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RESoLUcÉr¡ 069 DE 2016 POR MEDlo DE LA CUAL SE ESTABLECE EL PROCEDIIIENTO Y EL cALEt{DARto nARA LA gr-ecc¡ór DEL (A) SEcRETARto (A} DEL coNcEJo TUT{ICIPAL DE VISTA HERTOSA-IÚETA PARA EL PERIODO COÍTPRENDIDO ENTRE EL 1 DE ENERO DEL 2017 AL 3I DE DICIETBRE DEL 2OI7

LA ilESA DIRECTIVA DEL CONCEJO tUt{lClPAL DE VISTA HERTOBA ilETA, En uso de sus ahibuciones legales, en espec¡al las conferidas por la Ley 87 de 1993, la Ley 136 cle 1994, laLey1551 de2012, ElAcioLegislativo002de20'15,el Ad¡erdoMunicipal 013de2013 v

CONSIDERANDO Que de conformklad con el artfcr¡lo 37 de la Ley f36 de 199rÍ, conesponde a los Concejos Municipales efectuar el nombramiento de su Secretario (a) de acuerdo con los requisitG exig¡dos por la Constitución y la leyes para tal efecto.

Qrc para ocupar el c€rgo de Secretario del Concejo debo acr€ditaree los requisitoe estaueck os en el Artíq¡lo 37 de la Ley 136 d€ 1994, es decir para municipio de sexta categorla tener tftulo de bacfiillEr y dos años de experiencia administrativa. Que el Articulo 2 del Acto Legislativo 002 de 2015 establece guo salvo los concursos regulados por la ley, la elección de servidores públicos atibuida a las corporaciones públicas deberá estar preced¡da de una convocatoria pública regida por la Ley, on la que so fijen reguisitos, procédim¡entos que garanticen lo3 princiÉ,{os de publicidad, tramparcncia, participación ciudadana, equídad de género y criterios de mérito para su selección.

Que se requiere señalar el calendario respectivo y el procedimiento para le elección del (a) Secretario (a) del Concejo Municipal de Msta Hermosa, para el período compr€ndido enfe el 0l de enero del 20'17 y d 31 de diciembre de12017. Que mediante aorerdo MunftÍpal 013 de 20f 3 - Reglamento lntemo del Concejo - se señala a lá Mesa DirBc'tiva del Concejo como el óryano de clirección y gobiemo de la Corporación, adoptando las decisiones y medidas necesarias procedentes a la mejor organízación intema en orden a una eficier¡te labor administrativa.

Que por lo anteriormente expuesto, La Mesa Directiva del Concejo Municipál de Vista Hermosa, Meta.

RESUELVE ART¡CULO PRIIERO: ESTABLECER Las etapas del proceso de elección d€l (a) Secretario (a) del Concejo Munic¡pal de Msta Hermosa, para el perfodo comprendido entre el 01 de enero dol2017 al 31 de d¡ciembre &l 2017 , s€ surtirán entre el 20 de dicÉmbre del 2016 y el 22 de dic¡embre del 2016 de acuerdo al sigubnte de*alle:

REsoLUc6N 069-zore Hoia No. 2

Por mod¡o do l. cual !o o.tabl.ca el procedlmlento y el calendedo p.ra la olocclón del (a) rlo (a) del concolo münblp¡l de Vhú. H9fm6. - n€t. p.r. ol p.rlodo cornprcÍdHo onü. .l I do onetD dol 2017 rl 3l dc d¡cbmbfr dsl 2017

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l.

d. a3p¡r.nt8 y rccepción d. hoi.a dc vldr: Todos los aspirante3 deberán inscribirse y presentar su hoja de vida en ffsico en la Seqeterla dél Conoejo. Esta inscripc¡ón s€ abrirá el 20 de diciembre enero del 2016 a las 09:00 horas y se cenara el dla 2'l de diciembE del 2016 a las 17:00 horas. La recepción de hoj8 de vida s€ r€alizara únicamente en el horario de 08:00 hoas a 12:00 horas yí4:ü) horas a 15:00 horas dentro del periodo señalado y contendrán como documeritac¡ón pertinente: a. Hoja de vkla. b. Fotoco¡ia de la cédula de ciudadanfa. c. Acreditación de haber culminado e3tr¡dios de ba€ñiller en cr¡ahu¡er modaluad en institución de educación media debidamerite acr€ditada. d. Cerülicados de experiencia en cergos relac¡onados. lmcrlpclón

2. Clene de ¡nrcrlpc¡onea: El 2l de

dic¡€mbr€ a las 17:(X¡ horas s6 cenaran las insoipciones y recepc¡ón de las hojas de v¡da med¡ante informe suscrito por la Mesa Direc,tiva del Concejo señalando hora de ciene, candidatos presontadoe y hojas de vkla sportadas. Este irifome sérá entregádo á la pleneria del Concejo y puH¡cado en el sitio web del Mun¡cipio de Vista Hermosa.

3,

Ev.luaclón de hoias de vida. Las hojas de üda y el informe d€ c¡ene efeciuado por la Mesa Direc{iva serán dadas a conocer a los integranles de la plenaria a través del Pr$idente del Concejo con el fin de que cada concejal evalúe los aspecios enumeradoS a continuación determinantes para la élecc¡ón del funcionario: a. Cumplimiento de los requisitos legales y reglamentariG para olentar la calkjad del cargo al cual 8€ aspira. b. Conocim¡ento de las func¡ones constitucionales y legales que se le en@miendan al cargo al cual aspira. c. Conoc¡miento del Concejo de Msta Hermosa y sus formas de interacción con entidades y autoridados del Orden Municipal y Nacional. d. Buenas rolac¡ones ¡nterpersonales. e. Hab¡lidad para el trabejo en equipo. Habilidad para trabajar bajo pr6ión.

f.

¡1. Ehcclón: La elección se llevara a cabo en la sesión plenaria del 22 de diciembre del 2016 por mayorla simple aplicando las normas de elección de Mesa Directiva. ARTICULO SEGUNDO: ORDENAR la publicación de la presente resolución y de las funciones del cargo a proveer en el sitio web del municipio de Msta Hermosa con el fin de garantizar la publicidad y transparencia del proceso dE selección y elección. ARTICULO TERGERO: La presente Resolución rige a part¡r de la fecha de Bu expedic¡ón.

REsoLUcróN 069-zore l-loja No. 3

Por m.dlo d. l. cú.l !3 Gt bLc. el procrdlmlcnto y .1 caLnd¡rio p.n le rlccción dcl (a) rceeted,o (af d,e¡ conce¡o munlclp.¡ d. VLt H.fm€¡ - .t p.r. .l p.rlodo compBndldo ontro elI d..n ro d.l 2017al 31 de dlcbmbtD d.t 20{7

NONF¡QUESE Y CUMPLASE Dada en el Concejo Municipal de Msta Hermosa,

qqn'1',\o Gnqtño k. Lo*qn EDWAR CAtrILO CATACHO

GORDILLO

Presidente I I

BELEN TIRADO lera Mcepresidenta

ACUERDO

013

DE 2013

Hoja No. 20

Por medio del cual se adopta el reglamento interno para el Concejo Municipal de Vista Hermosa – Meta.

7. Suscribir cualquier decisión que se tome en el Concejo Municipal distintas a las adoptadas por acuerdo municipal. Se exceptúa la suscripción de los contratos. Son funciones del Segundo Vicepresidente: 1. Suplir al Presidente o al Vicepresidente Primero en las ausencias temporales o accidentales. 2. Asumir las funciones de Presidente Provisional cuando exista falta absoluta del presidente mientras se surte la nueva elección y hay ausencia del primer vicepresidente. 3. Evaluar el Plan de Trabajo de la Secretaría General del Concejo y verificar que todas las actas de un periodo de sesiones se encuentren aprobadas por la plenaria. 4. Darle inducción a los Servidores públicos que lleguen por primera vez a la Corporación. 5. Integrar, por derecho propio, las comisiones especiales de ética y de estudio de hojas de vida que conforme el Presidente de la Corporación. 6. Suscribir cualquier decisión que se tome en el Concejo Municipal distintas a las adoptadas por acuerdo municipal. Se exceptúa la suscripción de contratos. ARTÍCULO 25.- REVOCATORIA DE LOS ACTOS DE LA MESA DIRECTIVA. Los Actos de la Mesa Directiva y del Presidente son revocables por sí mismos y apelables ante la Plenaria del Concejo. ARTÍCULO 26.- COMITÉ DE COORDINACIÓN POLÍTICA: Conformado por la Mesa Directiva y los Jefes, Voceros o Coordinadores de las Bancadas y presidido por el Presidente del Concejo se reunirá cuando se considere pertinente para el desarrollo de las siguientes funciones: 1. Proponer la agenda de trabajo de la corporación; 2. Coordinar con la presidencia el orden del día de las sesiones plenarias a celebrar. 3. Promover y ejecutar acciones de concertación política.

CAPITULO II. SECRETARIO

ARTÍCULO 27.- DESIGNACIÓN, REQUISITOS Y PERÍODO: El secretario será elegido por el Concejo para período institucional de un (1) año, comprendido entre el primero (1) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre, sin importar la fecha de su elección y posesión, reelegible a criterio de la corporación. Para ser Secretario General del Concejo se deberá acreditar título de bachiller o experiencia administrativa mínima de dos (2) años.

ACUERDO

013

DE 2013

Hoja No. 21

Por medio del cual se adopta el reglamento interno para el Concejo Municipal de Vista Hermosa – Meta.

La primera elección de este funcionario se realizará dentro de los diez (10) primeros días del mes de enero correspondiente a la iniciación del período constitucional del Concejo. Para los tres años subsiguientes del mismo período constitucional, la elección o reelección tendrá lugar en el mes de noviembre, correspondiente al último período ordinario de sesiones, iniciando funciones a partir del primero (1) de enero siguiente. PARÁGRAFO 1.- El secretario electo del Concejo tomará posesión dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la elección y en caso de existir fuerza mayor o caso fortuito que impida la posesión en ese periodo de tiempo, se podrá prorrogar por quince días más. La posesión la hará el Presidente del Concejo Municipal y para ello no se requiere de la realización de una sesión plenaria. Para la posesión del secretario del concejo, éste deberá acreditar los requisitos exigidos por la Ley y presentar la documentación exigida por la Ley 190 de 1995, en especial los mismos exigidos para la posesión de los Concejales contemplados en el presente reglamento. Si vencido el termino para que el secretario electo tome posesión del cargo y no lo ha hecho por su culpa o dolo, el Presidente del Concejo declarará vacante el cargo y convocará nuevamente a elección, en la cual no podrá participar como candidato la persona electa en la primera elección que no se posesionó. PARÁGRAFO 2.- Cuando por decisión de la Plenaria del Concejo, previa proposición aprobada por la Corporación, se resuelva reelegir al Secretario del Concejo, no será necesario realizar la convocatoria de elección, ni recepcionar otras hojas de vida, por lo que se procederá a su posesión ante el presidente de la corporación. PARÁGRAFO 3.- La renuncia del Secretario General del Concejo genera vacancia absoluta del cargo. El nuevo Secretario será elegido por lo que resta del periodo hasta el 31 de diciembre. ARTÍCULO 28.- FUNCIONES DEL SECRETARIO DEL CONCEJO. El secretario será el encargado de organizar los recursos físicos y presupuestales dispuestos para el Cumplimiento de la Misión Institucional. Apoyará la gestión y serán funciones específicas: 1. Realizar la preparación del material necesario para las sesiones plenarias y de las comisiones permanentes. 2. Asistir a todas las sesiones plenarias y de las Comisiones Permanentes. 3. Realizar la convocatoria a sesiones que se programen por autorización del Presidente y de la Mesa Directiva. 4. Llevar y firmar las actas tanto de las sesiones plenarias como las sesiones de Comisión Permanente así como certificar la fidelidad de su contenido. 5. Dar lectura a los proyectos, proposiciones y demás documentos y mensajes que deban ser leídos en sesión plenaria o de Comisión Permanente.

ACUERDO

013

DE 2013

Hoja No. 22

Por medio del cual se adopta el reglamento interno para el Concejo Municipal de Vista Hermosa – Meta.

6. Informar sobre los resultados de toda clase de votación que se cumpla en la corporación. 7. Recibir y radicar los proyectos de acuerdo, y por disposiciones de la presidencia repartirlos a la comisión correspondiente para su trámite en primer debate. 8. Verificar que los Proyectos de acuerdo surtidos en primer debate cumplan con las disposiciones para ser remitidos a su segundo debate en plenaria. 9. Suscribir los Acuerdos, resoluciones e informes que se relacionen con el Concejo Municipal de Vista Hermosa. 10. Remitir al alcalde para su sanción ejecutiva, los proyectos de acuerdo que hayan sido aprobados por el Concejo en los dos debates reglamentarios 11. Transcribir las grabaciones magnetofónicas de las sesiones de la corporación, en la forma como le sea indicado por el Presidente de la Corporación. 12. Elaborar las comunicaciones oficiales que deban ser enviadas por el presidente de la Corporación, la mesa directiva o los presidentes de las Comisiones Permanentes. 13. Redactar, tomar nota y transcribir la correspondencia que le ordene los miembros del Concejo Municipal. 14. Informar regularmente al presidente de todos los documentos y mensajes dirigidos a la corporación, acusar oportunamente su recibo, y mantener organizado y actualizado un registro de entrega y devolución de los mismos y de los enviados a las comisiones permanentes. 15. Llevar el control de los libros de actas, Control de asistencia de los concejales, libros Radicadores de correspondencia y aquellos otros que el trabajo de secretario le exija. 16. Organizar el archivo del Concejo, acompañado del índice de los acuerdos municipales expedidos, las resoluciones dictadas y las actas aprobadas. 17. Dirigir y publicar la Gaceta del Concejo; 18. Cuando la presidencia o la Mesa Directiva se lo solicite, rendir informe detallado, de la gestión Administrativa del mismo 19. Responder por la conservación y seguridad de todos los elementos, equipos, herramientas y documentos de archivo, para consolidar los inventarios periódicos 20. Apoyar la formulación de los planes Operativos de la Corporación 21. Planear con la mesa directiva, coordinar y controlar las actividades y funciones administrativas. 22. Realizar el manejo general del Sistema Presupuestal a través de la expedición de los Certificados de Disponibilidad Presupuestal y el Registro de Compromisos. 23. Elaboración de proyectos de resolución de modificaciones presupuestales. 24. Elaboración de informes a los diferentes entes de control. 25. Liquidación de aportes de seguridad social y Parafiscales y trámite ante la tesorería municipal para su pago oportuno. (Aplica para seguridad social de concejales). 26. Liquidación, pago y declaración de impuestos.

ACUERDO

013

DE 2013

Hoja No. 23

Por medio del cual se adopta el reglamento interno para el Concejo Municipal de Vista Hermosa – Meta.

27. Elaboración de planillas para pagos de honorarios a concejales y nómina de personal de planta. 28. Elaboración de actas para autorización y liquidación de contratos de órdenes de servicios y suministros. 29. Elaboración de órdenes de pago y cheques. 30. Realización de conciliaciones bancarias y manejo de auxiliares contables. 31. Realizar y recibir las llamadas telefónicas anotando los mensajes respectivos. 32. Atender al público, dándole la información solicitada 33. Las demás funciones que por necesidad del servicio le sean asignadas por la presidencia de la Corporación y las funciones consagradas en el Reglamento interno de la Corporación. PARÁGRAFO.- Las faltas absolutas del secretario se suplen con una nueva elección, en el menor término posible. En caso de falta temporal, la mesa directiva dispondrá lo pertinente. No puede ser designado secretario, en propiedad, un miembro del Concejo. Las Faltas Temporales del Secretario General de Concejo que no sean superiores a diez (10) días, podrán ser suplidas de manera AdHoc por un Concejal, quien por ese hecho no perderá su derecho a voz y voto en la respectiva sesión. CAPITULO III. COMISIONES ARTÍCULO 29.- CLASES. Durante el período constitucional funcionarán en el Concejo Comisiones Permanentes, Comisiones especiales y Comisiones Accidentales. ARTÍCULO 30.- PARTICIPACIÓN EN LAS COMISIONES. La participación en el trabajo de las Comisiones es una función inherente a la dignidad de Concejal. La asistencia al estudio y a los debates de los asuntos pertinentes a los concejales, es personal; en ningún caso se admite ser representado por otra persona. ARTÍCULO 31.- COMISIONES PERMANENTES. Las Comisiones Permanentes son las encargadas de surtir Primer Debate a los proyectos de acuerdo de su competencia, ejercer las atribuciones del artículo 40 de la Ley 136 de 1994 y las demás que señale la ley. (Arts 25, 40 y 73 Ley 136 de 1994). ARTÍCULO 32.- PÉRDIDA DE LA INVESTIDURA POR INASISTENCIA. Los concejales perderán la investidura, por la inasistencia en un mismo periodo de sesiones a cinco (5) reuniones plenarias o de comisión en las que se voten proyectos de acuerdo. (Ley 617 de 2000 art.48 numeral 2 y parágrafo 1).

Resolucion+Funciones.pdf

1994, laLey1551 de2012, ElAcioLegislativo002de20'15,el Ad¡erdoMunicipal 013de2013. v. CONSIDERANDO. Que de conformklad con el artfcr¡lo 37 de la Ley f36 de 199rÍ, conesponde a los Concejos. Municipales efectuar el nombramiento de su Secretario (a) de acuerdo con los requisitG. exig¡dos por la Constitución y ...

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