El tiempo incluye las entradas y las salidas utilizadas para colocarse y retirarse del escenario. d. Música: se debe tomar en cuenta lo siguiente:

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 d.1-

d.2-

La música por utilizar en la puesta en escena es libre, siempre y cuando se adapte a lo estipulado en esta normativa. La música pregrabada debe presentarse por medio de grabaciones, pistas o secuencias, en discos compactos o dispositivos de reproducción de sonido, en cualquier formato, en cada una de las etapas a las que les corresponda presentarse. En caso de utilizar música pregrabada para la presentación, debe estar editada con las entradas y salidas en el siguiente orden: música de la entrada, la música de la coreografía principal y la música de salida.

Artículo 88. DANZA FOLCLÓRICA COSTARRICENSE. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere a una agrupación de estudiantes que baila una canción musical folclórica o típica costarricense. Esta se basa en los pasos básicos de las danzas tradicionales, movimientos, vestuarios, trajes típicos, alegóricos o relacionados con la época, la zona geográfica, tradición y música del contexto. a. Participación: a.1Agrupaciones con un mínimo de dos estudiantes. a.2Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. a.3Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o integrante de la comunidad podrá asumir como director o co-director, únicamente durante los ensayos; pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, ni dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación. a.4Las agrupaciones de estudiantes que se inscriban en esta disciplina artística deben adjuntar, en la boleta de inscripción utilizada desde la etapa inicial, una breve descripción que constituya una sinopsis de la investigación realizada en la que se inspiró la coreografía, y que incluya una justificación de la puesta en escena, con un máximo de 150 palabras. b. Tema: Libre. c. Duración: el tiempo máximo de presentación de la obra artística es de ocho minutos. El tiempo incluye las entradas y las salidas utilizadas para colocarse y retirarse del escenario. d. Música: se debe tomar en cuenta lo siguiente: d.1La música por utilizar en la puesta en escena es libre, siempre y cuando se adapte a lo estipulado en esta normativa. La música pregrabada debe presentarse por medio de grabaciones, pistas o secuencias, en discos compactos o dispositivos de reproducción de sonido, en cualquier formato, en cada una de las etapas a las que les corresponda presentarse. d.2La música puede ser ejecutada en vivo por estudiantes y docentes. d.3Las entradas y salidas con música o sin esta, usualmente utilizadas para colocarse y retirarse del escenario, no son requeridas y no serán tomadas en cuenta por el jurado para la valoración del puntaje. d.4En caso de utilizar música pregrabada para la presentación, debe estar editada con las entradas y salidas en el siguiente orden: música de entrada, la música de la coreografía principal y la música de salida. d.5Se podrá utilizar un popurrí musical. Este consiste en una composición musical formada por fragmentos de dos o más obras artísticas diversas que se encadenan y; así, constituyen un solo tema. En este caso, si la música es pregrabada se podrá utilizar un popurrí siempre y cuando este sea un tema musical que ha sido previamente planeado y grabado por los músicos, arreglistas o compositores con los arreglos musicales elaborados para ese fin. El popurrí por utilizar debe ser un tema musical con arreglos originales del compositor, músico o arreglista y no una mezcla de distintos temas cortados y unidos en forma digital, por medios tecnológicos o manuales. d.6Se podrá utilizar un popurrí musical si la música es ejecutada en vivo.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 Artículo 89. DANZA FOLCLÓRICA INTERNACIONAL. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere a una agrupación de estudiantes que baila un tema musical folclórico o típico que no sea costarricense. Este baile se basa en los pasos básicos de las danzas tradicionales, movimientos, vestuarios, trajes típicos, alegóricos o relacionados con la época, la zona geográfica y tradición del país de donde proviene la música que se está bailando. a. Participación: a.1Agrupaciones con un mínimo de dos estudiantes. a.2Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. a.3Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o integrante de la comunidad podrá asumir como director o co-director únicamente durante los ensayos; pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, ni dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante de la presentación. a.4Las agrupaciones de estudiantes que se inscriban en esta disciplina artística deben adjuntar en la boleta de inscripción, utilizada en la etapa inicial, una breve descripción que constituya una sinopsis de la investigación realizada. Esta debe contener el motivo o fuente de inspiración para la creación de la coreografía y la justificación de la puesta en escena, con un máximo de 150 palabras. b. Tema: Libre. c. Duración: el tiempo máximo de presentación de la obra artística es de siete minutos. El tiempo incluye las entradas y las salidas utilizadas para colocarse y retirarse del escenario. d. Música: se debe tomar en cuenta que: d.1La música por utilizar en la puesta en escena es libre. En caso de utilizar música pregrabada, se debe presentar grabaciones, pistas o secuencias, en discos compactos o en dispositivos de reproducción de sonido, en cualquier formato, en las presentaciones artísticas, en cada una de las etapas en las que corresponda participar. d.2La música puede ser ejecutada en vivo por estudiantes y docentes. d.3Las entradas y salidas con música o sin esta, usualmente utilizadas para colocarse y retirarse del escenario, no son requeridas y no serán tomadas en cuenta por el jurado para la valoración del puntaje. d.4En caso de utilizar música pregrabada para la presentación, debe estar editada con las entradas y salidas en el siguiente orden: música de entrada, la música de la coreografía principal y la música de salida. d.5Se podrá utilizar un popurrí musical. Este consiste en una composición musical formada por fragmentos de dos o más obras artísticas diversas que se encadenan y constituyen un solo tema. En este caso, si la música es pregrabada, se podrá utilizar un popurrí siempre y cuando este sea un tema musical que ha sido previamente planeado y grabado por los músicos, arreglistas o compositores con los arreglos musicales elaborados para ese fin. El popurrí por utilizar debe ser un tema musical con arreglos originales del compositor, músico o arreglista, y no una mezcla de distintos temas cortados y unidos en forma digital por medios tecnológicos o manuales. d.6Se podrá utilizar un popurrí musical si la música es ejecutada en vivo. Artículo 90. CUENTACUENTOS. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere a un narrador o una narradora que, a partir de un cuento y el uso de la palabra, la voz y los gestos, tiene la capacidad de convertir las palabras en imágenes. Se puede interpretar los personajes del cuento si la propuesta así lo requiere. Debe contener todos los elementos literarios que están presentes en un cuento; tales como la descripción y, o, narración de las circunstancias dadas, el conflicto y el desenlace. a. Participación: a.1Un máximo de dos estudiantes cuentistas dentro del relato de una misma obra artística. Pueden estar apoyados además por dos estudiantes que funjan ya sea como asistentes técnicos, músicos, directores artísticos, técnicos de sonido o luces u otra función técnica similar.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 a.2a.3-

Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como cuentista. Una persona docente o encargada podrá asumir como director o co-director, únicamente durante los ensayos, pero no deberá permanecer en el escenario durante la presentación de la obra artística ni dirigir de ninguna forma al estudiante durante la presentación. a.4El cuento no debe ser leído, sino contado e interpretado. a.5Como la impostación y proyección de la voz es un criterio por evaluar, no se debe utilizar micrófono; por lo tanto, se debe ejecutar esta disciplina en un espacio idóneo para tal fin; por ejemplo: aulas, salones de actos, bibliotecas, salas de reuniones, etc. b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Duración: El tiempo de presentación de la obra artística es: mínimo es de tres minutos y máximo de seis minutos. Artículo 91. MONÓLOGO. Participan únicamente estudiantes de secundaria. Se refiere a una obra de teatro original en la que actúa, únicamente, una o un estudiante que puede interpretar uno o varios personajes. El monólogo debe contener elementos dramatúrgicos tales como: inicio, desarrollo y desenlace, conflicto y acciones dramáticas. Todas estas unidas por un hilo conductor. Se debe tomar en cuenta que para el monólogo no se aceptarán:  narraciones de temas sin ninguna relación entre sí  secuencia de chistes  historias aisladas o de anécdotas personales expresadas en forma de chiste  stand up comedy (no se debe confundir esta expresión con el monólogo)  recitales, melopeas (declamación poética con música alusiva) u oratorias. a.

Participación: a.1- Cada monólogo debe tener únicamente una o un estudiante como actor o actriz. Puede estar acompañada o acompañado por un estudiante asistente quien deberá estar matriculado en la boleta de inscripción utilizada en la etapa inicial, quien no podrá participar del monólogo propiamente, y que tendrá las funciones de técnico de sonido, luminotécnico, encargado de escenografía, director artístico, entre otros. a.2La actriz o el actor podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. a.3En caso de que se utilice música o sonidos pregrabados deben presentarse en discos compactos o dispositivos de reproducción, en el orden por utilizarse durante la obra. a.4Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o integrante de la comunidad, podrá asumir la dirección artística, únicamente durante los ensayos, pero no podrá: estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, ni dirigir de ninguna forma al estudiante durante la presentación. a.5No se permite el uso del micrófono; puesto que la dicción e impostación de la voz son criterios técnicos por evaluar en esta disciplina; por ende, se debe buscar un lugar idóneo para presentar esta modalidad teatral; por ejemplo: salones de actos, aulas, bibliotecas, teatros, etc. b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Duración: el tiempo máximo de presentación de la obra artística es de ocho minutos. Artículo 92. POESÍA CORAL. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere a una agrupación constituida por estudiantes que declaman e interpretan escénicamente un poema, a partir de la expresión oral, la expresión corporal y la interpretación del texto poético o escenificación. Se alternan, en forma grupal, la participación de coro y de solista, en la que se mantiene el formato de poesía coral y no de una obra de teatro. a. Participación: a.1Agrupaciones con un mínimo de tres estudiantes que declaman una poesía. En caso de que decidan utilizar música en vivo, se permitirá la incorporación de cinco estudiantes adicionales, como máximo, para que ejecuten los instrumentos musicales.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 a.2a.3-

Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o integrante de la comunidad podrá asumir la dirección artística únicamente durante los ensayos; pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, ni dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación. a.4La letra del poema debe ser creada únicamente por estudiantes. a.5Se debe tomar en cuenta elementos técnicos como la expresión oral: dicción, volumen, ritmo, tono y musicalidad. a.6Se debe tomar en cuenta elementos de la expresión corporal: distribución en el espacio, secuencias de movimientos, posiciones y desplazamientos. b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Duración: El tiempo mínimo de presentación de la obra artística es de dos minutos, y el tiempo máximo es de seis minutos. d. Música: Se debe tomar en cuenta que: d.1En caso de utilizar música en vivo, esta debe ser interpretada solo por estudiantes. d.2En caso de que se utilicen música o sonidos pregrabados, estos se deben presentar en discos compactos o dispositivos de reproducción en el momento de cada presentación. d.3Los estudiantes quienes acompañan la declamación de la poesía con instrumentos musicales lo pueden hacer únicamente con música instrumental y voces armónicas, sin que el tema musical contenga letra con palabras definidas. La música por interpretar no necesariamente debe ser original. d.4La poesía puede ser dramatizada y no debe ser cantada. Artículo 93. TEATRO CALLEJERO. Participan únicamente estudiantes de secundaria. Se refiere a una puesta en escena de una obra teatral creada para desarrollarse en espacios públicos exteriores. No es una obra de teatro de sala puesta en la calle. Los estudiantes que representan personajes basan su actuación en la expresión corporal y no en la palabra dialogada. Los gestos son exagerados y vistosos. Se emplean frases cortas y se puede utilizar extensiones del cuerpo para complementar y enriquecer las imágenes e interpretaciones. La obra artística debe tener los siguientes componentes:  Prólogo o gran llamamiento: con el objetivo de presentar la obra artística de teatro callejero, la agrupación artística inicia su actuación en la calle por medio de la convocatoria a las personas para que presencien la obra artística.  Parte inicial: presentación de las circunstancias dadas. Se refiere al tiempo, lugar en donde se desarrollan los hechos y estatus de los personajes, así como la presentación del conflicto principal.  Parte intermedia: acontecimientos que surgieron a partir del conflicto, que aceleran el ritmo de la obra artística y que modifican las condiciones de los personajes, en especial del protagonista.  Parte final: momento en que los personajes tienen su máxima confrontación de modo que se da la resolución del conflicto presentado en la parte inicial.  Éxodo: la agrupación abandona el escenario; por ende, salen del espacio escénico. a. Participación: a.1Agrupaciones con un mínimo de seis estudiantes. a.2Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. a.3Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o integrante de la comunidad podrá asumir la dirección artística únicamente durante los ensayos; pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, ni dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 a.4-

a.5a.6-

a.7a.8a.9-

Los centros educativos a los que pertenecen las agrupaciones deben ofrecer toda la seguridad necesaria para la presentación de la agrupación artística. Una delegación conformada por un mínimo de cinco personas, entre docentes, madres, padres de familia, encargadas o encargados, deben acompañar a la agrupación a las presentaciones, debido a que el espectáculo se realiza en lugares públicos abiertos. Los estudiantes pueden utilizar elementos de otras disciplinas como danza, mimo, títeres, máscaras, mascaradas, bombas, músicos, “zanqueros”, malabaristas, entre otros. El vestuario y maquillaje deben ser llamativos pero sencillos, para ser utilizados en grandes espacios. Se podrá usar extensiones del cuerpo como zancos, banderas, coturnos, máscaras, sombreros, penachos, cintas, antifaces y objetos de malabarismo, entre otros. No se utiliza sistema de luces. Se prohíbe el uso de cuchillos, espadas, pólvora, fuego o cualquier producto inflamable. La escenografía y elementos de ambientación por utilizar son totalmente portátiles y sencillos.

b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Duración: el tiempo mínimo de presentación de la obra artística es de ocho minutos, y el tiempo máximo es de quince minutos. d. Música: se debe tomar en cuenta que: d.1En caso de utilizar música, esta debe ser interpretada únicamente en vivo, con instrumentos ejecutados solo por estudiantes participantes en la obra artística. d.2Se permite el uso de megáfono o el uso de equipo de sonido portátil con sus implementos. En caso de presentarse sonidos o música en forma pregrabada, estos deben ser reproducidos por medio de sistemas de sonido portátiles o de fácil traslado, que puedan ser manipulados por la delegación estudiantil respectiva. Artículo 94. TEATRO INFANTIL Y TEATRO DE SALA. Participan estudiantes de primaria en teatro infantil, y estudiantes de secundaria en teatro de sala. Se refiere a una puesta en escena de obras dramáticas basadas en un hecho cotidiano o imaginario que tiene como finalidad ser representadas y actuadas en un escenario. Se debe tomar en cuenta que la obra artística debe tener los siguientes componentes:  Parte inicial: presentación de la historia y conflicto principal: tiempo, lugar donde se desarrollan los hechos y relación entre personajes.  Parte intermedia: acontecimientos que surgieron a partir del conflicto y desarrollo de este, que aceleran el ritmo de la obra artística y modifican las condiciones de los personajes, en especial del protagonista.  Parte final: clímax en que los personajes tienen su máxima confrontación de modo que se da la resolución del conflicto presentado en la parte inicial. a. Participación: a.1Agrupaciones con un mínimo de dos estudiantes. a.2Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. a.3Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o integrante de la comunidad podrá asumir como director o co-director únicamente durante los ensayos; pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, ni dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación. a.4Los estudiantes participantes en la obra artística deben colaborar en la elaboración y escogencia del guion, y realizar la puesta en escena dirigidos por un docente.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 a.5-

Las obras de teatro deben crearse tomando en cuenta las características de los espacios frecuentemente utilizados en el teatro y que, generalmente, se presentan en el Festival Estudiantil de las Artes en todas sus etapas; por lo tanto, se debe buscar espacios adecuados para la presentación de estas; por ejemplo: teatros, anfiteatros, aulas, bibliotecas, salones de actos, salas de reuniones, etc. b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Duración: para efectos de esta normativa, el tiempo mínimo de presentación de la obra artística es de cinco minutos, y el tiempo máximo es de diez minutos. Artículo 95. TÍTERES. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere al montaje de una obra teatral interpretada por títeres confeccionados y manipulados únicamente por estudiantes llamados titiriteros o manipuladores, dependiendo del elemento que se vaya a utilizar - ya sea este un títere o un objeto inanimado- con el que se representa una historia con personajes fantasiosos o reales. Las obras artísticas deben tener los siguientes componentes:  Parte inicial: presentación de la historia y conflicto principal: tiempo, lugar donde se desarrollan los hechos y relación entre personajes.  Parte intermedia: acontecimientos que surgieron a partir del conflicto y desarrollo de este, que aceleran el ritmo de la obra artística y modifican las condiciones de los personajes, en especial del protagonista.  Parte final: clímax en que los personajes tienen su máxima confrontación, de modo que se da la resolución del conflicto presentado en la parte inicial. a. Participación: a.1Agrupaciones con un mínimo de dos participantes, y un máximo de cinco estudiantes titiriteros o manipuladores. En caso de que la agrupación decida utilizar música en vivo, se permite la incorporación de un sexto estudiante participante que únicamente interpretará la música o realizará efectos de sonido en vivo con instrumentos musicales o con otros materiales. a.2Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. a.3Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o integrante de la comunidad podrá asumir como director o co-director, únicamente durante los ensayos, pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación. a.4Los títeres deben ser elaborados por los estudiantes, con la ayuda del docente. Se puede utilizar títeres de mano y marotes, títeres sostenidos por una o dos varillas, entre otros. La confección de los títeres se realizará utilizando cualquier material convencional o de reciclaje. a.5Los estudiantes pueden manipular varios títeres o personajes a la vez. La interpretación vocal del estudiante que haga de titiritero o manipulador será en vivo y no en forma pregrabada. a.6Se permite el uso de objetos escenográficos en la parte interna y externa del escenario. b. Tema: -El establecido para cada edición del festival. c. Duración: c.1Para estudiantes de primaria, el tiempo mínimo de presentación de la obra artística es de cinco minutos, y el tiempo máximo es de diez minutos. c.2Para estudiantes de secundaria, el tiempo mínimo de presentación de la obra artística es de siete minutos, y el tiempo máximo es de diez minutos. d. Música: en el caso de emplear música pregrabada, esta debe presentarse por medio de discos compactos o en dispositivos de reproducción de sonido en cualquier formato, en el orden por utilizarse durante la ejecución de la obra artística.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 e. Técnicas de manipulación permitidas: e.1Títeres de guante: son aquellos títeres que se manipulan colocando la mano en el interior del títere. e.2e.3e.4-

e.5e.6-

Se puede utilizar un teatrino en donde el manipulador permanece oculto y solo queda expuesto el títere al público. Títeres de varilla: son aquellos en donde su movimiento se consigue utilizando varillas. Se puede utilizar un teatrino en donde el manipulador permanezca oculto y solo queda expuesto el títere al público. Títeres de paleta: son títeres que se confeccionan con paletas u otro material similar utilizado como paletas de helados. Su manipulación se realiza directamente con este objeto. Se puede utilizar un teatrino en donde el manipulador permanezca oculto y solo queda expuesto el títere al público. Títeres de manipulación a la vista: los títeres se animan a través de técnicas de manipulación directa, con la variante que el manipulador trabaja a la vista directa del público. Se puede utilizar objetos inanimados o títeres de guante, varilla o paleta. Títeres de hilo: son aquellos títeres que son manipulados a través de hilos colocados en puntos específicos del títere, cuya ubicación va a depender del movimiento que se desee que realice el títere. Su manipulador puede o no estar visible al público y, normalmente, el títere se encuentra a nivel del piso.

Artículo 96. PASACALLE. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere a un espectáculo callejero interactivo e interdisciplinario, en la calle, que se realiza con un desplazamiento constante de un punto inicial a un punto final, en donde se desarrolla la temática acorde con el tema del festival. Se trata de un desfile interpretado por estudiantes. En este se puede representar situaciones dramáticas de diferentes personajes, y se utilizan, de forma integral, diversas técnicas. a. Participación: a.1Agrupaciones con un mínimo de diez estudiantes. a.2Debe presentarse en vivo y debe ser realizada en exteriores. a.3La obra debe realizarse por medio de un desplazamiento constante. a.4Deben presentarse diversas técnicas o disciplinas de manera integrada, tales como: bandas musicales, cimarronas, body art, malabaristas, mascaradas, monigotes, performance, happening, ready made, “zanqueros”, caracterizaciones, entre otras. Se debe presentar un mínimo de tres disciplinas o técnicas diferentes. a.5El vestuario y el maquillaje por utilizar debe ser vistoso, llamativo y acorde con la propuesta escénica. a.6Los centros educativos a los que pertenecen las agrupaciones deben ofrecer toda la seguridad necesaria para la presentación de la agrupación artística. Una delegación conformada por un mínimo de cinco personas entre docentes, madres, padres de familia, encargadas o encargados debe acompañar a la agrupación a las presentaciones, debido a que el espectáculo se realiza en lugares públicos abiertos. b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Duración: Diez minutos de desplazamiento continuo del punto inicial al punto final, a lo largo de 100 metros, aproximadamente. d. Música: La música puede ser en vivo o pregrabada. En caso de presentarse en forma pregrabada, esta debe ser reproducida por medio de sistemas de sonido portátiles o de fácil traslado, y que forman parte de los implementos usados por la delegación estudiantil.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 ÁREA DE ARTES LITERARIAS Artículo 97. CUENTO. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere a una narración breve de hechos que pueden ser imaginarios o reales. Esta está protagonizada por un grupo reducido de personajes y consta de un argumento sencillo que sigue una sola línea de acción. Se debe tomar en cuenta que: Las obras artísticas deben tener los siguientes componentes:  Introducción: es la preparación o sección inicial que define o contextualiza el acontecimiento principal o desarrollo de un texto. Es el preámbulo de una obra literaria. La introducción sirve de base para que el clímax adquiera sentido.  Desarrollo: en esta parte se presenta el conflicto o situación de la trama o el relato, es decir, suceden los hechos más importantes. A partir del desarrollo de los acontecimientos, surge el clímax o aspecto más alto de la narración.  Conclusión: esta sección comprende el desenlace del relato. Se finaliza la narración; aunque esta posea un final abierto. a.

:Participación:

a.1a.2-

Individual. El estudiante participará con un único cuento de su autoría, el cual debe estar inédito a la hora de inscribirlo en la etapa inicial. b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Extensión: la extensión del texto no deberá exceder las siete páginas, en hoja tamaño carta. Artículo 98. CUENTO ILUSTRADO: Participan estudiantes de primaria y secundaria. Es un género narrativo breve, con unidad temática, con pocos personajes y fingido en todo o en parte. Se conoce por cuento ilustrado a una obra literaria, por lo general, dedicada al público infantil, que se caracteriza por aunar en una misma página un contenido textual y un contenido ilustrado o imagen. Ambos contenidos se complementan y aportan cohesión, coherencia y, por ende, riqueza a la obra literaria. Para efectos de este festival, el cuento ilustrado tendrá un mínimo de cinco escenas ilustradas. En esta disciplina, pueden colaborar docentes de Artes Plásticas y Español; ya que se trata de una modalidad híbrida. a. Participación: a.1Individual o en dúos. a.2Las imágenes serán dibujadas por el estudiantado participante. a.3Las imágenes pueden incluir personajes reales o ficticios, paisajes, animales, objetos, y cualquier otro elemento que el estudiantado considere necesario para la construcción de la obra. a.4Se puede crear una historia a partir de las imágenes, o crear las imágenes a partir de la historia, o de forma conjunta. a.5A partir de las imágenes y el texto creado se realiza el cuento ilustrado con coherencia o con un hilo conductor. a.6La colocación de las imágenes y el texto literario corresponderá a la creatividad del estudiante. b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Extensión: la extensión máxima es diez páginas que comprenden las ilustraciones y los textos. Sin embargo, en lugar de páginas se podrá utilizar cartulina u hojas bond. Artículo 99. FOTONOVELA. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Es una narración por medio de fotografías. Constituye un género editorial. La fotonovela trata argumentos de diferentes temáticas. Esta disciplina está relacionada con el cómic y el cine; con el primero, por ejemplo, comparte muchas similitudes gráficas y estructurales: la página está dividida en viñetas, los diálogos aparecen en recuadros y fragmentos, etc. También es muy importante su parentesco con el cine, ya que recurre a procedimientos técnicos para que la historia resulte más dinámica y moderna: juego con

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 diferentes planos, campo/contracampo, etc. Al igual que el cine y el cómic, la fotonovela parte de un guion que constituye la trama narrativa y se apoya simultáneamente en imágenes, diálogos y comentarios de una voz en off. Crear una fotonovela va a requerir conocimientos tanto de escritura de guiones y diálogos como de fotografía. En esta disciplina, pueden colaborar docentes de Artes Plásticas y Español; ya que se trata de una modalidad híbrida. a. Participación: a.1Individual o en dúos. a.2- . Las fotografías serán tomadas por el estudiantado participante a.3Las fotografías pueden incluir personajes reales o ficticios, paisajes, animales, objetos, y cualquier otro elemento que el estudiantado considere necesario para la construcción de la obra. a.4Se puede crear una historia a partir de las fotografías o tomar fotografías a partir de una historia creada por el estudiantado participante, o de forma conjunta. a.5A partir de las fotografías y el guion creado, se realiza la fotonovela con coherencia o con un hilo conductor. a.6La colocación de las fotografías y el texto literario corresponderá a la creatividad del estudiante. b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Extensión: la extensión máxima es quince páginas que comprenden las ilustraciones y los textos. Sin embargo, en lugar de páginas se podrá utilizar cartulina u hojas bond. Artículo 100. POESÍA. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere al género literario en el que se recurre a la esteticidad lírica del lenguaje por medio del verso. Esta disciplina artística no consiste en la lectura o declamación voluntaria del poema por parte del estudiante, sino en la presentación de un poema escrito. a. Participación: a.1Individual. a.2El estudiante participará con un único poema de su autoría, el cual debe estar inédito en el momento de inscribirlo en la etapa inicial. a.3Con respecto a la lectura o declamación del poema, se debe tomar en cuenta que en caso de que en forma voluntaria el estudiante desee leer el poema, se debe dar por entendido que esta acción no forma parte de la calificación para la selección de los representantes a la siguiente etapa del festival; por lo tanto, podrá hacerlo una vez finalizada la calificación de dicha disciplina artística. b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Extensión: la extensión del poema es libre. Artículo 101. RETAHÍLAS. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se define como una seriación de palabras, situaciones o hechos que acaecen o se mencionan por su orden. Dentro de la teoría literaria, se conceptualizan en el género lírico, juntamente con los poemas, trabalenguas, odas, etc.; por ende, hace uso de los recursos como la rima, el ritmo, las figuras de construcción y de sentido. Se utilizan la función expresiva y la función poética del lenguaje; además, son expresiones líricas que pertenecen a la tradición oral; por lo tanto, a nivel didáctico, fomentan la fluidez verbal, la memoria y la escucha. a. Participación: a.1Individual a.2La retahíla debe ser original e inédita en el momento de la inscripción en la etapa inicial, y compuesta un o una estudiante. a.3La retahíla se debe decir de memoria. b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Extensión: la extensión máxima es de tres páginas tamaño carta.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 ÁREA DE ARTES MUSICALES Las disciplinas artísticas del área de artes musicales comprenden lo siguiente: Artículo 102. BANDA DE GARAJE: Participan únicamente estudiantes de secundaria. Se refiere a una agrupación musical estudiantil que interpreta el género musical rock y todas sus variaciones. a. Participación: a.1Agrupaciones con un mínimo de tres estudiantes, y un máximo de ocho estudiantes. a.2Un estudiante podrá asumir la dirección artística y además participar como intérprete. a.3Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o integrante de la comunidad podrá asumir como director o co-director, únicamente durante los ensayos; pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, ni dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación. b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Duración: el tiempo máximo es de siete minutos. d. Instrumentos musicales: d.1Para la ejecución de la obra artística, cada agrupación debe tener como ensamble base lo siguiente: una batería, un bajo que puede ser eléctrico, electro acústico o acústico, una guitarra que puede ser eléctrica, electro acústica o acústica y una o un cantante. En el caso de ser solo tres participantes por agrupación, el cantante puede ser cualquiera de los instrumentistas. d.2Podrán utilizar, además, instrumentos de viento, cuerdas, teclados y de percusión, coros; sin exceder el número de participantes estipulado. Artículo 103. CIMARRONA. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere a una agrupación de estudiantes que ejecutan instrumentos de viento y percusión. Se utiliza música con patrones musicales folclóricos, típicos y tradicionales costarricenses. Se debe tomar en cuenta que:  Cada cimarrona participante debe interpretar una obra artística original con uno o varios de los siguientes ritmos: parrandera o son suelto, jota, pasillo, vals, contradanza, tambito, corrido y danza.  La ejecución de los temas musicales debe iniciar con la particular introducción de las cimarronas costarricenses en la que, con instrumentos de percusión, se simula el sonido de las bombetas. a.

Participación: a.1Agrupaciones con un mínimo de cinco estudiantes y un máximo de quince estudiantes. a.2Una o un estudiante podrá asumir la dirección artística, y además participar como intérprete. a.3Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o integrante de la comunidad podrá asumir como director o co-director únicamente durante los ensayos; pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, ni dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación. b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Instrumentos musicales: para la ejecución de la obra artística, cada agrupación debe utilizar los siguientes instrumentos de percusión: un bombo, un redoblante y un par de platillos, junto con alguno de los siguientes instrumentos de viento: trompetas, cornetas, bugles, saxofones, clarinetes, flautas traversas, altos, barítonos, bajos, sousáfonos, trombones o tubas. Únicamente se permitirá la utilización de los instrumentos musicales estipulados en este artículo para esta disciplina artística. d. Duración: el tiempo máximo es de siete minutos.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 Artículo 104. ENSAMBLE DE FLAUTAS DULCES. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere a una agrupación musical integrada por estudiantes que interpretan obras musicales con flautas dulces, también llamadas flautas de pico. Se debe tomar en cuenta que:  Los arreglos para los ensambles de flautas deben tener un mínimo de dos voces armónicas.  No se permite el uso de acompañamientos con otros instrumentos musicales.  No se permite el uso de flauta traversa. a.

Participación: a.1Agrupaciones con un mínimo de cuatro estudiantes. a.2Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. a.3Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o integrante de la comunidad podrá asumir como director o co-director en los ensayos. Podrá estar en el escenario dirigiendo la obra artística. No podrá participar como intérprete. b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Duración: el tiempo máximo es de siete minutos. d. Instrumentos musicales: el único instrumento por utilizar en el ensamble es la flauta dulce o flauta de pico. Artículo 105. ENSAMBLE VOCAL: Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere al conjunto de estudiantes que ejecutan una misma obra musical a varias voces armónicas. Se debe tomar en cuenta que:  Los arreglos para los ensambles vocales deben tener un mínimo de dos voces armónicas.  El único instrumento musical permitido puede ser ejecutado por un estudiante, docente o integrante de la comunidad.  Solamente se permiten movimientos corporales leves sin desplazamiento. a. Participación: a.1Agrupaciones con un mínimo de cuatro estudiantes. a.2Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. a.3Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o integrante de la comunidad podrá asumir como director o co-director en los ensayos. Podrá estar en el escenario dirigiendo la obra artística. b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Duración: el tiempo máximo es de siete minutos. d. Instrumentos musicales: la ejecución puede ser a capella o con el acompañamiento discreto de un instrumento musical armónico como la guitarra acústica, o electroacústica, acordeón, teclado, entre otros. Artículo 106. ESTUDIANTINA: Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere a una agrupación que canta obras musicales a una o varias voces. Se acompañan con instrumentos musicales, generalmente guitarras y mandolinas y utiliza ritmos del folclor iberoamericano. Se debe mantener el formato tradicional de las estudiantinas, rondallas o tunas. Se debe tomar en cuenta que:  Pueden realizar coreografías.  Pueden utilizar el uniforme del centro educativo, la capa tradicional u otro atuendo característico de este tipo de agrupación musical.  La mayoría de estudiantes, preferiblemente, deben ejecutar instrumentos musicales en la interpretación de la canción y participar cantando el tema musical.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015   

La agrupación podrá hacer uso de solistas vocales únicamente en algunas partes de la interpretación de la canción. No se permite el uso de batería ni instrumentos eléctricos como guitarras eléctricas o teclados, excepto el bajo eléctrico. Predominarán instrumentos armónicos como las guitarras acústicas o electroacústicas.

a.

Participación: a.1Agrupaciones con un mínimo de diez estudiantes. a.2Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. a.3Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o integrante de la comunidad podrá asumir como director o co-director en los ensayos. Podrá estar en el escenario dirigiendo la obra artística. Podrá participar como intérprete con algún instrumento musical de los permitidos para esta disciplina artística. b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Duración: el tiempo máximo es de siete minutos. d. Instrumentos musicales: d.1- Deben utilizarse:  Guitarras acústicas o electro-acústicas d.2- Podrán utilizarse, además, algunos de los siguientes instrumentos:  Bajo o contrabajo de cuerdas preferiblemente acústico, bajo de cajón o quijongo, banjo, cavaquiño, charango, cuatro venezolano, guitarrón, laúd, mandolina, requinto.  Acordeón, bandoneón, melódica, pianica.  Armónica, flauta de pan o zampoña, flauta dulce o traversa, quena.  Viola, violín, violoncelo.  Lira y marimba pequeña.  Bombo legüero, bongoes, caja china, cajón peruano, castañuelas, cencerro, claves, maracas o similares, palo de lluvia, pandereta, toc toc, triángulo y tumbas o congas. Artículo 107. GRUPO EXPERIMENTAL. Participan únicamente estudiantes de secundaria. Se refiere a una agrupación musical que ejecuta temas musicales de las tendencias nueva canción, trova, nueva trova y música protesta, que pueden emplear ritmos típicos o populares latinoamericanos, ritmos de otras culturas, rock latino, jazz u otros géneros, modos, estilos musicales y en las que se evidencia el uso de textos con denuncia social y análisis crítico de la realidad. Se debe tomar en cuenta que:  las letras deben expresar denuncia social y análisis críticos de la realidad. a. Participación: a.1Agrupaciones con un mínimo de cuatro estudiantes y un máximo de quince estudiantes. a.2Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. a.3Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o integrante de la comunidad podrá asumir como director o co-director únicamente durante los ensayos. No podrá: dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación, participar como intérprete, ni estar en el escenario en donde se presentará la obra artística. b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Duración: el tiempo máximo es de siete minutos. d. Instrumentos musicales: d.1Se permite la ejecución de cualquier tipo de instrumento musical y de diferentes culturas. d.2Preferiblemente la base instrumental estará integrada por bajo, batería, guitarra, percusión latina y teclado. d.3Se permite el uso de cualquier tipo de instrumento musical.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 d.4d.5-

Esta disciplina artística permite la utilización de instrumentos musicales tradicionales de otras culturas. Se permite el uso de instrumentos creados con materiales de desecho y de uso cotidiano, siempre y cuando estos no sean los instrumentos que predominen en la agrupación.

Artículo 108. GRUPO INSTRUMENTAL. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere a una agrupación musical que ejecuta obras musicales instrumentales. Se debe tomar en cuenta que:  No se utiliza el recurso de la voz humana.  Se debe utilizar todos los elementos constitutivos de la música: melodía, armonía y ritmo.  La ejecución de la obra artística debe realizarse únicamente en vivo, sin utilizar secuencias, pistas o similares.  En su interpretación, la agrupación podrá utilizar todas las familias instrumentales a la vez, dos de ellas o únicamente una. Cuando la agrupación esté conformada por una sola familia instrumental, esta no debe constituir bandas de percusión de desfiles o marchas, cuerpos de tambores, ensambles de flautas o cimarronas. a.

Participación: a.1Podrán participar agrupaciones con un mínimo de tres estudiantes, y un máximo de quince estudiantes. a.2Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. a.3Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o integrante de la comunidad podrá asumir como director o co-director en los ensayos. Podrá estar en el escenario dirigiendo la obra artística. No podrá participar como intérprete. b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Duración: el tiempo máximo es de siete minutos. d. Instrumentos musicales: Se permite la ejecución de instrumentos musicales de viento, cuerda y de percusión; los cuales pueden ser acústicos, electro acústicos o electrónicos. Artículo 109. ENSAMBLE INSTRUMENTAL CON MATERIALES DE USO COTIDIANO. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere a una agrupación que ejecuta obras musicales solamente con instrumentos originales construidos con materiales de uso cotidiano, de desecho o reciclados. a. Participación: a.1Podrán participar agrupaciones con un mínimo de cuatro estudiantes. a.2Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. a.3Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o integrante de la comunidad podrá asumir como director o co-director en los ensayos. No podrá: dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación, ni participar como intérprete. b. Tema: libre. c. Duración: el tiempo máximo es de siete minutos. d. Instrumentos musicales: d.1Únicamente se permite la ejecución si se utilizan materiales de uso cotidiano, de desecho o reciclados, que funcionen como instrumentos musicales. d.2Los materiales que se usen como instrumentos musicales pueden ser objetos en su forma original. d.3Los materiales que se usen como instrumentos musicales pueden haber sido intervenidos o construidos con uno o varios materiales de uso cotidiano, de desecho o reciclados, en cuyo caso deben ser elaborados únicamente por estudiantes. d.4Los instrumentos pueden ser de viento, cuerda y de percusión.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 Artículo 110. MARIMBA. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere a la participación musical con temas musicales ejecutados con la marimba como instrumento principal. Se debe tomar en cuenta que:  La o las marimbas son los instrumentos principales en cualquier formato de ejecución grupal.  La ejecución de la obra artística debe realizarse únicamente en vivo, sin utilizar secuencias, pistas o similares.  Puede participar un estudiante como solista instrumental.  Puede participar un estudiante como solista junto con ensambles de marimbas  Puede participar un estudiante como solista junto con agrupaciones musicales de cualquier índole o en cualquier formato de ensamble.  Se ejecutarán únicamente obras artísticas musicales originales, compuestas con ritmos considerados tradicionales, folclóricos o típicos costarricenses como pasillo, tambito, jota, parrandera, contradanza, danza, vals criollo, calipso, entre otros.  Se puede utilizar marimba sola, marimba escuadra, marimba tiple, marimba tenor y marimba orquesta, entre otros. a.

Participación: a.1No se requiere un mínimo ni un máximo de estudiantes participantes. Los estudiantes que conforman la agrupación deben participar únicamente como músicos ejecutantes. a.2Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. a.3Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o integrante de la comunidad podrá asumir como director o co-director en los ensayos. No podrá: dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación, ni participar como intérprete. b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Duración: el tiempo máximo es de siete minutos. d. Instrumentos musicales: además de la o las marimbas, se puede utilizar cualquier tipo de instrumentos musicales, siempre y cuando la marimba se destaque como instrumento principal. No se permite el uso de la voz humana. Artículo 111. SOLISTA VOCAL CANCIÓN ORIGINAL. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere al estudiante que canta una canción original e inédita con el acompañamiento de un instrumento armónico o a capella. Se debe tomar en cuenta que:  es una disciplina artística en la que solamente se calificará la interpretación del cantante solista. a.

Participación: a.1El participante podrá ser acompañado únicamente por un solo instrumento musical que cumple la función de acompañamiento armónico. Este instrumento puede ser interpretado por el estudiante, docente o un integrante de la comunidad. a.2La persona que ejecuta el instrumento musical como acompañamiento no podrá cantar. a.3. En la etapa inicial, para efectos de que los estudiantes sean seleccionados para la etapa circuital, se permitirá que todos los inscritos en esta disciplina puedan participar en la etapa inicial con la misma canción original creada para esta edición del festival, o con una canción no original escogida por el estudiante. En caso de ser seleccionado, debe pasar a la etapa circuital con la canción original creada para esta edición del festival. b. Tema: ·El establecido para cada edición del festival. b.1En el caso de que participe una o un estudiante indígena con una canción original, puede basarse en cualquiera de las siguientes opciones:  en el tema del festival

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015  en temáticas autóctonas de la región a la que pertenece  en elementos propios de la cosmovisión indígena. c. Duración: el tiempo máximo es de siete minutos. d. Instrumentos musicales: se puede utilizar únicamente un instrumento musical que cumple básicamente la función de acompañamiento armónico, el cual debe ser ejecutado totalmente en vivo. Artículo 112. SOLISTA VOCAL CANCIÓN POPULAR. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere a un estudiante que canta una canción que no es inédita ni original, y se acompaña con música en vivo o música pregrabada. Se debe tomar en cuenta que:  Es una disciplina artística en la que solamente se calificará la interpretación del cantante solista. a.

Participación: a-1Puede ser acompañado por música pregrabada. a-2El participante podrá ser acompañado en vivo únicamente por un solo instrumento musical que cumple la función de acompañamiento armónico. Este instrumento puede ser interpretado por el estudiante, docente o un integrante de la comunidad. a-3En caso de que sea acompañado en vivo, la persona que ejecuta el instrumento musical no podrá cantar. a-4En caso de que un estudiante indígena decida participar con una canción popular, se presentará para exponer su obra artística en las etapas competitivas en equidad de condiciones con respecto a los centros educativos no indígenas, cuyos estudiantes participen con canción popular. b. Tema: La temática es libre tomando en cuenta lo siguiente: b.1El texto de las canciones debe ser respetuoso de los derechos humanos, de la imagen, de la integridad física y psíquica de las personas, en garantía de los derechos de los estudiantes y las estudiantes, y no hacer discriminación alguna en razón de la atención de las necesidades educativas para el estudiantado y la eliminación de barreras del aprendizaje y la participación, de las diferencias del género, sexo, edad, nacionalidad, religión, creencias espirituales, orientación sexual, condición social y etnia. b.2Además, debe propiciar la identificación del estudiantado con su centro educativo, las buenas relaciones dentro de la comunidad educativa, la convivencia y la cultura de paz. b.3El mensaje debe ser consecuente con la práctica de valores, apropiado al nivel de desarrollo del estudiantado, acorde con la edad de los participantes y relacionado con el enfoque de ética, estética y ciudadanía. b.4No se debe presentar manifestaciones misóginas, homofóbicas, transfóbicas o xenofóbicas en las canciones escogidas por el estudiante. b.5En caso de ser seleccionado y que el jurado le indique al estudiante que la letra de la canción no se ajusta con lo estipulado en esta normativa, debe cambiar la canción con que se presentará en la siguiente etapa del festival. c. Duración: el tiempo máximo es de siete minutos. d. Instrumentos musicales: para el acompañamiento musical, se puede utilizar cualquier tipo de instrumento musical o música pregrabada.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 ÁREA ARTES VISUALES Artículo 113. Se debe tomar en cuenta que: a. El estudiantado que se inscriba en las disciplinas artísticas de cualquiera de las tendencias de artes visuales deberá hacer acto de presencia con su obra artística en el lugar donde se desarrollen las actividades, desde la etapa inicial, y en cada una de las etapas en que sea seleccionado. b. No se considerará participación del estudiante el envío de la obra artística, sino que debe estar presente en el sitio y en el momento en donde se está calificando su obra, para que pueda brindar información acerca de ella, si el jurado lo requiere. c. La comisión respectiva para cada etapa del festival facilitará espacios que posibiliten al estudiantado participante incorporarse en actividades artísticas durante el transcurso del acto. Artículo 114. TENDENCIA POR MANIFESTACIÓN TRADICIONAL. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere a procedimientos y formas de utilizar los diferentes elementos plásticos para poder producir una obra artística de dibujo, dibujo manga, escultura, fotografía, grabado y pintura. Se debe tomar en cuenta que todas las obras bidimensionales de pintura, dibujo, manga, grabado y fotografía deberán traer tres soportes desde la etapa inicial. Estos estarán ubicados en el lado superior de la obra: uno en el extremo izquierdo, uno en el extremo derecho y uno en el centro.

a.

DIBUJO: Se refiere a toda obra artística dirigida a representar gráficamente objetos del mundo real o de la imaginación, en la cual predomina la línea y el trazo. a.1Participación: individual. a.2Tema: El establecido para cada edición del festival. a.3Materiales: se puede utilizar lápices de dibujo, de grafito o sepia, sanguina, lápiz de color, marcadores, plumilla, tiza pastel, papel blanco o de color, entre otros. a.4.Formato:  Puede ser horizontal o vertical.  El tamaño debe ser de 30 cm x 50 cm, hasta 40 cm x 60 cm.  No debe tener marco.

b. PINTURA: se refiere a toda obra artística dirigida a la expresión visual de objetos del mundo real o de la imaginación, en la cual predomina el color. b.1Participación: individual. b.2Tema: El establecido para cada edición del festival. b.3Materiales: se puede utilizar los siguientes: tintas, témpera, acrílico, acuarela, óleo, pintura en aerosol, lápices de color, recortes de revistas, fotografías impresas. b.4Formato:  Se puede utilizar técnica mixta.  Puede ser horizontal o vertical.  El tamaño debe ser de 30 cm x 50cm hasta 40cm x 60cm.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015  No debe tener marco. NTIL DE LAS ARTESNORMAT3 c. FOTOGRAFÍA: se refiere a un proceso de obtención de una imagen, capturada por una cámara fotográfica o algún dispositivo electrónico. Se debe tomar en cuenta que:  La fotografía debe ser respetuosa de los derechos humanos, de la imagen, de la integridad física y psíquica de las personas, en garantía de los derechos del estudiantado, y no hacer discriminación alguna en razón de las diferencias del género, sexo, edad, nacionalidad, religión, creencias espirituales, discapacidad, de necesidades educativas especiales, orientación sexual, condición social y etnia.  Debe propiciar la identificación del estudiantado con su centro educativo, las buenas relaciones dentro de la comunidad educativa, la convivencia y la cultura de paz.  El mensaje visual debe ser consecuente con la práctica de valores, apropiado al nivel de desarrollo del estudiantado, acorde con la edad de los participantes y relacionado con el enfoque de ética, estética y ciudadanía.  No se debe presentar manifestaciones misóginas, homofóbicas, transfóbicas o xenofóbicas ni desnudos ni semidesnudos en las fotografías.  En caso de que el jurado le indique que la fotografía no se ajusta con lo estipulado en esta normativa, el estudiante seleccionado debe cambiarla.  Las fotografías deben ser tomadas por los estudiantes, por lo tanto, no se aceptan copias ni reproducciones extraídas de redes sociales o medios impresos. c.1-

Participación: individual o grupal: puede participar un máximo de dos estudiantes – entiéndase por participación grupal la elaboración de un trabajo colectivo en el que dos estudiantes colaboran en la producción de la fotografía, la ambientación, el color, el espacio, la iluminación, etc., es decir, ambos coadyuvan en la obra, y no se trata de un fotógrafo y un modelo-. c.2Tema: El establecido para cada edición del festival. c.3Dispositivos electrónicos: se puede utilizar los siguientes dispositivos electrónicos: cámara fotográfica, teléfono celular, ipod, ordenador, tableta, entre otros. c.4Formato:  La expresión artística debe ser elaborada a través de la técnica de fotografía y el fotomontaje.  La fotografía puede ser horizontal o vertical.  Debe ser presentada en una hoja tamaño carta.  Preferiblemente debe ser impreso en papel fotográfico. d.

ESCULTURA: se refiere a toda obra artística realizada con las tres dimensiones espaciales: alto, largo y ancho, y con los elementos fundamentales: volumen, espacio, planos, proporción y materia. Las propuestas artísticas pueden realizarse a través de modelado, talla ensamble, ready made. Se debe tomar en cuenta que: d.1Participación: individual o grupal: Puede participar un máximo de dos estudiantes. d.2Tema: El establecido para cada edición del festival. d.3Materiales: se puede utilizar los siguientes materiales: papel maché, pasta cerámica, arcilla, piedra, madera, resina, papel, alambre, textil, fibra de vidrio, cera y yeso, entre otros. d.4Formato:  Puede ser horizontal o vertical.  Las dimensiones de la pieza escultórica no debe exceder desde 20 cm hasta 40 cm de alto x 20 cm de ancho.  La dimensión de la base es de 60 cm de alto. El ancho de la base debe ser proporcional a las medidas de la escultura para la obra artística.  Se puede utilizar la técnica mixta.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 d.5- Técnica: puede ser a través de la técnica modelado, ensamble, ready made, entre otros. La pieza escultórica

Entre 20 cm y 40 cm de alto

máximo 20 cm ancho Base

60 cm

Entre 20 cm hasta 40 cm de ancho

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 e.

GRABADO: se refiere a la acción de marcar, trazar un dibujo y dejar huella sobre una superficie que puede ser madera, metal u otros, para reproducirlo después por impresión. e.1Participación: individual e.2Tema: El establecido para cada edición del festival. e.3Materiales: se puede utilizar cualquier sustancia, pigmento o material para marcar, dejar huella o imprimir, entre otros. e.4Formato:  Puede ser horizontal o vertical.  El tamaño debe ser de 30 cm x 50cm hasta 40 cm x 60 cm.  Las obras no deben tener marco. e.5Técnica: se puede utilizar la técnica de xilografía, agua fuertes, punta seca, entre otros.

f.

DIBUJO MANGA: se refiere a una representación gráfica de figuras y objetos sobre una superficie de dos dimensiones mediante el uso del dibujo japonés manga. No se permitirán obras artísticas con contenidos de violencia ni con inclusión de contenido sexual implícito o explícito. f.1f.2f.3-

Participación: individual. Tema: El establecido para cada edición del festival. Materiales: se puede utilizar los siguientes materiales: tinta china, plumillas, aerógrafos, tintas, témpera, acrílico, acuarela, óleo, pintura en aerosol, lápices de color, recortes de revistas, fotografías impresas, entre otros. f.4Formato:  Puede ser horizontal o vertical.  El tamaño debe ser de 30 cm x 50 cm hasta 40 cm x 60 cm.  No debe tener marco. f.5- Técnica: se puede utilizar la técnica mixta. Artículo 115. TENDENCIA A TRAVÉS DE LA MÁSCARA. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se entiende por máscara una cobertura de la cara o de la cabeza realizada por diversos materiales a escoger por el mascarero, elaborada y utilizada para comunicar otra identidad diferente a la propia y puede contener elementos zoomorfos o antropomorfos. a.1a.2a.3a.4a.5-

Participación: individual Tema: libre Materiales: se puede utilizar papel maché, pasta cerámica, arcilla, resina, talla, modelado, molde, técnica mixta o textil, entre otros. Obra artística: la medida y el tamaño de la máscara o careta, mascarada o payasos y máscara indígena serán libres. Técnica: se puede utilizar técnica mixta

Artículo 116. TENDENCIA POR INTERVENCIÓN ESPACIAL. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere a la intervención de un espacio físico, arquitectónico o paisajístico, con el fin de representar ideas estéticas de contenido crítico y reflexivo. a.

MURAL: se entiende como mural el usar de soporte un muro o pared para representar una imagen. Puede hacer uso de la técnica mixta. Esta se refiere a las inscripciones y dibujos trazados sobre las paredes de manera informal; es un lenguaje tipo mural, efímero, urbano. a.1Participación: individual o grupal. Pueden participar un máximo de cinco estudiantes. a.2Tema: el general establecido para cada edición del festival. a.3Materiales: se puede utilizar los siguientes materiales: tinta china, plumillas, aerógrafos, tintas, témpera, acrílico, acuarela, óleo, pintura en aerosol, lápices de color, recortes de revistas, fotografías impresas, entre otros. a.4Técnica: se puede utilizar la técnica mixta.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 a.5-

Formato:  Puede ser horizontal o vertical.  Elaborados en paneles o paredes con espacios de 1½ metro x 2 metros. En el caso de los paneles se debe elaborar una base que soporte el panel para la exposición de la obra, es decir, un soporte que permita la estabilidad y el traslado de la obra.  Desde la etapa inicial y en cada una de las etapas, se debe acompañar la obra artística con un registro fotográfico impreso, constituido por un mínimo de cinco fotografías y un máximo de diez fotografías que representen los diferentes procesos de la elaboración.  Los paneles no deben tener marco.

b. INSTALACIÓN: expresión artística contemporánea que utiliza diversos objetos, elementos o materiales orgánicos e inorgánicos para modificar la manera en la que se experimenta un espacio en particular. En la instalación, el objetivo principal de la obra es el impacto que el espectador obtiene al observar la obra. b.1Participación: individual o grupal, máximo quince estudiantes. b.2Tema: el general establecido para cada edición del festival. b.3Formato y dimensiones: libres. Debe permitir el traslado de la obra artística en caso de ser seleccionada para la siguiente etapa. b.4Técnica: libre. Artículo 117. TENDENCIA POR ARTE DIGITAL: Participan estudiantes de primaria y secundaria. Es la expresión artística producto de la acción digital con el uso de la tecnología informática. a. PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL: se refiere a la realización de una producción audiovisual corta, a través de la filmación o la fotográfica, que constituye una pieza de comunicación en la que intervienen imágenes y sonidos grabados por medio de un dispositivo de grabación de audio y video para ser reproducida en cine, televisión, teatro, multimedia u otro. Debe tomarse en cuenta que:  Debe entregarse a las comisiones de cada etapa una breve sinopsis de la propuesta para ser remitida al jurado.  Las propuestas artísticas deben de tener los siguientes componentes: introducción, conflicto, clímax, conclusión o cierre. a.1-

Participación: individual o grupal. Pueden inscribirse grupos con un máximo de seis estudiantes quienes participarán como guionista, productor, director, camarógrafos, actores, etc. En el caso de que haya actuaciones, se permitirá únicamente la actuación de los estudiantes y no se tomará en cuenta para la calificación. a.2Tema: El establecido para cada edición del festival. a.3Dispositivos: la obra artística podrá ser realizada con cualquier dispositivo que pueda captar video como cámaras de video, celulares, cámara fotográfica, pocket pc, Ipod, tableta, entre otros. a.4Formato:  La producción debe contener la totalidad de los créditos al final de esta.  La producción debe ser presentada en CD o DVD o en formato MP4. a.5Duración: máximo 5 minutos. Artículo 118. TENDENCIA CONTEMPORÁNEA. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refiere a la realización de toda manifestación artística visual que refleja los estilos del arte actual. a.

BODY PAINT: Son los diseños realizados con pintura hechos en el cuerpo humano. Para efectos de esta normativa, los diseños deben realizarse solo en piernas, brazos, cabeza, rostro, espalda y muslos, y en el caso de utilizar el torso, se permitirá únicamente en la participación masculina.

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015 Debe tomarse en cuenta que:  La ejecución de la obra artística debe hacerse en vivo.  Se puede usar las siguientes categorías: maquillaje, pintura en el cuerpo y mimetismo.  La propuesta artística deberá ser realizada en el sitio donde se va a calificar la obra y durante la ejecución de las respectivas etapas. a.1a.2a.3-

Participación: individual o grupal: puede participar un mínimo de un estudiante. Tema: libre. Materiales: pintura para el cuerpo, óxido de zinc, témpera o cualquier pigmento que no dañe la piel. b. ESCULTURAS VIVIENTES: las esculturas vivientes o estatuas vivientes son fenómenos artísticos del llamado arte urbano conocido como arte de la calle, en el que los estudiantes participantes ponen en su cuerpo todo tipo de materiales como maquillaje, vestuario o accesorios, y permanecen la mayor parte del tiempo en forma estática simulando ser esculturas o estatuas. La propuesta artística deberá ser expuesta en vivo durante la ejecución de las respectivas etapas. b.1Participación: individual o grupal: puede participar mínimo un estudiante. b.2Tema: El establecido para cada edición del festival. b.3Materiales: libre. Se puede utilizar todo tipo de materiales como maquillaje, vestuario y accesorios. b.4Técnica: es libre; sin embargo, debe tomarse en consideración que la propuesta es unitaria, es decir, en forma integral; por lo tanto, incluye tocado, vestuario, accesorios y maquillaje. En caso de utilizarse música pregrabada, esta debe estar acorde con la propuesta artística; se deben presentar por medio de grabaciones, pistas o secuencias, en discos compactos o en dispositivos de reproducción de sonido en cualquier formato, en las participaciones en cada una de las etapas en las que corresponda presentarse. b.5Duración: máximo 8 minutos. c.

PERFORMANCE: es una muestra escénica que, con la provocación o el asombro; así como el sentido de la estética, juegan un papel principal. Es el arte en el que el trabajo lo constituyen las acciones de un individuo o un grupo, en un lugar determinado y un tiempo concreto. Puede ocurrir en cualquier lugar, iniciarse en cualquier momento y puede tener cualquier duración. El performance lo puede constituir cualquier situación que involucre cuatro elementos básicos: tiempo, espacio, el cuerpo de la actriz o el actor, y una relación entre este y la audiencia en la que no se elide la cuarta pared, es decir, no se interactúa con el público. En este sentido, es opuesto a la pintura o la escultura, por ejemplo, en las que el trabajo lo constituye un objeto. Se trabaja el sujeto como elemento esencial. c.1c.2c.3c.4-

d.

Participación: individual o grupal, mínimo un estudiante. Tema: el general establecido para cada edición del festival. Formato y dimensiones: libres. Debe permitir el traslado de la obra artística en caso de ser seleccionada para la siguiente etapa. Técnica: libre.

HAPPENING: es una acción artística preferiblemente interdisciplinaria, en la que la improvisación juega un papel importante, y en la que los estudiantes participantes incorporan espontáneamente a los espectadores, es decir, se “rompe” la cuarta pared. Se sugiere realizarse en espacios abiertos. d.1Participación: individual o grupal: Puede participar un máximo de cinco estudiantes. La propuesta artística deberá ser expuesta en vivo durante la ejecución de las respectivas etapas. d.2Tema: El establecido para cada edición del festival. d.3Formato: en caso de utilizarse música pregrabada durante la presentación, deben ser grabaciones, pistas o secuencias, en discos compactos o en dispositivos de reproducción de sonido en cualquier formato, en las participaciones en cada una de las etapas a las

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Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

d.4e.

que les corresponda participar. Pueden utilizar audio, música pregrabada o en vivo, siempre que se integre con la puesta en escena. Duración: máximo 5 minutos.

DISEÑO DE MODA: Participan estudiantes de primaria y estudiantes de secundaria. Para los efectos de esta normativa, se entiende por diseño de moda la elaboración y diseño de ropa y accesorios que representan diferentes épocas y modas de la sociedad. El estudiante diseñador crea y elabora la obra artística, pero no modela en pasarela o cualquier otro tipo de muestra. El docente de apoyo establecerá una propuesta integrada de exhibición para que pueda ser calificada por el jurado. e.1Participación: individual o grupal: puede participar un máximo de diez estudiantes. No pueden participar niños y niñas de primer ciclo. e.2Tema: libre. e.3Materiales: libre. e.4Formato: La obra artística debe ser considerada como un todo, desde el proceso inicial del concepto que se desea proponer hasta la puesta en escena. Esta última puede ser en escaparate de exhibición, maniquíes no humanos, vitrinas, desfile u otra forma creativa. Esta puesta en escena se ejecutará en la etapa inicial y en las siguientes etapas en que haya sido seleccionada la obra artística. Si se utilizare un desfile o pasarela para presentar esta modalidad artística, se recomienda no exceder los diez minutos. e.5Técnica: la técnica es libre; sin embargo, debe de tomarse en consideración que la propuesta es unitaria; por lo tanto, integra vestuario, accesorios, escenografía en los escaparates o maniquíes no humanos en el momento de la exhibición de la obra artística.

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normativa-fea-2015.pdf

Abrimos espacios a estudiantes de todas las modalidades del sistema. educativo de Costa Rica, para que a través de las artes se promueva la convivencia, la.

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