Titular Notaría Pública No. 10'l

NOTARIA PUBLICA No. 101 TITULAR LIC. RODOLFO GALVAN HERRERA LIBRO (22) VEINTIDOS SEGUNDO DISTRITO --- ESCRITURA PÚBLICA NUMERO (5,478) ClNCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO.-- - – –

--- EN CIUDAD BENITO JUÁREZ, NUEVO LEÓN, MÉXICO, a los (09) nueve días del mes de noviembre de (2005) dos mil cinco, Yo, Licenciado RODOLFO GALVAN HERRERA, Notario Público, Titular de la Notaria Pública Núm. 101 Ciento uno, con ejercicio en el municipio é Juárez, Nuevo León, HAGO CONSTAR, que ante mi comparecieron los señores: DR. J. GUL O LANCHÉ GUEVARA, LIC. JOSÉ BARRAGAN GARCÍA, ING. FAUSTO ALBERTO ROS CHAVARRIA e ING. JOSÉ LUIS PÉREZ FREYRE, y D I J E R O ¿Que han acordado constituir una ASOCIACION CIVIL, en los términos de los artículos (22 bis) veintidós bis fraccion (II) dos romano, y (2563) dos mil quinientos sesenta y tres, del Código Civil del Estado de Nuevo León, la cual sujetan al tenor de las siguientes Declaraciones y Estatutos, y en todo lo no previsto en los estatutos, a las disposiciones aplicables contenidas en el Código Civil vigente en el Estado de Nuevo León.--------------------- – – ----------------- A N T E C E D E N T E S: – – – – – – – – – -- – – – – – – – – – – – – – – – --- I.- Para la constitución de esta Asociaci6n, previamente se reunieron en fecha (13) trece de septiembre de (2005) dos mil cinco, los señores: ING. CARLOS ORTEGA RANGEL, ING. EMMANUEL ANIDES SUSANO, ING. FAUSTO ALBERTO ROSAS ECHAVARRIA, ING. OSCAR GUILLERMO ARTEAGA RUBIO, ING. RICARDO SÁNCHEZ AGUILAR, ING. JOSÉ LUIS PÉREZ FREYRE, ING. CARLOS LÓPEZ BLUMENKRON, LIC. JOSÉ BARRAGÁN GARCÍA, DR. J. GUILLERMO LANCHLE GUEVARA, ING. JOSÉ ISMAEL HERRERA MELÉNDEZ, ING. ALBERTO RUBÉN ARZATE CÁRDENAS, ING. HIDELBERTO PÉREZ ACOSTA, ING. JESÚS FLORES SAUCE[DO, ING. ALBERTO LORENZO ANDRÉS ALTAMIRANO, ING. CARLOS TORRES EGUI1.UZ, ING. LEOBARDO VELAZQUEZ CARMONA, ING. IÚ1ARIO HUMBERTO CANTÚ SALINAS, ING. LEOBARDO CABADA HERNÁNDEZ, ING. ALFONSO MEDELLÍN RAMOS, ING. JOSÉ ANTONIO CASTILLO LOZANO, ING. HÉCTOR BENITO ARREOLA HERRERA, ING. JORGE DE JUESUS LOREDO MARTÍNEZ, ING. ISSAÍAS CANTÚ BÁEZ, ING. HERMILO ROCHA ESCOBEDO, ING. RAUL FEMANT LOPEZ, ING. JOSE GUADALUPE RODRIGUEZ CANTÚ, ING. ALBERTO RODRIGUEZ CANTÚ, ING. JOSÉ AUGUSTO RICHKARDAY ORNELAS, ING. LUIS ARMANDO SANTIAGO SANCHEZ, LIC. DIONISIO MORAL STUSSY, ING. GERARDO SALAZAR GARZA, INCA. TEOFILO GONZALEZ OLIVARES, ING, HUMBERTO MATTHEY ALVARADO, ING. ALBERTO MARIN ROBLES, ING. GILBERTO WALLS CÁRDENAS, ING. ENRIQUE BUJANOS FLORES, ING. EDUARDO GRANADOS GONZALES e ING. JESÚS PEGUERO OLVERA, a fin de plantear la necesidad de constituir esta Asociación, por lo que tales personas serán reconocidos por la misma como miembros fundadores de la Asociación.------------ II.- De igual modo se solicitó y obtuvo de la Secretaria de Relaciones Exteriores, el previo permiso para utilizar como denominación la siguiente. "JUBILADOS PETROLEROS DE CONFIANZA ZONA NORESTE SEDE MONTERREY”, A. C., el cual fue concedido mediante permiso número 1907,405, folio número 500Y1N71, expediente número 200519006636, con fecha (01) uno de noviembre de (2005) dos mil cinco.-Documento el anterior que el suscrito Notario

Público da fe de tener a la vista y agrego al apéndice de mi protocolo con la letra "A” y mismo número de esta escritura, anexándole el pago de derechos correspondiente.- - – – – – – – – ---- – – – – – – – – – – ---- - – – -- – – – - --- III.- Esta Asociación Civil se constituye con arreglo a las disposiciones legales en vigor y conforme a los siguientes Artículos que constituyen los: ---------- - – – – – – – – – – – ----- – – -- – – – – – – – – – ------------------------------- E S T A T U T O S: -- – – -------------------------------- – – ---------------- - – – - CAPITULO I ------------------------ - – – – – - – ---------------- DEL NOMBRE, DOMICILIO, DURACION Y NACIONALIDAD: – – – – – – ---------

PRIMERO: NOMBRE: Los asociados fundadores constituyen una Asociaci6n Civil cuya denominación social será “JUBILADOS PETROLEROS DE CONFIANZA ZONA NORESTE SEDE MONTERREY”, seguida de las palabras ASOCIACION CIVIL o de sus Siglas A. C., la cual tendrá por lema "FORTALECER LA UNION Y EL BIENESTAR COMUN",– – – - – – – – – – SEGUNDO: DOMICILIO: La asociación tendrá como domicilio la ciudad de Monterrey, Nuevo León, sin embargo podrá establecer oficinas, agencias, sucursales, filiales que la formen y que dependan de la misma en otras ciudades dentro de su jurisdicción, sin que se tenga cambiado por ello su domicilio.------TERCERO: DURACION: La duracl6n de la Asoclaci6n será indefinida, que empezarán a contar a partir de la fecha de su constitución, pudiendo disolverse conforme el Capitulo X décima de éstos estatutos.-----– – CUARTO: NACIONALIDAD: La Asoclacl6n será mexicana: "Ninguna persona extranjera, física o moral, ni ninguna sociedad o asociación que no cuente en sus estatutos con cláusula de exclusión de extranjeros, podrá ser miembro, tener participación en la Asociaci6n, o formar parte de la misma, si por algún motivo alguna de las personas mencionadas anteriormente, llegare a adquirir una participaci6n en la Asociación o formar parte de la misma, contraviniendo así lo establecido en este articulo, se conviene desde ahora en que dicha adquisici6n será nula y por tanto cancelada la participación social. de que se trate y los títulos o certificados que la representen”.------- - – – – – ----- - – – – – – – – --------- - – – -------------– – -- – – – -- – – – – – – -CAPITUI O II - - – --------------------------------------------------------------- DEL OBJETO DE LA ASOCIACION -------------------------QUlNTO:- La Asociación tendí por objeto: -------------------------------------------l.- Representar los intereses de los asociados cuando dichos intereses resulten afectados. ll.Propugnar por mejorar la calidad de vida de sus asociados.----------------------------– – III.Agilizar ante Petróleos Mexicanos el otorgamiento de préstamos administrativos a favor de sus asociados, de acuerdo con los reglamentos de la empresa.-----IV.- Realizar todas las gestiones' y trámites que sean necesarios para que los trabajadores jubilados puedan tener un servicio médico con prontitud, eficiente y especializado acorde con los padecimientos propios de la edad.------------------------------V.- Gestionar ante las autoridades competentes de Petr6leos Mexicanos, que los beneficiarios de sus asociados con derecho al servicio médico sea de acuerdo con la póliza de beneficiarios.----- – – – – ---------------------------------------------------------------Vl.- Mantener el archivo actualizado de la información correspondiente a los socios relativa a: Seguros, pensión económica, servicio médico y demás prestaciones, con objeto de asesorar y auxiliar eficientemente y oportunamente a los beneficiarios al ocurrir el fallecimiento del jubilado.--------------------------------------------------------------VII.- Formar entre los asociados la creación de un fondo de ayuda mutua, que administrado por la comisi6n que al efecto designe el Consejo Directivo, permita, en los términos del reglamento respectivo, satisfacer las necesidades económicas urgentes de los asociados.----------------------------------------------------------------------------------------Vlll,- Gestionar que los beneficios obtenidos en la revisión del contrato colectivo de trabajo, entre el Sindicato y Petróleos Mexicanos para los trabajadores jubilados se hagan extensivos para los trabajadores jubilados de confianza.--- - – – – – – – – -------- - – – – – – – --------------------------------------------------------------------------------------------IX.- Buscar el acercamiento, para intercambiar ideas y experiencias con organismos e instituciones educativas.----------------------------------------------------------------------------X.- En general, promover y celebrar toda clase de actos y contratos encaminados, directa o indirectamente, a proporcionar a sus asociados un mejoramiento en su calidad de vida.------ – ------------------------------------------------------------------------------------------XI.- La Asociación en sus diferentes modalidades no perseguirá fines de lucro y quienes reciban sus beneficios serán los propios asociados.---------------------------------------------Página 2 de 13 Primer Testimonio Escritura Numero 5,478

Qó¿ ; N 3TARIA PUBLICA No. 101 TITULAR llC.RODOLFO GALVANHERRERA ruanda,wueroeew¿TO:- Los SEGUNDO OISTRITO asamblea general Conse]o Directivo, las los programas y activi

SEXTO:-Los asociados tendrán la obligación de contribuir, en la forma y montos que acuerde la cuotas ordinarias y extraordinarias que etérmine la asamblea a propuesta del e se destinarán invariablemente tanto I sostenimiento de la Asociación, ast como a ades especificas que apruebe el nssJo Directivo y los estatutos.– - – - – – – – – ---------------Capitulo III ------------- ----------- DE ORGANOS DlRECTlVOS: -------------------------

SEPTIMO:-

Loa Órganos directivos de la Asociación, serán los siguientes: l.- Asamblea General de asociados y II .- consejo directivo

------------------------------- CAPITULO IV: ---------------------------------------------------------------------------------- DE LA ASAMBLEA GENERAL: --------------------------------------- OCTAVO:- La Asamblea General es el poder supremo de la asoclaci6n y se reunirá por lo menos una vez al mes en la fecha que acuerde el Consejo Directivo.----------- - – – – – --- – – – – – – – – – --- El Período Social principia el (1) uno de enero de un año para terminar el (31) treinta y uno de diciembre del año que corresponda para completar el periodo de 2 años, en la inteligencia de que el primer período se inicia en la fecha de este instrumento y concluirá el día (31) treinta y uno de diciembre de (2007) dos mil siete.– – – – -- – ------ - – – -------------------------------------------------------------------------NOVENO:- Las Asambleas Generales se verificaran el primer martes de mes calendario a las (10:00) diez horas sin requisito de convocatoria -------------------- – – – – -- - – – – – DÉCIMO:- La Asamblea General resolverá: a).- Sobre la Admisión y Exclusión. de Asociados; la ratificación de la admisión de los jubilados que hubiesen solicitado su ingreso a la Asociación, durante el año, mediante la toma de protesta; b).- Sobre la disolución anticipada de la Asociaci6n; c).- Sobre el nombramiento de los miembros de la mesa Directiva o Consejo Directivo cuando no hayan sido nombrados en la Escritura Constitutiva a cambio de la misma; d).- Sobre la revocación de los nombramientos hechos; e).- Sobre el Informe General de las principales actividades y decisiones que hubiesen tomado el Consejo Directivo, durante el año y aprobación de dicho informe, con ratificaci6n, por otra asamblea, de las resoluciones tomadas que así lo requieran; f).- Sobre el Informe General del Consejo Directivo sobre los ingresos de la Asociación, durante el año, así como los gastos hechos en el mismo período; g).- La Asamblea General, tendrá obligación de emitir decisiones respecto al informe que se le presente, aprobándolo o señalando las anomalías que encontrase. En este último caso, la propia asamblea tomará las medidas que estime procedentes; h).- Cuando ello corresponda, designar a los miembros del Consejo Directivo que deben ser sustituidos, por terminar el período de su mandato de acuerdo al procedimiento establecido; i).- Sobre la designaci6n de los miembros de la Comisi6n de Fiscalizaci6n y Vigilancia, así como el fondo de Ayuda Mutua. Sobre la aprobación del programa del trabajo y presupuesto, para el siguiente ejercicio; j).- Sobre la fijación y modificación de las cuotas y aportaciones, tanto ordinarias como extraordinarias que deben cubrir los asociados así como el monto del fondo de ayuda mutua de la Asociación; k).Sobre la creación y reglamentación de fondos específicos destinados al comportamiento de los fines comunes de la Asociaci6n; y k).- Los demás asuntos que el Consejo Directivo acuerde someter a la decisión de la Asamblea.--- – --------- -- – --- -- – – – -- – – - - -- – – – – – – – – – – – – – -. – --- DÉCIMO PRIMERO:- Para que una Asamblea se considere validamente reunida en virtud de primera convocatoria, deberá estar representada en ella cuando menos el 51 % cincuenta y uno por ciento de los asociados, tomándose sus determinaciones a mayoría de voto. Las Asambleas Generales bajo pena de nulidad, solo se ocuparán, de los asuntos contenidos en el orden del día fijado en la convocatoria, sus

decisiones serán tomadas a mayoría de votos de los miembros presentes y cada asociado gozará en ellas de un voto.------------Página 3 de 13

DÉCIMO SEGUNDO:- Cada asociado gozará de un voto en las asambleas generales y no podrá votar las decisiones en las que se encuentre directamente interesado el, su cónyuge, sus ascendientes, descendientes o parientes colaterales dentro del segundo grado, no se tomará en cuenta el voto de los asistentes que hubiesen otorgado poder a otra persona aún cuando se trate de otro asociado. Sin embargo, los asociados enfermos o ausentes podrán hacer llegar su voto a la asamblea en lo que se refiere a elección del Consejo Directivo por correo o por conducto de otro asociado, pero en este caso será necesario, hacerlo por escrito para conocimiento de la Asamblea, antes del inicio de Asta.-------------------------– – DÉCIMO TERCERO:- Las votaciones en las Asambleas Generales serán nominales y se tomarán por mayoría de votos, salvo que se trate de la disolución anticipada de la Asociación o de la extinción de ella, en cuyo caso se requerirá el voto del 65 % sesenta y cinco por ciento de los asociados.----------------DECIMO CUARTO:- Las Asambleas Generales se celebrarían con el número de asociados que asistan, siempre que los presentes constituyan más del 50% cincuenta por ciento del número total de miembros registrados en la Asociación. En caso de no cumplir con este porcentaje, se hará una espera de 15-quince minutos iniciando la Asamblea con la asistencia que hubiera en ese momento, siendo los acuerdos tomados en ella, validos.-- - – – – – – – – – – ------ – – – – -- DÉCIMO QUINTO:Las Asambleas serán presididas por el Presidente del Consejo Directivo y fungirá como Secretario el del propio Consejo o quienes legalmente los substituyan, sin embargo podrá designarse un presidente de debates que elegirá la propia asamblea al iniciarse y una vez que se haya hecho el registro de los asistentes. La designaci6n de presidentes de debates será previa a cualquier punto del día y en último caso se elegirá también al Secretario de la Asamblea y dos Escrutadores para tomar las votaciones.------– – DÉCIMO SEXTO:- Las Asambleas Generales Extraordinarias deberán ser convocadas por el Consejo Directivo, 0ste deberá citar a la Asamblea General cuando para ello fuera requerido cuando menos por el 15% quince por ciento de los Asociados. Se celebrarán en cualquier época del año, cuando a juicio del Consejo Directivo exista un motivo suficiente para convocarlas. Las Asambleas Extraordinarias se celebrarán con el número de asociados que concurran y las decisiones se tomarán por mayoría de votos, salvo el caso previsto en la cláusula décima tercera de los presentes estatutos. Las decisiones de la Asamblea obligan a los asociados aunque no hubiesen concurrido. Si la directiva no cita a Asamblea cuando deba hacerlo, en su lugar lo hará el Juez de lo Civil a petición cuando menos del 15% quince por ciento de los Asociados.--------------------------DÉCIMO SÉPTIMO:- Las Actas de las Asambleas Generales, Ordinarias y Extraordinarias, serán autorizadas por el Presidente, el Secretario de la Asamblea General y el Presidente de debates correspondiente, quienes firmarán para que sean válidas, tanto las que se consignen en los libros correspondientes, como las que se expidan para cualquier efecto, pudiendo firmarla los asistentes si desean hacerlo. Las Actas de Sesiones del Consejo Directivo, serán autorizadas y firmadas por el Presidente y el Secretario del Consejo Directivo y por los asistentes a ellas.- - – – – – – – – – – - – – – – –

– – -----------– – DÉCIMO OCTAVO:- Las facultades que en éstos estatutos no aparezcan concedidos al Consejo Directivo, corresponderán a la Asamblea General.-- – – – – ------ – - – – – – – – - – ---------------------------------------------------- - – – – – – – – – – – – – .CAPITULO V: ---------------------------------------------------------------DE LA ADIIAINISTRACION: ----------------------DECIMO NOVENO:- La dirección y administración estarán a cargo de un comité o Consejo Directivo, y ,5s comisiones especiales que la asamblea de asociados acuerde integrar. El Comité Directivo estará integrado por: un Presidente, un Vice-presidente, un Secretario y un Tesorero.---------------------------------------------------------------------------Página 4 de 13 Primer Testimonio Escritura Número 5,478

NOTARIA PU6LICANo. 101 TITULAR LIC. RODOLFO GALVAN HERR ERA JUAREZ, NUEVOlóQN«e4t



SEGUNDO OISTRITO VIGESIMO:-P ara ser miembro I Consejo Directivo es necesario tener la calidad de miembro Fundador o Titular de la sociaci6n, contar con por lo menos el 50% cincuenta por ciento de asistencia e las asambleas generales e el alío d la elección y estar al corriente en el pego de sus cuotas con la misma.-----VIGESIMO PRIMERO:- Los miembros del Consejo Directivo serán designados a mayoría de votos por la Asamblea General de asociados, duraran en sus funciones (2) dos años, pudiendo ser ratificados por la Asamblea General de Asociados para continuar en el cargo por otro período, por una sola vez y continua aún validamente en sus cargos has que sean sustituidos por el nuevo Consejo Directivo .---.– ––––––-– VIGESIMO SEGUNDO:- El presidente del Consejo Directivo será sustituido en sus ausencias por el Vice-presidente y el Secretario y Tesorero, serán sustituidos por los vocales que nombre la asamblea.-------------------------------------------------------------------------------------------VLGESIMO TERCERO:- Para que el Consejo Directivo se considere validamente reunido, será necesaria la asistencia de la mitad de sus miembros cuando menos, tomándose sus determinaciones a mayoría de votos gozando el Presidente para el caso de empate, de voto de calidad.--- - – – – – – – – – – – – – – – – ---VLGESIMO CUARTO:- El Consejo Directivo se reunirá cuando fuere convocado por el Presidente, por el Vicepresidente, o por el Secretario del Consejo Directivo.- - – – – – – – VIGESIMO QUINTO:Serán Facultades y obligaciones del Consejo Directivo: – – – – – -----I.- a).- Realizar en los términos que consideren prudentes los objetos de la Asociaci6n.- b).- Nombrar y remover libremente al personal técnico y administrativo de la Asociacl6n señalando a cada uno de sus obligaciones respectivas,- c),- Designar las comisiones que consideren necesarias determinándoles sus facultades y obligaciones.- d),- Delegar sus facultades en comisiones o miembros del Comité,-------------------------------II.- Además de las facultades señaladas en el párrafo anterior, los miembros del Comité Directivo, en forma conjunta o individual podrán desempeñar las siguientes facultades.-------------------------------------------------------------------------------------------------- a),- PODER GENERAL AMPLISIMO PARA ACTOS DE ADMINISTRACION, en los términos previstos por el articulo (2448) dos mil cuatrocientos cuarenta y ocho, párrafo segundo del Código Civil Vigente en el Estado de Nuevo Le6n y sus correlativos de los demás Estados de la República y el Distrito Federal------------------------------------------ b).- PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS Y ESPECIAL PARA QUERELLAS Y DENUNCIAS, mismo que podrá ejercer ante toda clase de autoridades administrativas o judiciales, federales, estatales y municipales, así como ante toda clase de personas físicas o morales, públicas o privadas, inclusive ante las autoridades del trabajo, con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la Ley, inclusive para promover y desistirse de los Juicios de Amparo, con facultades para absolver y articular posiciones, en los términos del primer párrafo del artfculo (2448) dos mil cuatrocientos cuarenta y ocho y el artículo (2481) dos mil cuatrocientos ochenta y uno del Código Civil'vigente en el Estado y de sus correlativos de los Códigos Civiles vigentes en los Estados de la República Mexicana y el Distrito Federal.– -- – – – – – – – – – – – – -- – -- – – – – – – – – – – – - ,– – – – – – –------------------- c).- Ejercer la representación laboral de la Asociación en los términos que establece la Ley Federal del Trabajo.---------- – – – ------ - – – – – – – – – -- – – – – – – – – – – ----------d).- FACULTADES DE SUSTITUCION '( OTORGAMIENTO DE PODERES GENERALES Y ESPECIALES,- Podrán sustituir en tercera o terceras personas las facultades que se les confieren, otorgando poderes generales y especiales con cláusula de sustituci6n o sin ellas, sin que por ello se deba entender revocados o sustituidos los poderes y facultades otorgados en este punto.- - – – - – – – – – – – – - – ------------------------- III.- Al presidente, secretario y tesorero del Comité Directivo se les otorga y confiers para que los ejerciten en forma mancomunada los siguientes poderes y facultades:--------------a).- PODER GENERAL AMPLISIMO PARA ACTOS DE DOtvllNIO, en los términos que previene el párrafo tercero del articulo (2448) dos mil cuatrocientos cuarenta y ocho del Código Civil vigente en el Estado y sus correlativos de los demás Estados de la República y el Distrito Federal.– – -- – – – – – – – – – – –---------------------Página 5 de 13 Primer Testimonio Escritura Número 5,478

- – b).- PODER GENERAL CAMBIARIO, en los términos que previene el articulo 9 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito y por ende; otorgar, suscribir, endosar y avalar títulos de crédito en nombre de la Asociación, emitir obligaciones con o sin garantía real, constituir a la Asocia.-ión en deudora solidaria y otorgar finanzas o cualquier otra garantía de pago respecto de las obligaciones mercantiles contraídas o aceptadas por terceros, aportar bienes muebles e inmuebles de la Asociaci6n a otras asociaciones y suscribir acciones o tomar participaci6n en otras empresas, y en general, ejecutar los actos, celebrar los contratos y realizar las operaciones mercantiles, financieras o bancarias que sean útiles o convenientes para la consecución del objeto de la Asociación.– – – – – – – – – – – – – – - – – – – – ---- – – – --- – – – ---------–-----------------------------VIGESIMO SEXTO:- El Presidente y Vicepresidente vigilaran: a).- De la administraci6n y dirección de la Asociacl6n; b).- De la inversi6n de los fondos sociales; c).- De la organización de todos los actos encaminados a cumplir con el objeto de su creación; e).- Formular el programa de trabajo y el presupuesto para el siguiente año de labores; f).- Proponer las cuotas ordinarias y extraordinarias que deberán cubrir los socios, asi como el monto del fondo de ayuda mutua de la asoclaci6n, el cual estará bajo su responsabilidad; g).- Sustituir a los canse)eras que no cumplan con su cometido; h).- Convocar a asamblea extraordinaria cuando la mayoría de sus integrantes lo acuerden; l).- Asignar comisiones a los socios para que colaboren ampliamente con el objeto de la Asociaa6n; )).- Las demás que le confieren los presentes estatutos; k).- El Consejo Directivo y las comisiones permanentes electas en Asamblea General Ordinaria efectuada en el mes de noviembre que corresponda, entrarán en funciones a partir del primer día hábil del mes enero siguiente a dicha elección.----------- - – – – – – – ----------- – - – -------------- ------------------------------------------------– – VIGESIMO SEPTIMO:- Son Facultades del Presidente del Consejo Directivo: a).- Representar a la asociación ante toda clase de autoridades, suscribiendo, en unirán del Secretario, la correspondencia de la Asociaci6n; b).- Presidir las Juntas del consejo y autorizar las actas de estas; c).- Atender los asuntos de la Asoclaci6n, en la forma que se requiera; d),- Autorizar los gastos de la Asociación suscribiendo, en unión del Tesorero, los cheques correspondientes y la correspondencia de esta área; e).- Convocar a Asambleas Generales de la Asociación suscribiendo, en unión del Secretario las convocatorias correspondientes; f).-Promover y realizar ante toda clase de autoridades y particulares las gestiones, actos y contratos que sean necesarios para la buena marcha de la asociación que apruebe el Consejo Directivo y que tienda a cumplir los fines de la Asoclaci6n; g).- Los demás que le confieran estos estatutos con Poder General Amplio.-------- VIGESLMO OCTAVO:- Son facultades del Vicepresidente del Canse]o Directivo:- a).- Suplir al 9residente en sus ausencias. con las facultades que a éste están asignadas, b).- Ocupar preferentemente el lugar del Presidente si este no se reeligiera, cuando se dé el cambio del Consejo Directivo a menos que renuncie a este privilegio, ocupará dicho cargo el que la Asamblea General elija; c).- Las demás que le asigne el consejo directivo..------------------------------------------------------– VIGESIMO NOVENO:- Son facultades y obligaciones del Secretario del Consejo Directivo:- a),Suscribir, en uni6n del Presidente, la correspondencia de la Asociación, misma que deberá ser firmada por los dos; b),- Levantar las actas de asamblea ordinaria y extraordinaria y del consejo y llevar los libros de ;actas de las asambleas generales y de las sesiones del Canse]o Directivo, autorizándolas con la firma de los asistentes una vez aprobada la misma; c),- Suscribir las credenciales que se expidan a los asociados acompañándolas de la firma del Presidente, la cual llevará el logotipo distintivo de JUPECO, A.C.; d).-Redactar la correspondencia de la Asociación y ponerla a la vista del Consejo Directivo para su aprobación; e).- Formular las convocatorias para la celebración de asambleas generales; f).- Llevar el libro de actas; el Libro de Registro de Asociados y el Libro de Registro de Donaciones, los cuales estarán bajo su responsabilidad, siendo avalados los mismos con su rúbrica y la del Presidente en funciones, teniendo a su cargo los archivos y documentos de la Asociación, con auxilio del vocal. En el libro de Registro de

Página 6 de 13 Primer Testimonio Número 5,478

Escritura

N01ARiA PUBLICA No. 101 ¿w4 TITULAR llOII j IC. RODOLFO GALVAN HERRERA

IIT

Asociados se anotaran los fundadores titulares y correspondientes; g).- Los demás, que específicamente le encomiende el Consejo Directivo.--- ------------- – ---------------’- – – – – – – – – – – – ---TRIGESIMO:- Son Facultades y Obligaciones del Tesorero del Consejo Directivo de la Asociaci6n: a).-Recaudar, de los asociados, las cuotas que fije la Asamblea General, otorgando el recibo correspondiente; b).- Depositar dichas cuota en la instituci6n bancaria que señale el Consejo Directivo y expedir cheques suscribiéndolos en unión el Presidente o en ausencia de éste, del Vicepresidente o el Secretario quienes tendrán también registrada su firma en el banco correspondiente; c).- Llevar los Libros y Registros de Contabilidad de La Asociación de acuerdo con los planes que previamente e el Consejo Directivo;
establecidos por la Asamblea general y del Consejo Directivo. Los Asociados tienen derecho de vigilar que las cuotas se dediquen al fin que se propone la Asociación, y con ese objeto pueden examinar los libros de contabilidad e información financiera haciendo la solicitud respectiva al Secretario del Consejo Directivo.---– – - – – – ;------- - – – ----.!CAPITULO VII --------------------------------------------------------- DE LAS APORTACIONES DE LOS ASOCIADOS: -------------------- - TRIGESIMO SEPTIMO:- Es obligación de los asociados aportar las cuotas ordinarias y extraordinarias que apruebe la Asamblea General. Dichas aportaciones se destinarán a sufragar los gastos que requiere el sostenimiento de la Asociación, así como a la constitución de los fondos y reservas aprobados por la asamblea y pago de los bienes o servicios que para el cumplimiento de los fines comunes se contrate. En ningún caso los miembros de Consejo Directivo, o cualquier otro funcionario de le Asociación percibirán cantidad alguna como renumeración por el trabajo o las actividades que ejerzan en ella o por el tiempo que le dedique, Todos los cargos o comisiones serán honoríficos. Solo se autorizarán los gastos necesarios para el desempeño de comisiones que el consejo Directivo confiera a funcionarios de la Asociación, pero de los gastos hechos se dará cuenta en la Asamblea General más pr6xima.-------------------------------------------------------------------- TRIGESIMO OCTAVO:- Los Asociados tienen derecho permanentemente de vigilar que las cuotas se dediquen a los fines de la Asociación y con ese objeto, pueden en cualquier momento solicitar la información que requiera por conducto de la Comisión de Fiscalización y Vigilancia ------TRIGESIMO NOVENO:- Siendo la aportaci6n económica de los Asociados una obligación moral de los mismos, la falta de pago de (6) seis aportaciones mensuales, será causa de exclusión de la Asociación del Asociado Moroso, En caso de Fallecimiento de éste, se le descontara del fondo de ayuda mutua y su pago, de acuerdo con el reglamento del fondo.– – – – – – – --- – – – – – – – – – – ------------------------------------------------------------------------------------------------------------CUADRAGESIMO:- El Patrimonio o fondo social esta integrado por: a).- Por las cuotas ordinarias o extraordinarias de los Asociados; b).- Por los productos de las inversiones que realice el Consejo; c).- Por los donativos y legados que reciba los Asociación que provengan de los propios asociados o de terceros; d).-Por otros ingresos que pudieran obtenerse por cualquier tipo o causa siempre que sea legal; e).- Por las Cuentas Bancarias, quedan autorizados para manejar las cuentas bancarias el Presidente y el Tesorero del Consejo Directivo en forma mancomunada y en su ausencia, de acuerdo con la Cláusula Vigésima séptima, el Vicepresidente o el Secretario. Y disponer de ellas solo para la consecución de los fines de la Asociación.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------CAPITULO VIII: -------.---------------------------------------------------------------------"*- DE LOS ASOCIADOS: ---------------------------------------------------------------CUADRAGÉSIMO PRIMERO:- Para ser miembro de la Asociaci6n se requiere: a).- Haber prestado sus servicios a Petr6leos Mexicanos como traba]ador de Confianza y tener el carácter de Jubilado; b).- Tener p ana capacidad civil y deseos de pertenecer a la Asociación; c).- Solicitar su ingreso a la Asociación en las formas impresas para este efecto y pagar la cuota de inscripción, forma que llevará la firma del Consejo Directivo; D).- El requisito del Inciso anterior se considera cumplido para los Asociados Jubilados Fundadores de ésta Asociación, cuya lista obra en el Libro de Registro de Asociados Fundadores, Titulares y Correspondientes que debe llevar la Asociación.------------------------------------------------------------------------------------------------------------CUADRAGESIMO SEGUNDO:- Cuando un trabajador Jubilado solicite su ingreso a la Asociación, previo acuerdo de la Asamblea General, el Consejo Directivo lo admitirá, indicándole las prerrogativas como miembro de la Asociación.--- – – – -------------------------------------------------– CUADRAGESIMO TERCERO:- Los miembros de la Asociación, solo podrán ser excluidos de la misma, por la Asamblea General, pero el Consejo Directivo podrá acordar la suspensi6n en sus derechos, en los siguientes casos: a).- Por violación al pacto social o falta de probidad; b).- Cuando deje de pagar (6) seis meses consecutivos las cuotas que hubiese fijado la Asamblea en o el pago de una cuota extraordinaria; y Pagina 8 de 13 Primer Testimonio Escritura Número 5478

c).- En los casos en que el asociado revele, por cualquier medio, una conducta antisocial que se traduzca en actos de falta de cooperación con sus coasociados o carencia de interés en los asuntos de la asociación o en la marcha de la misma o se niegue a cumplir las comisiones que se le encomienden o actúe con negligencia visible en los asuntos de la propia asociación.– – – – – ---- - – – – – -------------------------------------------------------------------CUADRAGESIMO CUARTO:- Los Asociados tendrán derecho a separarse de la, asociación, previo aviso por escrito dado con (2 dos meses de anticipación, renunciando a los beneficiaos que haya obtenido de la Asociación.---------- -------------- – – ------CUADRAGESIMO QUINTO:-Los asociados que involuntariamente se separen o aquellos que fuesen excluidos, perderán todo derecho a los beneficios de la Asociación.-- --En caso de solicitar su reingreso deberá ser sometido a la aprobación de la Asamblea General, el Consejo Directivo y la Comisión de Honor y Justicia, los cuales marcarán las condiciones en que se acepta su reingreso.------------------------------------------------------ CUADRAGESIMO SEXTO:- Los Asociados se dividirán en: a).- Asociados Fundadores; b).- Asociados Titulares; c).- Asociados Correspondientes; y d).- Asociados Honorarios.------------ - – – – – – – – --------------------------------------------------------------------------- Fundadores:- Son Aquellos Asociados que suscriben la escritura de la Asociaci6n y los que aparecen en el Libro de Registro de Asociados.--------------------- – --- – – – --- -- – ----- Titulares:- Serán aquellos asociados que ingresen posteriormente a la Asociación, siempre y cuando su solicitud sea recomendada por el Consejo Directivo; --------------------------Correspondiente: Serán aquellos Asociados que radiquen fuera de la jurisdicci6n de esta Asociación-------------------------------------------------------------------------------------------------------- Honorarios:- Serán aquellos que a juicio de la Asamblea General reúnan las condiciones y tengan los méritos que justifiquen su designación como tales, sin derechos y obligaciones con la Asociación. – – – – – –----------------------------------------------------------------- CUADRAGÉSIMO SÉPTIMO:- Cuando las causas de, suspensión de un Asociado, sea la comprendida en el inciso b) de la Cláusula Cuadragésima Tercera, el pago de cuotas ordinarias y extraordinarias, sí como aportaciones al fondo de ayuda mutua, atrasadas, deberá ser cubierto y ante la Asamblea General y Consejo Directivo aceptar no Reincidir y pagar en lo futuro sus cuotas puntualmente. En caso de reincidencia, la Asamblea General decretará la exclusión definitiva del Asociado.---------- -- – ------ -------– – – – – -- – --- – – – ---– – ----- – --’CAPITULO IX: ----- – ------ --- -------------- – ----------------------------------------- DE LAS COMISIONES PERMANENTES: – – – -- - – – ----------------- CUADRAGESIMO OCTAVO:- La Asamblea General designará cada (2) dos años una Comisión de Fiscalización y Vigilancia, integrada pnr u' Presidente y un Vocal, que ejercerá sus funciones por igual término.----------- – ------------------------ – – – – – – – – – – – ---- Los miembros de esta comisión podrán ser reelectos por la Asamblea General para un período similar.–------------------------------------------------------------------------------------------------- Corresponde a la Comisi6n de Fiscalización y Vigilancia los siguientes deberes y facultades: a).-Observar y hacer cumplir a los 6rganos de la Asoclaci6n o a los miembros ds la misma los presentes estatutos; b).- Interpretar a solicitud de cualquiera de los miembros de la Asociación, individual o colectivamente, el sentido y alcance de las normas estatutarias dentro del marco de legislación nacional; c).-Vigilar que los miembros del Consejo Directivo, la Comisión de Honor y Justicia y de las comisiones especiales se ajusten en su acción, a las disposiciones estatutarias y a los acuerdos de la Asamblea General; d).- Fiscalizar el manejo económico y administrativo de la Asociación; e).Intervenir, sin voto en las sesiones del Consejo Directivo.---------- – – -----CUADRAGÉSIMO NOVENO:- La Comisión de Fiscalización y Vigilancia estará constituida permanentemente y sus acuerdos se considerarán aprobados por mayoría de votos.--- – – --- – – – – -- – – --- QUINCUAGESIMO:- La Comisión de Fiscalización y Vigilancia abrirá expediente de instrucción por cada asunto que a su juicio afecte el patrimonio o el prestigio de la asociación.--- – ----- – – – -- – – – – --

-----QUINCUAGÉSIMO PRIMERO:- El procedimiento que para el desempeño de sus funciones seguirá la Comisión de Fiscalización y Vigilancia, comprenderá en todo caso bajo su más estricta responsabilidad, los siguientes aspectos: a).- Reunirá los antecedentes; Examinará las pruebas; c).- Investigará cuando considere procedente; d).- Promoverá careos y aclaraciones; y e).- Escuchará al acusado o acusados y recibirá las pruebas de descargo y defensa acerca de los cargos, proponiendo a la Comisión de Honor y Justicia las acciones que considere adecuadas a la naturaleza de las irregularidades cometidas.--------------------------------------------------------------------------------------------------QUINCUAGÉSIMO SEGUNDO:- Agotando el procedimiento establecido por la Comisión de Fiscalización y Vigilancia en la cláusula anterior, turnará de Inmediato el expediente respectivo a la Comisión de Honor y Justicia, la que en caso debidamente comprobado podrá suspender en sus funciones a los miembros del Consejo Directivo, de la Comisión de Flscallzaci6n y Vigilancia, de las comisiones especiales y a sus propios miembros que Incurren en responsabilidad, quedando facultada en el primer caso para convocar e Asamblea General Extraordinaria que conozca y resuelva del proceso, o en su defecto acudir a la Autoridad competente,-------------------------------------------------------------QUINCUAGÉSIMO TERCERO:- La Comisión de Fiscalización y Vigilancia rendirá anualmente, un informe por escrito de su gestión ante la Asamblea General.---------------------- QUINCUAGÉSIMO CUARTO:- La Asamblea General que se celebre para aprobar los presentes estatutos, designará de su seno, Dos miembros que, conjuntamente, formará la Comisión de Honor y Justicia. Uno de ellos también electo por la Asamblea GENERAL, tendrá el carácter de PRESIDENTE de la Comisión.----------------------------– – El Consejo Directivo turnará a esta comisión, los casos de los Asociados que hayan incurrido en actos de los previstos en la Cláusula Cuadragésima Tercera de estos estatutos.--------------------------------------------------------------------------------------------------- Dicha comisión estudiará el caso, oirá al Asociado inculpado en su defensa y propondrá a la Asamblea General más próxima, la resolución que estime corresponda tomar. La Asamblea General resolverá lo procedente.------------------ - – – – ---------'----------- Asimismo se encargará del proceso electoral para l<>s cambios de congreso directivo y Comisiones permanentes: iniciando el mismo con la recepci6n de plantillas o candidatos que se presenten para la elección, verificando su carácter regular de Asociados y que no tengan antecedentes que les impidan ser elegidos, Se aclara que no podrá participar como candidato el socio que no tenga más de 2 años de registrado en la Asociación y que estén al corriente en sus cuotas.---------------------------------------------------- Los resultados de su investigación serán dados a conocer a los interesados que hayan propuesto las candidaturas para que ratifiquen su solicitud de registro.---------------------------- Esta comisión durará en su cargo, (2) años pudiendo sus miembros ser reelectos por la Asamblea General, por un período similar.----------------------- ----------------------------------- QUINCUAGÉSIMO QUINTO:- La Comisión de Fiscalización y Vigilancia está facultada para denunciar ante las autoridades competentes a cualquier miembro del Consejo Directivo, de la Comisión de Fiscalizaci6n y Vigilancia, de las comisiones especiales, así como a sus propios miembros, que incurran en responsabilidad por malversación de fondos, fraude, abuso de confianza, delitos infamantes y en general cualquier otro ilícito tipificado por la ley que afecte los intereses de la Asociación.---------------------- ----- --- ---- ----------CAPITULO X: ------------------- – – --------------– – – – – – – – – – – – - DE LA DISOLUCION Y EXTINCION DE LA ASOCIACION: – – ----------------QUINCUAGESIMO SEXTO:- La Asociación se extinguirá: a).- Por acuerdo de la Asamblea General; b).-.Por no haber conseguido totalmente el objeto de su fundación; y c).Por resolución dictada por autoridad competente.----------------------------------------------QUINCUAGÉSIMO SÉPTIMO:- La Asamblea que apruebe la disolución de la Asociación, designará a Página 10 de 13 Primer Testimonio Escritura numero 5478

– – -- – – – --- – – - CLÁUSULAS TRANSITORIAS: – – – – – – – – – – – – – – – – – – – --- Los comparecientes señores DR. J, GUILLERMO fMNCHE GUEVARA, LIC. JOSÉ BARRAGÁN GARCÍA, ING. FAUSTO ALBERTO ROSAS ECHAVARRIA e ING. JOSÉ LUIS PÉREZ FREYRE, en este acto instalan la Asamblea Constitutiva de la Asociación y por unanimidad de votos de los asociados adoptan los siguientes: ----------- – – ----------------- – ---- – --------- – – ---- A C U E R D O S: – – -- – – -- – – --- PRIMERO: Se designan a las personas que a continuación se mencionan como integrantes del primer comité directivo de la asociación: ------------------------------------------------------COMITE': DIRECTIVO:------------------------------------------------------------------------------- PRESIDENTE;.-DR. J. GUILLERMO LANCHE,GUEVARA.---------------------------------------------------------------------------------- VICEPRESIDENTE:.- LIC. JOSÉ BARRAGAN GARCÍA.------------------------------------------------------------------------------------------SECRETARIO:.- ING. FAUSTO ALBERTO ROSAS ECHAVARRIA.---------------------------------------------------------------------------- TESORERO:.-ING. JOSÉ LUIS PÉREZ FREYRE.----------------- – – – – – – – – – – – – – -------------------------------------------------------SEGUNDO: Se confirma a los miembros del Comité Directivo anteriormente nombrado las facultades y poderes que les otorga el artículo vigésimo quinto de los estatutos de la Asociaci6n, así como las facultades que de manera individual otorgan estos estatutos a cada uno de ellos.- - – – – – – – – – – – – – – – – – --- Las personas antes mencionadas, aceptan sus respectivos cargos, protestando¿su, fiel y,legal desempeño.---------- ------------ – – – – -- – – – -- – – – – – – – – -- – – – – – – - – ----------- – – – – – --- – – – – – --- G E N E R A L E S: -- – -- – --- – – – – – ----; – --- Los comparecientes bajo protesta de de'cir verdad, manifestaron las siguientes: ------------------ El señor DR. J. GUILLERMO LANCHE GUEVARA, mexicano por nacimiento, nacido el dfa (05) cinco de diciembre de (1948) mil novecientos cuarenta y ocho, en Matamoros, Tamaulipas, casado, jubilado, actualmente con actividad ds Servlclos Profssionales, con Registro Federal de Contribuyentes LAGJ481205-5D7, considerándose al corriente en el pago de Impuestos Fiscales y con domicilio en la calle 16 de Septiembre número (218) doscientos dieciocho, de la colonia Lomas del Valle, en San Pedro Garza García, Nuevo León, de transito por esta ciudad.-------------- – ----- – -- – – ------ – -- – -- – ---------- EI señor LlC. JOSÉ BARRAGÁN GARCÍA, mexicano por nacimiento, nacido el día (10) diez ds mayo de (1938) mil novecientos treinta y ocho, en Tampico, Tamaullpas, casado, Jubilado, con Registro Federal de

Contribuyentes BAGJ-380510-MC2, considerándose al corriente en el pago de Impuestos Fiscales y con domicilio en la calle Costa Verde número (3605) tres mil seiscientos cinco, de la colonia Rinc6n de la Primavera, en Monterrey, Nuevo León, de transito por esta ciudad.- - – – – – – – – – – – – ––––––––– --- El señor ING. FAUSTO ALBERTO ROSAS ECHAVARRIA, mexicano por nacimiento, nacido el día (10) diez de junio de (1950) mil novecientos cincuenta, en México, Distrito Federal, casado, jubilado, con Registro Federal de Contribuyentes ROEF-500610-TN9, considerándose al corriente en el pago de Impuestos

Fiscales y con domicilio en la calle Praga número (4492) cuatro mil cuatrocientos noventa y dos, de la colonia Las Torres, en Monterrey, Nusvo León, ds transito por esta ciudad.– – ---------------------- El señor ING. JOSÉ LUIS PÉREZ FREYRE, mexicano por nacimiento, nacido el día (28) veintiocho de octubre de (1946) mil novecientos cuarenta y seis, en Saiamanca, Guanajuato, casado, jubilado, con Registro Federal de Contribuyentes PEFL-461028-FPO, considsrándoss al corriente en el pago de Impuestos Fiscales y con domicilio en la calle Concha Espino número (211) doscientos once, de la colonia Roma, en Monterrey, Nuevo León, de transito por esta ciudad.– – – ------- -- ------------- ---- – – – – – – – - - – – – – – – – – – --CERTIFICACIÓN NOTARIAL ----------------------------- En este acto, el suscrito Notario Público hace constar la advertencia que hace a los otorgantes de esta escritura, de la obligación que tienen de acreditar dentro de los (3G) treinta dfas siguientes a la fecha de la misma, que han presentado solicitud de inscripción en el registro Público úe Contribuyentes correspondiente de la persona moral que por este acto constituyen y dk que en caso de nb hacerlo, no se autorizará en definitiva la presente escritura.------------------------- - – – -----------.--.- .-.- -.- - .. - ---- YO, EL NOTARIO, DOY FE: Ds la verdad de este acto; de conocer personalmente a los c :comparecientes, a quienes considero con capacidad legal necesaria para contratar y obligarse sin que me c nste nada en contrario; de que les lef en persona e íntegramente el contenido de esta Escritura; de que a su vez fue leída por ellos; de que les previne de la obligación de inscribir el Primer Testimonio que de esta escritura se expida en el Registro Púbfiüco de la Propiedad y del Comercio; de que se cumplieron los requisitos que establece el artículo (106) ciento seis de la Ley del hlotariado del Estado de Nuevo León; de que los comparecientes manifestaron su confoímidad con el contenido del presente instrumento, el que ratifican en todas sus partes y firmaron ante mi, hoy día (09) nueve de noviembre de (2005) dos mil cinco.-DOY FE.- DR. J. GUILLERMO LANCHÉ GUEVARA.- LIC. JOSÉ BARRAGRN GARCÍA.- ING. FAUSTO ALBERTO ROSAS ECHAVARRIA.- tNG. JOSÉ LUIS PÉRLZ FREYRE.FIRMADOS ANTE MI.- LIC. RODOLFO GALVÁN HERRERA.- NOTARIO PUBLICO NUMERO 101,(GAHR-600716-3J1).- FIRMA Y SELLO NOTARIAL DE AUTORlZAR.------------------------------------------------A U T O R I Z O: Definitivamente la presente escritura, en Ciudad Benito Juárez, Nuevo Lr!ón, hoy día (06) seis de diciembre de (2005) dos mil cinco, toda vez que los interesados, han cumplido con su obligaci6n de solicitar la Inscripción de la persona moral que mediante este instrumento constituye, en el Registro Federal de Contribuyentes, según formulario presentado a esa dependencia en fecha (18) dieciocho de diciembre de (2005) dos mil cinco, del cuál envío fotocopia autentificada al apéndice de mi protocolo.- DOY FE.- LIC. RODOLFO GALVÁN HERRERA.- NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 101.- (GAHR-600716-3J1).- FIRMA Y SELLO NOTARIAL DE AUTORtZAR.----- – – ----- – – ------------- – ------------- – ----– – – – – – – – – – – – – – – -- – -- – -------- A R T f C U L O: ---------- – -------- – – – ---------– – Yo, el Notario Público doy fe, de que el texto del articulo (2448) dos mil cuatrocientos cuarenta y ocho del Código Civil vigente en el Estado de Nuevo León, idéntico el texto del artícuto (2554) dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil del Dist;ito Federal, es el que literalmente a continuación transcnbo: "2448.- En todos 'los poderes generales para pleitos y cobranzas. bastará guo se diga que se otorga con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la Ley, para que se entiendan conferidos sin limitación alguna.- En todos los poderes generales para administrar bienes, bastará expresar que se dan con ese carácter para que el apoderado tenga toda clase de facultades administrativas.- En los padeces generales, para ejercer actos de dominio, bastará que se den con ese carácter, para que el apoderado tenga todas las facultades de dueño, tanto en lo relativo a los bienes, como para hacer toda clase de gestiones a fin de defenderlos.- Cuando se quisieren limitar, en los tres casos antes

lic. Rodolfo Galván Herrera Titular Notaria Pública No. 101 NOTARIA PVOUCA No, 101 TITVWl l)C. ROOOLFO GILYAN NÜtRBtA ¿wez,warorasneioaados, las facultades de los apoderados, se consignarán las limitaciones, o

jØ$j¿>j¿x

@YíR-7%'é los poderes serán

SEGVNOO DISTRITO especiales,- Los notarios insertarán este articulo en los testimonios de los poderes que se otorguen".----– – ES PRIMER TESTIMONIO: Que se expide para uso de "JUSILADOS PETROLEROS DE CONFIANZA ZONA NORESTE SEDE MONTERREY”, A. C„Fue tomado de sus originales que obran a folios número (4327) cuatro mil trescientos veintisiete al (4333) cuatro mil trescientos treinta y tres, del libro al principio mencionado, Va en (07) SIETE HOJAS ÚTILES, protegido por kinegramas que llevan los siguientes números AA0572293 a AA0572299, debidamente cotejado, rubricado y sellado, en Ciudad Benito Juárez, Nuevo Le6n a los (08) seis dlas del mes de diciembre de (2005) dos mil cinco.- DOY FE,– – – – – --- - – – --AL N HERRERA LIC NÚMERO 101 -60 16-3J1) • V R ‘,. REGISTRADO BAJO EL No.M¿ _ VOL.. l,”IBRO 3.3 c, @CCION ¿ ASOC/gp.Q<¿ f: G I S ORA Y F'ECHA DE PRESEll’iACIGN 3'>¿ 9¿7 >l C. C' J WQNTERREY, N. L., ¿ DE -¿3 f W ¿ 6v-e pp gQ TR úPIED AD PRIMEI3 pa MONTE C) CQ OE LA !t-L ".OrAERClú D I G T RITO REY, N.L,

,< sr. R. v. oE L"A P iY QE a,

(üü I..J L '3 l \EJ

A C:

Acta Constitutiva de Monterrey.pdf

There was a problem previewing this document. Retrying... Download. Connect more apps... Try one of the apps below to open or edit this item. Acta Constitutiva ...

161KB Sizes 12 Downloads 173 Views

Recommend Documents

FORMULARIO-ACTA-DE-ENTREGA-RECEPCION-DE-DESECHOS ...
Charles Darwin y 12 de Febrero - Telf. .... Charles Darwin y 12 de Febrero - Telf. ... -DE-ENTREGA-RECEPCION-DE-DESECHOS-DE-EMBARCACIONES.pdf.

ACTA DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN__VILLARRICA.pdf ...
ACTA DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN__VILLARRICA.pdf. ACTA DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN__VILLARRICA.pdf. Open. Extract. Open with.

ACTA DE SESION ORDINARIA 6FEB2015 SILLA VACIA.pdf ...
Whoops! There was a problem previewing this document. Retrying... Download. Connect more apps... Try one of the apps below to open or edit this item. ACTA DE SESION ORDINARIA 6FEB2015 SILLA VACIA.pdf. ACTA DE SESION ORDINARIA 6FEB2015 SILLA VACIA.pdf

1er Acta Comité de Seguridad.pdf
práctica de reanimación ejecutada en forma correcta y persistente. - No se recomienda el traslado de pacientes con riesgo vital a un centro asistencial o clínica,. porque puede agravar la situación del paciente. A modo de ejemplo, señaló que de

ACTA 011 - 18 de Julio 2014.pdf
Jul 22, 2014 - en el archivo adjunto, además que muchos reactivos se encuentran mal elaborados, el Consejo de Carrera resuelve: RESOLUCION No.

Acta final període de consultes ERO 2014.pdf
There was a problem previewing this document. Retrying... Download. Connect more apps... Try one of the apps below to open or edit this item. Acta final ...

2da Acta Reunion Comité de Seguridad.pdf
Page 1 of 5. Acta 2° Reunión de Comité de Seguridad. Colegio Altamira. 02.07.2015. Participantes: María Verónica Vergara, Directora Colegio Altamira.

ACTA 013 - 1 de Agosto 2014.pdf
0922722251 MONTES REY ISMAEL MOISES. Page 2 of 2. ACTA 013 - 1 de Agosto 2014.pdf. ACTA 013 - 1 de Agosto 2014.pdf. Open. Extract. Open with.

Copia de 20170404-Acta-Pleno-Extr-Urx.pdf
There was a problem previewing this document. Retrying... Download. Connect more apps... Try one of the apps below to open or edit this item. Copia de ...

ACTA REUNION DE COLABORADORES 30-11-2013.pdf
ACTA REUNION DE COLABORADORES 30-11-2013.pdf. ACTA REUNION DE COLABORADORES 30-11-2013.pdf. Open. Extract. Open with. Sign In.

iii-congreso-acta-de-decisiones-aprobadas.pdf
Mijares, es unidad, lucha, batalla y victoria.” Comandante Presidente Hugo Chávez Frías. Palacio de Miraflores,. Caracas, 8 de diciembre de 2012. Page 2 of 22 ...

Acta Hacha de Mithril 2014.pdf
There was a problem previewing this document. Retrying... Download. Connect more apps... Try one of the apps below to open or edit this item. Acta Hacha de ...

Acta 7 de julio 2011.pdf
Exposición La educación de postguerra en Torrenueva. Se ha recogido la exposición sobre la educación durante el Franquismo. que habíamos montado en la ...

ACTA 001 - 7 de Febrero 2014.pdf
NEUWTON DANILO con C.I. 0925596074 de la Carrera ingeniería industrial, ha cumplido con todos los requisitos. establecidos en el Reglamento General, ...

07 Acta RSD Hípica - Club de Campo de Ferrol.pdf
RSD HÍPICA DELA CORUÑA CLUB CAMPO FERROL. Page 1 of 1. 07 Acta RSD Hípica - Club de Campo de Ferrol.pdf. 07 Acta RSD Hípica - Club de Campo ...

acta-constitucion.pdf
Liberación Nacional. El Salvador, C. A. 1o de Septiembre de 1992 1. /. INTRODUCCION. El día 1o de Septiembre de 1992 la dirigencia del FMLN se reunió en ...

Acta-19A.pdf
There was a problem previewing this document. Retrying... Download. Connect more apps... Try one of the apps below to open or edit this item. Acta-19A.pdf.

ACTA
when samples with a higher Sb(III) content have to be analyzed. ... determination of Bi(III), especially Sb(III) and Cu(II), that can ... methanol containing ca. 20 wt.

Acta Mechanica
magnetic loadings are applied to the magnetoelectroelastic materials. Expressions for stresses, electric displacements, and magnetic inductions in the vicinity of the crack tip are derived. Field intensity factors for magnetoelectroelastic material a

Acta Sociologica
archy that the colonial Census allegedly con- structed. However, over time the logic of affirmative action, as I shall call it, undermined the usefulness of class and ...

acta 24Sept15.pdf
4.3 S'acorda pagar el domini de la pàgina web que fins ara pagava el Marcel. També es. pagarà un Hosting. Tot plegat sumaran una 60€/any. Whoops!

Acta-54.pdf
Rigoberto Benavides Zamora SAN RAMON. Karen María Vega Soto (en propiedad) TRES RIOS. José David Cavaría Quesada (en propiedad) RIO AZUL.