Manual para Padres y Estudiantes 2016-2017 www.d118.org/grade

Escuela Primaria de Wauconda 225 Osage Street Wauconda, IL 60084 Teléfono (847) 526-6671 Facsímil (847) 487-3598 Debbie Monroe, Directora Mandy Calfo, Subdirectora Después de leer este manual, por favor, complete el Apéndice D y regrese la forma a la escuela Wauconda Grade antes del 5 de septiembre del 2016.

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2016 - 2017 CALENDARIO ESCOLAR lunes,15 de agosto

Primer día de curso escolar y Día de Capacitación Profesional No asistencia del Estudiante martes,16 de agosto Día de Capacitación Profesional /No asistencia del Estudiante miércoles,17 de agosto Primer día de asistencia del Estudiante(1-12)- Casa abierta para el Kinder jueves,18 de agosto Comienzo de clases para Kindergarten lunes , 5 de septiembre Día del Trabajo - No hay clases miércoles, 19 de octubre Salida temprana*Conferencias para Padres jueves, 20 de octubre Conferencias para Padres-No hay clases viernes,21 de octubre Día de Capacitación Profesional -No hay clases martes, 8 de noviembre Día de Capacitación Profesional -No hay clases miércoles, 23 de noviembre Día de no asistencia-No hay Clases jueves, 24 de noviembre Día de Acción de Gracias – No hay clases viernes, 25 de noviembre Día de no asistencia – No hay clases miércoles , 21 de diciembre Vacaciones de Invierno-Comienzan después del día regular de clases lunes, 9 de enero Regreso a la escuela lunes, 16 de enero Día de M. L. King – No hay Clases jueves,16 de febrero Conferencias para Padres – No hay clases viernes,17 de febrero Día de Capacitación Profesional / No asistencia del Estudiante lunes, 20 de febrero Día de los Presidentes – No hay clases viernes, 24 de marzo Vacaciones de Primavera-después del día regular de clases lunes, 3 de abril Regreso a la escuela viernes, 14 de abril Día de no asistencia-No hay Clases lunes, 29 de mayo Último día de asistencia obligatoria lunes, 5 de junio Si Todos los días de emergencia se utilizan Nota: Los estudiantes de Educación Temprana y WEE Kids siguen el calendario del Jardín de Niños (Kindergarten) Orientación estudiantes de 9no grado y recoger su horario viernes, 12 de agosto de 2016 – 7:30 am – 11:30 am Orientación estudiantes de 6to grado-WMS y MMS lunes, 15 de agosto de 2016 – 4:00 pm – 6:00 pm Conocer y saludar a los maestros-Kinder/5-RC,CCS,WGS martes, 16 de agosto de 2016 – 3:00 pm – 5:00 pm *Día de Salida Temprano: miércoles, 19 de octubre Hora de Salida Temprana para las Conferencias de Padres Grados 9 -12 12:35 p.m. Grados 6 – 8 1:05 p.m. Grados 1 – 5 2:05 pm AM KDG 10:50 a.m. PM KDG Comienza a las 12:20pm Hora de salida 2:05 p.m

Ultimo Día de Escuela Día de Salida Temprano Horas de Salida Temprano para Acomodar Medio Día de Capacitación Profesional para los Maestros L, M, M, J Viernes Grados 9-12 10:20 a.m. 11:15 a.m Grades 6-8 10:50 a.m. 11:50 a.m. Grados 1-5 12.05 p.m. 12:35 p.m. No escuela para AM o PM Kindergarten

Progreso Trimestral para grados K-8: Primero 08/17 a 10/14 = 42 días Segundo 10/17 a 12/21 = 42 días Tercero 01/09 a 03/17 = 46 días Cuarto 03/20 a 05/26 = 44 días***

Semestres para grados 9-12: Primero 08/17-12/21=84 días Segundo 01/09-05/26=90 días***

***(Ultimo día de 4 º Trimestre en los grados K-8 y segundo semestre en los grados 9-12 si no se utilizan días de emergencia) Exámenes finales-primer semestre-WHS– 19, 20, 21 de diciembre Exámenes finales-segundo semestre-WHS –TBD Ceremonia de Graduacion WHS: Ceremonia de WMS y MMS:

domingo, 21 de mayo de 2017- 2:30pm TBD 2

15 de agosto de 2016

Estimados Padres: Es un gran placer para mí darles una bienvenida calurosa a la Escuela Primaria de Wauconda para el año escolar 2016-2017. Nosotros, el personal docente y administrativo, anticipamos con mucho entusiasmo un año estimulante, lleno de descubrimientos académicos y actividades desafiantes. No cabe duda de que la educación comienza la educación en el hogar con los padres que vienen siendo los primeros maestros que tiene el efecto más importante y duradero sobre su hijo. Su interés continuo y su participación activa en el progreso de su hijo ayudarán a animar a su hijo a aprovecharse de cada oportunidad para el crecimiento intelectual, social, y emocional. El fomento de una colaboración sólida y estrecha entre los estudiantes, los padres, los miembros de la comunidad, y el personal escolar da realce a nuestro compromiso de asegurar el éxito para todos nuestros estudiantes. Por favor, lean nuestro manual con sumo cuidado. Esperamos que sirva para darles de conocer a ustedes y a su hijo las expectativas, directrices, reglas y actividades que tenemos en la Escuela Primaria de Wauconda. Nos será grato el apoyo que puedan brindarnos y les animamos a llamar en caso de tener alguna pregunta o duda. Se queda de ustedes su atenta servidora,

Debbie Monroe Directora de la Escuela

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DECLARACIÓN DE VISIÓN Aprender por toda la vida – Crear la colaboración hacia el éxito Escuelas de “Primera Clase”

DECLARACIÓN DEL COMETIDO Las escuelas primarias del Distrito #118 de Wauconda se dedican al cometido de educar y a preparar a todos los niños para hacerse ciudadanos responsables del siglo XXI. Creemos que todos los estudiantes son capaces de aprender en un medioambiente que los apoya y en el cual se preocupa por ellos.

Consejo Educativo del Distrito 118 de Wauconda John C. Armstrong, Presidente Deby Dato, Vice-Presidente Jonathon Feryance, Secretario Kathleen Bianco Carey McHugh David Patterson Brian Swanson

Administración del Distrito Escolar de 118 Dr. Daniel J. Coles, Superintendente de Escuelas William Harkin, Superintendente Delegado de Servicios Administrativos Dr. David Wilm, Superintendente Delegada de Planes de Estudios y Pedagogía Valerie Donnan, Superintendente Delegado de Enseñanza Especial Cameron Willis, Director de Recursos Humanos Rick Strauss, Supervisor de Transporte

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DISTRITO ESCOLAR 118 DE LA COMUNIDAD UNITARIA DE WAUCONDA GUÍA DE DIRECCIONES Administración Central

Escuela Media de Wauconda

555 North Main Street Wauconda, IL 60084 Teléfono (847) 526-7690 Fax (847) 526-1019 Dr. Daniel J. Coles, Superintendente de Escuelas William Harkin, Superintendente Delegado de Servicios Administrativos Cameron Willis, Superintendente Delegado de Recursos Humanos

215 Slocum Lake Road Wauconda, IL 60084 Teléfono (847) 526-2122 Daniel Stoller, Director Josh Cornwell, Subdirector

Enseñanza Especial

Escuela Media de Matthews

555 North Main Street Wauconda, IL 60084 Teléfono (847) 526-7690 Fax (847) 487-0165 Valerie Donnan, Asistente del Superintendente, Servicios Especiales Meaghan Dwyer, Directora de Enseñanza Especial Kelly Plunk, Coordinadora Escuelas Elementales de Enseñanza Especial Stacy O’Dea, Directora de Enseñanza Especial

3500 Darrell Road Island Lake, IL 60042 Teléfono (847) 526-6210 Fax (847) 526-8918 Robert Taterka, Director Min Namkung, Subdirector

Planes de Estudios y Pedagogía

Escuela Primaria de Wauconda

555 North Main Street Wauconda, IL 60084 Teléfono (847) 526-7690 Fax (847) 526-0134 Dr. David Wilm, Superintendente Delegado de Planes de Estudios y Pedagogía Sandra Moran, Directora de Enseñanza Bilingüe Bill Stanton, Director Planes de Estudio y Pedagogía

225 Osage Street Wauconda, IL 60084 Teléfono (847) 526-6671 Deb Monroe, Directora Mandy Calfo, Subdirectora

Fax (847) 487-3598

Departamento de Transporte

Escuela de Robert Crown

Grades K-5

264 Jamie Lane Wauconda, IL 60084 Teléfono (847) 526-6672 Facsímil (847) 526-0192 Rick Strauss, Director de Transporte Kim Petrucci, Jefe de Conductores/Despachadora de Autobuses

620 Bonner Road Wauconda, IL 60084 Teléfono (847) 526-7100 Karrie Diol, Directora Angela Maki, Subdirectora

Facsimile (847) 487-3596

Escuela Secundaria de Wauconda Grades 9-12

Escuela de Cotton Creek

Grados K-5

555 North Main Street Wauconda, IL 60084 Teléfono (847) 526-6611 Facsímil (847) 487-3595 Dan Klett, Director Laura Halverson, Subdirectora Dr. Andrew Lambert, Director Atlético Matthew Badgley, Subdirector Mark Landvick, Subdirector

545 Newport Court Island Lake, IL 60042 Teléfono (847) 526-4700 Facsímil (847) 526-4725 Diane Kelly, Directora Kari Gedville, Asistente Subdirectora

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Grados 6-8

Fax (847) 487-3597

Grados 6-8

Grados K-5

DISTRITO ESCOLAR 118 DE LA UNIDAD COMUNITARIA DE WAUCONDA Escuela Primaria de Wauconda Lo dispuesto en este manual estará sujeto a la modificación en cualquier momento durante el ano escolar sin aviso previo. INDICE Información General…………………………………………………………………….7 Horario Escolar Derechos del Distrito Escolar Ingreso de Estudiantes Comunicación

Información Escolar…………………………………………………………………….13 Llegadas por la Mañana Bicicletas, Monopatines, Patines en línea, y Patines de Ruedas Animales de Casa en el Local de la Escuela Artículos Perdidos y Hallados

Información del Salón………………………………………………………………….15 Información General Listas de Materiales Escolares Como Ayudar con la Tarea Asambleas Fiestas Dulces Especiales para los Cumpleaños Invitaciones para las Fiestas de Cumpleaños Progreso y Evaluación de Estudiantes Estudios Especiales y Servicios de Apoyo

Asistencia………………………………………………………………………………20 Información General Avisar de las Ausencias Practica Religiosas Ausencias Especiales Llegadas Atrasadas a la Escuela Salidas Tempranas de la Escuela Tunante

Salud……………………………………………………………………………………23 Directrices sobre la Salud para los Estudiantes Medicamentos Enfermedades y Lesiones Seguro Contra los Accidentes para Estudiantes Sarampión Enfermedades Crónicas Contagiosas Enfermedades Contagiosas Las Exploraciones Médicas, Inmunizaciones Obligatorias, y Dental Excusos para la Educación Física Consultas

Seguridad……………………………………………………………………………..26 Denuncia de Abusos Infantiles 6

Gestión por Parte en Situaciones de Urgencia y Desastre

Almuerzo……………………………………………………………………………27 Boletos para Almuerzo Calientes/Boletos para Leche Almuerzos Especiales Reglas para el Comedor

Recreo……………………………………………………………………………….28 Reglas para el Patio de Recreo Inclemencias del Clima

Apariencia de los Estudiantes……………………………………………………..29 Disciplina de Estudiantes………………………………………………………….31 Expectativas de Comportamiento de “Primera Clase” Matonería, Intimidación, y Acoso Propiedad Personal Artículos de Fastidio Falsificación Plagio Código de Conducta para actividades extracurricular Declaración de entendimiento Otras Reglas

Transporte por Autobús………………………………………………………….35 Artículos para Llevarse en el Autobús Comportamiento en el autobús Grabaciones Electrónicas en los Autobuses Escolares Repaso de Grabaciones Electrónicas Información sobre Viajeros de sobra en Casos de Urgencia Procedimientos de Disciplina Reglas para Seguridad en los Autobuses Escolares

Políticas del Distrito Escolar……………………………………………………..40 Como hacer una Denuncia ………………………………………..40 Igualdad de Oportunidades Educativas…………………………….43 Derechos de Estudiantes y Familias sobre la Privacidad…………..49 Apariencia de Estudiantes…………………………………………..51 Médicos……………………………………………………………..52 Registros Estudiantiles ……………………………………………..59 Asistencia y Tunante………………………………………………..62 Disciplina…………………………………………………………...64 Tecnología………………………………………………………….80 Apéndice A (sobre aspectos médicos) Apéndice B (forma de bicicleta) Apéndice C (Pest Control) Apéndice D (lista de repaso para los padres/tutores)

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INFORMACIÓN GENERAL HORARIO ESCOLAR El horario que figura a continuación representa las horas para las cuales los estudiantes tienen que estar en sus salas de clase. Los estudiantes deben de llegar a tiempo, listos y ya sentados para el comienzo del día escolar. Se anotará la llegada con atraso en el libro de asistencia cuando los estudiantes lleguen después de la hora indicada para comenzar. Por favor, consulte la sección titulada “Asistencia” para informarse en más detalle sobre las llegadas con atraso. Los estudiantes no deben de llegar al local escolar sin supervisión antes de las 8:45 a.m. los lunes a los jueves, y antes de las 9:15 a.m. los viernes. Para las familias nuevas que acaban de entrar en el Distrito 118, los viernes son los días de “comienzo tardío”, con el fin de brindarle al personal escolar el tiempo necesario para el desarrollo profesional continuo.

Grado AM Kdg PM Kdg Grados 1-5

Hora de dejar LunesJueves 8:50-9:00 am 12:55–1:05 pm 8:50-9:00 am

HORARIO ESTUDIANTIL Escuela Comienza

Viernes

Viernes

Escuela Termina

9:15-9:30 am 1:10-1:20 pm

LunesJueves 9:05 am 1:10 pm

Lunes-Jueves

Viernes

9:35 am 1:25 pm

11:35 am 3:40 pm

11:50 am 3:40 pm

9:15-9:30 am

9:05 am

9:35 am

3:40 pm

3:40 pm

*El comienzo tardío los viernes se iniciará el vienes, 19 de agosto de 2016, y se repetirá cada viernes a lo largo del año escolar de 2016-2017. EL PROGRAMA DESARROLLO DE EMPLEADOS EN LOS VIERNES (EMEPIEZA TARDE). En el año 1997 el distrito de la escuela escolar empezó el programa de desarrollo de empleados, los viernes. El propósito del programa es para proveer un bloque de tiempo (65 minutos) para entrenar los empleados y mejorar el instituto de instrucción y practicar del programa de estudio en orden de ingresar el estudiante en su progreso estudio. Los viernes los estudiantes llegan a la escuela tarde para acomodar la importancia del desarrollo de programa escolar. DEJAR Y RECOGER A LOS ESTUDIANTES El lado al oeste de la Calle Osage que va al sur es el único lugar aprobado para dejar y recoger a los estudiantes. Para la seguridad de su hijo, por favor, acate las señales escolares que restringen o dirigen al tránsito que viene para dejar y recoger a los estudiantes. Se les agradece sumamente la colaboración. Por favor, recuerde que la seguridad de su hijo siempre es nuestra primera consideración. Las horas para dejar a los estudiantes son entre las 8:50 – 9:00 a.m. Se espera que los estudiantes estén en la sala de clase, listos para aprender a las 9:05 a.m. *POR FAVOR CONSULTE EL ESQUEMA PARA DEJAR A LOS ESTUDIANTES EN LA ESCUELA PRIMARIA DE WAUCONDA EN LA PRÓXIMA PÁGINA.

Remisión Legal 7:50 INSCRIPCIÓN Y DERECHOS INSCRIPCIÓN/RESIDENCIA A la hora de matricularse en la escuela, todos los estudiantes nuevos y de procedencia de otra escuela deberán rellenar una Constancia de Residencia. Además, tendrán que presentarse por lo menos dos (2) artículos de identificación de la siguiente lista: licencia de conducir, título o escritura de compraventa, contrato de alquiler, registro electoral, cuentas de servicios públicos (agua, electricidad, gas), o seguro automovilístico. Los estudiantes actualmente matriculados recibirán por correo un conjunto de materiales de matriculación durante el verano. Los formularios de matriculación que se envían por correo deberán devolverse de forma puntual.

PARTIDAS DE NACIMIENTO En el Estado de Illinois, las escuelas tienen la obligación de mantener una partida de nacimiento en la ficha personal para cada estudiante. Los estudiantes en el jardín de la infancia o los estudiantes de ingreso nuevo en el Distrito tienen el deber de proporcionar una copia de la partida oficial de nacimiento expedida por el Estado. Las partidas de nacimiento de expedición hospitalaria no cumplen los requisitos del estado. DERECHOS DEL DISTRITO ESCOLAR El Consejo Educativo cada año aprueba los derechos que se cobran por la inscripción de estudiantes y las actividades extraacadémicas. Todos los demás padres están obligados a pagar estos derechos. En caso de que los derechos queden impagos, seguirán las siguientes consecuencias: • • •

No se mandarán las libretas de calificación a casa. No se le permitirá al estudiante participar en la ceremonia de promoción/actividades de titulación del octavo grado ni la ceremonia/las actividades de titulación de la escuela secundaria. Si un estudiante pasa a matricularse en otra escuela, solamente se mandará una constancia no certificada de notas a la nueva escuela en que ingrese.

Los derechos por el año escolar de 2016-2017 serán como siguen: Jardín de la infancia Grados 1 a 5

Derechos básicos de matrícula $ 90.00 $120.00

Si usted tiene alguna pregunta con respecto al pago de derechos, por favor comuníquese con la escuela de su hijo. DERECHOS PARA ESTUDIANTES INGENTES El Distrito Escolar eximirá a un estudiante indigente de todos los derechos por los libros de texto y los materiales de enseñanza y de todos los otros derechos que tendrá que pagar por una actividad o clase obligatoria. Un estudiante indigente es estudiante para quien las autoridades estatales, locales o escolares han declarado que es incapaz de sufragar económicamente los gastos totales que tiene que pagar como estudiante y miembro de la comunidad.

INGRESO DE ESTUDIANTES Para calificarse para ingresar en la escuela, un niño debe de tener cinco años cumplidos para el primero de septiembre o antes de esa fecha. Los niños que ingresan en el primer grado deben de tener seis (6) años de edad para el primero de septiembre o antes de esa fecha. Los niños entre las edades de 3 a 21 con necesidades excepcionales que se califiquen para los estudios especiales también se califican para el ingreso en la escuela.

Procedimiento para el ingreso Todos los estudiantes tienen que inscribirse en la escuela cada año en las fechas y en el lugar indicados por el Superintendente. Los estudiantes que se matriculan en el Distrito por primera vez tienen que presentar una copia certificada de su acta de nacimiento dentro de treinta (30) días después de matricularse. Los estudiantes que se matriculan en el Distrito por primera vez también tienen que presentar una constancia de residencia, otra de las inmunizaciones contra enfermedades o pruebas de detección de las mismas, conforme a lo exigido por la ley del Estado y una exploración médica obligatoria. Se les anima al(los) padre(s)/tutor(es) a llevar a su hijo para una exploración dental. Los estudiantes que vienen de una escuela que no pertenece al Distrito con el fin de ingresarse aquí tienen que cumplir con la Política del Consejo 7:110, Ingresos de Nuevos Estudiantes. Para fines de esta Política, la matrícula incluirá la prematricula en la primavera para un estudiante que vaya a asistir a las clases en el Distrito por primera vez ese otoño. Estudiantes eliminados de la lista de matriculados Un estudiante que esté ausente de la escuela por veinte (20) días consecutivos o más será notificado por escrito por el Distrito que será eliminado de la planilla de matriculados a menos que el estudiante vuelva a la escuela dentro de diez (10) días escolares. Si el estudiante no responde a la notificación dentro de diez (10) días escolares, será eliminado de la planilla de matriculados y tendrá que rematricularse para asistir a la escuela. Habrá que entregarse en ese momento toda la información necesaria para la matriculación incluso, pero sin quedar limitado a la presentación de una copia certificada del acta de nacimiento y constancia de la residencia. Rematricular Se le denegará la rematrícula a cualquier persona que tenga 19 años o más, quien haya abandonado la escuela y que no pudiera acumular suficientes créditos durante el(los) año(s) escolar(es) normal(es) como para titularse antes de su vigésimo primer cumpleaños. Sin embargo, a discreción del Superintendente o su delegado y de acuerdo a la disponibilidad, la persona podrá matricularse en un programa de incentivos para la titulación, establecido éste bajo el Título 105 del Código Escolar de Illinois, 5/26-16. Antes de que la rematrícula le sea denegada, el Distrito le ofrecerá a la persona el debido proceso para su caso, conforme a lo estipulado para casos de expulsión bajo la política 7:210, Procedimientos para la Expulsión. A la persona a quien le hayan denegado la rematrícula lo ofrecerán la consejería y será orientada hacia los programas educativos alternativos, incluso los programas de estudios alternativos para adultos que conducen a la titulación o a un diploma del programa de Desarrollo de Estudios Generales (conocido por sus siglas en inglés como “GED”). Esta sección no se aplica a los estudiantes que se califiquen para los estudios especiales bajo la Ley sobre la Educación de Personas con Incapacidades o los planes de adaptación bajo la Ley sobre las Personas Estadounidenses con Incapacidades.

Los estudiantes que tienen estudios especiales podrán asistir a la escuela hasta su vigésimo primer cumpleaños. Niños desalojados Se admitirá a todo niño desalojado de forma inmediata, a pesar de que el niño o el padre/tutor del niño no sea capaz de entregar los registros que normalmente se requieren para la matrícula. La política del Consejo 6:140, Educación de los Niños Desalojados, rige la matrícula de los niños desalojados. Ingresos de estudiantes dentro de las escuelas del Distrito y fueras de la mismas Un estudiante podrá ingresar en el Distrito y salir del mismo, de acuerdo a la ley del Estado y los procedimientos desarrollados por el Superintendente. La plena autoridad con que está facultado el Consejo Educativo se le delegará al Superintendente para instrumentar esta política, sujeto a las decisiones específicas del Consejo a lo contrario. Un estudiante que desee ingresar en el Distrito deberá cumplir el plazo entero de suspensión o expulsión, impuesta por el motivo que sea, en cualquier escuela pública o privada, que esté en este estado o en cualquier otro, antes de ingresar en este Distrito. PROMULGADO:

20 de octubre de 2005

COMUNICACIONES

COLABORACIÓN ENTRE ESCUELA Y HOGAR Es de suma importancia que usted comunique a la escuela las preguntas, las preocupaciones, o los comentarios que pueda tener. Por lo general, la comunicación comienza con el maestro de su hijo. Le animamos a expresar su opinión al maestro de la sala de clases o a un miembro del personal docente que trabaja directamente con su hijo sobre las cuestiones que se plantean, antes de comunicarse con el Director del Edificio o con el Subdirector. Los maestros desean hablar con los padres, aunque a menudo están muy ocupados. Por favor intente hacer arreglos de antemano para hablar con un maestro. Usted también podrá comunicarse con los maestros por correo electrónico, el cual se encuentra en el sitio del Web de la Escuela Primaria de Wauconda al www.d118.org/grade/index.asp .Después, hable con su hijo, subrayando lo positivo, y elabore un plan que aborde los aspectos que necesitan mejorarse. PRESENTARSE EN LA OFICINA Por motivos de seguridad, todas las puertas quedarán cerradas con llave, menos la puerta principal, durante las horas escolares, antes y después de las mismas. Todo padre, voluntario, empleado ambulante, servicio de entrega, etc. tiene la obligación de presentarse en la oficina al entrar en la escuela durante el horario normal de la escuela. Todos los visitantes tendrán que llevar un pase de visitante antes de proceder a pasar por la escuela. Se prefiere que los padres hagan una cita por adelantado si necesitan consultar con un maestro. De esta forma, podemos asegurar que el maestro estará disponible y preparado para responder a las preguntas y/o las preocupaciones de los padres sin interrumpir el tiempo dedicado a la enseñanza de los estudiantes. RAPTORWARE Durante el horario escolar cuando los estudiantes están presentes, se les requerirá a los visitantes a tener su identificación del Estado analizada, que puede proporcionar al personal escolar con información sobre los antecedentes de un visitante.

VISITAS – PADRES Y OTROS Damos una acogida calurosa a los padres y les animamos a visitar a nuestra escuela y salas de clase. Simplemente les pedimos el favor de hacer arreglos para la visita de antemano con el maestro y/o el director de la escuela y de presentarse en la oficina administrativa para obtener un pase de visitante antes de proceder a cualquier sala. Los padres deberán tener en cuenta la Ley sobre los Derechos a las Visitas Escolares, la cual lee textualmente como sigue: “Los empleadores públicos y privados de por lo menos 50 empleados en Illinois están obligados a conceder a un empleado de hasta ocho (8) horas durante cualquier año escolar, de las cuales no se podrán usar más de cuatro (4) en el mismo día para asistir a las consultas escolares o a las actividades en la sala de clases relativas al hijo de dicho empleado, en caso de que no se pueda programar las consultas escolares o las actividades en la sala de clase durante las horas fuera del trabajo; sin embargo, el empleado que trabaje para un empleador sujeto a esta Ley no podrá ausentarse a menos que tal empleado haya agotado todas las vacaciones acumuladas permitidas, los permisos de ausencia personal, todas ausencias compensatorias, y cualquier otro permiso de ausencia, salvo por motivos de enfermedad o incapacidad. Nada en esta Ley exige que dicho permiso de ausencia sea remunerada.”

CAMBIO DE DIRECCIÓN O DE TELÉFONO, CUESTIONES DE LA CUSTODIA, Y DATOS DE URGENCIA Cuando un estudiante se muda de un domicilio a otro, o en caso de que se cambien los datos sobre su empleo, el padre/tutor deberá avisar a la oficina de la escuela de forma inmediata. Si usted tiene teléfono celular, por favor, dé esta información también. La escuela debe de tener información actualizada sobre cómo comunicarse con los padres/tutores, los parientes, o a un amigo autorizado en caso de que su hijo se enferme o se lastime en la escuela. Además, pedimos que usted mantenga a la escuela actualizada sobre la situación en el hogar que pueda tener un efecto sobre la conducta de su hijo. La escuela también tiene que saber los nombres de esas personas a quienes se pueda entregar a su hijo. Si usted tiene documentación legal que restringe la entrega de su hijo a ciertas personas o miembros de su familia, por favor proporcione copias de tales documentos a la oficina administrativa. Se mantendrán los documentos en una ficha de acceso confidencial para fines de consulta en caso de que se plantee una duda o preocupación. CIERRES DE ESCUELAS POR MOTIVOS DE INCLEMENCIAS Las siguientes emisoras de radio y televisión anuncian los cierres de escuelas en caso de tormentas de hielo o nieve (u otras condiciones de urgencia) y cuando parezca ser aconsejable cerrar las escuelas: WGN-720AM, WBBM-780AM, CBS - 2, NBC - 5, ABC - 7, WGN - 9, FOX - 32, CLTV – Cable, en línea: www.EmergencyClosings.com. Llame a su escuela asignada o al Sistema de Correo de Voz de la Oficina Administrativa del Distrito (capaz de aceptar muchas llamadas a la vez) al (847) 526-7690. El distrito 118 usa un servicio que se llama, School Messenger/Mensaje Escolar, para informar las familias de una emergencia. En orden de recibir esta información de emergencia, es importante que el distrito tenga su número de teléfono correcto para informarle de cualquier emergencia. Para que el servicio de Mensajero pueda llamar al teléfono de su casa y celular y poder comunicarse por vía email si es posible. El distrito necesita información correcta para comunicarse con los padres.

CONSULTAS Las consultas son una de las formas más importantes de comunicación entre padres y maestros. Se le pedirá a usted que se presente a una o más de esas consultas entre padres y maestros durante el año escolar. Las consultas vienen siendo el momento más apto para que usted y el maestro de su hijo compartan información sobre su hijo. El maestro de su hijo tiene muchas ganas de conocerlo. Es mejor que ambos padres asistan a la consulta, pero en caso de no ser posible, por favor asegure que su cónyuge exprese las preguntas que pueda tener antes de asistir a la consulta. La consulta debe ser un momento propicio para el intercambio franco entre padres y maestros. BOLETINES Se publican volantes informativos mensuales y boletines semanales a base regular, los cuales podrán leerse en el sitio del Web de nuestra escuela al www.d118.org/grade/index.asp. En adición, puede recibir nuestro boletín por vía email. Comuníquese en la oficina si gusta recibir email. Esos boletines incluyen información sobre acontecimientos especiales, menús del almuerzo caliente, temas y programas de interés actual. Además, se anuncian novedades e información especial en las cartas que mandan a casa el maestro de su hijo y nuestra organización del Distrito de padres y maestros (la llamada “PTO” en inglés). TAREAS DE RECUPERACIÓN Los estudiantes ausentes de clase por motivos de enfermedad tendrán la oportunidad para recuperar las tareas que falten. Los padres podrán pedir la tarea que falte hasta las 10:00 a.m. con el fin de recogerlas de la oficina administrativa de la escuela entre las 3:50 y las 4:00 p.m. Es posible que el maestro de su hijo desee vigilar la realización de tales tareas personalmente, dándole a su hijo las explicaciones y la supervisión durante la hora del almuerzo/recreo los días que inmediatamente sigan a la reincorporación de su hijo a la escuela. Un niño que haya estado enfermado podría tener mayor dificultad en realizar las tareas en casa o podría quedar perplejo si tiene que hacerlas sin la ayuda de las explicaciones del maestro. MENSAJES PARA ESTUDIANTES De cuando en cuando podrá ser necesario llamar a casa, pidiendo algún artículo que podría haberse dejado en casa o extraviado, o por algún otro motivo de importancia. El maestro y/o el director darán permiso si piensa que es necesario hacer tal llamada. Los padres/tutores no podrán llamar a los estudiantes directamente durante el día escolar a menos que sea un caso de urgencia. TELÉFONO Los estudiantes no podrán usar el teléfono en la oficina con excepción de casos de urgencia o de necesidad extremada. Se les pide a los padres y a los tutores que no llamen dejando mensajes para los estudiantes a menos que sea de necesidad urgente. No se les sacará a los estudiantes de clase, si no fuera por casos de urgencia o de extremada necesidad. Los padres no deberán llamar a los celulares o móviles de los estudiantes durante el día escolar.

No se deberá llamar a los maestros por teléfono durante las horas de clase a menos que sea un caso de urgencia. Se puede dejar mensajes por teléfono en la casilla del maestro, quien volverá a llamar tan pronto como sea posible.

Información Escolar en General______________________________________

DEJAR Y RECOGER A LOS ESTUDIANTES El lado a la oeste de la Calle Osage que va al sur es el único lugar aprobado para dejar y recoger a los estudiantes. Para la seguridad de su hijo, por favor, acate las señales escolares que restringen o dirigen al tránsito que viene para dejar y recoger a los estudiantes. Se les agradece sumamente la colaboración. Por favor, recuerde que la seguridad de su hijo siempre es nuestra primera consideración. Las horas para dejar a los estudiantes son entre las 8:50 – 9:00 a.m. Se espera que los estudiantes estén en la sala de clase, listos para aprender a las 9:05 a.m. Necesitamos una carta escrita con autorización de los padres diario si el niño va a hacer cambio de transporte. Por ejemplo, si un estudiante toma el autobús para su casa, los padres deben escribir una carta con permiso para el niño andar a su casa o recibir transporte de su vecino/amistad.

LLEGADAS POR LA MAÑANA La supervisión en el patio de recreo comienza a las 8:45 a.m. los lunes, martes, miércoles y jueves y a las 9:15 a.m. los viernes. Por favor no traiga a su hijo ni deje que vaya a la escuela antes de esa hora. Cuando hay inclemencias del tiempo, se les deja a los estudiantes entrar en el edificio cuando salen del autobús. Los padres y los tutores deberán hablar con sus hijos sobre las reglas de seguridad de ida y vuelta. Trate de convencer a su hijo de que no pase a la carrera por el césped y anímelo a cruzar solamente a las esquinas. Los estudiantes deberán obedecer todas las señales y las instrucciones de los guardias del tránsito. BICICLETAS, MONOPATINES, PATINES EN LÍNEA, PATINES DE RUEDAS, Y OTROS “VEHÍCULOS A RUEDAS” Los estudiantes pueden andar en bicicletas, monopatines, patines de ruedas y en otro equipo parecido al local de la escuela y de vuelta del mismo. Sin embargo, estos artículos pueden presentar un peligro de seguridad debido a los numerosos autobuses y coches que entran en el área de nuestro estacionamiento, y también para esos niños y padres que llegan a pie. Los estudiantes que andan en vehículos a ruedas y/o patines de ruedas/en línea tendrán que bajarse de los mismos y entrar en el local de la escuela cargándolos. Una vez que salgan del local de la escuela al final del día escolar, no pueden ponerse estos artículos ni andar en los mismos hasta que hayan marchado de la localidad de la escuela. Los estudiantes tienen que asumir responsabilidad por guardar bien sus vehículos a ruedas. Se les anima con insistencia a ponerse cascos, rodilleras, codilleras, y muñequeras, así como los cierres con candado para bicicletas. Todos los estudiantes que piensan ir a la escuela en bicicleta y en otros vehículos a ruedas tienen que entregar el formulario completamente llenado de “Ir y volver en bicicleta a la escuela”. Debida a las varias cuestiones de seguridad con el tipo/marca popular de zapato con talón de ruedas (conocido en inglés

por el nombre de “Heely”), la política de nuestra escuela es que habrá que quitar las ruedas de los zapatos mientras están en el local de la escuela. ANIMALES DE CASA EN EL LOCAL DE LA ESCUELA Los arreglos para traer un animal de casa a la escuela tendrán que ser aprobados por el maestro de la sala de clases y la oficina administrativa. Debido a lo imprevisible de la naturaleza de los animales, los niños en la clase no podrán tocar los animales que se traen a clase. No se transportará ningún animal, del tipo que sea, en los autobuses escolares. Todos los animales tendrán que estar enjaulados o llevar correa antes de entrar en el local escolar, con el fin de mantener la seguridad de todos los niños. Por el número de estudiantes que van entrando en el edificio antes de la escuela y saliendo del mismo al final del día, pedimos a los padres que no traigan los animales de casa durante las horas más transitadas del día escolar. ARTÍCULOS PERDIDOS Y HALLADOS Por favor, identifique la ropa, los zapatos, y los libros con el nombre del estudiante. Se les disuade a los estudiantes a traer artículos de alto valor monetario o sentimental a la escuela. Se deberá denunciar la pérdida de artículos de alto valor al maestro y a la oficina administrativa. Hay un área para los artículos perdidos y hallados que está ubicada en cada escuela. Se puede recoger artículos hallados al presentar la identificación debida.

LEYES NUEVAS LIMITADOS DE LA USA DEL TELEFONOS CELULARES EN ZONAS DE LAS ESCUELAS PÚBLICAS Acto Publico 96-0131 efectivo el 1 de enero, 2010. Este proyecto de ley enmienda el Código Vehículo de Illinois por prohibido manejar, reglas de todas edades, por el uso del teléfonos celulares mientras manejando su vehículo en las carreteras de la zona escolar o el usa del teléfonos celulares mientras operando su vehículo en las carreteras de la zona de construcción. Excepciones incluyen uso de teléfonos en el modo de voz-activado, uso de emergencia, y uso de los trabajadores de construcción y personal de aplicación de la ley.

INFORMACION DEL SALON_____________________ INFORMACION GENERAL LISTAS DE MATERIALES ESCOLARES Se enviaron las listas de materiales para los grados desde el jardín de la infancia hasta el quinto grado con el conjunto de materiales para matricularse por correo. Se puede obtener otras copias de las listas de materiales en la oficina administrativa. Es posible que el maestro de su hijo pida otros materiales durante el año escolar. Por favor, tome nota que se puede obtener en la oficina administrativa de la escuela cuadernos estudiantiles recomendados para tareas para los niños en los grados tres, cuatro, y cinco. CÓMO AYUDAR CON LA TAREA Cuando el estudiante llega a casa con la tarea, usted puede ayudarlo en muchas formas: 9 recalcar la importancia de hacer la tarea. 9 establecer una hora fija para hacer la tarea. 9 Proporcionar un lugar tranquilo donde se puede trabajar. 9 asegurar que el estudiante tiene los materiales necesarios (lápices, borradores, rotuladores, etc.). 9 dedicar tiempo suficiente para repasar las tareas asignadas. 9 hacer comentarios y darle ánimos. ASAMBLEAS La Organización de Padres y Maestros (conocida en inglés por las siglas “PTO”) o la escuela ofrecerán asambleas de tema de interés a los estudiantes a lo largo del año escolar. CELEBRACIONES / FIESTAS DE CLASES Se puede celebrar fiestas en la sala de clases para la Víspera de Todos los Santos (feriado conocido por el nombre en inglés de “Halloween”), los Feriados de Invierno, y el Día de los Corazones (feriado conocido en inglés como Día de San Valentín), con la aprobación de la administración escolar. El número de padres voluntarios para cualquier evento estará limitado por la discreción de la administración escolar. Las botanas de estas celebraciones deben cumplir con las mismas pautas que las de cumpleaños (véase más adelante). Debido a los salones alfombrados y nuestro compromiso continuo para proporcionar un ambiente de aprendizaje limpio y saludable, el agua es la única bebida que se puede proporcionar en el aula. DULCES ESPECIALES PARA LOS CUMPLEAÑOS Se les permite a los estudiantes traer dulces especiales para compartir con sus compañeros de clase el día de su cumpleaños. Los dulces especiales para los cumpleaños deben atenerse a las directrices siguientes: los dulces tendrán que ser artículos que se compran y se traen todavía empaquetados en el envoltorio original de la tienda; sólo se permite un artículo de dulce por estudiante en la sala de clase, y no se les permitirá a los estudiantes salir de la sala con el fin de entregar dulces a otras personas en la escuela. Además, pedimos que ustedes tengan en cuenta cualesquier alergias a la comida que pueda haber en la sala de clase de su hijo.

INVITACIONES PARA LAS FIESTAS DE CUMPLEANOS La distribución de invitaciones para fiestas de cumpleaños es prohibido. Pasando invitaciones en la escuela puede causar malos sentimientos entre los estudiantes. La política de la escuela y la ley federal y la información personal incluyendo direcciones que no se puede dar esa clase de información. Los empleados de la oficina y los maestros no puedan dar esa clase de información. PTO publica el directorio de teléfono (para los miembros) o puede usar el Internet para información. PROGRESO Y EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES INFORMES SOBRE EL PROGRESO Los maestros pueden notificar a los padres – que sea oralmente o por escrito – si un estudiante no está trabajando hasta su capacidad a mediados del período de calificación. En el tercer y quinto grados, donde se califican con verdaderas notas en letras, es posible que se manden a casa informes sobre el progreso a mediados del trimestre, a las nueve semanas del período de calificación. Los padres tienen la libertad en cualquier momento para llamar por teléfono o para fijar la cita para una consulta con el maestro si tienen alguna preocupación o duda.

LIBRETAS DE CALIFICACIONES Se repartirán libretas de calificaciones a los estudiantes cada trimestre desde el jardín de la infancia hasta el quinto grado. Figuran en las mismas una evaluación del esfuerzo del niño por su trabajo académico, su actitud con respecto al mismo, y su comportamiento. Se hace arreglos para una consulta formal con los padres después del primer trimestre. Se mandan libretas de calificaciones a casa con los estudiantes al final de cada trimestre. Están anotados los trimestres para las calificaciones en el calendario escolar. CONSULTAS Por favor, véase el apartado sobre las “Consultas” en la sección titulada “COMUNICACIONES”. PROGRAMA DE EXÁMENES Se puede dar a los estudiantes exámenes y/o evaluaciones normalizadas a lo largo de año escolar. Se utilizan los resultados de estos exámenes para la planificación pedagógica y para evaluar el progreso académico de los estudiantes. APTITUD PARA EL JARDÍN DE LA INFANCIA A pesar de la edad cronológica de su hijo, es posible que no esté listo para la experiencia en el jardín de la infancia. Los niños pueden asistir al jardín de la infancia si han cumplido cinco años para el primero de septiembre. POLÍTICA SOBRE LA RETENCIÓN ACADÉMICA En caso de que el maestro y la administración tengan el parecer que será necesario para el bienestar del estudiante, es posible que se recomiende que el niño se retenga en el mismo grado. Cuando se está considerando la retención de un estudiante, se les notificará a los padres del estudiante al respecto y se les pide que participen en el proceso de la colocación académica. Por regla general, se manda esta notificación en la primavera. La decisión final para retener o ascender al estudiante recae sobre el Director de la escuela. REGISTROS ESTUDIANTILES Por favor, véase el apartado de “Registros Estudiantiles” en la sección titulada “POLÍTICAS DEL DISTRITO ESCOLAR”.

ESTUDIOS ESPECIALES Y SERVICIOS DE APOYO

ESTUDIOS ESPECIALES El Distrito impartirá una educación pública gratuita y adecuada y los servicios necesarios relativos a la misma a todos los niños incapacitados que viven dentro del Distrito, conforme a lo exigido por la Ley sobre la Educación de Personas con Incapacidades (conocida en inglés por sus siglas, “IDEA”) y lo dispuesto en cumplimiento del Código Escolar, la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973, y la Ley sobre los Estadounidenses con Incapacidades. El término “niños con incapacidades”, a que se refiere bajo esta política, quiere decir los niños entre tres y veintiún años de edad, para quienes un equipo del Plan Individualizado de Estudios (conocido en inglés por sus siglas, “IEP”), debidamente constituido, ha determinado que son necesarios los servicios de estudios especiales. Es el propósito del Distrito el de asegurar que los estudiantes incapacitados, dentro del alcance de la definición prevista en la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973, están debidamente identificados, evaluados, y provistos de los servicios educativos correspondientes. Los estudiantes pueden ser incapacitados conforme al significado que le da a este término en la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación, aún cuando no tengan necesidad de servicios de acuerdo a la IDEA. Para los estudiantes que se califiquen para los servicios bajo el IDEA, el Distrito deberá acatar los procedimientos para la identificación, la evaluación, la colocación, y la entrega de servicios a los niños con incapacidades, conforme a lo previsto en las Reglas y Normas del Consejo Educativo del Estado de Illinois que rigen la administración de estudios especiales. Para los estudiantes que no se califiquen para los servicios bajo IDEA, el Distrito establecerá e instrumentará un sistema de medidas preventivas procesales a base de su incapacidad y conforme a lo definido en la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973. Las medidas preventivas cubrirán la identificación, la evaluación, y la colocación académica de los estudiantes. Este sistema también incluirá la notificación, la oportunidad para que el(los) padre(s)/tutor(es) del estudiante repase(n) los registros correspondientes, una audiencia imparcial en que habrá oportunidad para que el(los) padre(s)/tutor(es) del estudiante aporte sus comentarios y para la representación de su abogado, y la reconsideración procesal. El Distrito podrá mantener la afiliación a una sociedad cooperativa o más de distritos escolares que ayudarán al Distrito Escolar a cumplir sus responsabilidades hacia los estudiantes incapacitados en el Distrito. En caso de que sea necesario, se podrá colocar a los estudiantes también en los programas de estudios especiales o en las instalaciones educativas no públicas. DISTRITO DE ESTUDIOS ESPECIALES DEL CONDADO DE LAKE - (SEDOL) El Distrito de Estudios Especiales del Condado de Lake (conocido en inglés por sus siglas “SEDOL”) consiste en una agencia de servicios de apoyo del condado, organizada para atender a los estudiantes del Condado de Lake, identificados como estudiantes con incapacidades. Se disponen de servicios en forma de clases especiales, fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales, maestros individuales, y psicólogos. Se ofrecen programas para estudiantes con incapacidades físicas, los estudiantes con incapacidades del aprendizaje, y los estudiantes con trastornos del comportamiento. Se deriva a los estudiantes de quienes se sospecha que tienen una de estas incapacidades al equipo de WSAT. Si hace falta la evaluación por medio de pruebas de detección, los padres y el personal llenan el formulario de derivación. El Distrito llevará a cabo la evaluación correspondiente de estudio del caso. Una Consulta Multi-Disciplinaria (conocida en inglés por sus

siglas “MDC”) se llevará a cabo con los padres para determinar el programa de estudios que mejor le convenga a este estudiante. NECESIDADES ESPECIALES DE NIÑOS Si usted piensa que su hijo (desde el nacimiento hasta los veintiún años de edad) necesita ayuda en las áreas de la vista, la audición, el comportamiento, el aprendizaje, o si sufre de problemas médicos o físicos, comuníquese con el administrador de su escuela local. La inscripción constituye el primero paso para obtener estos servicios. Para informarse en mayor detalle, por favor comuníquese con su escuela. Sus escuelas públicas ofrecen clases y servicios que se extienden desde la edad de 3 a 21 años para niños que tienen dificultados en las siguientes áreas: • Vista: El libros en braille, los libros con letra grande, los libros que hablan, las cintas, las máquinas de escribir, y otras ayudas especiales se utilizan en la enseñanza de los niños que son ciegos o parcialmente ciegos. • Audición: Se ofrecen clases especiales, enseñanza individualizada, o maestros visitantes, según la necesidad individual, a los niños que son un poco sordos o completamente sordos. • Habla: Se dispone de las lecciones del habla en la escuela regular, en los centros del habla, o en otros programas especializados indicados para satisfacer las necesidades diferentes de cada niño que tienen problemas con el habla. • Comportamiento: La consejería y las clases especiales se dedican a evitar situaciones que pueden ser problemáticas y a fomentar el ajuste de los niños con dificultades del comportamiento. • Incapacidades del aprendizaje: Se les da a los niños diagnosticados de tener grandes dificultades en la escuela debido a una incapacidad del aprendizaje el nivel de apoyo especial que sea necesario para que funcionen al mejor nivel de rendimiento posible. • Áreas de Salud o Físicas: Los autobuses especiales, las rampas y otras ayudas físicas brindan ayuda a las necesidades de los niños con incapacidades físicas. Los maestros visitantes que hacen visitas a los niños que están demasiado enfermos para salir de casa o del hospital. PROCEDIMIENTOS DE DETECCIÓN A BASE ANUAL – MAESTROS PARA SALAS REGULARES Los maestros tienen el deber de proporcionar evaluaciones que se llevan a cabo a lo largo del año escolar con el fin de determinar si los estudiantes tienen dificultades que estorban con su progreso académico. Las evaluaciones no quedan restringidas a cierto plazo de tiempo. Los maestros están encargados de administrar y evaluar las calificaciones académicas de cada estudiante recurriendo a dos de los siguientes instrumentos de medida o más: • Exámenes de logros • Observaciones por parte del maestro • Los exámenes elaborados por el maestro enfocados en las materias/basados en los planes académicos • Exámenes de evaluación • Pruebas diagnosticas • Cualquier procedimiento de prueba que mide el rendimiento académico La documentación puede incluir los registros que se llevan en las libretas de notas, los resultados de exámenes, los comentarios anecdóticos, las observaciones por parte del maestro, etc.

PROCEDIMIENTOS DE INTERVENCIÓN PARA LOS ESTUDIANTES MATRICULADOS EN LA ESCUELA Si el maestro determina que sus estrategias para resolver el problema no son productivas, podrá consultar con el Director o su delegado, y, de forma conjunta, podrán recurrir a otras estrategias dedicadas a remediar el problema. Si estos métodos de intervención no traen éxito, el maestro podrá consultar con el Equipo de Apoyo Escolar para Estudiantes de Wauconda (conocido en inglés por sus siglas “WSAT”) para otras estrategias o evaluaciones posibles. EQUIPO DE APOYO ESCOLAR PARA ESTUDIANTES DE WAUCONDA Los integrantes del equipo WSAT podrán incluir el Director de Servicios Especiales, el Coordinador de Servicios Especiales, el Director y el Subdirector de la Escuela, el Psicólogo Escolar, la Trabajadora/Consejera Social, los Especialistas Clínicos del Habla y del Lenguaje, el Terapeuta Ocupacional, el Especialista de la Audición, los Maestros de Recuperación de Lectura, el Especialista del Comportamiento, los Maestros para Incapacidades del Aprendizaje, y los Maestros en las Salas de Clase. PROCEDIMIENTO PARA DERIVACIONES Se le podrá derivar a un niño al equipo WSAT cuando demuestra problemas que estorben su progreso académico y/o ajuste escolar. Las derivaciones las pueden hacer los maestros u otro personal escolar del Distrito, o el padre del niño u otros profesionales que tengan conocimiento de los problemas académicos/de comportamiento del niño si los esfuerzos concentrados por remediar el problema no han traído éxito. El niño será derivado al coordinador del equipo WSAT. OTROS SERVICIOS RECURSOS PARA LA LECTURA Y RECUPERACIÓN DE LA LECTURA Las escuelas primarias en el Distrito #118 pueden dar a los estudiantes que tengan necesidad de más ayuda un Programa de Recursos para la Lectura o Recuperación de Lectura. Los estudiantes a quienes se les instruye en cualquiera de estos dos programas se reúnen a diario o algunas veces a la semana en grupos pequeños o a base individualizada. Se ofrecen estas clases además de la enseñanza que se imparte en la lectura en la sala de clases.

ESTUDIANTES DE SEGUNDO IDIOMA El Distrito #118 ofrece la enseñanza para estudiantes que tienen habilidades limitadas de hablar inglés. Si usted desea informarse en más detalle, por favor comuníquese con la oficina administrativa de su escuela.

ASISTENCIA La asistencia regular y puntual es imprescindible para el éxito escolar. Instamos a todo estudiante a no faltar la escuela a menos que sea absolutamente necesario. El Código Escolar de Illinois requiere la asistencia escolar obligatoria a una escuela pública o privada por todas las horas de clase durante el plazo académico regular. El Código declara que se disculpará la ausencia de estudiantes sólo por motivos de enfermedad, casos de urgencia familiar, fallecimientos en la familia, prácticas religiosas, u otras circunstancias fuera del control del estudiante. El reglamento del Consejo Educativo de Illinois sobre cómo calcular la asistencia estudiantil se detalla a continuación. El número de minutos por los cuales asiste un niño un día escolar dado determinará si se cuenta como ausencia, asistencia de medio día, o asistencia de día completo. Este reglamento también es vigente para los viernes de comienzo tardío. Se les recuerda a los padres que el almuerzo/recreo de cincuenta minutos no se cuenta para determinar el número total de minutos que el niño pasa en la escuela. Si un estudiante falta: Jardín de la infancia: L, M, Miér, J

de 0 - 30 minutos, se cuenta como asistencia de día completo. 31 minutos o más, se cuenta como ausencia de día completo.

Jardín de la infancia: V

de 0 - 15 minutos, se cuenta como asistencia de día completo 16 minutos o más, se cuenta como ausencia de día completo.

Primer grado: L, M, Miér, J

de 0-105 minutos, se cuenta como asistencia de día completo. de 106-225 minutos, se cuenta como asistencia de medio día. 226 minutos o más, se cuenta como ausencia de día completo.

Primer grado V

de 0 - 75 minutos, se cuenta como asistencia de día completo. de 76-195 minutos, se cuenta como asistencia de medio día. 196 minutos o más, se cuenta como ausencia de día completo.

Segundo-Quinto grados: de 0 - 45 minutos, se cuenta como asistencia de día completo. L, M, Miér, J de 46-195 minutos, se cuenta como asistencia de medio día. 196 minutos o más, se cuenta como ausencia de día completo. Segundo-Quinto grados: de 0 - 15 minutos, se cuenta como asistencia de día completo. V de 16-165 minutos, se cuenta como asistencia de medio día. 166 minutos o más, se cuenta como asistencia de día completo.

AVISAR DE LAS AUSENCIAS El padre o el tutor deberán llamar a la oficina administrativa de la escuela el día que un estudiante se encuentre incapaz de asistir a la escuela. La oficina estará abierta a partir de las 7:30 a.m. para los padres que llaman por la asistencia del estudiante. Hay máquina contestadora en cada escuela que aceptará las llamadas por la asistencia si usted no puede llamar durante el horario escolar. La ley del estado exige que la escuela haga un esfuerzo razonable por hacer averiguaciones sobre cada estudiante ausente si no nos llamen dentro de dos horas a partir del comienzo del día escolar. Si usted no tiene un teléfono, recomendamos que haga llegar una nota por medio de un hermano, una hermana, un vecino, etc., con el fin de avisarnos que su hijo está en casa o en otro lugar con la aprobación de usted. Si el padre o el tutor no pueden comunicarse con la oficina de asistencia, el estudiante tendrá que presentar una nota por escrito de su padre al día siguiente por la mañana para explicar su ausencia. PRÁCTICAS RELIGIOSAS Los estudiantes serán dispensados de la escuela por motivos de las prácticas religiosas, con tal de que se cumplan los siguientes criterios: 1. Se le disculpará al estudiante de la escuela el día entero o una parte del mismo para celebrar un día feriado religioso, siempre que se entregue al director del edificio antes del día indicado para la ausencia una carta escrita por su padre/tutor en la cual se pide permiso para dicha ausencia. 2. El director escolar avisará al(los) maestro(s) del estudiante de su ausencia antes del día indicado para ello. Los maestros, conforme a la ley, proporcionarán al estudiante la oportunidad equivalente 3. para recuperar el examen, los estudios o las tareas que falten. AUSENCIAS ESPECIALES Si es necesaria una ausencia a raíz de las circunstancias especiales, el padre o el tutor deberán hacer arreglos por adelantado con el director escolar. Animamos al padre a aprovecharse de los días cuando no haya clases para salir de viaje. Los maestros no tienen ninguna obligación de darles tareas a los estudiantes cuando salgan de vacaciones. Los estudiantes que salgan de vacaciones por un plazo prolongado de tiempo podrán incurrir en las siguientes consecuencias: 1) la posibilidad de recibir notas de suspenso debido a la enseñanza que falte; y/o 2) la posibilidad de que se presente una denuncia por el ausentismo habitual ante la Superintendencia Regional. LLEGADAS ATRASADAS A LA ESCUELA Es la filosofía del Distrito que es importante que todos los estudiantes lleguen a tiempo a la escuela. Los estudiantes que llegan tarde perturban el medioambiente educativo para sus compañeros de clase, perjudican su propia educación debido a su ausencia, y podrán establecer pautas de conducta que resultarán en la falta de respeto por la puntualidad. Los estudiantes deben estar presentes en sus clases y listos para aprender a las 9:05 a.m. Se considera que los estudiantes que dejan de empezar a tiempo han llegado a la escuela con atraso. Todos los estudiantes atrasados tendrán que entrar en el edificio, acompañados de un adulto, quien deberá firmar el registro de llegadas. Por la administración y la maestría, los estudiantes que atienden los grados de kínder a quinto grado las tardanzas se van a disciplinar en caso por caso. Tardanzas crónicas pueden resultar en un referido a Project Pass, del programa alternativo de tunante por Lake County.

Nota: La administración escolar se reserva el derecho a conceder una exención del requisito de la puntualidad debido a las inclemencias del clima o en caso de que el autobús del estudiante llegue a la escuela con atraso.

LLEGADAS CON ATRASO/SALIDAS TEMPRANAS DE LA ESCUELA Se anotará el atraso en el libro de asistencia para todo estudiante que llegue a la escuela después de las 9:05 a.m. (las 9:35 a.m. los viernes). Si un estudiante llega tarde o tiene que salir temprano de la escuela, el padre deberá comunicar la llegada con atraso y/o la salida temprana del estudiante en la oficina administrativa. Un estudiante en ninguna circunstancia puede salir del local escolar durante el día escolar sin haber obtenido primero el permiso de la oficina. Los padres o su delegado deberán firmar el registro de llegadas para sacar al estudiante antes de que salga de la escuela. Se les anima a los padres – siempre que sea posible – aprovecharse de las horas fuera del horario escolar para las lecciones particulares, o las citas con el médico o el dentista. Por favor, consulte la sección sobre la “Asistencia’ para “Cómo avisar de las ausencias”.

ASISTENCIA Y AUSENTISMO HABITUAL Remisión legal 7:70 página 61

SALUD

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DIRECTRICES SOBRE LA SALUD PARA ESTUDIANTES Los estudiantes deberán quedarse en casa si tienen: fiebre (> 100° F); erupción cutánea; dolor de la garganta con fiebre; tos que persiste; náusea y vómitos; o diarrea. Su hijo tendrá que sentirse mejor, libre de fiebre, vómitos y diarrea por lo menos por 24 horas antes de que pueda reincorporarse a la escuela después de estar enfermo. Se tendrá que administrar antibióticos para las infecciones, tales como la infección de garganta (por estreptococos), por lo menos por 24 horas antes de la reincorporación del enfermo a la escuela. El niño que asiste a la escuela con una erupción de la piel tendrá que presentar una nota del médico. Además, se sigue la práctica del lavado de las manos a diario, de lo cual seguimos insistiendo repetidas veces durante el año escolar. Por favor, avise a la oficina de la enfermera si su hijo tiene una enfermedad contagiosa, tal como la infección de garganta por estreptococos, la varicela, la tiña, la infestación por piojos en la cabeza, o la conjuntivitis aguda. Vea el Apéndice A MEDICAMENTOS Por favor ajuste la hora de administración del medicamento del niño – si es posible de cualquier forma – para que sea administrado en casa. Si habrá que tomar un medicamento oral en la escuela, los padres tendrán que llenar una solicitud médica antes de enviar el medicamento a la escuela en el envase original de la farmacia con la etiqueta debida. Se podrá obtener solicitudes médicas en la oficina administrativa de la escuela, las cuales son necesarias antes de que el personal escolar pueda administrar el medicamento recetado por un médico. (Por favor consulte el Apéndice A) (Más información en la administración del medicamento del niño está en la seccion de la politica. ENFERMEDADES Y LESIONES Para poner el programa médica en práctica, el Consejo Educativo ha contratado a una enfermera escolar y a sus ayudantes médicos. En la escuela hay salas médicas donde se puede brindar atención a los niños que se enfermen en la escuela. Cuando un niño se pone enfermo o se lesiona en la escuela, se avisará a los padres para que pasen a recogerlo en la escuela si ya no se encuentra en condiciones de seguir en la escuela por lo restante del día. Por favor tenga a su disposición un número de teléfono de urgencia. Si un niño está lesionado y necesita atención médica, se llamará por los paramédicos. Si su hijo/a tiene fiebre mas de 100, no lo mande a la escuela) SARAMPIÓN En caso de que haya un estudiante enfermo del sarampión en la escuela, no se le permitirá a ningún estudiante que no haya presentado un comprobante de la inmunización correspondiente entrar en la escuela hasta que la escuela reciba una prueba fehaciente de dicha inmunización. No se les permitirá a los estudiantes que tengan exenciones médicas o religiosas entrar en la escuela hasta haya transcurrido veintiún días a partir del inicio de la aparición del último caso de sarampión de

que haya sido informado, de acuerdo a la política del Distrito sobre las exploraciones médicas y las inmunizaciones. ENFERMEDADES CRÓNICAS CONTAGIOSAS Se le brindará a todo estudiante que tenga una enfermedad crónica contagiosa o que sea portador de una enfermedad contagiosa una educación gratuita y adecuada con la colocación académica menos restrictiva posible. El estudiante que tenga una enfermedad crónica contagiosa o que sea portador de ella podrá asistir a la escuela dentro del contexto de la sala normal de clases cuando se haya determinado, mediante la adaptación razonable, que el riesgo de transmisión de la enfermedad y/o el riesgo de hacer más daño al estudiante es suficientemente remoto en tales contextos, como para contrapesar los efectos perjudiciales de la colocación de dicho estudiante en un contexto más restrictivo. Si es necesario colocar al estudiante en un entorno que no sea la escuela, se desarrollará y se brindará el programa educativo que le convenga. (Por favor consulte “Enfermedades Crónicas Contagiosas” y el Apéndice A bajo la sección titulada “POLÍTICAS DEL DISTRITO ESCOLAR” que figura en este Manual). Enfermedades Contagiosas Porque las siguientes enfermedades son contagiosas, es necesaria una nota del médico antes de que el estudiante pueda reincorporarse a la clase: la difteria, la hepatitis, la meningitis, la poliomielitis, la tos ferina, la tiña, el impétigo, y la conjuntivitis aguda. Se consideran enfermedades contagiosas la varicela, las paperas, el sarampión, la rubéola, la infección de la garganta por estreptococos, y erupciones cutáneas de origen indeterminado. Los piojos de la cabeza también son contagiosos y cualquiera puede contagiarse de ellos. Se recomienda que los estudiantes no compartan sombreros, peines, ni cepillos para que se evite la propagación de la infestación por los piojos de la cabeza. Hay que evitar la propagación de los piojos de la cabeza, por lo cual es necesario excluir a los estudiantes que están infestados de la escuela hasta que se curen. Después del tratamiento, el estudiante tiene que ir la escuela, acompañada de su padre. No puede tomar el autobús escolar hasta que la enfermera escolar haya averiguado que se llevó a cabo el tratamiento necesario y que el niño está libre de liendres. Se mandará una nota informativa a los padres en la cual se les informará que ha habido un caso de piojos en la sala de clases. Para informarse en mayor detalle, por favor llame a la oficina de salud de la escuela. Examenes físicas y dentales De acuerdo a la política del Distrito #118 y el Código Escolar del Estado de Illinois, los padres de estudiantes que ingresan en la escuela por primera vez, que entran en el jardín de la infancia o en el quinto grado, deben presentar constancia de que el niño se sometió a una exploración física dentro de un año y que cumple con todas las leyes estatales con respecto a las inmunizaciones contra las enfermedades contagiosas. Los estudiantes del primer grado que no asistieron al jardín de la infancia también tienen que satisfacer estos requisitos. No se le dejará a ningún estudiante, a pesar del grado escolar que tenga, entrar en la escuela a menos que obre en su expediente un formulario sobre una exploración médica y su ficha de inmunizaciones esté completa, de acuerdo a la ley de Illinois. Los estudiantes que no cumplen estos requisitos seguirían excluidos de la escuela hasta que se hayan satisfecho los requisitos médicos. Los estudiantes que ingresan en las escuelas de este Distrito desde las escuelas fuera del Estado, al nivel escolar que sea, deben haberse sometido una exploración médica dentro del año antes del

comienzo de la escuela, y también tienen que presentar una constancia de su cumplimiento con las leyes del Estado sobre las inmunizaciones. Los estudiantes que vienen de otros estados tendrán 30 días para cumplir con este requisito. •

Estudiantes entrando el grado quinto y doce es requieren que completan su “Hepatitis B” seria.



Requieren el Examen dental para el grado kínder, el segundo grado, y sexto.



Exámenes de visión están requeridos para los estudiantes de kínder y estudiantes nuevos en el estado de Illinois.

Remisión legal 7:100 y pagina para más información.

Dispensado de la Educación Física Si un estudiante físicamente no es capaz de participar en la educación física, tiene que presentar una nota en la cual se explica la naturaleza de su enfermedad. Si hay ausencias prolongadas (más de tres días) de la educación física, se requiere una nota del médico. La educación física forma una parte importante del plan de estudios y no debe faltarse por motivo de enfermedades menores, tales como los catarros que no son suficientemente graves como para resultar en la ausencia de su hijo de la escuela. Si un niño está dispensado de la educación física, no se le permitirá participar en el recreo, pero sí puede salir afuera para el aire fresco.

Pruebas de detección A lo largo del año escolar, se llevarán a cabo varias pruebas de detección. Se realizan pruebas de la vista y de la audición en cada escuela para los grados escolares que exige el Estado de Illinois. Son simplemente pruebas de detección y NO determinan la necesidad de su hijo para los lentes, los audífonos, u otros tratamientos. Los padres cuyos hijos salieron mal en dos pruebas de detección en dos fechas distintas serán notificados por escrito al respecto. Es el deber de los padres hacer arreglos para una consulta con un proveedor médico. Es posible que se midan las estaturas y los pesos de los estudiantes en el otoño y la primavera durante el año escolar. Esto se lleva a cabo de forma confidencial.

SEGURIDAD DENUNCIA DE ABUSOS INFANTILES De acuerdo de la Ley de Denuncias del Niño Maltratado y Abandonado, 325 del Código Escolar de Illinois 5/1, todo personal escolar, incluso, pero sin quedar limitado a los maestros, los consejeros, los trabajadores sociales, las enfermeras, los psicólogos, y los administradores que tengan sospechas razonables de que un estudiante sea víctima de abusos o del abandono quedan obligados a denunciar tal caso de forma inmediata al Departamento de Servicios Infantiles y Familiares. En esta situación, el miembro del personal escolar notificará al Superintendente que se ha presentado una denuncia. El Distrito hará todo esfuerzo por apoyar a su personal y a los estudiantes en las denuncias de sospechas de casos de abusos y/o abandono infantil. VIDEOVIGILANCIA Los estudiantes, padres y visitantes deben ser conscientes de que las cámaras de vídeo graban las 24 horas del día en varios lugares en todo el edificio. Las cámaras de video se pueden usar cuando sea necesario con el fin de monitorear la conducta y mantener un ambiente seguro para los estudiantes y empleados. Las cámaras de video no se pueden colocar en los baños, vestuarios, vestuarios, o cualquier otro lugar prohibido por la ley. Los estudiantes pueden ser disciplinados en su totalidad o en parte en grabaciones de video evidencia de mala conducta.

GESTIÓN POR PARTE DEL DISTRITO 118 EN SITUACIONES DE URGENCIA Y DESASTRE La seguridad de nuestros estudiantes es la prioridad más alta del Distrito. Además de su seguridad física, el Distrito se preocupa por el bienestar emocional de los estudiantes y ayudará a los estudiantes a hacerse frente a una situación de urgencia o a un desastre y sus repercusiones. Lo siguiente explica en forma resumida nuestros planes para responder a las situaciones de urgencia y de desastre.

Ver Póliza de 4:170 de la Junta en la sección titulada "Pólizas del Distrito Escolar."Planes de seguridad

ALMUERZO/DESAYUNO

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BOLETOS PARA ALMUERZOS CALIENTES Se ofrece a los estudiantes un programa de almuerzos calientes. Este programa de almuerzos tiene el fin de dar almuerzos calientes y nutritivos a los niños. También se incluye la leche en el almuerzo caliente. Se adjunta un menú mensual a los boletines informativos de la escuela que se mandan a casa cada mes, así como recordatorios semanales de la comida que se ofrecerá en el menú. El costo de cada almuerzo es de $2.85. Los niños pueden utilizar los boletos para almuerzo en cualquier momento durante el año escolar. Muchas familias prefieren mandar un almuerzo de casa los días cuando la comida que esté en el menú no concuerda con el gusto personal del niño. Si usted decide mandar un almuerzo de casa, por favor, haga todo esfuerzo por asegurar que sea bien nutritiva.

DESAYUNO Desayuno estará disponible para todos los estudiantes. El costo de desayuno será $1.50 y estará disponible para comprar de 8:45-9:05 am, lunes a jueves y 9:15-9:35 am los viernes.

Boletos para el almuerzo Boletos para el desayuno Boletos de 5 días = $14.25 Boletos de 5 días = $7.50 Boletos de 10 días=$28.50 Boletos de 10 días =$15.00 Boletos de 20 días = $57.00 Boletos de 20 días = $30.00 Ya no se venden boletos sencillos para el almuerzo. ALMUERZOS ESPECIALES Se pide a los padres que no traigan almuerzos especiales (como comida de McDonald’s, Burger King o otros restaurantes) ni refrescos gaseosos a los estudiantes en la escuela porque produce un efecto negativo en la cafetería y puede hacer que algunos estudiantes desprecien el almuerzo que han traído de casa y/o el almuerzo que compraron en la cafetería.

BOLETOS PARA LECHE Se vende leche a los que traen su propio almuerzo de casa. Los boletos para leche cuestan $11.00 por veinte envases de leche.

ALMUERZOS GRATUITOS/A COSTO REDUCIDO Los estudiantes cuyas familias se clasifican como las de bajos ingresos se califican para las comidas gratuitas o a costo reducido. Se puede obtener solicitudes en la oficina administrativa de la escuela.

REGLAS PARA EL COMEDOR Se espera que los estudiantes se comporten de una forma que concuerda con nuestros principios del Buldog B de PBIS y las iniciativas para un patio de recreo tranquilo durante el almuerzo y mientas están en el patio de recreo.

Las reglas del comedor: • • • • • • •

Levanta la mano y pida permiso antes de salir de la mesa. Colabora con los supervisores del comedor y preste mucha atención a las instrucciones. Espera con cortesía en la mesa y en la cola. Habla en una voz baja y con cortesía en la mesa y en la cola. Compórtate de forma bien educada cuando come. Por favor, no compartas ni cambies comida. Colaboren todos juntos para asegurar que la mesa está limpia antes de salir del comedor.

RECREO___________________________________________ REGLAS PARA EL PATIO DE RECREO Se espera que los estudiantes se comporten de una forma que concuerda con nuestros principios del buldog B de PBIS y las iniciativas para un patio de recreo tranquilo durante el almuerzo y mientas están en el patio de recreo.

Reglas para el patio de recreo:

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Ser Responsable Ser Respetuoso Ser Cuidadoso Caminar sobre las astillas de madera y mantenga sus manos y pies a si mismo. Deje de pivotar antes de bajarse del columpio. Solo se puede resbalar de la resbaladilla. Espera con paciencia hasta que le toque jugar en todo el equipo de recreo. Viaja en un solo sentido mientras está en el equipo de recreo. Una persona a la vez en las barras para jugar. No es permitido tirar pelotas ni equipo a otros estudiantes. No es permitido el juego de correr a la roña. No es permitido jugar al balonmano. Es prohibido tirar pelotas de nieve.

Artículos peligrosos en el patio de recreo: Los artículos prohibidos que pueden perjudicar la seguridad de los niños incluyen, pero sin limitarse a los siguientes: • Pelotas de golf • Pelotas duras, tales como las pelotas duras y suaves de béisbol • Pelotas de frontenis • Pelotas de balonmano • Pelotas de fútbol • Pelotas de tenis • Pelotas súper • Pelotas de “Skip-It” INCLEMENCIAS DEL CLIMA Le animamos a todo estudiante a ir a la escuela vestido debidamente. Si lo permite el clima, saldremos afuera para el recreo después del almuerzo todos los días, y los estudiantes se quedan afuera antes y después de la escuela. Lo determinante para quedarse adentro depende del tiempo, si está por debajo de los 20 grados o si la sensación térmica del viento está muy por debajo de cero. Es importante abrigarse para la nieve y el frío durante el tiempo del invierno. Los estudiantes que no estén bien abrigados con los sombreros, los guantes, los abrigos, las botas y los pantalones para la nieve tendrán que quedarse exclusivamente en el área del asfalto durante el recreo.

ASPECTO DE LOS ESTUDIANTES__________________ QUÉ ROPA SE DEBE PONER El mejor atuendo para la escuela es la ropa limpia que promueve el sentido de que las horas en la escuela se dedican a aprender. Aunque se respeta el derecho personal a vestirse a estilo propio y a las preferencias del vestido, no se permite ropa que distraiga o perturbe el aprendizaje. Tener en cuenta de que los estudiantes tienen el recreo afuera, y se deberá escoger la ropa que corresponda al clima y a la salud y a la seguridad del niño. Por favor, consulte la sección sobre el “Aspecto de los estudiantes” en la página 51-52 para una descripción completa del vestido escolar que conviene. ASPECTO DE LOS ESTUDIANTES El vestido y el aseo de los estudiantes no deberán perturbar el proceso educativo, ni estorbar una actitud positiva que sigue demostrándose hacia el enseñanza/aprendizaje, ni perjudicar las normas razonables de la salud, la seguridad, y la decencia. El aspecto y el vestido de los estudiantes deben conformarse al cometido fundamental del Distrito Escolar. De ahí que el vestido de los estudiantes no habrá de (a) estorbar de forma importante el funcionamiento debido y ordenado y la disciplina de la escuela o de las actividades escolares; (b) contravenir los derechos ajenos; (c) ser improcedente en términos sociales o inapropiado para el nivel de madurez de los estudiantes; o (d) contravenir las normas razonables de la salud y la seguridad. Los siguientes son ejemplos del vestido que no se conforman a esta política, pero esta lista no lo incluye todo. • Los que cubran la cabeza (excepto los destinados a fines religiosos), sombreros, abrigos, Chaquetas, fuera y gafas de sol. (La administración de la escuela puede renunciar a una parte de esta regla). • Las Campanas en sudaderas con capucha que no son para ser usados en el edificio de la escuela. • La ropa inmodesta y revelador como ver a través de la ropa, corte camisetas o pantalones cortos cortos. • Cadenas de carteras no se deben usar en la escuela • Los collares o pulseras con púas no se deben usar en la escuela. • La ropa o joyas, que promueve el uso de alcohol, el tabaco, el consumo de drogas, violencia, armas de fuego y / o armas. • Las obscenidades, vulgaridad o sexualmente explícito signos, imágenes o emblemas en la ropa. • Ropa, joyas, emblema, insignia, signo u otra cosa, lo cual es evidencia de membresía o afiliación con una pandilla. • Pulseras no deben ser usados en el edificio de la escuela. • Los estudiantes no deben dibujar tatuajes o escribir sobre sí mismos / otros. • No hay cadenas en la ropa se les permite.

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Artículos que cubren la cabeza (con exclusión de las que se ponen para fines religiosos), sombreros, abrigos para el exterior, chaquetas, y gafas para el sol. (La administración del edificio podrá hacer exenciones de una parte de esta regla). Ropa inmodesta y atrevida, tal como la ropa transparente, las camisetas acortadas, o los pantalones muy cortos. La ropa o la joyería que promueve el uso del alcohol, el tabaco, el consumo de las drogas, o la violencia, pistolas y/o armas de fuego. Las obscenidades, la vulgaridad, o las señas, los dibujos, o las insignias explícitas sexuales en la ropa. La ropa, la joyería, emblemas, las insignias, las señas u otros artículos que demuestran la asociación o la afiliación a una pandilla.

Además, habrá que acatar las siguientes directrices desde el jardín de la infancia hasta el décimo segundo grado: Desde el hombro hasta mediados del muslo, la ropa habrá de cubrir toda la piel y la ropa interior y las blusas habrán de tener tirantes en cada hombro que no tienen menos de una pulgada de ancho. Además, • Es apropiado llevar varios artículos sobrepuestos de ropa cuando se acata la susodicha restricción. • Los pantalones/los pantalones cortos, las faldas, etc. deberán cubrir la ropa interior respectiva de los estudiantes, y las camisas también deberán cubrir la ropa interior respectiva. Los ejemplos del vestido inaceptable son: • Blusas con tirantes de espaguetis. • Blusas cuyo escote cae por debajo de una línea horizontal imaginaria que se extiende entre los dos sobacos. • Blusas de cabestro, blusas de tubo, blusas que cubren solamente un hombro. • Blusas cuyo dobladillo inferior no se traslapan con los pantalones/faldas/pantalones cortos. • Los pantalones cortos o las faldas que no cubren hasta mediados del muslo. • Los niños deben mantener sus pantalones en la cintura, ropa de interior no debe estar visible • Los pantalones cortos, las faldas o los pantalones que se llevan de una forma que no cubren la ropa interior por completo. • La ropa que está tan apretada o transparente que deja ver la ropa interior. • Ropa de interior de niñas, no deben estar visible. Cualquier miembro del personal que ve un artículo de ropa inapropiado para la escuela podrá pedir que el estudiante se ponga la ropa al revés o que cambie de ropa con el fin de brindar un medioambiente seguro y apropiado que propicia el aprendizaje. Se iniciará la sanción disciplinaria si el estudiante no cumple estas reglas o si es necesario llamar al padre para que traiga otra ropa a la escuela para que el estudiante se la ponga. La administración del edificio se encargará de todas las sanciones disciplinarias y constituye la autoridad definitiva para juzgar lo apropiado del aspecto y/o del vestido de un estudiante.

DISCIPLINA_____________________________________________________ Expectativas del Comportamiento • • • •

Todos tienen derecho a un medioambiente seguro, ordenado y sin peligros en el cual se puede aprender y jugar. Se realizan el crecimiento y el desarrollo de los estudiantes por medio de experiencias positivas y exitosas. Se puede resolver conflictos de forma positiva y afirmativa. Las altas expectativas y el comportamiento respetuoso y decoroso por parte de todos engendran un clima seguro y exitoso.

EXPECTATIVAS DE COMPORTAMIENTO DE “PRIMERA CLASE” Creemos que los estudiantes deben de tener una actitud positiva hacia sí mismos, hacia los demás, y hacia la escuela para que se aprenda con éxito. Durante estos años, mientras los estudiantes están en vías de desarrollo, las expectativas de comportamiento están inspiradas en el principio de que los estudiantes con actitudes positivas demuestran respeto por sí mismos, por los demás, y por la propiedad. Estas expectativas se conforman al modelo de la “Primera Clase”, adoptado por el Distrito 118. Este modelo ayuda a los estudiantes a entender cómo se ve, se oye, y se siente el comportamiento respetuoso. Cuando los estudiantes cumplen con estas expectativas en sus normas de comportamiento, ellos crecerán como personas y harán valiosas aportaciones a nuestras escuelas. El éxito en la escuela depende del personal, los estudiantes, y los padres. Tenemos necesidad de su ayuda a animarlos a comportarse de forma debida y a preocuparse por la seguridad de todos, y estamos agradecidos por su ayuda al recalcar estas directrices sobre el comportamiento de “Primera Clase”. • • • •

Mantenemos la escuela limpia y ordenada. Nos tratamos, uno al otro, con dignidad y respeto. Utilizamos el lenguaje decoroso y debido. Resolvemos problemas en colaboración y con creatividad.

Matoneria/ Bullying La Escuela Primaria de Wauconda se compromete a engendrar un medioambiente seguro y respetuoso que propicia el aprendizaje. La matonería NO se acepta EN ABSOLUTO en nuestra escuela. La colaboración en conjunto por parte del personal docente, los estudiantes, y los padres hará que la Escuela Primaria de Wauconda sea una Zona Libre de Matonería, al fomentar un mejor entendimiento del problema, al fijar expectativas y reglas claras, y al proponer soluciones. Una persona es víctima de la matonería cuando queda expuesta, repetidamente y a lo largo del tiempo, a los actos negativos por parte de una persona o más. Se consideran ser un acto negativo las lesiones físicas o el dolor emocional que intencionadamente inflige otra persona por medio de sus palabras o sus actos. Por favor refiérase a las Políticas de la Junta 7:180 y 7:20, en la sección titulada "Políticas del Distrito Escolar".

AMENAZAS A LOS DEMÁS Las amenazas de violencia de cualquier tipo por un estudiante u otras personas se toman en serio, y darán lugar a consecuencias para la persona que hace la amenaza. Las consecuencias pueden incluir la suspensión y / o expulsión de la escuela o actividades escolares. Además, asesoramiento escolar se puede requerir como condición para el regreso del estudiante. LENGUAJE VULGAR Y ABUSIVO Gestos indecentes, obscenidades y lenguaje vulgar no se toleran en la escuela, en la propiedad escolar o en actividades patrocinadas por la escuela. El uso de vulgaridades no es propicio para el mejor ambiente educativo. Los infractores pueden ser sujetos a las consecuencias por la discrecionalidad administrativa. VANDALISMO Y ROBO Los estudiantes que participen en actos de vandalismo o robo serán sujeto a una acción disciplinaria por la discrecionalidad administrativa. Los estudiantes pueden ser financieramente responsables por cualquier daño o requeridos para limpiar o pintar la propiedad, que ha sido desfigurada. PROPIEDAD PERSONAL El distrito escolar no puede asumir responsabilidad por el daño a la propiedad personal o por el robo de la misma en el local escolar. El seguro de la escuela sólo cubre los artículos que son de la propiedad del distrito escolar. La mayoría de nuestros estudiantes son honestos y no toman lo que no les pertenezca. Sin embargo, es de suma importancia que cada persona vele por sus propios artículos de valor, tales como el dinero y la joyería. Se les castigará, según proceda, a los estudiantes que participen en actos de robo o que tengan propiedad robada en su poder. ARTÍCULOS DE FASTIDIO En esta sección, haremos el mejor esfuerzo que sea posible por identificar a los artículos que distraen del enfoque educativo o que perjudican la seguridad de los niños. A veces durante el año escolar, puede ser necesario añadir artículos a la siguiente enumeración. Se les agradecen su paciencia y su comprensión mientras seguimos adelante con nuestros esfuerzos por promover un medioambiente de “primera calidad” a lo largo del Distrito #118. Los artículos que pueden hacerse una distracción de la seguridad de los estudiantes incluyen, pero sin quedar limitados a los siguientes: los bolígrafos de láser, las pistolas o cualquier artículo que se asemeja a una; también cualquier artículo que es la munición o que se asemeja a él, tales como las balas (gastadas o no), incluso las bolas de pintura, las navajas, o los utensilios que se convierten en navajas. Los productos que deben permanecer en el hogar incluyen juguetes, cromos, coleccionables, artículos de comercio de maquillaje, globos y bandas de goma ya que desvían el propósito del ambiente de aprendizaje. Dispositivos electrónicos, incluyendo, pero no limitado a, los siguientes: reproductor de CD, reproductor de MP3, reproductores de casetes, cámaras, radios, localizadores están estrictamente prohibidos en la escuela a menos que el director o su designado / a ha hecho provisiones especiales. Para más información con respecto a los dispositivos electrónicos, consulte "Dispositivos Electrónicos" en la página 49 de este manual. Debida las varias cuestiones de seguridad que han planteado los zapatos tan populares con talón de ruedas, los llamados zapatos de tipo “Heely”, es la política de nuestra escuela que habrá que quitarse las ruedas de los zapatos mientras los estudiantes estén en el local escolar.

FALSIFICACIÓN La falsificación incluye: cambiar la hora/la fecha o de otra forma alterar un pase; falsificar el nombre de un miembro del personal escolar o de los padres o tutores; o alterar un documento relativo a la escuela, de la forma que sea. Se mandará a los estudiantes a la oficina administrativa para medidas disciplinarias. PLAGIO No es aceptable hacer trampas, copiar la tarea de otro, ni robar textos literarios. Los maestros o administradores manejarán los casos de plagio como una cuestión de política de la escuela. PRESENTACION PÚBLICA DE AFECCION INAPROPIADO Para tener orden y mantener un clima saludable para los estudiantes, presentaciones públicas de afección no son permitidas. El estudiante se le va llamar la atención. Si las presentaciones públicas continúan, el estudiante será reportado a la oficina. CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS QUE PARTICIPAN EN LAS ACTIVIDADES EXTRAACADÉMICAS El Director del Edificio y el Director Atlético, con la aportación de los entrenadores y los patrocinadores de las actividades extraacadémicas, desarrollarán un código de conducta para todos los participantes en las actividades extraacadémicas, conforme a la política del Consejo. Estas reglas exigirán (1) que los participantes en las actividades extraacadémicas se comporten bien en todo momento como buenos ciudadanos y ejemplares de su escuela, incluso después de la escuela y los días cuando la escuela no esté en sesión, y sin importar que estén en el local de la escuela o no, y (2) que se notifique a los participantes que, si dejan de acatar las reglas, podrán incurrir en la expulsión de la actividad. El Director del Edificio revisará este código de conducta de forma periódica a su discreción, que será sometido después para el repaso por el Consejo Educativo. Todos los entrenadores y los patrocinadores de las actividades extraacadémicas repasarán de forma anual las reglas de conducta con los participantes y les darán una copia de la misma. DECLARACIÓN DE ENTENDIMIENTO Las siguientes páginas explican en forma resumida las varias reglas, las infracciones que pueden cometer los estudiantes, y las medidas disciplinarias propuestas. La Administración y el Consejo Educativo del Distrito Escolar Número 118 de Wauconda podrán castigar cualquier otro acto de desobediencia o mala conducta grave, sin embargo, y podrán imponer cualquier nivel de disciplina que corresponda a las circunstancias, hasta e incluso la expulsión de la escuela, a pesar de que dicho castigo no sea el castigo declarado en este manual. OTRAS REGLAS REGLAS PARA LA SALA DE CLASES Cada maestro fijará en la sala las reglas de comportamiento. Cuando sea posible, los estudiantes participarán en la definición de normas aceptables de comportamiento que se conforman al enfoque del Distrito sobre las expectativas de comportamiento de “Primera Clase”.

REGLAS PARA SEGURIDAD EN EL AUTOBÚS ESCOLAR Por favor, véase el apartado de las “Reglas para la Seguridad en el Autobús Escolar” en la sección titulada “TRANSPORTE”.

REGLAS PARA LOS PASILLOS 1. Acatar las directrices que establecen los maestros o el supervisor. 2. Actuar con seguridad en los pasillos, al andar sin prisa y al mantener a su lado las manos, los pies, y los objetos. 3. Hablar de voz baja en todo momento. REGLAS PARA LA CAFETERIA Y EL PATIO DE RECREO Las reglas de la cafeteria pueden encontrarse en la seccion de Almuerzo/Desayuno y Reglas del Patio de Recreo bajo la sección de Receso. DETENCIONES ANTES O DESPUÉS DE LA ESCUELA El maestro de la sala de clases o un administrador puede imponerle al estudiante una detención. Se impondrán las detenciones después de la escuela como medida disciplinaria para el comportamiento grave repetido que contraviene las reglas escolares. Se les pedirá a los padres que hagan arreglos para el transporte a casa para todo niño castigado con una detención después de la escuela.

DISCIPLINA DE ESTUDIANTES Por favor véase nuestro apartado sobre las “POLÍTICAS DEL DISTRITO ESCOLAR”.

TRANSPORTE

TRANSPORTE POR AUTOBÚS El transporte por autobús escolar lo proporcionará el estado por medio del reembolso de fondos al Distrito #118 para los estudiantes que vivan a distancia de una milla y media o más de la escuela. Se inspeccionan los autobuses con mucho cuidado para asegurar la seguridad de los viajeros. Cada año se llevan a cabo simulacros de seguridad en los autobuses a principios del año escolar. Pedimos su colaboración al instar a los estudiantes a acatar las instrucciones sobre la seguridad que se les da. En el invierno, si la nieve está amontonado muy alto en la parada de autobús debido a la nieve que haya dejado allí la máquina quitanieves después de limpiar el camino, se debe comunicar con el departamento de vialidad de la municipalidad o del pueblo para quitar el obstáculo. También pedimos que usted identifique a su estudiante en el jardín de la infancia y/o del primer grado durante la primera semana de la escuela con una etiqueta en colores con su nombre que le enviaron a usted por correo. Favor de tomar nota: Se puede hacer arreglos para el transporte de su hijo a la persona encargada de cuidarlo de forma permanente o a la guardería de niños solamente a base interrumpida de los cinco días a la semana. Necesitamos una carta escrita con autorización de los padres diario si el niño va a hacer cambio de transporte. Por ejemplo, si un estudiante toma el autobús para su casa, los padres deben escribir una carta con permiso para el niño andar a su casa o recibir transporte de su vecino/amistad. . ARTÍCULOS PARA LLEVARSE EN EL AUTOBÚS Los siguientes artículos deberán ser transportados a la escuela por el padre: los grandes proyectos, los artículos pesados, las golosinas de cumpleaños, y las grandes botellas de jugo. Si el estudiante tiene que llevarlos, deberá poder almacenarlos en las mochilas o guardarlos en el regazo, y tendrá que manejarlos mientras se sube al autobús y se baja del mismo. El chofer y/o sus ayudantes no podrán asumir responsabilidad por manejar estos artículos. Ya no se permitirán las mochilas con ruedas en los autobuses.

Cuando sea posible, se debe evitar el uso de paraguas al viajar en los autobuses. Es mucho más seguro que los estudiantes lleven impermeables y sombreros para lluvia en los autobuses escolares. Los estudiantes que se suban al autobús con paraguas ponen en peligro a los demás estudiantes. Si los estudiantes llevan paraguas en el autobús, tendrán que replegarlos y colocarlos en las mochilas donde se guardarán hasta que el estudiante se baje del autobús. Remisión Legal 7:220 COMPORTAMIENTO EN EL AUTOBÚS Todos los estudiantes tendrán que acatar las Directrices sobre la Seguridad en el Autobús Escolar del Distrito. El Superintendente o su delegado, conforme a lo permitido bajo el Código Escolar, está facultado para suspender a un estudiante de viajar en el autobús escolar por hasta 10 días escolares seguidos por haber participado en la desobediencia o mala conducta grave, incluso, pero sin quedar limitado a lo siguiente:

1. Comportamiento prohibido del estudiante, de acuerdo a lo estipulado en la política del Consejo Escolar, 7:190 Disciplina de los Estudiantes. 2. Las lesiones intencionadas o la amenaza de lesiones hechas al chofer del autobús o a otro pasajero. 3. La desfiguración intencionada y/o repetida del autobús. 4. El uso repetido de blasfemias. 5. La desobediencia intencionada y repetida de una directriz del chofer o de otro supervisor. 6. Otro comportamiento que la administración juzgue que amenaza el funcionamiento seguro del autobús y/o de sus ocupantes. Si un estudiante está suspendido de viajar en el autobús por un acto de desobediencia o de mala conducta grave que sucedió en el autobús, el Consejo Educativo podrá suspender al estudiante de viajar en el autobús escolar por un período en exceso de 10 días por motivos de seguridad. Se recurrirá a los procedimientos normales de suspensión dentro del Distrito para suspender el privilegio de un estudiante de viajar en un autobús escolar. CREDITO ACADEMICO PARA LAS CLASES PERDIDAS DURANTE LA SUSPENSION DEL AUTOBUS ESCOLAR Un estudiante suspendido de viajar en el autobús que no tiene un transporte alternativo a la escuela deberá tener la oportunidad de completar o hacer el trabajo para el crédito académico equivalente. Será la responsabilidad del padre o tutor del estudiante para notificar a la escuela que el estudiante no tiene transporte alternativo. GRABACIONES ELECTRONICAS EN LOS AUTOBUSES ESCOLARES Grabaciones visuales y de audio electrónicos se pueden utilizar en los autobuses escolares para supervisar la conducta y para proteger y mantener un ambiente seguro para los estudiantes y los empleados cuando se proporciona transporte para cualquier actividad relacionada con la escuela. Aviso de grabaciones electrónicas deberá figurar en el exterior de la puerta de entrada del vehículo y el del compartimento interior frontal de acuerdo con la ley estatal y las reglas del Departamento de Transporte, División de Seguridad del Tráfico en Illinois. Los estudiantes están prohibidos de manipulación de los dispositivos electrónicos de registro. Los estudiantes que violen esta política serán disciplinados de acuerdo con la política de disciplina de la Junta y deberán reembolsar al distrito escolar por cualquiera de reparaciones o sustituciones necesarias. REPASO DE GRABACIONES ELECTRÓNICAS Se repasarán las grabaciones electrónicas visuales y auditivas para investigar un acto denunciado por el chofer del autobús, el administrador, el supervisor, el estudiante, u otra persona. También se repasarán al azar. El repaso y/o el escuchar de las grabaciones electrónicas visuales y/o auditivas se limitan a las personas que tengan un propósito educativo o administrativo legítimo. En la mayoría de los casos, las personas con un fin educativo o administrativo legítimo serán el Superintendente, el administrador (incluso el Director del Edificio), el director de transporte, el chofer del autobús, y el entrenador deportivo, u otro supervisor. Se llevará un libro de registro por escrito de las personas que repasan las grabaciones de video, en que constatarán la hora y la fecha cuando la grabación de video fue repasada, y el nombre de la persona que la repasó.

21 de marzo de 2013 PROCEDIMIENTOS DE DISCIPLINA Se utilizarán los procedimientos normales de suspensión del Distrito para suspender el privilegio del estudiante de viajar en el autobús escolar. El chofer del autobús, cuando sea posible, amonestará al estudiante con respecto a su comportamiento, recurrirá al uso de asientos asignados, o cambiará un asiento asignado con el fin de corregir el comportamiento del estudiante antes de presentar un aviso de disciplina en el autobús escolar. Puede haber veces que la naturaleza de la mala conducta justifique un aviso de disciplina en el autobús de forma inmediata. Se les tratará a los estudiantes con justicia, al tener en cuenta el correspondiente grado escolar/edad. A la medida que los estudiantes van progresando por los grados escolares, se espera que se comporten con más responsabilidad y, en efecto, tendrán que responsabilizarse por su comportamiento. Las expectativas del comportamiento de los estudiantes con necesidades especiales se conformarán a sus propias necesidades y habilidades. Para los estudiantes en Kínder hasta el grado quinto, cualquier tipo de reporte de su conducta en el autobús escolar y/ o el numero de noticias de disciplina se refiere un conferencia con los padres y/ o suspensión del autobús escolar. INFORMACIÓN SOBRE VIAJEROS DE SOBRA EN CASOS DE URGENCIA Se han planteado preocupaciones por los estudiantes que viajan en autobuses escolares que no les toquen para acompañar a un amigo a casa después de la escuela. En muchos casos, nuestros autobuses ya están llenos a la máxima capacidad. Además, la creciente responsabilidad civil, sobre todo en caso de accidentes, ha intensificado estas preocupaciones. Por lo tanto, se ha establecido un nuevo procedimiento para todos los edificios del Distrito 118. 1. El padre o el tutor tiene que presentar una solicitud formal por medio de una nota escrita. Por favor, no deje de incluir un número de teléfono donde se puede comunicar con el padre o tutor. Si el niño trae la carta en que consta la necesidad de ir a casa en un autobús que no sea el suyo, el niño debe presentar la carta de forma inmediata al maestro de la sala de clases o a la oficina administrativa, al llegar por la mañana, con el fin de obtener la aprobación del Director o del Subdirector del Edificio. 2. Se aprobarán cambios de transporte solamente para casos de verdadera urgencia. Las citas programadas con el doctor de antemano, las citas para jugar, las fiestas de cumpleaños, y otras funciones parecidas no se consideran motivos que justifiquen un cambio de autobuses. 3. El Director se comunicará con el Transporte sobre la solicitud. 4. Si se concede la solicitud, el Transporte enviará por facsímile un formulario para “Viajeros de Urgencia” al Director o al Subdirector del Edificio. 5. Si se deniega la solicitud, el padre y el niño serán notificados. 6. Se le dará al estudiante un formulario para Viajeros de Urgencia que puede usar como pase de autobús para el chofer del autobús. Este procedimiento permitirá al Departamento de Transporte mantener información de urgencia a bordo de los autobuses en caso de un accidente.

REGLAS PARA SEGURIDAD EN LOS AUTOBUSES Los derechos de todos los estudiantes a viajar en un autobús escolar están sujetos a su buen comportamiento y al acatamiento de las reglas básicas. LA SEGURIDAD exige la plena colaboración de todos. 1. El chofer tiene todos los estudiantes a su cargo por completo. 2. Los estudiantes tienen que estar esperando en su parada de autobús indicada cinco minutos antes de la hora programada para ser recogidos. Los autobuses no pueden esperar a los estudiantes que llegan tarde habitualmente, ni pueden esperar en las paradas por la carretera ni en las paradas en las áreas de mucho tránsito. Los estudiantes no pueden subirse a otra parada que no sea la suya ni bajarse en otra, y solamente deberán viajar en el autobús asignado, a menos que el Director del Edificio lo permita. No se debe pedir al chofer que pare en otros lugares que no sean las paradas de autobús indicadas al respecto; no se les permite hacerlo. 3. Los estudiantes permanecerán a la orilla del camino mientras esperan la llegada del autobús. Los estudiantes no se acercarán al autobús hasta que se haya parado por completo. Los estudiantes que cruzan la calle tendrán que esperar que el chofer les haga una señal para cruzar. Deben cruzar a los diez pies por delante del autobús. Por las tardes, los estudiantes que no tienen que cruzar deben esperar alejados del autobús hasta que el autobús haya arrancado, antes de proceder a casa, a menos que el chofer del autobús lo indique a lo contrario. 4. Los estudiantes irán directamente a sentarse y permanecerán sentados. Los asientos serán asignado por el conductor del autobús a los grados Kinder a quinto. 5. Los estudiantes deben asegurar que todas las partes del cuerpo y sus pertenencias se quedan dentro del autobús. Todos los estudiantes deberán ir debidamente vestidos, incluso con camisa y zapatos. Los zapatos no deben llevar tacos de ningún tipo. 6. Sólo se puede bajar las ventanas con el permiso del chofer del autobús y en ese caso, sólo hasta la línea negra. 7. Es prohibido tirar cualquier cosa dentro del autobús o fuera del mismo. Todos los autobuses están provistos de recipientes para la basura. Hay que guardar bien todos los efectos personales en el regazo del estudiante. 8. Se anima a todos a conversar normalmente. No se permite hablar en voz alta, ni gritar, ni silbar. Se debe abstener de la conversación innecesaria con el chofer del autobús cuando el autobús anda por el camino. 9. Se requiere el silencio absoluto en todos los cruces del ferrocarril y en algunos cruces de camino peligrosos. Se debe permanecer callados hasta que el autobús haya atravesado el cruce. 10. No se permite comer ni beber en el autobús. Todas las comidas y bebidas tienen que ir debidamente envasados (es decir, dentro de bolsas para el almuerzo/loncheras [o portaviandas] o bolsas para libros). No se permite el VIDRIO de ningún tipo. 11. No se puede subir al autobús artículos que pueden distraer de la seguridad de los estudiantes. Estos artículos incluyen, pero sin quedar limitados a los siguientes: los bolígrafos con punta de láser, teléfonos celulares, cualquier artículo que se parezca a una pistola, una navaja, u otra arma. No se permiten en los autobuses las cerillas, los objetos afilados, los fuegos artificiales, los animales, los peces, los insectos (vivos, muertos, o de imitación). 12. No se permite el tabaco/cigarrillos, el alcohol, o las drogas. 13. No se tolerará en absoluto el escupir. 14. Todo medicamento para los estudiantes que se trae a la escuela, incluso los medicamentos con receta médica y de venta libre, tendrán que guardarse en recipientes que no sean de vidrio y deben de estar bien asegurados en la bolsa para libros u otro lugar seguro, para que no sea compartido/manoseado por otros estudiantes. 15. El pasillo y las salidas en el autobús tendrán que permanecer libres de obstáculos en todo momento. No se permite equipo que estorbe la vista del chofer. Sólo se usará la puerta de

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salida de urgencia en los simulacros de urgencias, las verdaderas urgencias, o para las maleteras de viaje que no quepan por la puerta principal de entrada. No se permiten los radios personales, los tocadiscos compactos, grabadores de cintas, ni otros aparatos electrónicos (MP3 players y Ipods) en los edificios de la escuela, de ahí que no se permiten llevarlos en los autobuses escolares, a menos que sea aprobado por la administración de la escuela. No toque en absoluto el equipo del autobús, tal como el radio, los interruptores, los asientos, el extinguidor de fuegos, ni los efectos personales del chofer. No debe apoyarse contra el exterior de los espejos del autobús ni tocar los mismos. El daño al autobús y/o al equipo, que sea accidental o deliberado, resultarán en las medidas disciplinarias, incluso la restitución de los gastos de reparación. No se tolerará las peleas ni el acoso de los demás; tampoco se tolerarán los escritos, los dibujos, el lenguaje, los gestos ni los materiales de lectura obscenos o inaceptables, ni otros comportamientos semejantes. Los estudiantes atenderán a todas las indicaciones/instrucciones de todos los chóferes de forma colaboradora y respetuosa.

POLÍTICAS DEL DISTRITO ESCOLAR Remisión Legal 2:260 PROCESO UNIFORME PARA DENUNCIAS Un estudiante, padres/tutor, empleado o los miembros de la comunidad deberán avisar al cualquier Gerente de Denuncias del Distrito si piensan que el Consejo Escolar, sus empleados, o sus agentes han contravenido los derechos otorgados bajo la Constitución federal, estatal, una ley federal o estatal, o las políticas del Consejo, o en caso de tener una denuncia con respecto a cualquier de uno de los siguientes: 1. Título II de la Ley sobre los Estadounidenses con Incapacidades; 2. Título IX de las Enmiendas a la Ley de Educación de 1972; 3. Fracción 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973; 4. Ley sobre la Educación de Personas con Incapacidades, Título 20 del Código de los Estados Unidos, §1400 y los siguientes artículos; 5. Título VI de la Ley de Derechos Civiles, Título 42 del Código de los Estados Unidos, §2000d y los siguientes artículos; 6. Ley sobre la Igualdad de Oportunidades para el Empleo (Título VII de la Ley de Derechos Civiles), Título 42 Código de los Estados Unidos, §2000e y los siguientes artículos; 7. Acoso sexual (Ley de Derechos Humanos de Illinois, Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, y Título IX de las Enmiendas a la Educación de 1972); 8. Malversación de fondos dedicados a los servicios para mejorar las oportunidades educativas para los niños desfavorecidos educacionalmente o carenciados económicamente; 9. Planes académicos, materiales de enseñanza, y/o programas. 10. Ley de Protección y Seguridad Económica para Víctimas, Artículo 820 del Código Escolar de Illinois 180; 11. Ley de Igualdad Salarial de Illinois de 2003, Artículo 820 del Código Escolar de Illinois 112; o 12. Provisión de Servicios para estudiantes desalojados. 13. Ley de Protección de Denunciantes de Illinois, Artículo 740 del Código Escolar de Illinois, 174/1 y los siguientes artículos. 14. Malversación de la información genética (Información de la Ley de Illinois genética de Privacidad (MPPS), 410 ILCS 513 / y los títulos I y II de la Ley de Información de nodiscriminación genética (GINA), 42 USC 820ff y ss.)

El Gerente de Denuncias tratará de resolver las quejas sin recurrir a este proceso para denuncias y, en caso de presentar una denuncia, la investigará de forma puntual y equitativa. La búsqueda de otros remedios no perjudicará en absoluto el derecho de la persona a la resolución pronta y equitativa de su denuncia. El uso de este proceso para reclamos no constituye requisito previo antes de recurrir a otros remedios, y el uso de este proceso para denuncias no prolonga ningún plazo obligatorio para la presentación de denuncias relativas a otros remedios a que se pueda recurrir. 1. Presentación de una denuncia La persona (denominada de aquí en adelante el “Denunciante”) quien desea aprovecharse de este proceso para denunciar está libre para hacerlo presentando su denuncia ante cualquier Director de Denuncias del Distrito. Un Denunciante no queda obligado a presentar la denuncia ante un Gerente de Denuncias en particular y está libre para pedir a un Gerente de

Denuncias del mismo sexo. El Gerente de Denuncias podrá pedir que el Denunciante entregue una declaración por escrito con respecto a la naturaleza de la denuncia o podrá solicitar que se celebre una reunión con el/los padre/s-tutor/es del estudiante. El Gerente de Denuncias prestará su ayuda al Denunciante, según haya necesidad al respecto. 2. Investigación El Gerente de Denuncias investigará la denuncia o nombrará a una persona capacitada para encargarse de la investigación en su nombre. Si el Denunciante es estudiante, el Gerente de Denuncias avisará a su/s padre/s-tutor/es que podrán asistir a toda reunión para fines de la investigación, en la cual tenga parte su hijo. No se divulgará la denuncia ni la identidad del Denunciante a menos que (1) así lo exija la ley o esta política; o (2) que sea necesario para investigar la denuncia a fondo; o (3) conforme a la autorización que dé el Denunciante. No se divulgará la identidad de ningún estudiante que sea testigo a menos que: (1) así lo exija la ley o un convenio de negociación colectiva; o (2) que sea necesario para investigar la denuncia a fondo; o (3) conforme a lo autorizado por el padre/tutor del estudiante que va a actuar de testigo, o por el estudiante mismo si es mayor de los 18 años de edad. Dentro de 30 días escolares hábiles a partir de la fecha de presentación de la denuncia, el Gerente de Denuncias entregará un informe por escrito de sus hallazgos al Superintendente. El Gerente de Denuncias podrá pedir una prolongación del plazo del tiempo. Si una denuncia de acoso sexual contiene acusaciones con respecto al Superintendente, se entregará un informe por escrito al Consejo Educativo, que tomará su decisión de acuerdo a la Sección 3 de esta política. El Superintendente mantendrá al Consejo Educativo informado de todas las denuncias presentadas. 3. Decisión y Apelación Dentro de 5 días escolares hábiles después de recibir el informe del Gerente de Denuncias, el Superintendente enviará su decisión al Denunciante por correo de primera clase de los Estados Unidos, enviando también una copia al Gerente de Denuncias. Dentro de 10 días escolares hábiles después de recibir la decisión del Superintendente, el Denunciante podrá apelar la decisión al Consejo Educativo, presentando una petición por escrito, dirigida al Gerente de Denuncias. El Gerente de Denuncias remitirá todos los materiales relativos a la denuncia y a la apelación con toda prontitud al Consejo Educativo. Dentro de 30 días escolares hábiles, el Consejo Educativo afirmará, revocará, o enmendará la decisión del Superintendente o dirigirá al Superintendente que recoja más información para el Consejo Educativo. Dentro de 5 días escolares hábiles de la decisión del Consejo, el Superintendente pondrá en el conocimiento del Denunciante la resolución adoptada por el Consejo. El Denunciante podrá apelar la decisión del Consejo al Superintendente Regional, de acuerdo a la Sección 3-10 del Código Escolar y, a partir de allí, al Superintendente del Estado, de acuerdo a la Sección 2-3.8 del Código Escolar. Este procedimiento de denuncias no deberá interpretarse como la creación de un derecho independiente a una audiencia ante el Consejo de Educación. Dejar de acatar los plazos de tiempo estipulados para este proceso de denuncias no perjudicará a ninguna de las partes.

Nombramiento de Gerentes de Denuncias El Superintendente nombrará a un Coordinador de No Discriminación para gestionar los esfuerzos del Distrito para brindar igualdad de oportunidades de empleo y las oportunidades educativas y prohibir el acoso a los empleados, estudiantes, y otros. El Superintendente nombrará al menos a un gestor de Cumple para administrar el proceso de queja en esta política. Si es posible, el Superintendente nombrará a dos directores de Quejas, uno de cada sexo. Coordinador del Distrito no discriminación, puede ser nombrado como uno de los administradores de la Demanda. El Superintendente deberá insertar en esta política y mantener al día los nombres, direcciones y números de teléfono del coordinador de la No Discriminación y los administradores de la Demanda. Gerentes de No discriminacion y Coordinador de Denuncias

Nombre

Cameron Willis

Valerie Donnan

Dirección

555 N. Main Street, Wauconda

555 N. Main Street, Wauconda

Teléfono

847/526-7690

847/526-7950

PROMULGADO:

15 de diciembre de 2011

Políticas del distrito escolar 7:10

IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EDUCATIVAS Se ofrecerá la igualdad de oportunidades educativas y extraacadémicas a todos los estudiantes, sin atención a la raza, al color, al origen nacional, al sexo, a las creencias religiosas, al impedimento o incapacidad física o mental, la falta de vivienda, el estado civil existente o futuro de casado o paterno, incluso el embarazo. Además, el Distrito no celebrará intencionadamente acuerdos con entidades o personas naturales que participen en el trato discriminatorio contra los estudiantes en razón del sexo o de otra condición de grupo protegido, con la excepción que el Distrito mantiene una postura de neutralidad en cuanto al uso de las instalaciones escolares bajo la política del Consejo 8:20, Uso de las Instalaciones Escolares por la Comunidad. Cualquier estudiante puede presentar una denuncia por el trato discriminatorio, recurriendo al Procedimiento Uniforme para Denuncias. EQUIDAD DEL SEXO No le denegarán a ningún estudiante, en razón del sexo, la igualdad de acceso a los programas, las actividades, los servicios o los beneficios ni le limitarán en el ejercicio de sus derechos, privilegios, o ventajas, ni les denegarán la igualdad de acceso a los programas y a las actividades académicas y extraacadémicas. Todo estudiante podrá presentar una denuncia por injusticia a base del sexo, recurriendo al Procedimiento Uniforme de Denuncias. El estudiante podrá apelar la decisión del Consejo Educativo con respecto a la denuncia al Superintendente Regional de Escuelas (de acuerdo al Título 105 de Código Escolar de Illinois, y 5/3-10 del Código Escolar) y, a partir de ahí, al Superintendente de Educación del Estado (conforme al Título 105 Código Escolar de Illinois, 5/23.8 del Código Escolar). INSTRUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA El Superintendente designará a un Coordinador para el Trato No Discriminatorio. El Superintendente y el Director del Edificio tomarán medidas razonables para dar a conocer a los miembros del personal y a los estudiantes de esta política y del proceso que se habrá que acatar para denuncias. PROMULGADO:

18 de febrero de 2010

Políticas del distrito escolar 7:10

DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE ESTUDIANTES Todos los estudiantes tienen derecho a disfrutarse de los derechos protegidos por la Constitución de los Estados Unidos y de Illinois y los derechos que corresponden a las personas de su edad y madurez dentro del contexto escolar. Estos derechos incluyen el derecho a participar de forma voluntaria en la oración por iniciativa propia, cuando no estorbe y siempre que, conforme a las cláusulas del Ejercicio Libre y el Establecimiento de las Constituciones federal y estatal, no se realice bajo el auspicio o patrocinio de la escuela o de un empleado escolar, ni cuente con el aval de los mismos. Los estudiantes deberán ejercitar estos derechos de forma razonable y procurar no contravenir los derechos ajenos. Los estudiantes que sí contravengan los derechos ajenos o que contravengan las políticas o las reglas del Distrito estarán sujetos a las medidas disciplinarias. PROMULGADO:

21 de november de 2002

Remisión legal 7:330

USO DEL EDIFICIO POR PARTE DE ESTUDIANTES – IGUALDAD DE ACCESO Los grupos estudiantiles, los clubes, o las organizaciones que no cuentan con el auspicio o la dirección de la escuela podrán reunirse en el local escolar, siempre que dicha reunión satisfaga todos los siguientes criterios: 1. Que la reunión se lleva a cabo durante las horas no dedicadas a la enseñanza, identificadas éstas por los Directores del Edificio para celebrar reuniones de los grupos estudiantiles extraacadémicos, los clubes, o las organizaciones. “Las horas no dedicadas a la enseñanza” quiere decir las horas reservadas por la escuela para las actividades antes de que comience la enseñanza en la sala de clases o después de terminar la misma. “Los grupos estudiantiles extraacadémicos” son todos los grupos estudiantiles, los clubes, o las organizaciones que no tienen relación directa con el programa académico. 2. Todos los grupos no relacionados con el plan de estudios para estudiantes que no son patrocinados por el Distrito recibe sustancialmente el mismo tratamiento. 3. Que la reunión se lleva a cabo a la iniciativa de los estudiantes, lo cual quiere decir que la petición para celebrarla fue presentada por un estudiante o más. 4. Que la asistencia es voluntaria. 5. Que la escuela no participará en ella ni la patrocinará. 6. Que los empleados escolares pueden estar presentes en las reuniones religiosas solamente en calidad de asistentes sin participar. 7. Que la reunión y/o las actividades durante la reunión no se entrometerán de forma material o importante en la realización ordenada de las actividades educativas dentro de la escuela. 8. Que las personas que no tengan relación con la escuela no dirigen, ni controlan, ni llevan a cabo estas reuniones, ni las asisten regularmente. 9. Que la escuela retiene su autoridad para imponer la orden y la disciplina. 10. Que todos los grupos estudiantiles sin que cuente con el patrocinio del Distrito ni que estén vinculados de ninguna forma con un programa académico recibirán el mismo tratamiento. 11. Que el Director del Edificio ha aprobado la reunión o la serie de reuniones. El Superintendente o su delegado desarrollarán procedimientos administrativos dedicados a poner esta política en marcha.

PROMULGADO:

16 de octubre de 2008

AVISO DE LA PROHIBICIÓN CONTRA LA DISCRIMINACIÓN La igualdad de oportunidades educativas y extraacadémicas, incluso los programas, las actividades, los servicios o los beneficios, deberá estar disponible a todo estudiante, sin importar la raza, el color, el origen nacional, el sexo, las creencias religiosas, el impedimento o incapacidad física o mental. Se deberá dirigir al Director de la escuela de su hijo preguntas o denuncias con respecto a los reclamos en cumplimiento con el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972, Fracción 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973, y la Ley sobre los Estadounidenses con Incapacidades. Cualquier padre o estudiante que haga indagaciones con respecto a las adaptaciones con el fin de asistir a una actividad o espectáculo en la escuela, incluso las consultas con los padres, las reuniones con el Consejo Educativo y los programas escolares deberán comunicarse con la escuela de su hijo. Cualquier estudiante puede entablar una denuncia por el trato discriminatorio recurriendo al Proceso Uniforme para Denuncias. Por favor, comuníquese con el Director del Edificio para informarse en más detalle sobre este proceso.

Remisión Legal 8:30 RELACIONES CON LA COMUNIDAD Visitas y Comportamiento en el Local de la Escuela Las siguientes definiciones se aplican a esta política: Propiedad de la escuela - Los edificios escolares y sus entornos, todos los edificios del distrito y los terrenos, los vehículos utilizados para propósitos de la escuela, y cualquier lugar utilizado para una reunión de la Junta Escolar, evento deportivo de la escuela, o cualquier otro evento patrocinado por la escuela. Visitante - Cualquier persona que no sea un estudiante matriculado o empleado del Distrito. Todos los visitantes de propiedad de la escuela están obligados a informar a la oficina del Director de la escuela y reciben permiso para permanecer en la propiedad escolar. Todos los visitantes deben firmar registro de visitantes, mostrar una identificación, y usar un gafete de visitante. Al salir de la escuela, los visitantes deben devolver su tarjeta de identificación. En esas ocasiones, cuando grandes grupos de padres y amigos están invitados a la propiedad de la escuela, los visitantes no están obligados a firmar en el, sino que debe seguir las instrucciones de los funcionarios escolares. Las personas en la propiedad escolar sin el permiso serán dirigido a salir y puede estar sujeto a proceso penal. Excepto lo indicado en el párrafo siguiente, cualquier persona que desee consultar con un miembro del personal debe ponerse en contacto con ese miembro del personal por teléfono o correo electrónico para concertar una cita. Conferencias con los maestros se llevan a cabo, en la medida posible, la escuela fuera de horas o durante la conferencia del profesor / período de preparación. Las solicitudes para acceder a un edificio de la escuela, las instalaciones y / o programa educativo, o para entrevistar al personal o un estudiante a los fines de evaluar las necesidades especiales de educación del estudiante, debe hacerse en el edificio apropiado. El acceso se facilita de acuerdo con las directrices del Superintendente o su designado. El Distrito Escolar espera que todas las personas demuestren el respeto mutuo, la civilidad, y la conducta ordenada en todo momento cuando estén en el local de la escuela o en una función escolar. Nadie en el local escolar o en una función escolar deberá: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12.

Lesionar, amenazar, acosar, o intimidar a un miembro del personal escolar, a un miembro del Consejo Educativo, o a cualquier otra persona; Hacer daño o amenazar con hacer daño a la propiedad ajena; Hacer daño a la propiedad del Distrito Escolar o desfigurarla; Dañar o amenazan con perjudicar la propiedad ajena; Dañar o desfigurar la propiedad escolar; Contravenir cualquier ley del Estado de Illinois, ley municipal, u ordenanza del condado; Fumar o de otra forma usar productos de tabaco; Consumir, tener, distribuir o estar bajo los efectos de bebidas alcohólicas, drogas ilícitas, o tener aparatos peligrosas o armas; Impedir, demorar, perturbar, o de otra forma entrometerse en una actividad o función escolar (incluso el uso de teléfonos móviles de una forma perturbadora); Entrar en cualquier parte del local escolar en cualquier momento para fines que no sean lícitos y autorizados por el Consejo Educativo; Manejar un vehículo motorizado (a) de forma arriesgada, (b) en exceso del límite de velocidad indicado, o (c) en contravención de la directriz de un empleado autorizado del Distrito; Participar en cualquier conducta arriesgada, incluso del patinaje en línea; patinaje a ruedas; o mono patinaje;

13. Contravenir otras políticas o normas del Distrito, o la directriz de un empleado autorizado del Distrito. 14. Participar en cualquier conducta que interfiera con, altera o afecta negativamente al Distrito o una función escolar.

Infractor condenado de abusos sexuales de menores La ley del estado prohíbe a un infractor condenado de abusos sexuales de menores estar presente en el local escolar o merodear dentro de 500 pies del local escolar cuando estén presentes las personas menores de 18 años, a menos que el infractor: 1. Sea el padre/tutor de un estudiante que asiste a la escuela y el padre/tutor va a: (i) asistir a una consulta en la escuela con el personal escolar, con el fin de hablar del progreso académico o social de su hijo; (ii) participar en las consultas para el repaso del progreso de su hijo, en las cuales tomarán decisiones sobre la evaluación y la colocación académica con respecto a su hijo en cuanto a los servicios de estudios especiales; o (iii) asistir a las consultas para hablar de otras cuestiones escolares sobre su hijo, tales como la retención o la promoción, y dicha persona notifica al Director del Edificio de su presencia en la escuela; o 1. Tenga permiso para estar presente concedido por el Consejo Educativo o el Superintendente. Si se concede tal permiso, el Superintendente o el Presidente del Consejo proporcionará al Director del Edificio los detalles sobre la visita venidera del infractor. En todo caso, el Director del Edificio o su delegado en calidad de empleado certificado supervisarán al infractor de abusos sexuales de menores siempre que éste esté situado cerca de un niño. Agente Representante exclusivo de negociación Los agentes autorizados de un representante exclusivo de negociación, a notificar a la oficina del Director de la escuela, podrá reunirse con un empleado de la escuela (o grupo de empleados) en el edificio de la escuela durante los tiempos libres de dichos empleados. Ejecución Cualquier miembro del personal podrá solicitar la identificación de cualquier persona en la propiedad escolar, negativa a facilitar dicha información es un acto criminal. El Director de la escuela o persona designada deberá solicitar el retiro inmediato de cualquier persona que se niega a proporcionar la identificación solicitada. Cualquier persona que se involucra en una conducta prohibida por esta política puede ser expulsada de la escuela. La persona también está sujeta a que se negó la admisión a los eventos escolares o reuniones para un máximo de un año calendario.

PROCEDIMIENTOS DE NEGAR EN EL FUTURO ADMISION A LOS EVENTOS Y REUNIONES EN LA ESCUELA Antes de una persona negarle eventos y reuniones a la escuela según la política, la persona tiene derecho a una audición en frente del comité. El Superintendente puede negar la persona admisión dependiendo de la audición. El Superintendente o un designado tiene que subsistir una carta de audición a la persona entregar o mandar una carta certificada por correo con recibo, antes de 10 días de la fecha que el comité hace su audición. La carta de audición debe contener: 1. La fecha, la hora, y el lugar de audición, 2. Una descripción del conducto apropiado

3. El propósito y la hora del periodo de admisión a la escuela y eventos son negados y 4. instrucción como renunciar una audición. PROMULGADO:

15 de Diciembre de 2011

CÓMO PRESENTAR DENUNCIAS POR PARTE DE ESTUDIANTES Se les anima a los estudiantes que se creen ser víctimas del acoso sexual, la intimidación, la matonería, o han presenciado actos de acoso, intimidación, o matonería, denunciar el acto al Coordinador contra la Discriminación del Consejo, al Director del Edificio, al Subdirector del Edificio, al Decano de Estudiantes, o a un Gerente de Denuncias. Los estudiantes podrán optar por denunciar el acto de acoso, intimidación, o matonería a una persona del mismo sexo que el del estudiante. Se mantendrán las denuncias en confianza hasta el grado que sea posible, en vista de la necesidad de investigación de la misma. Los estudiantes que presentan denuncias de buena fe no serán castigados. La acusación de que un estudiante fue víctima del acoso por parte de otro estudiante será remitida por el Coordinador contra la Discriminación o por el Gerente de Denuncias al Director del Edificio, al Subdirector del Edificio, o al Decano de Estudiantes, quien llevará a cabo una investigación de la denuncia. Toda investigación podrá incluir entrevistas con los estudiantes involucrados en el presunto acto. Estas entrevistas podrán tomar lugar sin el conocimiento o el consentimiento previo de los padres de los estudiantes. Durante el transcurso de la investigación, la administración podrá tomar los pasos que sean necesarios para separar al denunciante y al acusado, según las circunstancias exijan. El Superintendente incorporará a esta política los nombres, las direcciones, y los números de teléfono del Coordinador contra la Discriminación y los Gerentes de Denuncias del Distrito. Por lo menos, una de ellas será una mujer, y, por lo menos, otro será un hombre. El Coordinador contra la Discriminación y los Gerentes de Denuncias se encargarán de los deberes detallados en la Política 5:10. Coordinador contra la Discriminación: Nombre

Cameron Willis

Dirección

555 N. Main Street, Wauconda

Teléfono

847/526-7690

Gerentes de Denuncias: Nombre

Cameron Willis

ValerieDonnan

Dirección

555 N. Main Street, Wauconda

555 N. Main Street, Wauconda

Teléfono

847/526-7690

847/526-7950

El Superintendente tomará medidas razonables para informar a los miembros del personal y a los estudiantes que el Distrito no tolerará el acoso, la intimidación ni la matonería de ningún tipo en contravención de la ley, tales como, por ejemplo, la medida de incorporar esta política a los manuales correspondientes.

Cualquier empleado del Distrito para quien se haya determinado, después de la investigación al respecto, que estuvo participando en el acoso, la intimidación, o la matonería, estará sujeto a las medidas disciplinarias, hasta e incluso el despido del trabajo. Cualquier estudiante en el Distrito para quien se haya determinado, después de la investigación, que estuvo participando en el acoso, la intimidación, o la matonería, estará sujeto a las medidas disciplinarias, incluso pero sin limitarse a la suspensión y la expulsión, de acuerdo a la política sobre la disciplina. Cualquier persona que a sabiendas presenta una acusación falsa por el acoso, la intimidación, o la matonería también estará sujeta a las medidas disciplinarias, hasta e incluso el despido, con respecto a los empleados, o la suspensión y expulsión, con respecto a los estudiantes. PROMULGADO:

17 de abril de 2008

INFORME DE AHERA SOBRE LA VIGILANCIA Y REINSPECCIÓN CADA TRES AÑOS El Informe de “AHERA” (o sea, la Ley sobre la Respuesta de Urgencia al Peligro de Asbesto) sobre la Vigilancia y Reinspección que se lleva a cabo cada tres años en el Distrito Escolar # 118 de la Unidad Comunitaria está disponible para la inspección por parte del público en la oficina administrativa de cada escuela y en la Oficina del Distrito. Toda persona interesada está libre para repasar este plan, comunicándose con el Director del Edificio o con el gerente administrativo en la Oficina del Distrito. Porque son documentos complejos, toda persona que desee informarse en mayor detalle deberá comunicarse con el Director de Negocios del Distrito Escolar al (847) 5267690. Se podrá recibir una explicación del Plan de Gestión e Inspección en una consulta que se arregla por acuerdo mutuo. Todo residente que pida algunas páginas del Informe de AHERA sobre la Vigilancia y Reinspección Cada Tres Años podrá conseguir tales copias al pagar los costos de copia a la tarifa de 35 centavos por página. DISTRIBUCIÓN DE MATERIALES ESCRITOS EN LAS ESCUELAS PRIMARIAS POR PERSONAS QUE NO SEAN ESTUDIANTES Quedan prohibidas las organizaciones privadas y públicas que no tengan relación con el Distrito Escolar distribuir materiales en los edificios escolares y en los terrenos de la escuela a los niños escolares que asisten a las escuelas primarias, desde el parvulario antes del jardín de la infancia hasta el quinto grado. Esta prohibición se debe a la edad, lo impresionables que son los niños, y la necesidad de evitar la perturbación del medioambiente docente. El Consejo Educativo reconoce, sin embargo, que ciertas organizaciones exteriores, tanto las privadas como las públicas, como las agencias estatales y federales, y las entidades del gobierno local, pueden proporcionar información a los niños de edad escolar primaria que recalca el cometido educativo del Distrito y redunda en beneficio de la salud, la seguridad y el bienestar de los niños escolares. La administración determinará si la distribución de materiales fomentará la salud, la seguridad y el bienestar de los estudiantes o si se vincula directamente con el plan de estudios sin ser de naturaleza comercial ni religiosa. Una organización sin relación con Distrito Escolar que busca distribuir información a los estudiantes en las escuelas primarias tendrá que presentar una solicitud por escrito al Superintendente de Escuelas con no menos de 7 días antes de la distribución. La solicitud por escrito deberá incluir, pero no queda limitada a los siguientes datos: • • • •

El nombre o la organización, El propósito de distribuir los materiales, Cómo los materiales reúnen los criterios en la política del Consejo, Y la fecha, la hora, el lugar, y la forma de distribución que se proponen. La distribución tendrá que hacerse a horas y lugares razonables y de una forma razonable.

Remisión Legal 7:15 DERECHOS DE ESTUDIANTES Y FAMILIAS SOBRE LA PRIVACIDAD

ENCUESTAS Todas las encuestas que piden información personal a los estudiantes, así como cualquier otro instrumento que se usa para recoger datos personales de los estudiantes, deberán conformarse a los objetivos educativos del Distrito o tener relación con los mismos, tal como se identifican en la política del Consejo 6:10, Filosofía y Objetivos Educativos, o al menos tendrán que ayudar a los estudiantes con la selección de carreras. Esto se aplica a todas las encuestas, sin importar la identificación del estudiante que contesta el cuestionario y a pesar de quien la haya elaborado. ENCUESTAS ELABORADAS POR TERCEROS Antes de que un funcionario escolar o un miembro del personal le administre o le distribuya una encuesta o evaluación elaborada por un tercero a un estudiante, el(los) padre(s)/tutor(es) del estudiante podrá(n) inspeccionar la encuesta o evaluación, a petición y dentro de un plazo de tiempo razonable a partir de su petición. Esta sección se aplica a todas las encuestas: (1) que fueron preparadas por una persona física o una entidad que no sea oficial del Distrito, un miembro del personal escolar, o un estudiante; (2) a pesar de que sea posible identificar al estudiante que contesta las preguntas o no; y (3) a pesar del tema a que se refieren las preguntas. Toda encuesta de terceros tendrá que ser repasada y autorizada por el Superintendente o su delegado. ENCUESTAS QUE PIDEN DATOS PERSONALES Los funcionarios escolares y los miembros del personal escolar no deberán pedir, ni divulgar, la identidad de un estudiante que contesta una encuesta o evaluación (que fue preparada por una persona física o una entidad, incluso el Distrito) que contiene una o más de los siguientes aspectos: 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Afiliaciones o creencias políticas del estudiante o de su padre/tutor. Problemas mentales o psicológicos de la familia del estudiante. Comportamiento o actitudes respecto al sexo. Comportamiento ilícito, antisocial, auto-incriminatorio, o denigrante. Evaluaciones críticas de las personas que tienen lazos familiares con los estudiantes. Relaciones que se reconocen ser privilegiadas por ley o por relaciones análogas, tales como las de abogados, médicos, y autoridades religiosas. 7. Prácticas religiosas, afiliaciones, o creencias del estudiante o de su padre/tutor. 8. Ingresos (con excepción de lo que exija la ley para determinar si se califica para participar en un programa o para cobrar subsidios económicos bajo tal programa). El(los) padre(s)/tutor(es) del estudiante podrá(n): 1. Inspeccionar la encuesta o la evaluación a su petición dentro de un período razonable de tiempo a partir de su petición, y/o 2. Negarse a permitir que su hijo o su pupilo participe en la actividad puntualizada arriba. La escuela no penalizará a ningún estudiante cuyo(s) padre(s)/tutor(es) haya(n) decidido negarse a dar su consentimiento.

MATERIALES DE INSTRUCCIÓN El(los) padre(s)/tutor(es) de un estudiante podrá(n) inspeccionar, a su petición, los materiales de instrucción que se usan como parte del plan académico de estudios de su hijo/su pupilo dentro de un período razonable a partir de su petición. El término “materiales de instrucción” quiere decir el contenido pedagógico que se imparte a un estudiante, a pesar de la forma que tenga, si son materiales impresos o figurativos; materiales audiovisuales; o materiales en forma electrónica o digitales (tales como los materiales a que se tienen acceso por medio del Internet). Este término no incluye los exámenes académicos ni las evaluaciones académicas. EXAMENES FÍSICAS O PRUEBAS DE DETECCIÓN Ningún funcionario escolar o miembro del personal escolar sujetará a un estudiante a una exploración física invasiva que no sea de urgencia ni prueba de detección como condición de la asistencia escolar. El término “exploración física invasiva” quiere decir una exploración médica que resulta en la exposición de las partes pudendas del cuerpo, o cualquier acto durante dicha exploración física que incluye la incisión, la introducción, o la inyección de algo en el cuerpo, pero no incluye una prueba de detección de la audición o la vista, ni prueba para la escoliosis. El párrafo anterior no es válido para una exploración física o prueba de detección que: 1. Es permitida u obligatoria bajo una ley estatal correspondiente, incluso las exploraciones físicas o las pruebas de detección que son permisibles sin notificación a los padres. 2. Se administra a un estudiante de acuerdo a la Ley sobre la Educación de las Personas con Incapacidades (Título 20 del Código de los Estados Unidos, § 1400 y los siguientes artículos). 3. Es autorizada de otra forma, conforme a la política del Consejo Educativo. ES PROHIBIDO RECOGER DATOS PERSONALES DE LOS ESTUDIANTES PARA FINES DE LA COMERCIALIZACIÓN El término “datos personales” quiere decir los datos que identifican a las personas individuales, incluyendo: (1) el primer nombre y apellidos del estudiante o de su padre; (2) el domicilio u otra dirección de residencia física (incluyendo el nombre de la cañlle y el nombre del pueblo o ciudad); (3) un número de teléfono, o (4) el número de identificación del seguro social. (5) el número de licencia de conducir o tarjeta de identificación estatal. El párrafo anterior no se aplicará: (1) si los padres del estudiante (s) / tutor (s) de consentimiento se han, o (2) a la colección, revelación o, el uso de información personal obtenida de los estudiantes con el fin exclusivo de desarrollar, la evaluación o el suministro de productos o servicios educativos para, o, estudiantes o instituciones educativas, tales como las siguientes: 1. Para el reclutamiento universitario, los estudios post-secundarios, o el reclutamiento militar. 2. Para los clubes de libros, las revistas, y los programas que dan acceso a productos literarios de bajo coste. 3. Para los planes de estudios y los materiales de instrucción que usan las escuelas primarias y secundarias. 4. Para las pruebas y evaluaciones para proporcionar datos cognoscitivos, evaluativos, diagnósticos, clínicos, de aptitud o de rendimiento sobre los estudiantes (o para generar otros datos estadísticamente útiles para llevar a cabo tales pruebas y evaluaciones) y el análisis

posterior y la divulgación pública de datos acumulados que se sacan de dichas pruebas y evaluaciones. 5. La venta por parte de los estudiantes de productos o servicios con el fin de recaudar fondos para actividades relacionadas con la escuela o para actividades educativas. 6. Programas de reconocimiento de los estudiantes. Bajo ninguna circunstancia puede un oficial escolar o miembro del personal de ofrecer un estudiante "información personal" de una organización empresarial o institución financiera que emite tarjetas de crédito o débito. NOTIFICACIÓN DE DERECHOS Y PROCEDIMIENTOS El Superintendente o su delegado deberá notificar al(los) padre(s)/tutor(es) del estudiante de lo siguiente: 1. Esta política, así como su disponibilidad en la oficina administrativa general a su petición. 2. Cómo proceder para que su hijo o su pupilo no participe en las actividades disponibles bajo esta política. 3. Las fechas aproximadas durante el año escolar cuando está programada una encuesta de datos personales, tal como se detalla arriba, o se espera que vaya a ser programada. 4. Cómo pedir acceso a una encuesta o a otros materiales detallados bajo esta política. Se le dará esta notificación al(los) padre(s)/tutor(es) por lo menos una vez por año, a comienzos del año escolar y dentro de un período razonable a partir de un cambio fundamental de esta política. Los derechos otorgados al(los) padre(s)/tutor(es) bajo esta política se traspasan al estudiante cuando cumpla los dieciocho años de edad, o cuando es menor emancipado. PROMULGADO:

16 de octubre de 2008

Remisión Legal 7:160

APARIENCIAS DE LOS ESTUDIANTES : El vestido y el aseo de los estudiantes no deberán perturbar el proceso educativo, ni estorbar una actitud positiva que sigue demostrándose hacia el enseñanza/aprendizaje, ni perjudicar las normas razonables de la salud, la seguridad, y la decencia. El aspecto y el vestido de los estudiantes deben conformarse al cometido fundamental del Distrito Escolar. De ahí que el vestido de los estudiantes no habrá de (a) estorbar de forma importante el funcionamiento debido y ordenado y la disciplina de la escuela o de las actividades escolares; (b) contravenir los derechos ajenos; (c) ser improcedente en términos sociales o inapropiado para el nivel de madurez de los estudiantes; o (d) contravenir las normas razonables de la salud y la seguridad.

Remisión Legal 7:270 ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS Y ATENCIÓN MÉDICA DE URGENCIA A LOS ESTUDIANTES

El Consejo Educativo reconoce que es necesario para la salud y bienestar básico de los estudiantes tomar medicamentos en ciertas circunstancias durante las horas de la escuela. El Consejo da al personal escolar la autorización necesaria para administrar a los estudiantes los medicamentos de receta médica, así como los de venta libre, o la autorización para supervisar cuando ellos mismos se los administran durante el día escolar o cuando los estudiantes necesiten tales medicamentos en casos de urgencia, para asistir a la escuela, o para ingresar en los programas educativos del Distrito. Los estudiantes podrán tener y administrarse a sí mismos medicamentos sin supervisión por parte del Distrito si dichos medicamentos son necesarios para tratar una condición de asma o de urgencia. El Consejo también autoriza al personal escolar para brindar otra atención médica de urgencia si hace falta, con el fin de proteger la salud, la seguridad y el bienestar de los estudiantes. El Superintendente está facultado para desarrollar procedimientos administrativos para poner esta política en práctica, los cuales especificarán, entre otras normas y reglas, el nombramiento de empleados autorizados para administrar medicamentos y la forma en la cual los medicamentos de receta médica, así como los de venta libre, se administrarán a los estudiantes. ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS A ESTUDIANTES I.

Administración y auto-administración dirigida de medicamentos a estudiantes A. Los empleados escolares no deberán administrar a un estudiante un medicamento de receta médica o de venta libre ni supervisará al estudiante cuando se los administrará a sí mismo en las situaciones en condiciones no urgentes, a menos que se hayan obtenido las siguientes autorizaciones: 1. Para los medicamentos de receta médica, una autorización en forma del documento de apéndice 1 de estos Procedimientos Administrativos. 2. Para los medicamentos de venta libre (sin receta médica), una autorización en forma del documento de apéndice 2 de estos Procedimientos Administrativos. B.

II.

Las autorizaciones que se requieren en esta Sección se colocarán en la ficha médica del estudiante.

Administración de medicamentos Siempre que las condiciones que figuran en la Sección A de estas Reglas y Normas estén satisfechas, los medicamentos se administrarán a los estudiantes de la siguiente manera: A. Se llevarán a la escuela los medicamentos de receta en su envase original, en el cual figurará: 1. el nombre del estudiante; 2. el número de receta médica;

3. 4. 5. 6. 7.

el nombre del medicamento, la dosis, la vía de administración, y otras instrucciones obligatorias; el nombre del médico con cédula profesional que lo receta; la fecha y las instrucciones para resurtir el medicamento; el nombre de la farmacia, su dirección, y el número de teléfono; el nombre o las iniciales del farmacéutico.

B. Se llevarán a la escuela todo medicamento que se compra sin receta en sus envases originales, con el nombre del estudiante puesto en el envase. C. Todos los medicamentos se guardarán por separado en un área asegurada o cerrada con llave. Los medicamentos que necesitan estar bajo refrigeración se guardarán en la refrigeradora en un área asegurada. D. El director nombrará a un empleado o empleados autorizados para administrar medicamentos a los estudiantes, incluso los empleados facultados para administrar medicamentos en casos de urgencia. Los maestros y otros empleados escolares no administrativos, menos las enfermeras escolares, no tienen el deber de administrar medicamentos a los estudiantes, pero podrán delegarles este deber si ellos lo aceptan o se ofrecen de forma voluntaria para administrarlo. Cuando haga falta, la enfermera escolar indicará a estos empleados la forma en la cual tendrán que administrar el medicamento, las circunstancias que justifican la administración del medicamento, y los efectos secundarios posibles del mismo. E. Se documentará cada dosis de medicamento. Esta documentación incluirá la fecha, la hora, la dosis, la vía de administración, y la firma o las iniciales de la persona que lo administra. En caso de que el medicamento no fuera administrado de acuerdo a las instrucciones del doctor del estudiante, se anotarán los motivos por los cuales no fue administrado en la ficha médica del estudiante. F. A petición del médico del estudiante, se evaluarán y se documentarán la eficacia del medicamento y sus efectos secundarios. G. Todo cambio de dosis o de hora de administración para el medicamento de receta médica tendrá que ser autorizado por un médico por escrito (bastará una receta médica del doctor.) En caso de que el niño haya dejado de tomar una dosis del medicamento de receta médica antes de la escuela y el padre desee que el personal escolar administre la dosis que falta, el padre tendrá que avisar a la escuela y autorizar la administración del mismo. El personal escolar tiene que asegurar que un testigo está presente para verificar la autorización verbal del padre. Se tomará nota por escrito de esta autorización del padre, la cual se incorporará a la ficha médica del estudiante. III.

Administración de medicamentos a discreción Si un padre da su consentimiento para administrar el medicamento a discreción, la enfermera escolar proporcionará la información y las instrucciones necesarias para administrar el medicamento, incluso la explicación en detalle de efectos secundarios, al personal indicado. La administración de medicamentos la realizará solamente la enfermera escolar o un empleado anteriormente indicado o entrenado, después de consultar con la enfermera escolar y recibir el visto bueno. Habrá que rellenar la constancia de autorización correspondiente (documento de apéndice 1 o 2 de estas Reglas y Normas) y guardarla en el archivo de la escuela.

Atención médica de urgencia El personal escolar habrá que brindarle primeros auxilios a todo estudiante durante el horario escolar o durante las actividades escolares cuando el personal paramédico o los médicos con cédula profesional no estén disponibles o cuando todavía no hayan llegado y dicha atención sea necesaria para proteger la salud, la seguridad o el bienestar del estudiante. El personal escolar que brinda dicho socorro médico de urgencia intentará comunicarse con el director de la escuela tan pronto como sea posible y se comunicará con un médico con cédula profesional o con el personal paramédico certificado para brindar o ayudar a brindar primeros auxilios. Se pedirá que todos los padres firmen una autorización por escrito para brindar primeros auxilios en forma del documento de apéndice 3 que se adjunta a estas Reglas y Normas.

IV.

V.

Auto-administración de medicamentos sin supervisión Los estudiantes podrán tener y administrarse a sí mismos medicamentos sin supervisión por parte del personal del Distrito siempre que se reúnan las siguientes condiciones: A. El medicamento tendrá que ser recetado para tratar una condición asmática o una condición de urgencia. Para fines de lo dispuesto aquí, se considera una “condición de urgencia” la que puede suceder de forma imprevista (tal como una reacción alérgica) y que, si queda desatendida, podrá representar una amenaza importante a la salud, a la seguridad o al bienestar del estudiante. B. El medicamento tiene que guardarse en un recipiente que lleva una etiqueta individual que corresponda a la receta médica. C. El medicamento tendrá que ser recetado para el estudiante por un médico, un practicante médico, o un enfermero practicante con título avanzado y facultado para recetar tales medicamentos. D. El padre o el tutor del estudiante deberá entregar a la escuela permiso por escrito en forma del documento de apéndice 4 que se adjunta a estos Procedimientos Administrativos, para que el estudiante tenga dicho medicamento en su poder y para que se lo administre a sí mismo. La autorización para que el estudiante tenga en su poder y se administre el medicamento será válida por el año escolar indicado para ello, pero tendrá que renovarse cada año al satisfacer los criterios arriba enumerados. Las autorizaciones que se exigen en esta Sección se incorporarán en la ficha de salud del estudiante.

VI.

Cómo desechar los medicamentos El(los) padre(s) o tutor(es) de un estudiante será(n) responsable(s) de sacar de la escuela el medicamento de receta médica para su hijo que sobre al final del régimen de tratamiento. Si el(los) padre(s) o tutor(es) no recoge(n) el medicamento para fines del año escolar, después de ser notificado(s) al respecto, la enfermera escolar se desechará de él y documentará por escrito que dicho medicamento fue desechado. Se desechará el medicamento a menos que el padre o el tutor, previo aviso, mande verbalmente o por escrito que el niño tenga que volver a casa con el medicamento. Se desecharán los medicamentos en presencia de un testigo.

VII.

Cómo diseminar esta Política Se distribuirá una copia de la Política y de estas Reglas y Normas a los padres o tutores de cada estudiante dentro de 15 días a partir del comienzo de cada año escolar o dentro de 15 días a partir de la fecha de asistencia a las clases para el estudiante de nuevo ingreso durante el año escolar. Una copia de la Política y de estas Reglas y Normas también constará por escrito en el Manual para Estudiantes. Además, durante el año escolar, informarán a los estudiantes del contenido de la Política y de estas Reglas y Normas de la siguiente forma:

1. 2. 3. 4.

boletines informativos; boletines del distrito escolar; materiales para la matrícula; y manuales para padres y estudiantes.

ESTUDIANTES CON ENFERMEDADES CRÓNICAS CONTAGIOSAS Se le brindará a todo estudiante que tenga una enfermedad crónica contagiosa o que sea portador de una enfermedad contagiosa una educación gratuita y adecuada por medio de la colocación en el medioambiente que sea el menos restrictivo posible. El estudiante que tenga una enfermedad crónica contagiosa o que sea portador de ella podrá asistir a la escuela dentro del contexto de la sala normal de clases cuando se haya determinado, mediante la adaptación razonable, que el riesgo de transmisión de la enfermedad y/o el riesgo de hacer más daño al estudiante es suficientemente remoto en tales contextos, como para contrapesar los efectos perjudiciales de la colocación de dicho estudiante en un contexto más restrictivo. Si es necesario colocar al estudiante en un contexto que no sea la escuela, se desarrollará y se brindará un programa educativo que le convenga. La determinación sobre si dicho estudiante es capaz de asistir a la escuela en su sala normal de clases se basará sobre los siguientes factores: 1. El riesgo de transmisión de la enfermedad a otros. 2. El riesgo para la salud del estudiante particular. 3. Las adaptaciones razonables que pueden hacerse sin privaciones extremadas, con el fin de disminuir el riesgo para la salud del estudiante y de otros. 4. Los beneficios de aspecto educativo de una colocación menos restrictiva, en comparación con el daño de aspecto educativo si la colocación es más restrictiva. El Superintendente está facultado para establecer reglas y normas dedicadas a instrumentar esta política, de acuerdo a las Reglas y Normas que rigen la administración y el funcionamiento de Estudios Especiales para el Estado de Illinois. I.

Exclusión provisional Pendiente la determinación de su colocación, un estudiante que tiene una enfermedad crónica contagiosa o de quien haya sospechas razonables de que la tenga o de que sea portador de una enfermedad crónica contagiosa podrá ser excluido provisionalmente de la escuela. Durante el período de exclusión provisional, se le impartirá al estudiante un programa educativo que le convenga.

II.

Evaluación inicial A cada estudiante lo evaluará un equipo que podrá consistir en el personal del distrito correspondiente, y un médico u otros consultores a selección del Superintendente o su delegado, el médico del estudiante, el personal de salud pública, el estudiante y sus padres o tutores.

III.

Decisión sobre la colocación académica Al realizar una evaluación del caso de que se trate, se celebrará una consulta o más, con el fin de elaborar el programa y servicios alternativos. Se harán recomendaciones sobre la colocación del niño y el programa individual de estudios durante estas consultas multidisciplinarias, por medio del consenso del personal de escuela pública que participe, con el fin de llegare a una determinación de acuerdo a las normas previstas en la política del Consejo.

IV.

Apelación Se podrá apelar una decisión sobre la colocación de un estudiante o su programa individualizado de estudios, de acuerdo al Código Escolar y las Reglas y Normas que rigen la administración y el funcionamiento de los estudios especiales.

V.

Evaluaciones posteriores El equipo de colocación encargado de determinar si la colocación de un estudiante sigue siendo adecuada reevaluará al estudiante de forma periódica. La frecuencia de las reevaluaciones será determinada por el equipo, pero en ningún caso, un estudiante no deberá ser reevaluado con menos frecuencia que una vez por año.

VI.

Confidencialidad Se divulgará la condición médica del estudiante sólo hasta la medida que sea necesario para rebajar al mínimo los riesgos para la salud para dicho estudiante y para otros.

Remisión Legal 7.100 SALUD, VISION Y DENTAL EXPLORACIONES; IMMUNIZACIONES; EXCLUSION DE ESTUDIANTES Los exámenes médicos e inmunizaciones obligatorias El(los) padre(s)/tutor(es) de un estudiante entregará(n) prueba de que el estudiante se ha sometido a una exploración médica, a las inmunizaciones contra enfermedades contagiosas evitables, y a las pruebas de detección de las mismas, conforme a lo exigido por el Departamento de Salud Pública del Estado de Illinois dentro de un año antes de:

1. Entrar en el jardín de la infancia o en el primer grado; 2. Entrar en el sexto y el noveno grado; y 3. Matricularse en una escuela de Illinois, a pesar del año escolar del estudiante (incluso el parvulario, los estudios especiales, los programas de parvulario de adelanto, conocidos en inglés como “headstart”, que imparten las escuelas primarias o secundarias, y los estudiantes fuera del estado o del país que pasan a matricularse aquí en las escuelas de Illinois).

Como es requerido por la ley del Estado: 1. Los exámenes de salud requeridos deberán ser realizados por un médico con licencia para ejercer la medicina en todas sus ramas, una enfermera de práctica avanzada que tiene un acuerdo escrito de colaboración con un médico colaborador se autoriza a la enfermera de práctica avanzada para realizar los exámenes de salud, o un asistente médico que tiene ha delegado la realización de los exámenes de salud por un médico supervisor. 2. Un examen de la diabetes debe ser incluido como una parte necesaria de cada examen de salud, pruebas de diabetes no es necesario. 3. Antes de la admisión y en conjunto con los exámenes físicos requeridos, los padres / tutores de los niños entre las edades de 6 meses y 6 años deben presentar una declaración de un médico que su hijo fue "el riesgo evaluado" o examinado para detectar envenenamiento por plomo.

4. El Departamento de Salud Pública proporcionará a todos los estudiantes que entran en el sexto

grado y sus padres / tutores la información sobre la relación entre virus del papiloma humano (VPH) y cáncer de cuello uterino y la disponibilidad de la vacuna contra el VPH. A menos que el estudiante no tiene hogar, el incumplimiento de los requisitos anteriores el 15 de octubre del año escolar en curso dará lugar a la exclusión del estudiante de la escuela hasta que los formularios de salud requeridos se presentan en el Distrito. Los nuevos estudiantes que se encuentran por primera vez inscritos dispondrán de 30 días siguientes a la inscripción para cumplir con el examen de la reglamentación sanitaria y de vacunación. Si existe una razón médica impide al estudiante de recibir una inmunización requerida el 15 de octubre, el estudiante debe presentar, el 15 de octubre, un calendario de vacunación y una declaración de las razones médicas que causan el retraso. El horario y exposición de motivos médicos debe ser firmado por el médico, enfermera de práctica avanzada, asistente médico o departamento de salud local responsable de la administración de las vacunas. Examen de la Vista Los padres o tutores se les animan a que sus hijos sean sometidos a un examen de los ojos cada vez que los exámenes de salud se requieren. Los padres o tutores de los estudiantes que ingresan a jardín de infantes o una escuela de Illinois por primera vez deberá presentar pruebas antes de 15 de octubre del año escolar en curso que el estudiante recibió un examen de la vista dentro de un año antes de la entrada del jardín de infantes o la escuela. Un médico con licencia para ejercer la medicina en todas sus ramas o un optometrista con licencia debe realizar el examen de la vista requerida. Si un estudiante no presenta la prueba del 15 de octubre, la escuela puede retener la tarjeta de estudiante hasta que el estudiante presente evidencia de: (1) de una completa examen de los ojos, o (2) que un examen de la vista se llevará a cabo dentro de 60 días a partir de octubre 15. El Superintendente o designado debe asegurar que los padres o tutores sean notificados de este requisito examen de la vista en el cumplimiento de las normas del Departamento de Salud Pública. Las escuelas no deben excluir a un estudiante asistir a la escuela debido a la imposibilidad de obtener un examen de los ojos. Examen Dental Todos los niños en el jardín de la infancia y en el segundo y sexto grado tendrán que entregar un comprobante de una exploración por parte de un odontólogo con cédula profesional antes del 15 de mayo del año escolar actual, de acuerdo a las reglas adoptadas por el Departamento de Salud Pública de Illinois. Si el niño en el segundo o el sexto grado deja de presentar un comprobante de la misma para el 15 de mayo, la escuela podrá retener la libreta de calificaciones hasta que se entregue constancia de: (1) una exploración dental ya realizada; o (2) una exploración dental que se realizará dentro de 60 días a partir del 15 de mayo. El Superintendente o su delegado deberán asegurar que los padres/tutores serán notificados de este requisito de la exploración dental por lo menos 60 días antes del 15 de mayo de cada año escolar. Exenciones De acuerdo a las reglas adoptadas por el Departamento de Salud Pública de Illinois, un estudiante estará exento de:

1. Los requisitos de esta política a base de motivos religiosos o médicos si los padres/tutores del estudiante entreguen al Superintendente o a su delegado una declaración firmada en la cual se explica la oposición a los mismos, 2. Los requisitos de un examen médica o las inmunizaciones a base de motivos médicos si un doctor da verificación de la misma por escrito; 3. Requisito del examen de Ojos si los padres de los estudiantes y tutores muestran una carga excesiva o falta de acceso a un médico con licencia para ejercer la medicina en todas sus ramas, que ofrece exámenes de la vista o un optometrista con licencia, o 4. Requisito de un examen dental si los padres/tutores del estudiante demuestran que sea una carga en exceso o que falte acceso a un dentista. Niños desalojados Se deberá dar permitir que todo niño desalojado ingrese de forma inmediata en la escuela, aun si el niño o el padre/tutor del mismo no puedan entregar las constancias de las inmunizaciones y las exploraciones médicas que normalmente son obligatorias para la matrícula. La Política del Consejo 6:140, Educación de los Niños Desalojados, rige la matrícula de los niños desalojados.

PROMULGADO:

16 de octubre de 2008

REGISTROS ESTUDIANTILES Remisión Legal 7:340

Formulario Número 1: Notificación con respecto a los registros estudiantiles (deberán ser difundidos a base anual y a la matrícula inicial o el traslado del estudiante procedente de otra escuela) La Ley sobre los Registros Escolares de Estudiantes de Illinois (conocida en inglés por sus siglas “ISSRA”), la Ley sobre los Derechos de la Familia relativos a la Educación y la Privacidad (conocida en inglés por sus siglas “FERPA”), y las normas promulgadas de acuerdo a estas leyes exigen que el Consejo Educativo ratifique una Política sobre los Registros Estudiantiles (de aquí en adelante, la “Política”). El Consejo Educativo ha ratificado esta Política y las Normas Reglamentarias de la misma que están disponibles a petición de la Superintendencia. El Distrito lleva en su archivo tanto los registros permanentes como los provisionales para cada estudiante. Los registros permanentes consisten en los datos básicos identificadores con respecto al estudiante, los nombres y las direcciones de sus padres, el expediente académico de notas, su hoja de asistencia, los informes sobre accidentes, los registros médicos, el registro de los honores y galardones otorgados, la información sobre su participación en las actividades y organizaciones patrocinadas, y el puntaje que se haya sacado en los exámenes del Programa de Metas y Evaluación de Illinois para los grados 10 y 11, y (a partir del año escolar 1999-2000) el Examen de Logros del Estado de la Pradera y el registro de divulgación de estos datos. El registro provisional consiste en todos los demás registros que lleva el Distrito con respecto al estudiante y que es capaz de identificar al estudiante de forma individual. Un padre, o la persona que sea nombrada en calidad de representante por parte de un padre, tienen el derecho a inspeccionar y a copiar los registros permanentes y provisionales del estudiante, a no ser que sea limitado bajo esta Política o las leyes estatales o federales. Un estudiante tiene el derecho a inspeccionar o a copiar su propio registro permanente. (Todo derecho de los padres se convierte en el derecho exclusivo del estudiante cuando cumpla dieciocho años de edad, al titularse de la escuela secundaria, a la hora de su matrimonio, o al incorporarse al servicio militar, el que suceda primero.) Para repasar los registros de un estudiante, el padre deberá presentar una solicitud por escrito al Distrito. Se concederá la solicitud dentro de quince (15) días escolarse a partir de la fecha de recepción de la solicitud. El Distrito podrá cobrar una cuota que no sobrepase a $0.35 por página para copias del registro. El solicitante será exonerado de dicha cuota en caso de que no sea capaz de pagarla. El Distrito prohíbe la divulgación de la localidad de la dirección del solicitante de la orden de protección o la identidad de la escuela dentro del Distrito en la cual el hijo o los hijos del solicitante están matriculados por parte de los empleados escolares a cualquier persona contra la cual el Distrito haya recibido una copia certificada de una orden de protección. El Distrito lleva en su archivo una copia de toda orden de protección en el registro del hijo o de los hijos matriculados en el Distrito cuyo padre es el solicitante de dicha orden de protección. Además, el que esté prohibido bajo una orden de protección inspeccionar u obtener los registros escolares de un estudiante de acuerdo a la Ley sobre la Violencia Doméstica de Illinois de 1986 tiene derecho de acceso a los registros escolares de dicho estudiante ni el derecho de inspeccionarlos.

El Distrito divulgará la información que figura en los registros estudiantiles sin notificación ni consentimiento del padre a las siguientes personas o en las siguientes circunstancias: 1)

2)

3) 4)

5) 6) 7)

8)

Un empleado o a un oficial del Distrito o del Consejo de Educación del Estado que tenga un interés educativo o administrativo actualmente demostrable en el estudiante cuando la solicitud de los registros tiene el fin de promover dicho interés, incluso los intereses educativos del hijo para quien el consentimiento de otra forma será necesario. Un oficial del Distrito es persona empleada por el Distrito en calidad de administrador, supervisor, instructor, o miembro del personal auxiliar de apoyo (incluso el personal sanitario o médico y el personal de la unidad de la ley); una persona que es integrante del Consejo Educativo; una persona o una compañía a quien el Distrito haya contratado para realizar una tarea especializada (tal como un abogado, un censor de cuentas, un consultor médico o un terapeuta); o un padre o un estudiante que es integrante de un comité oficial, tal como un comité de disciplina o de denuncias, o quien presta ayuda a otro oficial escolar en la realización de sus deberes; Toda persona para fines de la investigación, la elaboración de informes estadísticos o la planificación de los mismos, con tal de que no sea posible identificar al estudiante ni al padre a base de los datos divulgados y que la persona que recibe dicha información firme una declaración jurada, en la cual conviene en cumplir todas las normas y leyes correspondientes a los registros escolares de estudiantes; En casos de urgencia, si la información es necesaria para el bienestar y la seguridad del estudiante o de otras personas; Si la divulgación tiene relación con la solicitud del estudiante de subsidios financieros o con el fin de recibir dichos subsidios, siempre que los datos en el registro del estudiante que personalmente lo identifican sean divulgados solamente hasta la medida que sea necesario para determinar la condición de calificado, el monto, o las condiciones de los subsidios financieros o para exigir cumplimiento de la misma; Si la divulgación es necesaria para la revisión de cuentas y la evaluación de programas educativos de subsidios federales; Según sea permitido bajo el Programa de Acción Compensatoria del Infractor Empedernido Grave; o Una agencia del gobierno o del servicio social contratada por otra agencia del gobierno, con el fin de promover la investigación de la asistencia de un estudiante a la escuela, de acuerdo a las leyes sobre la asistencia escolar obligatoria de Illinois, siempre que dichos registros sean divulgados a los empleados de la agencia o a los agentes que hayan sido destinados por la agencia para que trabajen a favor del Distrito; o Si la información consiste en los datos que constan en la guía, tal como se explica a continuación, y el padre no ha avisado al Distrito que no divulgue dicha información.

Los registros estudiantiles podrán ser divulgados sin el consentimiento del padre, pero con la notificación al mismo de su derecho a inspeccionar, a copiar o a impugnar el contenido de dichos registros a ser divulgados: 1) Al depositario de registros en una escuela en la cual los estudiantes hayan pasado a matricularse; 2) A toda persona que haya sido específicamente designada por ley; 3) De acuerdo a una orden o citación judicial; 4) De acuerdo a un convenio de notificación mutual, o a toda persona si la divulgación tiene que ver con el sistema de justicia de menores, incluso, a partir del primero de enero de 2000, puede haber divulgación de registros o de información a las autoridades de menores, cuando sea necesario para la ejecución de los deberes oficiales, quienes hayan pedido dicha información

antes de la adjudicación del estudiante y quienes certifiquen por escrito que tal información no será divulgada a ninguna otra parte, a no ser que sea estipulado a lo contrario por ley o una orden judicial; o 5) Para todas las demás divulgaciones de información, será necesario el consentimiento por escrito del padre. El padre tiene derecho a una copia de los registros divulgados. El padre también tiene derecho a impugnar o a pedir la enmendación de cualquier asiento en el registro escolar del estudiante, con la excepción de (1) las notas; y (2) las recomendaciones para la expulsión o para las suspensiones fuera de la escuela, si se hace la impugnación a la expulsión o a la suspensión a la hora de remitir los registros a la otra escuela a la cual el estudiante pasa a inscribirse. Los padres pueden impugnar o buscar la enmendación del registro escolar del estudiante al afirmar que el registro es inexacto, indebido, que no viene al caso, que induce a errores, o que contraviene los derechos de otros estudiantes a la privacidad. Estas Reglas, Normas y leyes establecen los procedimientos para la audiencia y la alzada y ofrecen la oportunidad de asentar una declaración en los autos para hacer comentarios sobre un asiento o para dar explicaciones. Para impugnar un registro o un asiento en el mismo, el padre debe comunicarse con el Superintendente. La Política también establece fechas límites para la destrucción de registros. Los padres serán notificados del cronograma de destrucción de los registros estudiantiles a la hora de titulación, de la matrícula en otra escuela, o de la retirada permanente del Distrito. Se guardarán los registros permanentes por sesenta (60) años. Se guardan los registros provisionales durante el período de utilidad para el estudiante y la escuela, pero en ningún caso más allá de cinco (5) años después de que el estudiante se haya marchado del Distrito. A partir del primero de enero de 2001, se guardan los registros provisionales por no menos de cinco años después de la salida del estudiante del Distrito. El Distrito repasa los registros estudiantes cada cuatro (4) años o cuando el estudiante cambia de centros de asistencia. Información de Guía La ley y esta Política clasifican ciertos datos como “información de guía”. La información de guía incluye el nombre del estudiante, la dirección, el número de teléfono, el sexo, el nivel de grado escolar, la fecha y el lugar de nacimiento, los nombres y las direcciones de sus padres, los galardones académicos, los títulos y las menciones de honor otorgados, la información relativa a las actividades, las organizaciones, y los deportes patrocinados por la escuela, el campo principal de estudios, el período de asistencia en la escuela, la estatura y el peso de los miembros de los equipos deportivos, y la agencia o el establecimiento educativo más reciente a que el estudiante haya asistido anteriormente. Se podrá divulgar estos datos al público en general a menos que el padre avise al Distrito dentro de diez (10) días de esta Notificación que no deberá ser divulgada esta información con respecto a su hijo o que el padre desea que toda esta información o una parte de la misma no sean clasificadas como información de guía.

Por fin, nadie puede condicionar la concesión o la retención de ningún derecho, privilegio, o beneficio, ni hacer que sea condición de empleo, crédito o seguro al acto de sacar información del registro provisional del estudiante por parte de una persona, la cual podría haberse obtenido al hacer valer un derecho garantizado bajo la ley de ISSRA o el reglamento del mismo. Si usted cree que el Distrito ha contravenido o está contraviniendo un derecho bajo la ley FERPA, usted tiene el derecho a presentar una denuncia ante el Departamento de Educación de los Estados Unidos con respecto a la supuesta infracción de sus derechos.

Remisión Legal 7:70

ASISTENCIA Y TUNANTE Asistencia Escolar Obligatoria El que tenga custodia o control de un niño entre las edades de 7 a 17 años (a menos que el niño se haya titulado de la escuela secundaria) deberá hacer que dicho niño asista a una escuela en el distrito donde fuera asignado, a menos que se estipule a lo contrario aquí o conforme a la ley estatal. Sujeto a los requisitos estipulados en las leyes estatales, los siguientes niños no estarán obligados a asistir a una escuela pública: (1) el niño que asiste a una escuela privada (incluso la escolaridad en casa) o a una escuela parroquial; (2) el niño que es incapaz física o mentalmente para asistir a la escuela (incluso una estudiante preñada que sufre de las complicaciones médicas, conforme a lo certificado por su doctor);(3) el niño que necesita trabajar y puede por la ley (4) el niño mayor de 12 años, pero con menos de 14 años de edad, mientras esté en las clases de confirmación; (5) el niño ausente porque su religión prohíbe actividades seculares ese día en particular(6) un niño que es un empleo y también está en un programa para graduarse. El padre/tutor del estudiante quien esta inscribiendo en la escuela debe darle autoración para todos los ausentismos de escuela y notificar la escuela. Las causas incluyen: enfermedad, observar un día religiosa, emergencia de la familia, muerte de alguien en la familia inmediato, otros situaciones que el estudiante no tiene controlar, o otros situaciones que tiene preocupación de los padres para la seguridad y salud del estudiante, u otro situación que está aprobado del Superintendente. Ausentismo escolar habitual y Programa de Tunante El Superintendente o designado tendría un programa de ausentismo escolar habitual y tunante según a la Código de Escuela (School Code) y la Política del consejo Educativo (School Board Policía). El programa incluiría pero no está limitado a: 1. Un protocolo para perdonar un estudiante de asistencia quien es un empleo de necesidad y de la ley. El Superintendente o designado está autorizado para determinar cuando un ausentismo de un estudiante es justificado. 2. Un proceso para llamar por teléfono dentro 2 horas después el primer clase, los padres/tutores de estudiantes en grado 8 o debajo quien esta ausentismo sin notificación de los padres antes. 3. Un proceso para identificar los estudiantes quien están tunantes, o tunantes crónicos o habituaos, o estudiantes menores quien están tunantes. (El Código de la Escuela, sección 2602ª.) 4. Métodos para identificar la causa(s) del ausentismo por no excuso, incluyendo las conferencias con el estudiante, su padre(s)/tutor(es), y otros empleos quien tiene información. 5. La identificación de servicios que ofrece a los estudiantes tunantes, incluyendo conferencias entre padres y maestros, o consejeros de un estudiante o familia, o información de servicios de la comunidad. (Política 6:110, Programas para estudiantes a Riesgo del Fracaso Académico y de Abandono de la Escuela y Programa de Incentivos para Titularse) 6. Un proceso para preguntar la asistencia y recursos en la comunidad, como, la policía de juvenil o la oficina de tunantes en La Oficina Regional de Educación (ROE), si el tunante continua después los servicios han sido ofrecido.

7. Un protocolo para cooperar con las otras agencias en la comunidad incluyendo las autoridades de County y Municipal, El Superintendente Regional, policía de tunante, el Comité de Tunante, y un servicio de toda la comunidad. Una revelación de los papeles personales de la escuela del estudiante debe ser consistente con la Política 7:340, Papeles Personales de Estudiantes, y también con la ley del estado y federal. 8. Un reconocimiento que no acción, incluyendo suspensiones de la escuela, expulsiones, o acción de tribunal, debe hacer cerca de un tunante crónico para su tunante a menos que los servicios y otros servicios de la escuela han sido proveído al estudiante. 9. El criterio para determinar si el ausentismo es de la necesidad, puede incluir la económica condición y medico de la familia. 10. Un proceso para un estudiante de 17 anos para participar en los programas del distrito para los tunantes. El estudiante necesita tener documentación de su abandonado por los seis meses antes. Un permiso de un individuo de 19 anos o más para inscribir después de abandonar la escuela es de las políticas en 7:50, Admisión de Estudiantes. 11. Un proceso de exclusión provisional de un estudiante de 17 anos o mayor para faltara sus académicos o asistencia según a las provisiones de Ley del Estado. Un padre/tutor tiene el derecho para apelar una decisión para excluir un estudiante.

PROMULGADO:

16 de octobre de 2008

DISCIPLINA DE ESTUDIANTES Autoridad para la Disciplina General POLÍTICA DE LA JUNTA 7:190 Comportamiento del estudiante Las metas y los objetivos de esta política son proporcionar prácticas eficaces de la disciplina que: (1) garanticen la seguridad y la dignidad de los estudiantes y el personal; (2) mantener un ambiente de aprendizaje positivo, libre de armas, y libre de drogas; (3) mantener la propiedad escolar y la propiedad de otros seguros; (4) abordar las causas de la mala conducta de un estudiante y proporcionar oportunidades para todos los individuos involucrados en un incidente de participar en su resolución; y (5) enseñar a los estudiantes las habilidades de comportamiento positivo para convertirse en ciudadanos independientes y auto-disciplinado en la comunidad escolar y la sociedad. ¿Cuándo y Dónde las Reglas de Conducta se Aplican? Un estudiante está sujeto a medidas disciplinarias por conducta prohibida, tal como se describe en la sección con ese nombre a continuación, siempre que la conducta del estudiante es una relación razonable con la escuela o actividades escolares, incluyendo, pero no limitado a: 1. En, o a la vista, las instalaciones escolares antes, durante o después de la escuela o en cualquier momento; 2. Fuera del recinto escolar en una actividad o evento patrocinado por la escuela, o cualquier actividad o evento que tiene una relación razonable con la escuela; 3. El viajar hacia o desde la escuela o una actividad escolar, función o evento; o 4. En cualquier lugar, si la conducta interfiere con, interrumpe o afecta negativamente el ambiente escolar, las operaciones escolares, o una función educativa, incluyendo, pero no limitado a, conducta que razonablemente puede considerarse que: (a) sea una amenaza o una intimidación de un miembro del personal de tentativa; o (b) poner en peligro la salud o seguridad de los estudiantes, el personal o la propiedad escolar.

Conducta del Estudiante Prohibida La administración de la escuela está autorizado para disciplinar a los estudiantes por desobediencia o mala conducta, incluyendo pero no limitado a: 1. El uso, posesión, distribución, compra o venta de tabaco o nicotina materiales, incluyendo, sin limitación, los cigarrillos electrónicos. 2. El uso, posesión, distribución, compra o venta de bebidas alcohólicas. Los estudiantes que están bajo la influencia de una bebida alcohólica no se les permite asistir a la escuela o de la escuela y son tratados como si tuvieran alcohol en su posesión. 3. El uso, posesión, distribución, compra, venta, u ofrecer a la venta: a. Cualquier droga ilegal o sustancia controlada, o cannabis (incluyendo marihuana médica, marihuana y hachís). b. Cualquier esteroide anabólico, a menos que se esté administrando, de acuerdo con un médico o licenciado de la prescripción del médico. c. Cualquier sustancia que mejora el rendimiento en la lista de sustancias prohibidas más reciente de la Asociación de Illinois de alta escuela a menos que administra de acuerdo con un médico de prescripción o de un profesional autorizado.

d. Cualquier medicamento con receta cuando no se prescribe para el estudiante por un médico o un profesional autorizado, o cuando se utiliza de manera incompatible con la prescripción o la prescripción el médico del o las instrucciones del médico con licencia. El uso o posesión de cannabis medicinal, incluso por un estudiante para el que el cannabis medicinal ha sido prescrito, está prohibido. e.. Cualquier inhalante, independientemente de si contiene una droga ilegal o sustancia controlada: (a) que un estudiante cree que es o significa ser capaz de causar intoxicación, alucinación, excitación o embotamiento del cerebro o del sistema nervioso; o (b) que el estudiante sea participe en la conducta que llevaría a una persona razonable a creer que al estudiante destinado el inhalante para causar intoxicación, alucinación, excitación o embotamiento del cerebro o del sistema nervioso. La prohibición en esta sección no se aplica al uso de un estudiante de asma u otros medicamentos inhalados legalmente prescritos. F. Cualquier sustancia inhalada, inyectada, fumada, consumida, o de lo contrario se ingiere o se absorbe con la intención de causar un cambio fisiológico o psicológico en el cuerpo, incluyendo, sin limitación, la cafeína pura en forma de tabletas o en polvo. g. "Parecido a" o la falsificación de medicamentos, incluyendo una sustancia que no está prohibida por esta política, pero: (a) que un estudiante cree que es o representa ser una droga ilegal, sustancia controlada, u otra sustancia que es prohibida por esta norma; o (b) sobre las que el estudiante participó en la conducta que llevaría a una persona razonable a creer que el estudiante representa expresa o tácitamente a ser una droga ilegal, sustancia controlada, u otra sustancia que está prohibida por esta política. h. Parafernalia de drogas, incluidos los dispositivos que son o pueden ser utilizados para: (a) ingerir, inhalar o inyectar cannabis o sustancias controladas en el cuerpo; y (b) cultivar, procesar, almacenar o encubrir cannabis o sustancias controladas. Los estudiantes que están bajo la influencia de cualquier sustancia prohibida no se les permite asistir a la escuela o de la escuela y son tratados como si tuvieran la sustancia prohibida, según sea el caso, en su poder. Un estudiante en violación de esta política puede tener suspensión por no menos de cinco días si el estudiante se inscribe en, y se completa con éxito a sus propias expensas, un programa de asesoría de abuso de sustancias para los delincuentes primero y segundo de tiempo de uso de alcohol y drogas o posesión. Si el estudiante elige esta opción, el estudiante y el padre (s) debe cumplir con la administración y presentar pruebas de dicha inscripción antes de que el estudiante regrese a la escuela durante el período de la suspensión. El estudiante estará de acuerdo en mantener el Distrito informado de su progreso en el programa después de que el estudiante haya regresado a la escuela. Si el estudiante no cumple plenamente con el programa, el tiempo restante de la suspensión original o la recomendación para la expulsión administrativa podrá ser reintegrado. La alternativa no se aplicará a los estudiantes que son delincuentes tercera vez. Ellos serán suspendidos por un máximo de 10 días y se recomendó a la Junta de Educación para expulsión, y se pondrá en contacto a las autoridades de la policía local de la persecución penal. Esta prohibición está sujeta a la política de búsqueda y captura del Distrito. 4. El uso, posesión, control o transferencia de un "arma", como se define dicho término en la sección de Armas de esta política, o violar la sección de Armas de esta política. 5. Uso o posesión de un dispositivo buscapersonas electrónico. El uso de un teléfono celular, un dispositivo de grabación de vídeo, un asistente digital personal (PDA), u otro dispositivo electrónico de ninguna manera que interrumpa el ambiente educativo o viole los derechos de otros, incluyendo

el uso del dispositivo para tomar fotografías en los vestuarios o baños, engañar, o violar las reglas de conducta. La conducta prohibida incluye específicamente, pero sin limitarse a, crear, enviar, compartir, ver, recibir o poseer una representación visual indecente de uno mismo o de otra persona a través de la utilización de un ordenador, dispositivo de comunicación electrónica o un teléfono celular. A menos que de otro modo prohibido bajo esta política o por el director de la escuela, todos los dispositivos electrónicos deben mantenerse potencia de despegue y fuera de la vista durante el día escolar a menos que: (a) el supervisor concede permiso del maestro; uso (b) del dispositivo se proporciona en el programa de educación individualizado del estudiante (IEP); (C) se necesite en una emergencia que amenaza la seguridad de los estudiantes, empleados u otras personas; o (d) en los grados 9-12, que se puede utilizar durante los periodos de transición o en la cafetería durante el almuerzo sólo unas horas. El resto del tiempo que debe mantenerse fuera de la vista, colocado en "modo silencioso" o apagado, durante el tiempo de clase o en otras áreas académicas a menos que el maestro supervisor reconoce específicamente el permiso para que puedan ser utilizados con fines educativos o si es necesario durante una emergencia. 6. Uso o posesión de un puntero láser a menos que este bajo la supervisión directa de un miembro del personal y en el contexto de la instrucción. 7. Desobedecer las reglas de conducta de los estudiantes o directivas de los miembros del personal o funcionarios de la escuela. Ejemplos de instrucciones del personal incluyen desobediencia a rechazar la solicitud de un miembro del personal del Distrito para detener, presentar identificación escolar, o someterse a un registro. 8. Participar en deshonestidad académica, incluyendo copiar, no plagiar intencionadamente, injustamente dar o recibir ayuda durante un examen académico, la alteración de las boletas de calificaciones, y la obtención de copias de prueba ilícitamente o puntuaciones. 9. Participar en novatadas o cualquier tipo de acoso o comportamiento agresivo que cause daño físico o psicológico a una persona del personal u otro estudiante, o instar a otros estudiantes a participar en dicha conducta. La conducta prohibida incluye específicamente, sin limitación, cualquier uso de la violencia, la intimidación, fuerza, ruido, coerción, amenazas, acoso, acoso sexual, humillación pública, robo o destrucción de la propiedad, la venganza, las novatadas, acoso, intimidación utilizando una computadora de la escuela o una red de computadoras de la escuela, u otro comportamiento comparable. Novatadas significa cualquier acto intencional, a sabiendas o imprudente dirigido a, o se requiere de un estudiante con el propósito de ser iniciado en, afiliarse con, ocupar un cargo o mantenerse miembro de cualquier grupo, organización, club o equipo deportivo cuyos miembros son o incluyen otros estudiantes. Los estudiantes que participen en novatadas serán objeto de una o más de las siguientes medidas disciplinarias: a. La eliminación de las actividades extracurriculares, b. Conferencia con los padres / tutores, y / o c. Referencia a la agencia apropiada de la ley. Los estudiantes que participen en una novatada que pone en peligro la salud o la seguridad física o mental de otra persona también puede estar sujeto a: a. Suspensión de hasta 10 días, y / o b. Expulsión por el resto del año escolar.

10. Participar en cualquier actividad sexual, incluyendo, sin limitación, contacto ofensivo, el acoso sexual, exhibicionismo, y asalto sexual. Esto no incluye la expresión de género o la orientación sexual o preferencia. 11. Violencia entre parejas adolescentes, tal como se describe en la política de la Junta 7: 185, violencia entre parejas adolescentes está prohibida. 12. Causar o intentar causar daño o robar o intentar robar propiedad de la escuela o la propiedad personal de otra persona. 13. Entrar a la propiedad de la escuela o instalaciones de la escuela sin la debida autorización. 14. En ausencia de una creencia razonable de que existe una emergencia, llamar a los servicios de emergencia (tales como llamar al 911); señalización o sonar la alarma o señales que indiquen la presencia de una emergencia; o indicar la presencia de una bomba o artefacto explosivo en la escuela, autobús escolar, o en cualquier actividad escolar. 15. Estar ausente sin una excusa reconocida; La ley estatal y la política respecto al control de absentismo escolar del sistema escolar será utilizado con absentistas crónicos y habituales. 16. Estar involucrado con cualquier fraternidad, hermandad o sociedad secreta, por: (a) ser miembro; (B) la promesa de unirse; (C) en forma de convertirse en un miembro; o (d) solicitar cualquier otra persona a unirse, la promesa de unirse, o estar comprometido a convertirse en un miembro. 17. Estar involucrado en pandillas o actividades relacionadas con pandillas, incluyendo símbolos de pandillas que exhiben o parafernalia. Una "pandilla" es cualquier grupo de 2 o más personas cuyo propósito incluye es cometer de actos ilegales. Ningún estudiante debe participar en ninguna actividad de pandillas, incluyendo pero no limitado a: a. El uso de, usar, distribuir, exhibir o vender cualquier ropa, joyería, emblema, símbolo, muestra, u otra cosa que son evidencia de membresía o afiliación a cualquier pandilla. b. Cometer cualquier acto u omisión, o usar cualquier lenguaje, ya sea verbal o no verbal (como gestos o apretones de manos) que muestran la pertenencia o afiliación a una pandilla; y c. El uso de cualquier discurso o cometer cualquier acto u omisión en apoyo de cualquier pandilla o actividad pandillera, incluyendo, pero no limitado a: (a) solicitar a otros para ser miembro de una pandilla, (b) solicitar a cualquier persona que pague la protección o intimidar o amenazar a cualquier persona, (c) cometer cualquier otro acto ilegal u otra violación de las normas del distrito escolar, (d) incitar a otros estudiantes a actuar con violencia física hacia cualquier otra persona. 18. La violación de cualquier ley criminal, incluyendo pero no limitado a, asalto, agresión, incendio, robo, apuestas, espionaje, actos de vandalismo, y las novatadas. 19. Cómo hacer una amenaza explícita en un sitio de Internet en contra de un empleado de la escuela, un estudiante, o cualquier personal relacionadas con la escuela si el sitio de Internet a través del cual se hizo la amenaza es un sitio que era accesible dentro de la escuela en el momento en que se hizo la amenaza o estaba a disposición de terceras personas que trabajaron o estudiaron dentro de los terrenos de la escuela en el momento en que se hizo la amenaza, y la amenaza podría interpretarse razonablemente como una amenaza a la seguridad y la seguridad de las personas amenazadas a causa de sus funciones o la situación laboral o condición de estudiante dentro de la escuela.

20. El funcionamiento de un sistema de aviones no tripulados (UAS) o aviones no tripulados para cualquier propósito en la escuela o en cualquier evento de la escuela a menos que el permiso otorgado por el Superintendente o su designado. 21. Participar en cualquier actividad, o fuera del campus, que interfiere con, interrumpe, o afecte negativamente el ambiente escolar, las operaciones escolares, o una función educativa, incluyendo pero no limitado a, conducta que razonablemente puede considerarse que: (a) sean una amenaza o intento de intimidación de un miembro del personal; o (b) poner en peligro la salud o seguridad de los estudiantes, el personal o la propiedad escolar. Para los propósitos de esta política, el término "posesión" incluye tener control, custodia, o cuidado, en la actualidad o en el pasado, de un objeto o sustancia, incluyendo situaciones en las que el elemento es: (a) en la persona del estudiante; (B) contenido en otro artículo perteneciente a, o bajo el control de, al estudiante, tales como en la ropa del estudiante, la mochila o automóvil; (C) en el armario de un estudiante de la escuela, escritorio, u otra propiedad de la escuela; o (d) en cualquier lugar en la propiedad escolar o en un evento patrocinado por la escuela. Los esfuerzos, incluyendo el uso de intervenciones positivas y apoyos, deberán hacerse a disuadir a los estudiantes, mientras que en la escuela o un evento relacionado con la escuela, de incurrir en un comportamiento agresivo que puede razonablemente producir daño físico o psicológico a otra persona. El Superintendente o designado debe asegurar que el padre / tutor de un estudiante que participa en la conducta agresiva es notificado del incidente. La falta de dicha notificación no limita la autoridad del Consejo de imponer disciplina, incluyendo la suspensión o expulsión, por tal comportamiento. Ninguna acción disciplinaria se tomará en contra de cualquier estudiante que se basa en su totalidad o en parte en la negativa del padre / tutor del estudiante para administrar o consentir la administración de la medicación psicotrópica o psicoestimulante al estudiante. Intervenciones de Comportamiento Alternativas y Medidas Disciplinarias

Los funcionarios escolares deberán limitar el número y duración de las expulsiones y suspensiones fuera de la escuela en la mayor medida posible, y, siempre que sea posible y razonable, deberán considerar formas de disciplina no excluyente antes de usar fuera de la escuela suspensiones o expulsiones. El personal escolar no deben aconsejar o animar a los estudiantes a abandonar voluntariamente debido a las dificultades de comportamiento o académicos. Intervenciones de Comportamiento Alternativas y Medidas Disciplinarias incluyen, sin limitación, cualquiera de los siguientes: 1. Distribución del manual del estudiante. 2. Notificar a los padres / tutor (s). 3. Conferencia de disciplina. 4. La suspensión de privilegios. 5. Eliminación temporal del aula. 6. Restitución de bienes o la restitución de los bienes perdidos, robados o dañados. 7. Estudio de almuerzo, antes o después de la escuela de estudio, o el estudio Sábado siempre de los padres / tutor ha sido notificado. Si los arreglos de transporte no pueden ser acordados se debe utilizar una intervención conductual alternativo. El estudiante debe ser supervisado por el profesor detenedora o el director de la escuela o la persona designada.

8. En la escuela-estudio. El director de la escuela o designado debe asegurar que el estudiante es supervisado adecuadamente. 9. Servicio a la comunidad con los organismos públicos y sin fines de lucro locales que mejora los esfuerzos de la comunidad para satisfacer las necesidades de seguridad de las personas, educativas, ambientales, o públicas. El Distrito no proporcionará el transporte. La administración escolar deberá utilizar esta opción sólo como una alternativa a otra medida disciplinaria, dando al estudiante y / o padre / tutor la elección. 10. La incautación de contrabando; confiscación y retención temporal de los bienes muebles que se utilizó para violar esta política o la escuela normas disciplinarias. 11. Suspensión de privilegios de transporte de acuerdo con la política del Consejo 7: 220, Conducta en el autobús. 12. Suspensión en la escuela de la escuela y todas las actividades de la escuela, de acuerdo con la política del Consejo 7: 200, Procedimientos de Suspensión. Un estudiante que ha sido suspendido puede asimismo ser restringido estar en el plantel escolar y en las actividades escolares. 13. Expulsión de la escuela y todas las actividades de la escuela por un período de tiempo definido que no exceda de 2 años naturales, de conformidad con la política de la Junta 7: 210, Procedimientos de expulsión. Un estudiante que ha sido expulsado puede asimismo ser restringido estar en el plantel escolar y en las actividades escolares. 14. Transferir a un programa alternativo si el estudiante es expulsado o no califica para la transferencia bajo la ley estatal. La transmisión será en la forma prevista en el artículo 13 o 13B del Código Escolar. 15. Notificación a las autoridades juveniles u otra aplicación de la ley cuando la conducta implica la actividad criminal, incluyendo pero no limitado a, las drogas ilegales (sustancias controladas), "parecidos", alcohol o armas o en otras circunstancias según lo autorizado por el acuerdo recíproco de informes entre el Distrito y las fuerzas del orden locales. La lista anterior de las intervenciones conductuales alternativos y medidas disciplinarias es una gama de opciones que no siempre serán aplicables en todos los casos. En algunas circunstancias, puede que no sea posible evitar la suspensión o expulsión de un estudiante debido a las intervenciones conductuales, con excepción de una suspensión y expulsión, no serán apropiadas y disponibles, y la única manera razonable y práctica de resolver la amenaza y / o tratar la interrupción es una suspensión o expulsión. Se prohíbe el castigo corporal. El castigo corporal se define como bofetadas, remo, o el mantenimiento prolongado de los estudiantes en posiciones físicamente dolorosas, o causar intencionalmente daños corporales. El castigo corporal no incluye fuerza razonable como sea necesario para mantener la seguridad de los estudiantes, empleados u otras personas, o con el propósito de autodefensa o defensa de la propiedad. Armas Un estudiante que se determine que ha traído uno de los siguientes objetos a la escuela, a cualquier actividad patrocinada por la escuela o evento, o a cualquier actividad o evento que tiene una relación razonable con la escuela será expulsado por un período de al menos un año calendario, pero no más de 2 años calendario: 1. Un arma de fuego, lo que significa cualquier pistola, rifle, escopeta o arma como se define en la Sección 921 del Título 18 del Código de los Estados Unidos (18 USC § 921), arma de fuego como

se define en la Sección 1.1 de la Ley de Tarjeta de Identificación del arma de fuego del propietario (430 ILCS 65 /), o arma de fuego como se define en la Sección 24-1 del Código Criminal de 1961 (720 ILCS 5 / 24-1). 2. Un cuchillo, nudillos de metal, u otra arma de nudillos, independientemente de su composición, una porra, o cualquier otro objeto si se usa o se tratan de usar para causar daño corporal, incluyendo el "look similar" de cualquier arma de fuego como se ha definido anteriormente. El requisito de expulsión, según el párrafo 1 ó 2 anterior puede ser modificada por el Superintendente, y la determinación del Superintendente puede ser modificado por la Junta sobre una base de caso por caso. El Superintendente o su designado puede otorgar una excepción a esta política, a petición previa de un supervisor adulto, para los estudiantes de teatro, cocinar, ROTC, artes marciales, y programas similares, sean o no patrocinada por la escuela, siempre y cuando el artículo no está equipada , ni pretende, de hacer daño corporal. Esta política de prohibiciones es relativa a armas de fuego ocultas, para almacenar un arma de fuego en un vehículo bloqueado en un área de estacionamiento de la escuela. Un nuevo compromiso de los estudiantes que regresan El Superintendente o persona designada deberá mantener un proceso para facilitar la renovación del compromiso de los estudiantes que regresan de una suspensión fuera de la escuela, expulsión o una escuela alternativa. El objetivo del nuevo compromiso será apoyar la capacidad del estudiante para tener éxito en la escuela después de un período de disciplina excluyente e incluirá la oportunidad a los estudiantes que han sido suspendidos para completar o hacer el trabajo para el crédito académico equivalente. Las notificaciones requeridas Un miembro del personal escolar deberá notificar inmediatamente a la oficina del director de la escuela en caso de que él o ella: (1) observa cualquier persona en posesión de un arma de fuego en o alrededor de la escuela; Sin embargo, tal acción puede retrasarse si la notificación inmediata pondría en peligro a los estudiantes bajo su supervisión, (2) observa o tiene razones para sospechar que cualquier persona en el terreno escolar esté o haya estado involucrado en un incidente relacionado con las drogas, o (3) observa una batería cometido contra cualquier miembro del personal. Al recibir dicha comunicación, el director de la escuela o persona designada deberá notificar inmediatamente a la agencia local de aplicación de la ley, la Policía del Estado, y el padre de cualquier estudiante involucrado / tutor. "Predios escolares" incluyen predios de transporte para las actividades escolares y de ninguna manera pública a 1000 pies de la escuela, así como la propia propiedad de la escuela. Delegación de autoridad Cada maestro, y cualquier otro personal de la escuela cuando los estudiantes están bajo su cargo, está autorizado para imponer cualquier medida disciplinaria, aparte de estudio dentro de la escuela, suspensión, expulsión o el castigo corporal que es apropiado y de conformidad con las políticas y normas en la disciplina del estudiante. Los maestros, otros empleados educativos certificados y otras personas que prestan un servicio relacionado para o con respecto a un estudiante, pueden usar fuerza razonable como sea necesario para mantener la seguridad de otros estudiantes, personal escolar, u otras personas, o con el propósito de la autodefensa o la defensa de la propiedad. Los maestros pueden eliminar temporalmente los estudiantes de una clase de comportamiento perturbador.

La administración está autorizada para imponer las mismas medidas disciplinarias que los maestros y puede suspender a los estudiantes culpables de desobediencia o mala conducta de la escuela (incluyendo todas las funciones de la escuela) y de viajar en el autobús de la escuela, hasta 10 días consecutivos, siempre y cuando se sigan los procedimientos adecuados . La Junta puede suspender a un estudiante de viajar en el autobús de más de 10 días escolares por razones de seguridad. Manual del estudiante El Superintendente, con el aporte del comité asesor de padres y maestros, preparará normas disciplinarias que ejecutan intervenciones de conducta alternativas del Distrito y las normas disciplinarias. Estas reglas se presentarán anualmente a la Junta para su revisión y aprobación. Un manual del estudiante, incluyendo las intervenciones de conducta alternativas del Distrito y las políticas y normas disciplinarias, será distribuida a los estudiantes los padres / tutores dentro de los 15 días del inicio del año escolar o la inscripción de un estudiante. Políticas del distrito escolar 7:180 AVISO DE PROHIBICIÓN DE ACOSO, INTIMIDACIÓN Y ACOSO

Los actos de matonería, intimidación, y acoso no son aceptados en ninguna forma y no se permite en la escuela ni en las actividades de la escuela. El Distrito protegerá a los estudiantes cerca de desquite a los incidentes de matonería, intimidación, y acoso, que los estudiantes reporten, y se le dará disciplina a cualquier estudiante que participe en esta conducta. Los actos de matonería, intimidación, y acoso disminuyen la capacidad del estudiante para aprender y la capacidad de la escuela para enseñar. Una meta de suma importancia para el Distrito es la de impedir que los estudiantes participen en estas conductas tan perturbadoras. El acoso sobre la base de la raza real o percibida, color, nacionalidad, sexo, orientación sexual, identidad de género, identidad de género o expresión relacionada, ascendencia, edad, religión, discapacidad física o mental, el orden del estatuto de protección, el estado de quedarse sin hogar, real o potencial o el estado civil o paternal, como el embarazo, la asociación con una persona o grupo con uno o más de las características antes mencionadas, reales o imaginados, o cualquier otra característica distintiva es prohibido en cada una de las siguientes situaciones: 1. En cualquier programa de educación escolar o actividad patrocinada. 2. Mientras en la escuela, en la propiedad escolar, en los autobuses escolares o vehículos de la escuela, en el autobús escolar las paradas esperando el autobús escolar, o en la escuela o la escuela patrocinada sancionado eventos o actividades. 3. A través de la transmisión de información de una computadora de la escuela, una red de escuelas de computación, o de otro equipo similar de la escuela electrónico. Para propósitos de esta política, el término bullying se entiende todo acto grave o frecuente física, verbal o de conducta, incluyendo las comunicaciones realizadas por escrito o electrónicamente, dirigidas a un estudiante que tiene o puede predecir razonablemente que tenga el efecto de uno o más de la siguientes: 1. La colocación del estudiante en temor razonable de daño a la persona del estudiante o la propiedad. 2. Causar un efecto perjudicial en la salud física o mental del estudiante. 3. Interferir sustancialmente con el desempeño académico del estudiante. 4. Sustancialmente interfiere con la capacidad del estudiante para participar o beneficiarse de los servicios, actividades o privilegios otorgados por una escuela.

El acoso, la intimidación y / o acoso puede tomar varias formas, incluyendo sin limitación: las amenazas, acoso, violencia física, acoso sexual, violencia sexual, el robo, la humillación pública, destrucción de propiedad, o como represalia por afirmar o alegue un acto de intimidación. Para el propósito de esta poliza el termino acoso significa todo aquello que intimide, represalia o violación escolar. Un estudiante que es acosado debe inmediatamente reportarlo oralmente o por escrito al Gerente de Quejas del Distrito o a cualquier otro miembro escolar con el cual el estudiante se sienta comodo hablando. Cualquiera que tenga informacion acerca de este trato o sepa de alguien que lo esta haciendo debe de reportarlo al Gerente de Quejas del Distrito o cualquier miembro escolar. El Distrito no castigara a nadie por el hecho de que ha hecho una queja o reporte, o ha suministrado información o participado en alguna investigación o procedimiento, siempre y cuando esta persona no haya levantado falsos o haya provisto información falsa. El Superintendente o su delegado elaborarán y mantendrá un programa que: 1.Instrumenta de forma completa y hace cumplir cada una de las siguientes políticas del Consejo: a. 2:260 Procedimiento Normal de Quejas: Esta política contiene el proceso para que una persona pueda resolver una queja. Un estudiante puede utilizar esta directiva para quejarse de acoso escolar. El Gerente de Quejas del Distrito, sometera la queja con prontitud y de manera equitativa. Después de una investigación, el Gerente de Quejas deberá presentar un informe por escrito de sus hallazgos con el Superintendente para su acción. El estudiante puede apelar la decisión de la Junta. b. 6:235, El acceso a las redes electrónicas. Esta política establece que el uso de las redes electrónicas del Distrito se limita a: (1) apoyo a la educación y / o de investigación, o (2) un uso comercial legítimo. Somete a cualquier individuo a la pérdida de privilegios, acción disciplinaria, y / o acciones legales correspondientes por la violación de Autorización de Acceso a la Red Electrónica del Distrito. c. 7:20 El acoso de estudiantes es prohibido. Esta política prohíbe que cualquier persona acose o intimide a otro estudiante en razón de su sexo, color, raza, religión, creencias, antecedentes, origen nacional, incapacidad física o mental, orientación sexual, u otra condición de grupo protegido. Cada una de estas características también se identifica en el apartado segundo de esta política. d. 7:185, Violencia en el noviazgo Prohibida. Esta política prohíbe a los adolescentes la violencia de pareja en la propiedad de la escuela, en actividades patrocinadas por la escuela, y en los vehículos utilizados para el transporte proporcionado por la escuela. Anima a cualquier persona con información sobre un incidente de violencia entre parejas de adolescentes a reportarlo a cualquier miembro del personal de la escuela. e. 7:190, Disciplina de los estudiantes. Esta política prohíbe a los estudiantes participar en novatadas o en el comportamiento agresivo del tipo que sea y que haga daño físico o psicológico a otros o que inste a otros estudiantes a participar en tal comportamiento; este comportamiento prohibido incluye cualquier uso de la violencia, la fuerza, el ruido, la coacción, las amenazas, la intimidación, el miedo, el acoso, la matonería, las novatadas, u otro comportamiento parecido. f. 7:310, Restricciones sobre las publicaciones y materiales electrónicos y escritos. Esta política prohíbe que los estudiantes: (i) tengan acceso a los materiales escritos o electrónicos y/o los distribuyan, incluso materiales del Internet, los cuales llegarían a perturbar de forma importante el funcionamiento debido y ordenado y la disciplina de la escuela o las actividades escolares, y (ii) creen y/o distribuyan materiales escritos o electrónicos, incluso

materiales del Internet y las bitácoras (los llamados “blogs”), los cuales llegarían a perturbar de forma importante el funcionamiento de la escuela o que se entrometerían con los derechos de otros estudiantes o miembros del personal escolar. g. La plena aplicación de las políticas antes mencionadas incluye: (a) llevar a cabo una investigación inmediata y exhaustiva de los presuntos casos de acoso, la intimidación, de acoso el comportamiento o conducta similar, (b) proveer a cada estudiante que viole una o más de estas políticas con consecuencias apropiadas y medidas correctivas, y (c) proteger a los estudiantes las represalias por denunciar tal conducta. La plena instrumentación de las susodichas políticas incluye: (a) llevar a cabo una investigación puntual y minuciosa de los presuntos actos del comportamiento de matón, intimidante o acosante, (b) imponer a cada estudiante que contravenga una de estas políticas o más las consecuencias y las medidas correctivas que correspondan, y (c) proteger a los estudiantes contra las represalias por haber denunciado tal comportamiento. 2. Examina las medidas procedentes para entender y rectificar las condiciones que fomentan la matonería, la intimidación, y el acoso; esto contempla la toma de medidas, con el fin de eliminar o evitar estas conductas perturbadoras más allá de los castigos punitivos tradicionales. 3. Abarca las medidas dedicadas a evitar la matonería y a inculcar principios de carácter en todos los grados, de acuerdo a las leyes estatales y a la política del Consejo Educativo 6:60, Contenido del Plan Académico. Esto incluye la incorporación del desarrollo social y emocional del estudiante en el programa educativo del Distrito, conforme a lo exigido bajo las leyes estatales y en alineamiento con la política del Consejo 6:65, Desarrollo Social y Emocional del Estudiante. 4. Da a conocer a los miembros del personal de forma completa la meta del Distrito para impedir que los estudiantes participen en la matonería y las medidas a que se recurren para realizar dicha meta. Esto incluye: (a) comunicar las expectativas del Distrito – y el requisito de la ley estatal – que los maestros y otros empleados con certificación mantengan la disciplina, y (b) establecer un proceso para que los miembros del personal cumplan su deber de denunciar presuntos actos de la matonería, intimidación, acoso, y otros actos de violencia verdadera o amenazas de la misma. 5. Anima a todos los miembros de la comunidad escolar, incluso los estudiantes, los padres, los voluntarios, y los visitantes, a denunciar presuntos actos de matonería, intimidación, acoso, y otros actos de violencia verdadera o amenazas de la misma. 6. Activamente busca la participación de los padres/tutores de los estudiantes para corregir la(s) conducta(s) preocupante(s). De ahí que se pretender asegurar que todos los padres/tutores serán notificados, conforme a lo exigido bajo las leyes estatales, cada vez que su niño participe en la conducta agresiva. 7. Comunica las expectativas del Distrito que todos los estudiantes se comporten con el debido respeto por los derechos y el bienestar de otros estudiantes. Esto incluye un proceso para elogiar o reconocer con mención especial a los estudiantes por haber demostrado el comportamiento apropiado. 8. De base anual, informa a los estudiantes y a sus padres/tutores de esta política. Esto incluye difundir información al respecto, de forma anual, a todos los estudiantes y a sus padres/tutores,

para explicar la perturbación grave ocasionada por los actos de matonería, intimidación y acoso y para explicar que estas conductas se tomarán en serio y que no serán toleradas en forma alguna. 9. Participa en la vigilancia continua, lo cual incluye la recolección y el análisis de datos correspondientes a la naturaleza y al alcance de los actos de matonería que suceden en las escuelas del Distrito y, después de identificar los marcadores apropiados, evalúa lo eficaces de las varias estrategias, programas, y procedimientos, y comunica esta evaluación al Consejo, junto con las recomendaciones para realzar su eficacia. 10. Cumple con las leyes federales y estatales y actúa en alineamiento con las políticas del Consejo. Esto incluye persuadir al Consejo a actualizar esta política cada dos años a partir de su aprobación inicial y su presentación ante el Consejo de Educación del Estado de Illinois después de que el Consejo la apruebe o la actualice. Esta política no tiene la intención de infringir ningún derecho de ejercer la libertad de expresión o el libre ejercicio de la religión o ideas basadas en la religión protegida bajo la Primera Enmienda de la Constitución de los EE.UU. o de la sección 3 o 4 del artículo 1 de la Constitución de Illinois.

PROMULGADO:

17 de abril de 2014

Estudiantes Violencia en el Noviazgo esta Prohibida Participar en violencia en el noviazgo adolescente que tiene lugar en la escuela, en la propiedad de la escuela, en actividades patrocinadas por la escuela, o en los vehículos utilizados para el transporte escolar está prohibido. Para los propósitos de esta política, el termino la violencia en el noviazgo adolescente ocurre cada vez que un estudiante que tiene 13 a 19 años de edad utiliza o amenaza con usar el abuso físico, mental o emocional para controlar a un individuo en la relación de pareja; o usa o amenaza con usar la violencia sexual en la relación de noviazgo. El Superintendente o la persona designada deberá desarrollar y mantener un programa para responder a los incidentes de violencia en el noviazgo adolescente que: 1. Totalmente implemente y haga cumplir cada una de las siguientes políticas de la Junta: a. 7:20, El acoso de estudiantes esta prohibido. Esta política prohíbe a cualquier persona acosar/intimidación, o acoso a un estudiante en base a características reales o percibidas de sexo del estudiante; la orientación sexual; identidad de género; e identidad o expresión de género (esta política incluye la protección de los estatutos). b. 7:180, Prevención de la Intimidación, Intimidación y Acoso. Esta política prohíbe a los estudiantes participar en el acoso, la intimidación y el acoso en la escuela, eventos escolares y electrónicamente. La conducta prohibida incluye amenazas, acoso, violencia física, acoso sexual, la violencia sexual, el robo, la humillación pública, la destrucción de la propiedad, o como represalia por afirmar o alegar un acto de intimidación. 2 Alienta a cualquier persona con información sobre los incidentes de violencia en el noviazgo para informar a cualquiera de las siguientes personas: a. Cualquier miembro del personal escolar. El personal escolar deberá responder a los incidentes de violencia en el noviazgo, siguiendo los procedimientos establecidos por el Distrito para la prevención, identificación, investigación, y la respuesta a la intimidación y la violencia escolar. b. El Coordinador de No Discriminación, Edificio Principal, Asistente de Director de la Escuela, Decano de Estudiantes, o un Gerente de Quejas identificado en la política de 7:20, Acoso de

Estudiantes esta Prohibido. 3. Incorpora la instrucción apropiada para su edad en los grados 7 a 12, de acuerdo con el programa de educación para la salud integral de la política de la Junta de Distrito en 6:60, Contenido de Curriculo. Esto incluye la incorporación del desarrollo social y emocional en el programa educativo del Distrito como lo requiere la ley estatal y en alineación con la política del Consejo 6:65, Estudiante de Desarrollo Social y Emocional. 4. Incorpora la educación para el personal de la escuela, según lo recomendado por el Coordinador de No Discriminación, Edificio Principal, Subdirector del Edificio, Decano de Estudiantes, o un Gerente de Quejas. 5. Notifica a los estudiantes y los padres / tutores de esta política. Adoptado el dia: 17 de abril de 2014

Políticas del distrito escolar 7:20 Acoso de Estudiantes prohibidas El acoso, La Intimidación y El Acoso Prohibido

Ninguna persona, incluyendo un empleado del Distrito o agente, o el estudiante, podrá hostigar, intimidar, o intimidar a un estudiante sobre la base de la real o percibida: raza, color, nacionalidad, sexo, orientación sexual, identidad de género, las cuestiones de género relacionados con la identidad o expresión , la ascendencia, edad, religión, discapacidad física o mental; fin del estatuto de protección, estado de quedarse sin hogar, estado civil o de los padres reales o potenciales, incluyendo el embarazo, la asociación con una persona o grupo con uno o más de las características antes mencionadas, reales o imaginados , o cualquier otra característica distintiva. El Distrito no tolerará hostigar, intimidar, conducta, o la intimidación ya sea verbal, física o visual, que afecta a los beneficios tangibles de la educación, que interfiere de manera irrazonable con el desempeño educativo de un estudiante, o que crea un entorno intimidatorio, educativo hostil u ofensivo. Ejemplos de conductas prohibidas incluyen los insultos, el uso de insultos despectivos, el acecho, causando daños psicológicos, amenazar o causar daño físico, destrucción de amenaza o efectivo de la propiedad, o el uso o posesión de objetos que representan o implican el odio o los prejuicios de una de las características mencionadas anteriormente. ES PROHIBIDO EL ACOSO

El acoso sexual de estudiantes o por ellos es ilegal y va en contra de la política del Distrito. Toda persona, incluso un empleado o agente del Distrito, o un estudiante, que sea masculino o femenino, comete el acoso sexual cuando hace insinuaciones sexuales, pide favores sexuales, y/o participa en otro comportamiento verbal o físico de naturaleza sexual o a base del sexo, impuesto a base del sexo, que: 1. niega o limita la ayuda, los beneficios, los servicios, o el tratamiento educativo; o que hace que dicho comportamiento sea condición del estado académico del estudiante; o 2. tiene el fin o el efecto de: a. entrometerse de forma importante en el medioambiente educativo del estudiante; b. crear un medioambiente educativo intimidante, hostil, u ofensivo; c. privarle a un estudiante de ayuda, beneficios, servicios o tratamiento educativo; o d. hacer que el someterse a tal comportamiento o el rechazarlo sea la base de las decisiones académicas que tengan efecto sobre el estudiante.

Los términos "intimidar", "hostil" y "ofensivo" incluyen la conducta que tiene el efecto de la humillación, la vergüenza o incomodidad. Los ejemplos del comportamiento acosante sexual incluyen, pero sin quedar limitados al: toque, bromas o dibujos groseros, conversaciones de experiencias sexuales, burlarse de las características sexuales y hacer correr rumores relativos a las presuntas aventuras sexuales de una persona. CÓMO PRESENTAR DENUNCIAS POR PARTE DE LOS ESTUDIANTES Se les anima a los estudiantes que se creen ser víctimas del acoso sexual, la intimidación, la matonería, o han presenciado actos de acoso, intimidación, o matonería, a hablar del asunto con el Coordinador contra la Discriminación del Consejo, el Director del Edificio, el Subdirector del Edificio, el Decano de Estudiantes, o un Gerente de Denuncias. Los estudiantes podrán optar por denunciar el acto de acoso, intimidación, o matonería a una persona del mismo sexo que el del estudiante. Se mantendrán las denuncias en confianza hasta el grado que sea posible, en vista de la necesidad de investigación de la misma. Los estudiantes que presentan denuncias de buena fe no serán castigados. La acusación que un estudiante fue víctima del acoso por parte de otro estudiante la pasará el Coordinador contra la Discriminación o el Gerente de Denuncias al Director del Edificio, al Subdirector del Edificio, o al Decano de Estudiantes, quien llevará a cabo una investigación de la denuncia. Toda investigación podrá incluir entrevistas con los estudiantes involucrados en el presunto acto. Estas entrevistas podrán tomar lugar sin el conocimiento o el consentimiento previo de los padres de los estudiantes. Durante el transcurso de la investigación, la administración podrá tomar los pasos que sean necesarios para separar al denunciante y al acusado, según las circunstancias exijan. El Superintendente incorporará a esta política los nombres, las direcciones, y los números de teléfono del Coordinador contra la Discriminación y los Gerentes de Denuncias del Distrito. Por lo menos, una de ellas será una mujer, y, por lo menos, otro será un hombre. El Coordinador contra la Discriminación y los Gerentes de Denuncias se encargarán de los deberes detallados en la Política 5:10. Coordinador contra la Discriminación: Nombre Cameron Willis Dirección 555 N.Main Street,Wauconda Núm de teléfono 847/526-7690 Gerentes de Denuncias: Nombre Cameron Willis o Valerie Donnan Dirección 555 N.Main Street,Wauconda Núm de tele 847/526-7690

El Superintendente tomará medidas razonables para informar a los miembros del personal y a los estudiantes que el Distrito no tolerará, en contravención de la ley, el acoso, la intimidación ni la matonería de ningún tipo, tales como, por ejemplo, la incorporación de esta política a los manuales correspondientes. Cualquier empleado del Distrito para quien se haya determinado, después de la investigación al respecto, que estuvo participando en el acoso, la intimidación, o la matonería, estará sujeto a las medidas disciplinarias, hasta e incluso el despido del trabajo. Cualquier estudiante en el Distrito para quien se haya determinado, después de la investigación, que estuvo participando en conducta

prohibida por esta política, estará sujeto a las medidas disciplinarias, incluso pero sin limitarse a la suspensión y la expulsión, de acuerdo a la política sobre la disciplina. Cualquier persona que a sabiendas presenta una acusación falsa sobre la conducta prohibida también estará sujeta a las medidas disciplinarias, hasta e incluso el despido, con respecto a los empleados, o la suspensión y expulsión, con respecto a los estudiantes. PROMULGADO: 2 de agosto de 2012 Políticas del distrito escolar 6:270 ORIENTACIÓN Y CONSEJERÍA El Distrito Escolar ofrece un programa de orientación y consejería a los estudiantes. El Superintendente o su delegado dirigirá el programa de orientación y consejería del Distrito. Los servicios de consejería en la escuela, conforme a lo especificado bajo la ley del Estado, los brindará un especialista de orientación calificado para ello o un miembro del personal escolar con certificación al respecto. El programa de consejería ayudará a los estudiantes con las intervenciones relativas a los asuntos académicos, sociales y/o personales. Se les animará a los estudiantes a buscar ayuda académica, social, y/o personal. Cada miembro del personal escolar se responsabiliza de orientar a los estudiantes a su cargo con eficacia, con el fin de averiguar y concretar, de forma temprana, las necesidades intelectuales, emocionales, sociales o físicas, los diagnósticos de impedimentos de aprendizaje, y el pleno desarrollo de su potencial educativo. Los consejeros del Distrito también estarán disponibles para aconsejar a los estudiantes que tengan necesidad de mayor ayuda. El programa de orientación ayudará a los estudiantes a identificar las opciones de carrera que concuerden con sus habilidades, sus intereses, y sus valores personales. Se les animará a los estudiantes a buscar la ayuda de los consejeros para desarrollar sus propios planes académicos ajustados a sus objetivos de carrera. Los estudiantes de los últimos dos años de la escuela secundaria tendrán la oportunidad para recibir información orientada a las carreras futuras. Los representantes de las varias universidades y colegios de educación superior, las instituciones de enseñanza vocacional y los reclutadores con orientación a las carreras, incluso las carreras militares, podrán tener acceso al local escolar con el fin de brindar información a los estudiantes y a su(s) padre(s)/tutor(es). PROMULGADO: 21 de march de 2002 Políticas del distrito escolar 7:140

REGISTROS Y CONFISCACIÓN Para mantener el orden y la seguridad en las escuelas, las autoridades escolares quedan facultadas para llevar a cabo registros razonables de la propiedad y del equipo escolar, así como la de los estudiantes y de sus efectos personales. “Las autoridades escolares” incluyen los oficiales de policía que actúan de enlace con la escuela. Propiedad y equipo escolar, así como los efectos personales que los estudiantes dejan atrás Los autoridades escolares podrán inspeccionar y registrar la propiedad y el equipo escolar que pertenece a la escuela o que está bajo el control de la misma (tales como los armarios personales, los escritorios, y los estacionamientos), así como los efectos personales que un estudiante deja atrás, sin aviso previo y sin consentimiento del estudiante. Los estudiantes no deben tener la expectativa razonable de la privacidad en esos lugares o áreas ni para los efectos personales que se dejan allí. Este párrafo se aplica a los vehículos de los estudiantes estacionados en la propiedad escolar.

Además, los Directores del Edificio también van a exigir que cada estudiante en la escuela secundaria, en consideración por el privilegio de estacionar en la propiedad escolar, dé su consentimiento por escrito de los registros escolares de su vehículo y los efectos personales que se dejan en él, sin aviso previo y sin sospechas de hacer mal. El Superintendente también podrá pedir la ayuda de los oficiales de la ley para llevar a cabo las inspecciones y los registros de armarios personales, escritorios, estacionamientos, y otra propiedad y equipo escolar en busca de las drogas ilícitas, las armas, u otras sustancias o materiales ilícitos o peligrosos, incluso los registros que se llevan a cabo con los perros especialmente entrenados para ello. REGISTROS Y CONFISCACIÓN Para mantener el orden y la seguridad en las escuelas, las autoridades escolares quedan facultadas para llevar a cabo registros razonables de la propiedad y del equipo escolar, así como la de los estudiantes y de sus efectos personales. “Las autoridades escolares” incluyen los oficiales de policía que actúan de enlace con la escuela. Propiedad y equipo escolar, así como los efectos personales que los estudiantes dejan atrás Los autoridades escolares podrán inspeccionar y registrar la propiedad y el equipo escolar que pertenece a la escuela o que está bajo el control de la misma (tales como los armarios personales, los escritorios, y los estacionamientos), así como los efectos personales que un estudiante deja atrás, sin aviso previo y sin consentimiento del estudiante. Los estudiantes no deben tener la expectativa razonable de la privacidad en esos lugares o áreas ni para los efectos personales que se dejan allí. Este párrafo se aplica a los vehículos de los estudiantes estacionados en la propiedad escolar. Además, los Directores del Edificio también van a exigir que cada estudiante en la escuela secundaria, en consideración por el privilegio de estacionar en la propiedad escolar, dé su consentimiento por escrito de los registros escolares de su vehículo y los efectos personales que se dejan en él, sin aviso previo y sin sospechas de hacer mal. El Superintendente también podrá pedir la ayuda de los oficiales de la ley para llevar a cabo las inspecciones y los registros de armarios personales, escritorios, estacionamientos, y otra propiedad y equipo escolar en busca de las drogas ilícitas, las armas, u otras sustancias o materiales ilícitos o peligrosos, incluso los registros que se llevan a cabo con los perros especialmente entrenados para ello. ESTUDIANTES Las autoridades escolares podrán llevar a cabo el registro de un estudiante y/o de los efectos personales que obran en su poder (tales como las bolsas, las carteras, las mochilas, las bolsas para libros, las loncheras, etc.) cuando existe sospecha razonable de que el registro fuera a dar prueba de que el estudiante de que se trata ha contravenido o contraviene la ley o las reglas del Distrito sobre el comportamiento de estudiantes. El registro en sí tiene que llevarse a cabo de tal manera que tenga relación razonable al fin indicado y que no sea demasiado indiscreto para de la edad y del sexo del estudiante, y la naturaleza de la infracción. Cuando sea practicable, el registro será realizado como sigue: 1. Fuera de la vista de los demás, incluso los estudiantes; 2. En la presencia del administrador o de un testigo adulto; y 3. Por un empleado con certificación al respecto o por parte de un oficial de policía de enlace del mismo sexo como el del estudiante.

Inmediatamente después del registro, la autoridad escolar que llevó a cabo el registro levantará un informe por escrito a ser entregado al Superintendente. CONFISCACIÓN DE LA PROPIEDAD Si un registro da prueba de que el estudiante ha contravenido o contraviene la ley, las políticas o las reglas del Distrito, las autoridades escolares podrán confiscar e incautar dichas pruebas, tomando las medidas disciplinarias correspondientes. Cuando convenga, se podrá traspasar tales pruebas a las autoridades de la ley. PRUEBA DEL ALCOHOLÍMETRO Con el fin de proporcionar la seguridad y la supervisión de los estudiantes; para mantener la disciplina y el orden en las escuelas; y de otra forma para brindar la salud, la seguridad, y el bienestar de todos dentro de la escuela, en las actividades relativas a la escuela, o cuando viajan a la escuela o a las actividades escolares o desde las mismas, el Consejo Educativo autoriza al Superintendente o el Director, o su delegado, a administrar la prueba del alcoholímetro a todos los estudiantes de quienes razonablemente se sospecha que hayan consumido el alcohol. Tales pruebas serán administradas solamente por el personal escolar debidamente autorizado y entrenado al respecto, y se llevarán a cabo en privado, de acuerdo a las directrices especificadas a continuación. 1. El Superintendente, el Director o su delegado podrá administrar la prueba del alcoholímetro cuando haya motivos razonables de sospechar que el estudiante haya consumido alcohol en contravención de la ley y/o las reglas del Distrito Escolar. Sin embargo, no deberá interpretarse este párrafo como obligación por parte del personal escolar a administrar la prueba del alcoholímetro antes de tomar medidas disciplinarias donde existan otras pruebas del consumo del alcohol. 2. Todo personal escolar autorizado a realizar tales pruebas estará entrenado en el debido uso del equipo del alcoholímetro. 3. El equipo del alcoholímetro se mantendrá y se manejará de acuerdo con las especificaciones del fabricante. 4. Todo personal escolar autorizado a realizar tales pruebas estará entrenado para reconocer los síntomas del consumo del alcohol. 5. Se llevarán a cabo todas las pruebas en privado. 6. Negarse a someterse a la prueba del alcoholímetro sujetará al estudiante a las medidas disciplinarias, hasta e incluso la expulsión. 7. Cualquier nivel averiguable de contenido del alcohol en la sangre sujetará al estudiante a las medidas disciplinarias, hasta e incluso la expulsión. 8. Se le notificará al(los) padre(s) o tutor(es) del estudiante cuyo resultado de la prueba del alcoholímetro indica un nivel averiguable de contenido del alcohol en la sangre.

9. Serán notificados los padres y los estudiantes de la Política del Consejo Educativo sobre la Prueba del Alcoholímetro por medio de la publicación cada año del Manual para Estudiantes. Notificacion en cuanto a las Cuentas o Perfiles en Lugares Cibernéticos o Sitios Web de Redes Sociales La ley estatal requiere que le Distrito notifique a sus estudiantes y padres/tutores que oficiales pueden requerir o requieran al estudiante o a su padre/tutor el proveer la contraseña o alguna otra información relacionada para obtener acceso a la cuenta o perfil del estudiante en las redes sociales. Esta petición puede ser hecha solamente si existe causa razonable para creer que la cuenta del estudiante contiene evidencia de que el o ella ha violado el código escolar disciplinario o la política de la junta de la escuela. Adoptado el dia: 17 de abril de 2014 Políticas del distrito escolar 7:200 PROCEDIMIENTOS PARA LA SUSPENSIÓN Suspensión en la escuela El Superintendente o designado está autorizado para mantener un programa de suspensión dentro de la escuela. El programa incluirá, como mínimo, cada uno de los siguientes: 1. Antes de asignar a un estudiante a la suspensión dentro de la escuela, se explicarán los cargos y el estudiante se les dará la oportunidad de responder a los cargos. 2. Los estudiantes son supervisados por el personal escolar con licencia. 3. Los estudiantes se les da la oportunidad de completar el trabajo en clase durante la suspensión dentro de la escuela para obtener créditos académicos equivalentes. Suspensión Fuera de la Escuela El Superintendente o persona designada implementará procedimientos de suspensión que proporcionan, como mínimo, para cada uno de los siguientes: 1. Una conferencia durante la cual los cargos serán explicados y el estudiante se le dará la oportunidad de responder a los cargos antes de que él o ella puede ser suspendido. 2. No se requiere una reunión previa a la suspensión, y el estudiante puede ser suspendido inmediatamente cuando la presencia del estudiante representa un peligro continuo a personas o propiedad o una amenaza continua de interrupción del proceso educativo. En tales casos, la notificación y la conferencia seguirán tan pronto como sea posible. 3. Un intento llamada telefónica al padre (s) del estudiante / tutor (s). 4. Un aviso por escrito de la suspensión al padre (s) / tutor (s) y el estudiante, que deberá: a. Dar aviso al padre (s) / tutor (s) del derecho de su hijo a una revisión de la suspensión; b. Incluir información acerca de la oportunidad de recuperar el trabajo perdido durante la suspensión para obtener créditos académicos equivalentes; c. Detalle del acto específico de desobediencia o mala conducta que resulta en la decisión de suspensión; d. Proveer razón o una explicación de cómo el número seleccionado de días de suspensión se dirigirá a la amenaza o perturbación planteada por el estudiante o su acto de desobediencia o mala conducta; y e. Dependiendo de la duración de la suspensión fuera de la escuela, incluya la siguiente información correspondiente al caso:

i. Para una suspensión de 3 días o menos, una explicación que la presencia continua del estudiante en la escuela o en el planter: a. Es una amenaza para la seguridad de la escuela, o b. Es una interrupción de las oportunidades de aprendizaje de otros estudiantes. ii. Para una suspensión de 4 o más días de clases, una explicación: a. Que otras intervenciones conductuales y disciplinarias apropiadas y se han agotado, b. En cuanto a si los funcionarios escolares intentaron otras intervenciones o determinaron que no hay otras intervenciones disponibles para el estudiante, y c. Que la presencia continúa del estudiante en la escuela, ya sea: i. Representar una amenaza para la seguridad de otros estudiantes, el personal o miembros de la comunidad escolar, o ii. Sustancialmente interrumpir, impedir o interferir con el funcionamiento de la escuela. iii. Para una suspensión de 5 o más días de clases, la información aparece en la sección 4.e.ii., anteriormente, junto con la documentación por el Superintendente o la persona designada para determinar lo que, en su caso, los servicios de apoyo adecuados y disponibles serán proporcionados al estudiante durante la duración de su suspensión. 5. Un resumen del anuncio, incluyendo la razón de la suspensión y la duración de la suspensión, se debe dar a la Junta por el Superintendente o su designado. 6. A petición del padre (s) / tutor (s), una revisión de la suspensión deberá llevarse a cabo por la Junta o un funcionario de audiencias designado por el Consejo. En la revisión, el padre del estudiante (s) / tutor (s) puede aparecer y discutir la suspensión con el Consejo o su oficial de audiencia y puede ser representado por un abogado. Cada vez que hay evidencia de que la enfermedad mental puede ser la causa de la suspensión, el Superintendente o persona designada deberá invitar a un representante del Departamento de Servicios Humanos de consultar con la Junta. Después de la presentación de la evidencia o la recepción del informe del oficial de la audiencia, el Consejo adoptará las medidas que considere apropiadas. Si se mantiene la suspensión, la decisión de suspensión por escrito de la Junta deberá específicamente elementos de detalle (a) y (e) en el número 4, arriba. APROBADA: el 19 de mayo de 2016 Política de la Junta 7: 210

Procedimientos de expulsión

El Superintendente o persona designada deberá aplicar los procedimientos de expulsión que proporcionan, como mínimo, por los siguientes: 1. Antes de que un estudiante puede ser expulsado, el estudiante y su padre (s) / tutor (s), se facilitarán una solicitud por escrito a aparecer en una audiencia para determinar si el estudiante debe ser expulsado. La solicitud deberá ser enviada por correo certificado, con acuse de recibo. La solicitud deberá: a. Incluir la hora, fecha y lugar de la audiencia.

b. Brevemente describa lo que sucederá durante la audiencia. c. Detalle del acto específico de desobediencia o mala conducta que resulta en la decisión de recomendar la expulsión. d. Lista de suspensión previa del estudiante (s). e. Estado de que el código de la escuela permite a la Junta de educación para expulsar a un estudiante por un período definido de tiempo no superior a 2 años naturales, tal como se determina sobre una base caso por caso. F. Pedir que el estudiante o el padre (s) / tutor (s) o el abogado de conocimiento al Fiscal Superintendente o de la Junta si el estudiante estará representado por un abogado y, en caso afirmativo, el nombre del abogado e información de contacto. 2. A menos que el estudiante y el padre (s) / tutor (s) indican que ellos no quieren una audiencia o no se presentan en el momento y lugar designado, la audiencia continuará. Será llevado a cabo por la Junta o un funcionario de audiencias designado por ella. Si se nombra un oficial de la audiencia, se le informará a la Junta la evidencia presentada en la audiencia y la Junta tomará la acción final que considere apropiadas. Cada vez que hay evidencia de que la enfermedad mental puede ser la causa de la expulsión recomendada, el Superintendente o persona designada deberá invitar a un representante del Departamento de Servicios Humanos de consultar con la Junta. 3. Durante la audiencia de expulsión, la Junta o de la audiencia oirán pruebas respecto a si el estudiante es culpable de la desobediencia o mala conducta de los cargos. Los funcionarios escolares deben proporcionar: (1) testimonio de cualquier otra intervención que se intentó y agotado o de su determinación de que no hay otras intervenciones apropiadas y disponibles estaban disponibles para el estudiante, y (2) la evidencia de la amenaza o perturbación planteada por el estudiante. El estudiante y su padre (s) / tutor (s) pueden ser representados por un abogado, ofrecer pruebas, presentar testigos, interrogar a los testigos que declararon, y las razones de otro modo presentes por qué el estudiante no debe ser expulsado. Después de la presentación de la evidencia o la recepción del informe del oficial de la audiencia, la Junta decidirá la cuestión de la culpabilidad y tomar las medidas que considere apropiadas. 4. Si la Junta actúa para expulsar al estudiante, su decisión de expulsión escrita: a. Detalle de la razón específica por la eliminación del estudiante de su entorno de aprendizaje es en el mejor interés de la escuela. b. Proporcionar un fundamento para la duración concreta de la expulsión recomendada. c. Documentar cómo las autoridades escolares determinaron que todas las intervenciones conductuales y disciplinarias que se hayan agotado especificando cuáles son las intervenciones se intentaron o si las autoridades escolares determinaron que no existían otras intervenciones apropiadas y disponibles para el estudiante. ii. Documentar cómo la presencia continua del estudiante en la escuela (1) representa una amenaza para la seguridad de otros estudiantes, el personal o miembros de la comunidad escolar, o (2) sustancialmente interrumpir, impedir o interferir con el funcionamiento de la escuela. 5. Tras la expulsión, el distrito puede referir al estudiante a apropiarse y servicios de apoyo disponibles. APROBADA: el 19 de mayo de 2016

USO DE LA RED DE COMPUTADORAS DEL DISTRITO ESCOLAR Y DEL INTERNET Y ACCESO A LOS MISMOS Políticas del distrito escolar 6:235 El acceso a las redes electrónicas El acceso a las redes electrónicas Las redes electrónicas, como Internet, son una parte de los programas académicos del distrito y servirá para promover la excelencia educativa, facilitando el intercambio de recursos, la innovación y la comunicación. El Superintendente deberá desarrollar un plan de implementación de esta política y nombrar un administrador del sistema (s). El Distrito Escolar no es responsable por cualquier información que pueda ser perdido o dañado, o no estar disponibles cuando se utiliza la red, o para cualquier información que se ha obtenido o transmitido a través del Internet. Además, el Distrito no será responsable por cualquier cargo no autorizado o los honorarios que resulten del acceso a Internet. Currículo El uso de redes electrónicas del Distrito deberá: (1) ser coherente con el plan de estudios adoptado por el Distrito, así como las necesidades educativas diversas, estilos de aprendizaje, habilidades y niveles de desarrollo de los estudiantes, y (2) cumplir con los criterios de selección de material didáctico y materiales de la biblioteca del centro de recursos. Los miembros del personal podrán, en consonancia con el plan de implementación del Superintendente, tener el uso de Internet en todo el currículo. El Red electrónica del Distrito es parte del plan de estudios, y no un foro público para uso general. Uso aceptable Todo el uso de las redes electrónicas del Distrito se debe: (1) en apoyo a la educación y / o de investigación, y en cumplimiento de las metas establecidas en este documento, o (2) para un propósito en la escuela de negocios legítimos. El uso es un privilegio, no un derecho. Los estudiantes y miembros del personal no tiene ninguna expectativa de privacidad en cualquier material que se almacena, se transmite, o recibidos a través de redes electrónicas del Distrito o de las computadoras del Distrito. Las reglas generales de comportamiento y comunicación se aplican cuando se utilizan las redes electrónicas. Uso Aceptable del Distrito de Procedimiento Administrativo Redes Electrónicas contiene los usos apropiados, la ética y protocolo. Comunicaciones electrónicas y material descargado, incluyendo archivos borrados de la cuenta del usuario, pero no se borran, puede ser controlado o leído por funcionarios de la escuela. Seguridad del Internet Cada computadora del Distrito con acceso a Internet debe tener un mecanismo filtrado que bloque la entrada de representaciones visuales que son: (1) obscenas, (2) pornográficas, o (3) dañinas o inadecuadas para los estudiantes, como lo define la ley federal y según lo determinado por la Superintendente o su designado. El Superintendente o persona designada deberá cumplir el uso de tales dispositivos de filtrado. Un administrador, supervisor, u otra persona autorizada puede desactivar el dispositivo de filtración para la investigación de buena fe o fin lícito, siempre que la persona reciba la autorización previa del Superintendente o administrador del sistema.

El Superintendente o persona designada deberá incluir medidas en el plan de implementación de esta política para hacer frente a lo siguiente: 1. Garantizar la supervisión del personal de acceso de los estudiantes en línea a las redes electrónicas, 2. Limitar el acceso de los estudiantes a material inapropiado, así como restringir el acceso a materiales dañinos, 3. Garantizar la privacidad del estudiante y del personal, la seguridad y la seguridad al utilizar las comunicaciones electrónicas, 4. Limitar el acceso no autorizado, incluyendo la "piratería" y otras actividades ilegales, y 5. Limitar la divulgación no autorizada, uso y difusión de la información de identificación personal, como nombres y direcciones. Autorización para el acceso a la red electrónica Cada miembro del personal y los estudiantes deben cumplir con el Uso Aceptable del las Redes del Distrito y Procedimiento Administrativo de redes electrónicas como una condición para el uso de la red electrónica del Distrito. Todos los usuarios de las computadoras del distrito para acceder a Internet deberán mantener la confidencialidad de los expedientes de los estudiantes. Medidas razonables para proteger contra el acceso razonable se tomará antes de la información confidencial de los estudiantes se carga en la red. El hecho de que cualquier estudiante o miembro del personal no cumpla con los términos del uso aceptable de las redes electrónicas de Procedimiento Administrativo, o esta política, se traducirá en la pérdida de privilegios, acción disciplinaria, y / o acción legal apropiada.

PROMULGADO: 19 de mayo de 2011

Uso aceptable de las redes electrónicas Todo uso de las redes electrónicas deberán ser compatibles con la meta del Distrito que van a promover la excelencia educativa, facilitando el intercambio de recursos, la innovación y la comunicación. Estos procedimientos no intenten dar el estado de comportamiento requerido o prohibido por los usuarios. Por lo tanto, algunos ejemplos concretos son proporcionados. El hecho de que cualquier usuario no cumpla con s estos procedimientos se traducirá en la pérdida de privilegios, acción disciplinaria, y / o acción legal apropiada Términos y Condiciones Uso Aceptable - El acceso a la red electrónica del Distrito deben ser: (a) con el propósito de la educación o la investigación, y ser coherente con los objetivos educativos del Distrito, o (b) para el uso legítimo. Privilegios - El uso de la red electrónica del Distrito es un privilegio, no un derecho, y el uso inapropiado resultará en la cancelación de esos privilegios. La Administración tomará todas las decisiones con respecto a si un usuario ha violado estos procedimientos y puede negar, revocar o suspender su acceso en cualquier momento. La decisión de el o ella es final. El uso inaceptable - El usuario es responsable de sus actos y actividades de la red. Algunos ejemplos de usos inaceptables son:

a. Usar la red para cualquier actividad ilegal, incluyendo la violación de los derechos de autor u otros contratos, o transmitir cualquier material en violación de cualquier ley estatal o federal; b. Descarga no autorizada de software, independientemente de si se trata de derechos de autor o de virused; c. La descarga de material con copyright para que no sean personales;

d. Usar la red para ganancia financiera privada o comercial; e. Los recursos que pierde el uso, como espacio de archivos; f. Piratería informática o acceso no autorizado a archivos, recursos, o entidades; g. Invadir la privacidad de las personas, que incluye la divulgación, difusión y uso de información sobre cualquier persona que tiene un carácter personal, incluyendo una fotografía; h.Usar la cuenta de otro usuario o la contraseña; I. De material escrito o publicación creada por otro sin su consentimiento /; j. Publicación de mensajes anónimos; k. Usar la red para publicidad comercial o privado; l. Acceder, enviar, publicar, publicar o exhibir cualquier material difamatorio, inexacto, abusivo, obsceno, profano, orientado sexualmente, amenazante, racialmente ofensivo, hostil, o ilegal, y m. Uso de la red, mientras que los privilegios de acceso son suspendidas o revocadas Etiqueta de la Red - El usuario debe cumplir con las normas generalmente aceptadas de la etiqueta de la red. Estos incluyen, pero no se limitan a, lo siguiente: a. Sea cortés. No ser abusivo en los mensajes a otras personas. b. Use un lenguaje apropiado. No jurar, o usar vulgaridades o cualquier otro lenguaje inapropiado. c. No revele información personal, incluyendo las direcciones o números de teléfono, de los estudiantes o colegas. d. Reconocer que el correo electrónico (e-mail) no es privado. Las personas que operan el sistema tienen acceso a todo el correo. Los mensajes relacionados al apoyo de actividades ilegales pueden ser reportados a las autoridades. e. No usar la red en cualquier manera que pueda interrumpir su uso por otros usuarios. f. Examinar todas las comunicaciones y la información accesible a través de la red a ser de propiedad privada. No Garantías - El Distrito no ofrece garantías de ningún tipo, ni expresa ni implícita, por el servicio que está proporcionando. El Distrito no será responsable de los daños y perjuicios causados al usuario. Esto incluye la pérdida de datos resultado de demoras, no entregas, entregas perdidas, o interrupciones del servicio causadas por su negligencia o errores del usuario o las omisiones. El uso de cualquier información obtenida a través de Internet es bajo el propio riesgo del usuario. El Distrito específicamente niega cualquier responsabilidad por la exactitud o la calidad de la información obtenida a través de sus servicios. Indemnización - El usuario se compromete a indemnizar al Distrito Escolar por cualquier pérdida, costo o daño, incluyendo honorarios de abogados, incurridos por el Distrito en relación con, o que surja de cualquier violación de estos procedimientos. Seguridad-seguridad de la red es de alta prioridad. Si el usuario puede identificar un problema de seguridad en Internet, el usuario debe avisar al administrador o director del edificio. No demuestre el problema a otros usuarios. Mantener su cuenta y contraseña de forma confidencial. No use la cuenta de otra persona sin autorización escrita de esa persona. Los intentos de inicio de sesión a la Internet como administrador del sistema resultarán en la cancelación de los privilegios del usuario. Cualquier usuario identificado como un riesgo de seguridad puede negar el acceso a la red. Vandalismo - El vandalismo resultará en la cancelación de los privilegios y otra acción disciplinaria. El vandalismo se define como cualquier intento malicioso de dañar o destruir información de otro usuario, el Internet, o cualquier otra red. Esto incluye, pero no se limita a, la carga o la creación de virus informáticos. Gastos de teléfono - El Distrito no asume ninguna responsabilidad por cualquier cargo no autorizado o cargos, incluyendo los gastos de teléfono, cargos de larga distancia, los recargos por minuto, y / o costos de los equipos o de la línea.

Derechos de autor Reglas de publicación en Web - El derecho de autor y la política del Distrito prohíben la re-edición de texto o gráficos encontrados en la Web o en los sitios Web de Distrito o los servidores de archivos sin el permiso explícito y por escrito. Uso del correo electrónico - El sistema del Distrito de correo electrónico, y su software de constituyentes, el hardware y los archivos de datos, son propiedad y están controladas por el Distrito Escolar. El distrito escolar provee de correo electrónico para ayudar a los estudiantes y miembros del personal en el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades, y como una herramienta educativa. a. El Distrito se reserva el derecho a acceder y divulgar el contenido de cualquier cuenta en su sistema, sin previo aviso ni permiso de usuario de la cuenta. Acceso no autorizado por cualquier estudiante o miembro del personal para una cuenta de correo electrónico es estrictamente prohibido. b. Cada persona debe utilizar el mismo grado de cuidado en la redacción de un mensaje de correo electrónico como se pondría en un memorando escrito o documento. Nada debe ser transmitida en un mensaje de correo electrónico que no sería apropiado en una carta o memorando. c. Mensajes electrónicos transmitidos a través de portal de Internet del Distrito Escolar llevar consigo una identificación de Internet del usuario "de dominio". Este nombre de dominio es un nombre de dominio registrado y se identifica el autor como con el Distrito Escolar. Gran cuidado se debe tomar, por lo tanto, en la composición de dichos mensajes y cómo ese tipo de mensajes sea incompatible con el nombre y la reputación del Distrito Escolar. Los usuarios serán personalmente responsables por el contenido de cualquier y todos los mensajes de correo electrónico transmitido a los destinatarios externos. d. Cualquier mensaje recibido de un remitente desconocido a través de Internet o bien deben ser inmediatamente eliminados o enviados al administrador del sistema. La descarga de cualquier archivo adjunto a un mensaje basado en Internet, salvo que el usuario está seguro de la autenticidad que el mensaje y la naturaleza del archivo transmitido así. e. El uso del sistema del Distrito Escolar de correo electrónico constituye el consentimiento a estas regulaciones. Seguridad en Internet Acceso a Internet se limita sólo a los "usos aceptables" como se detalla en estos procedimientos. La seguridad en Internet es casi seguro que si los usuarios no participarán en "usos inaceptables", como se detalla en estos procedimientos, y de lo contrario seguir estos procedimientos. Los miembros del personal supervisan a los estudiantes mientras los estudiantes están usando el acceso de Internet del distrito para asegurar que los estudiantes cumplan con los términos y condiciones de acceso a Internet que figuran en estos procedimientos. Cada computadora del Distrito con acceso a Internet tiene un dispositivo de filtro que bloquea la entrada a representaciones visuales que son: (1) obscenas, (2) pornográficas, o (3) dañinas o inadecuadas para los estudiantes, tal como se define por la Ley de Protección de Niños en Internet y como se determina por el Superintendente o su designado. El administrador del sistema y construcción de directores deben vigilar el acceso de los estudiantes a Internet. Autorización para el acceso a la red electrónica Cada miembro del personal y los estudiantes deben cumplir con Uso Aceptable del Distrito de Procedimiento Administrativo redes electrónicas como una condición para el uso de la red electrónica del Distrito. Todos los usuarios de las computadoras del distrito para acceder a Internet deberán mantener la confidencialidad de los expedientes de los estudiantes. Medidas razonables para proteger contra el acceso razonable se tomará antes de la información confidencial de los estudiantes se carga en la red.

El hecho de que cualquier estudiante o miembro del personal no cumpla con los términos del uso aceptable de las redes electrónicas de Procedimiento Administrativo, o esta política, se traducirá en la pérdida de privilegios, acción disciplinaria, y / o acción legal apropiada. Aviso a los Padres de ejercer su derecho de Optar Los padres que prefieren ejercer su derecho a tener a sus hijos optar por el uso de la red electrónica del distrito debe notificar a su director de la escuela por escrito al inicio del año escolar de su deseo de hacerlo.

PROMULGADO: 15 de diciembre de 2011

Remisión Legal 7:190 APARATOS ELECTRÓNICOS

APARATOS ELECTRÓNICOS DE SEÑALAMIENTO Los estudiantes no pueden usar ni tener aparatos electrónicos de buscapersonas, radios de doble sentido, ni teléfonos en el local escolar en ningún momento, a menos que el Director del Edificio haya concedido permiso para ello. TELÉFONOS CELULARES Y OTROS APARATOS ELECTRÓNICOS La tenencia y el uso de teléfonos celulares y otros aparatos electrónicos que no sean buscapersonas y radios de doble sentido, estarán sujetos a las siguientes reglas: 1. Los teléfonos tendrán que quedar fuera de la vista y en un lugar que no llama la atención, tal como la mochila, la bolsa, o el armario particular. 2. Los aparatos tendrán que apagarse al entrar en la escuela al comienzo del día escolar del estudiante y permanecerán apagados hasta el final del día escolar, a menos que un maestro que actúa de supervisor conceda permiso para que se usen, o si el uso de los mismos es necesario en casos urgentes donde haya amenaza para la seguridad de los estudiantes, del personal, o de otras personas. 3. No podrán usarse de ninguna forma que perturbe el medioambiente educativo o que contravenga los derechos de los demás, incluso el uso del aparato para sacar fotos, hacer trampas, hacer señas a otros, enviar mensajes textuales, o de otra forma contravenir las reglas sobre el comportamiento estudiantil. 4. Tendrán que apagarse y permanecer fuera de la vista en los autobuses escolares, a menos que el chofer del autobús explícitamente lo permita o en casos de urgencia. Se puede usar los aparatos electrónicos durante el día escolar como soporte académico con tal de que: 1. Se permita el uso del aparato en el Plan de Estudios Individualizados (conocido por sus siglas en inglés como “IEP”), o 2. El maestro del estudiante dé permiso para ello. Los ejemplos de aparatos electrónicos que se pueden usar como soportes académicos incluyen las grabadoras, los pilotos palma, y las computadoras portátiles. Los ejemplos de aparatos electrónicos que no sirven de soporte académico incluyen: los juegos electrónicos a mano (por ejemplo, el llamado “Niño Jugador” o “GameBoy”), los tocadiscos

compactos, los tocadiscos de MP3, los radios de AM (modulación de amplitud) y FM (modulación de frecuencia), y los teléfonos celulares. Los estudiantes que no acaten estas reglas estarán sujetos a las medidas disciplinarias. El Distrito Escolar no se responsabiliza por el robo ni el extravío de aparatos electrónicos que se llevan a la escuela. PROMULGADO: 17 de mayo de 2012 Programa para Estudiantes Talentosos El Superintendente o persona designada deberá implementar un programa de educación para estudiantes dotados y talentosos que ayudaran a motivar a los estudiantes académicamente avanzados y hacerlos participar en experiencias de aprendizaje usando una diferenciación adecuada para desarrollar sus habilidades únicas. Si el Superintendente Estatal de Educación emite una solicitud de propuestas para la financiación de este programa de educación para estudiantes talentosos, el Superintendente o persona designada deberá informar al Consejo sobre la viabilidad y conveniencia de desarrollar un "plan para la educación de estudiantes talentosos" que calificaría con la financiación estatal. La elegibilidad para participar en el programa de dotados no estará condicionada a su raza, religión, sexo, discapacidad o cualquier otro factor. La Junta Escolar va a supervisar el rendimiento de este programa mediante el cumplimiento periódicamente con el Superintendente o persona designada para determinar y / o revisar los indicadores y los datos de las pruebas, el cumplimiento de sus metas y objetivos y es realizado en cumplimiento de esta política.

Apéndice A ¿DEMASIADO ENFERMO PARA LA ESCUELA? ¿Qué pasa si es casi la hora para mandar a los niños a la escuela y ellos dicen que se sienten mal? ¿Cómo decide usted si deben quedarse en casa y no ir a la escuela? Por qué no consulta usted la siguiente lista para orientarse al tomar una decisión. •

Una temperatura por encima de los 100.0° F. (Recuerde que los medicamentos Tylenol, Advil, etc. pueden ocultar los efectos de una fiebre.) Trate de tomar la temperatura de su hijo antes de darle medicamentos para rebajar la fiebre.



Su hijo tiene que sentirse bien, estar libre de fiebre, vómitos y diarrea por lo menos por 24 horas antes que de que se reincorpore a la escuela después de la enfermedad,



Vómitos persistentes y/o diarrea.



Un catarro severo, acompañado de fiebre, estornudos, y secreciones densas de la nariz, sobre todo para los niños pequeños, quienes a veces no recuerdan cubrirse la boca ni lavarse las manos.



Una tos que no deja dormir al niño de noche, o que empeora con el aumento de actividades, o se combina con otros síntomas.



Una garganta enrojecida y persistente, sobre todo si están hinchadas las amígdalas.



Un dolor de oídos severo y persistente.



El enrojecimiento del blanco de los ojos, las secreciones amarillentas del ojo, y las pestañas encostradas o pegajosas son síntomas de la conjuntivitis aguda. Hay que consultar a un médico para la atención, porque esta condición es altamente contagiosa.



Las erupciones cutáneas pueden ser difíciles de evaluar. Si están esparcidas por todo el cuerpo, si tienen forma de ampollas, si supuran, o si son dolorosas, pueden ser señal de una infección contagiosa, tal como la varicela o el sarampión.



Por favor, tenga en cuenta consultar con el médico de su hijo o con la enfermera escolar antes de mandar a su hijo a la escuela.

Recuerde que las sugerencias anteriores se ofrecen simplemente en forma de recomendación útil, y si usted todavía no está seguro si debe mandar a su hijo/su hija a la escuela, por favor llame a su propio médico o a la enfermera escolar

Apéndice B

Ir y venir a la escuela en bicicleta Con el fin de promover la seguridad de los estudiantes y disminuir las cuestiones de responsabilidad civil, el Distrito Escolar de la Unidad Comunitaria de Wauconda #118 ha promulgado las siguientes reglas con respecto a los estudiantes que van a la escuela y vuelven de la misma en bicicleta. Los padres y los estudiantes tienen que firmar el formulario que se da a continuación para asegurar al Distrito Escolar que el niño ha repasado las reglas del Distrito Escolar y que promete acatarlas, así como las directrices que se explican en detalle en el folleto “Niños que andan en bicicletas en Illinois”, publicado por el Departamento del Transporte de Illinois. Reglas del Distrito Escolar de la Unidad Comunitaria de Wauconda Núm. 118 sobre ir a la escuela y volver de la misma en bicicleta 1. Los estudiantes deben bajarse de las bicicletas y caminar con ellas hasta el armazón para sujetar bicicletas cuando entran en el local de la escuela. 2. Los estudiantes deben caminar con sus bicicletas cuando salen del local de la escuela. 3. Los estudiantes deben guardar las bicicletas bajo llave, atándolas al(los) armazón(es) mientras estén en la escuela. 4. Los estudiantes deben ceder el paso a los peatones mientras caminan con las bicicletas en los terrenos escolares. 5. Los estudiantes no deben viajar en la bicicleta con dos montados a la vez. Solamente debe haber un estudiante por bicicleta. 6. Se les podrá dejar salir a los estudiantes que van y vienen en bicicletas después de los otros estudiantes que no andan en bicicletas, debido a la preocupación por la seguridad, según determine la administración del edificio a cada nivel escolar. 7. Los estudiantes y los padres tienen que darse cuenta de que el Distrito no asume ninguna responsabilidad por el daño, el robo ni la pérdida de la bicicleta de un estudiante. 8. Dejar de firmar el formulario o una infracción de las reglas del Distrito sobre ir y venir en bicicleta como modo de transporte a la escuela podrá conducir a la disciplina del estudiante y/o la pérdida del privilegio para andar en la misma. 9. Se recomienda con firmeza que los estudiantes usen cascos para bicicletas en todo momento cuando andan en ella. 10. Se recomienda con firmeza que los estudiantes lleven sus bicicletas para una inspección y que los registren con la comandancia local de policía. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Por favor separe el formulario a continuación y remítalo a la escuela de su hijo Sí, aseguramos al Distrito Escolar de la Unidad Comunitaria de Wauconda # 118 que hemos repasado las reglas del Distrito Escolar con cuidado y prometemos acatarlas, con respecto a la ida a la escuela y la vuelta de la misma en bicicleta y las directrices que se explican en detalle en el folleto “Niños que andan en bicicletas en Illinois” que fue publicado por el Departamento del Transporte de Illinois. Nombre de la Escuela del Estudiante: Nombre del Estudiante:

Firma del Estudiante:

Nombre del Padre:

Firma del Padre:

Grado escolar del Estudiante:

Fecha de hoy:

7

Apéndice C Wauconda C.U.S.D. #118 Procedimientos de Notificación de Control de Plagas en los Edificios Escolares Estimados Padres, La legislatura de Illinois aprobó SB0527 y SB0529, enmiendas a la Ley de control de plagas estructurales y la Ley de Illinois de plaguicidas que afectan el modo en que las plagas, ratones, hormigas, etc., son controladas en las escuelas. La legislatura afecta a las escuelas en dos maneras. 1) Todas las escuelas de Illinois requieren adoptar un proceso de control de plagas llamado Integrated Pest Management o IPM, y 2). Las escuelas están obligadas a notificar al personal, estudiantes y padres de familia antes de que determinen los tipos de aplicaciones de control de plagas. Manejo Integrado de Plagas (Integrated Pest Management) da énfasis en la inspección y la comunicación con la administración de la escuela. El enfoque del programa es identificar y eliminar las condiciones en la escuela, lo cual podría causar plagas a ser un problema. Aplicaciones de los materiales de control de plagas se hacen sólo cuando sea necesario para eliminar un problema de plagas. Fumigación regular no es parte del programa.

Si se hacen necesario el uso de cualquier control de plagas productos distintos de los cebos o trampas, la notificación será publicada dos días hábiles antes de la aplicación. La única excepción a los dos días de aviso es si hay una amenaza inmediata para la salud o propiedad. Si desea recibir una notificación por escrito antes de la aplicación de cualquier tipo de control de plagas materiales sujetos a los requisitos de notificación, por favor completa el formulario adjunto y devolverlo a la escuela. Esta notificación se incluirá también la aplicación de fertilizantes o productos para el control de malezas. El distrito escolar ha seleccionado Orkin Pest Control para proporcionar Manejo Integrado de Plagas sirve como sea necesario. Orkin ha tenido los programas de manejo integrado de plagas en su lugar en las escuelas que dan servicio desde 2004. Si tiene alguna pregunta sobre la información y los procedimientos de Control de Plagas Orkin, puede llamar al (815) 338-0156

_________________________________________________ Usted no esta Requerido completar esta forma Llene sólo si desea notificaciones de la aplicación de los materiales de control de plagas en la escuela. Si el formulario no es completado en su totalidad, no podremos notificarle. Me gustaría ser notificado cuatro días antes de la utilización de materiales de control de líquidos o en aerosol de plagas en la escuela. Yo entiendo que si hay una amenaza inmediata para la salud o la propiedad que requiere tratamiento antes de la notificación puede ser enviado, voy a ser notificado tan pronto como sea posible.

Firma de Padre/Tutor__________________________________Fecha________ Nombre de Estudiante (favor de imprimir)____________________________Grado_________ Domicilio______________________________________Ciudad________________ Correo Electrónico_____________________________ Numero de Teléfono____________________________

8

Apéndice D

Lista de Repaso para Padres/Tutores Para asegurarse de que todos los estudiantes y los padres han tenido la oportunidad de revisar estos procedimientos y políticas, se requiere que el padre/tutor después de haber recibido este paquete, firme la verificación y la comprensión de los contenidos de la guía para padres y alumnos. Su pronta respuesta a esta solicitud es sinceramente apreciada. ‰ Proporcioné los números de teléfono actuales a la oficina administrativa de la escuela. ‰ Proporcione el correo electrónico actual a la oficina administrativa de la escuela. ‰ Proporcioné la dirección actual y la información para ser divulgada en casos de urgencia a la oficina administrativa de la escuela. ‰ Notifiqué la escuela de las cuestiones personales/médicas que haya con relación a la educación de mi hijo. ‰ Entiendo que si yo prefiero a ejercer mi derecho a optar por no sobre información del directorio (página 67) y de uso aceptable de las redes electrónicas (páginas 86-89), debo notificar al director de la escuela por escrito al comienzo del año escolar ‰ Repasé el manual para estudiantes y firmé y devolví el formulario que figura a continuación. Una forma por niño por favor.

----------------------------------------------------------------------------He leído el contenido de este Manual para Padres-Estudiantes, y repasé el contenido del mismo con mi hijo. Nombre de su hijo:

Maestro Escolar: ___________

Firma del Padre/Tutor

Fecha

-----------------------------------------------------------------------------

He leído el contenido de este Manual para Padres-Estudiantes, y repasé el contenido del mismo con mi hijo. Nombre de su hijo:

Maestro Escolar: ___________

Firma del Padre/Tutor

Fecha

-----------------------------------------------------------------------------

He leído el contenido de este Manual para Padres-Estudiantes, y repasé el contenido del mismo con mi hijo. Nombre de su hijo:

Maestro Escolar: ___________

Firma del Padre/Tutor

Fecha

Por favor llene este formulario y devuélvalo al maestro de su hijo.

9

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For example, the unique techniques and context of Sufi zikr must be ignored if it is to ..... recitation/visualization techniques employed in Recollection meditation.