X JORNADA NACIONAL DE LA ASOCIACIÓN CIVIL DE BILIOTECARIOS JURIDICOS - ACBJ Resistencia. Chaco. Viernes 14 de agosto de 2015 Conferencia magistral “Biblioteca Notarial” a cargo del Escribano General de Gobierno de la Nación, Dr. Natalio Pedro Etchegaray (Socio honorario de ACBJ). Con cuanto gusto concurro a esta Décima Jornada Nacional de la Asociación Civil de Bibliotecarios Jurídicos. Agradezco a la Asociación la invitación y al querido Colegio de Escribanos de la Provincia del Chaco que brinda su infraestructura y su reconocida amabilidad para hacer más placentera esta Jornada. Una vez más puedo estar entre ustedes y confesarles que uno de mis sueños incumplidos ha sido el de ser librero, pero después de conocer a fondo la labor que ustedes desarrollan, creo que la concreción de mi idealizada ocupación sería la de bibliotecario y no la de librero, pues el bibliotecario se da el gusto poco común de poder cumplir acabadamente CON SU MISIÒN DE ASESORAR Y BRINDAR AUXILIO A TODO AQUEL QUE BUSCA AVANZAR EN EL CONOCIMIENTO, despojado de todo interés económico o empresarial. Adentrarme en este mundo de los bibliotecarios jurídicos me ha permitido conocer el grado de preparación, de contracción al trabajo, en suma de compromiso con los resultados de su diaria labor de apoyo al universo de los operadores del derecho, tanto en el técnico del ejercicio profesional como en el teórico de la investigación jurídica. Conocida es la función de las bibliotecas y en especial la utilidad de los servicios que prestan, enmarcados en especialidades singulares requeridas, a su vez, por usuarios también especializados. Y quienes son los usuarios de las bibliotecas jurídicas ?. Nada más y nada menos que los OPERADORES DEL DERECHO. Corresponde entonces sistematizar la labor que cumplen los operadores del derecho, tal como lo hace Francisco Martínez Segovia en su obra “Función Notarial”: “Los operadores del derecho son los tratadistas, los legisladores, escribanos, abogados, jueces y registradores. En ese esquema los tratadistas y los legisladores están en los dos extremos y los restantes operadores jurídicos ocupan un lugar central entre ambos. El tratadista es jurista puro, el legislador es funcionario puro, los restantes actúan en una zona central con los elementos que les da la ciencia y la legislación”.

Luego expresa Martínez Segovia: “Los estudiosos operan con la ciencia; los límites son amplísimos y sólo reducidos a la medida de la imaginación y capacidad de estudio de cada uno, de su meditación y de su inteligencia constructiva; en el derecho positivo esta primero el legislador en dos supuestos: al concebir la ley y al reformarla” El segundo operador es el juez, también en dos supuestos: compara la ley que sancionó el legislador con la ley suprema del Estado, y puede llegar a declarar la inconstitucional de aquella; puede también declarar su ilegalidad cuando estudie el orden de prelación de las distintas leyes entre sí. Además perfecciona el derecho positivo cuando lo interpreta, aclara y suple sus lagunas. El tercer operador es el abogado: defiende el aspecto funcional del derecho positivo, agudiza la búsqueda de la recta interpretación de la ley y controla toda posible distorsión de las normas por parte del abogado contrario. El cuarto operador es el registrador, que es jurista y funcionario público: recibe la obra del escribano o del juez y le da mayor publicidad, su obra es esencialmente conservadora, sólo le cabe confrontar el documento presentado con sus antecedentes registrales y las normas de las leyes sobre los registros. El quinto operador es el notario aparentemente su función es mínima, subalterna: adaptar formularios; pero en realidad tiene un campo amplio en punto a la perfectibilidad de la ley mediante la interpretación de la voluntad de las partes. El notario o escribano es jurista. Para Martínez Segovia el carácter jurídico de la función notarial es axiomático. En consecuencia la enumeración de Martínez Segovia señala seis operadores: doctrinario, legislador, juez, abogado, registrador y escribano. El Código Civil y Comercial de la Nación, con apenas catorce días de vigencia, nos permite suma a esta lista un séptimo operador del derecho, dadas las obligaciones e incumbencias profesionales que este Código le marca: el corredor o agente inmobiliario. En efecto, el Código define la figura del corredor como aquella persona que hace su ejercicio profesional obligándose ante una persona a mediar en la negociación y conclusión de uno o varios negocios, sin tener relación de dependencia o representación con ninguna de las partes, y en el artículo 1347 inciso a), reitera la necesidad de una adecuada preparación jurídica técnico profesional del corredor inmobiliario, haciéndolo responsable de la identificación y de la capacidad legal de las personas que intervienen en los negocios en que media, debiendo el corredor asegurarse de la identificación, capacidad y como consecuencia determinar la legitimación de las personas que intervienen en los negocios en que media, al establecer la relación entre el objeto del negocio y la posibilidad legal, para su propietario, de administrarlo o disponerlo. Invitado a hablar en el acto inaugural de esta Jornada, pensé que sería una buena oportunidad para hacer un balance de la relación bibliotecario escribano y que espera hoy el notariado de los bibliotecarios jurídicos. La abstracción expresa la espiritualidad del mundo que nos rodea

Página 2

Vuelvo entonces al notario como operador del derecho y repaso su función, para entrar luego en la posibilidad de los bibliotecarios jurídicos de apoyar el desempeño diario de la labor del escribano. Como opera el notario. Completa la norma objetiva abstracta con un derecho subjetivo concreto; crea una relación jurídica; convierte el pacto económico en pacto jurídico. Debe conocer la doctrina y el derecho vigentes y no puede excusarse alegando ignorancia del derecho; en todo caso debe asesorar a las partes sobre posiciones doctrinarias o jurisprudenciales que no compartan el enfoque legal que se dará al negocio en la escritura a instrumentar, quedando a cargo de los requirentes y sus asesores particulares la decisión final sobre el otorgamiento de la escritura. El notario documenta esa situación profesional en la llamada minuta de insistencia. Muchas veces el pacto económico o familiar no encuentra un molde contractual típico en la ley, debe entonces ubicar de las normas jurídicas generales las apropiadas para el caso, utilizando sus conocimientos jurídicos y su experiencia y tratar que el contrato no contraríe el derecho vigente y resulte eficaz para los otorgantes. Francisco Pala Mediano en su “Ciencia, técnica y práctica en la función notarial” expone con sencillez y claridad la actividad jurídica del notario: “Dentro del ámbito de la autonomía privada la formación del acto jurídico tiene un ancho campo en que puede darse la creación de normas o reglas de derecho. De un lado, si los declarantes u otorgantes han de observar las normas preceptivas o imperativas del derecho positivo, pueden rechazar las supletorias de la declaración de voluntad y establecer otras nuevas; y de otro lado, si el acto jurídico no puede ser encuadrado en ninguna de las categorías del sistema positivo, será preciso configurarlo y ordenarlo totalmente en sus presupuestos y efectos, realizando así una verdadera obra de creación sirviéndose de los mismos procedimientos e instrumentos que emplea la técnica legislativa para la elaboración del derecho positivo” Por estar basados en la mejor doctrina notarial y la importancia académica de quienes los formulan, transcribo los conceptos acerca de la función notarial expresados en los fundamentos del Proyecto de Código Civil y Comercial: “También se agrega la frase “debe calificar los presupuestos y elementos del acto y configurarle técnicamente” por los siguientes motivos: (i) la intervención de agentes públicos ( en general) y la de escribanos en particular, ha sido impuesta por la ley para acompañar el ciudadano en le ejecución de actos legislativamente seleccionados, con la finalidad de conferirles legalidad, validez y eficacia; (ii) esta finalidad se obtiene a través del asesoramiento, la configuración técnica, y sobre todo, la adecuación de la voluntad a lo expresado y narrado luego en documentos matrices que son conservados, archivados y exhibidos a quienes detenten interés legítimo; (iii) por ello es que, como bien expresa Fiorini, los instrumentos gozan de fe pública, porque son el resultado de un conjunto de solemnidades aplicadas a las etapas previas (calificaciones) y durante éste (acto público técnicamente configurado, con dirección del oficial, y garantizando la libertad de expresión y en su caso las adecuaciones de la voluntad a la verdadera intención de las partes). A La abstracción expresa la espiritualidad del mundo que nos rodea

Página 3

ellos se suma que en forma coetánea se instrumenta, con rigurosas solemnidades aplicables al tipo de papel, su autenticidad, las tintas, los procedimientos de edición, el contenido (idioma, prohibición de abreviaturas, espacios en blanco, enmiendas no salvadas, etc.) Los documentos matrices quedan en resguardo, lo cual facilita su auditoría y todos los controles que corresponda aplicar. Este conjunto de solemnidades (entendidas como garantías de jerarquía constitucional) es el fundamento de su privilegiada oponibilidad, que deviene de la fe pública que merecen; ( iv) todo ello demuestra que la esencia de la función notarial no es la de conferir fe pública, como habitualmente se afirma, si no que su esencia es la de brindar protección a los ciudadanos en los actos y negocios de máxima trascendencia, legislativamente seleccionados, a través de un conjunto de operaciones jurídicas que son las que fundamentan su eficacia erga omnes. La fe pública es el efecto de tal conjunto de operaciones; (v) esta estructura jurídica no es solo predicable respecto a la actividad notarial: es aplicable a la actividad documentadora de los jueces y de otros funcionarios que están investidos de la facultad de intervenir en actos pública (matrimonio, registradores inmobiliarios, de buques, aeronaves, automotores, etc.)”. Tremenda responsabilidad la que adjudican a los notarios la doctrina y las leyes: aplicar el derecho a las relaciones jurídicas que a diario surgen en todos los confines del país, en las grandes ciudades y en los lugares mas alejados, allí donde un habitante quiera ordenar sus decisiones o declaraciones de voluntad negocial, tanto en aspectos familiares como patrimoniales, onerosos o gratuitos, inclusive de última voluntad y es allí donde se fue conformando, con el correr de los años hasta encontrar la plenitud actual, la íntima relación entre las necesidades profesionales del notario y el apoyo de las bibliotecas jurídicas especializadas. La sanción de la ley de Propiedad Horizontal, que trajo un cambio trascendente en el régimen jurídico de la propiedad inmobiliaria, determinó en su momento, año 1948, la absoluta necesidad para el notariado de estar al día para aplicar de inmediato aquel régimen dominial, instrumento legal que en “tandem” con el Banco Hipotecario Nacional, permitió vehiculizar una profunda reforma social en la propiedad inmueble urbana, posibilitando a millares de argentinos, el acceso a la vivienda propia. Esta primera ley puso de manifiesto una realidad social que a veces no se percibe rápidamente: el notario es el primer operador del derecho que está en contacto con la aplicación de las leyes nuevas. Las relaciones de familia y la vida comercial no se interrumpieron el día 1° de corriente mes de Agosto del año 2015, porque en esa fecha entró en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de la República Argentina; la vida siguió transcurriendo y si un señor se presentó en una escribanía portando un poder especial donde su cónyuge le había otorgado el asentimiento conyugal para disponer de un inmueble, se encontró con la respuesta del escribano: “ Desde hoy este poder no le sirve, el artículo 459 del Código Civil y Comercial no permite que uno de los cónyuges apodere al otro para dar el asentimiento conyugal en los casos de disposición de la vivienda familiar”. La abstracción expresa la espiritualidad del mundo que nos rodea

Página 4

Pero como llega el escribano a informarse sobre la relación entre su trabajo profesional y las nuevas leyes. Recuerdo de Tandil, año 1953, mis primeros pasos en la profesión, Escribania Alonso y el consejo de su oficial primero Mario Zarini, que el primer día de trabajo, me acerco un ejemplar de “Revista Notarial” del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires y me dijo “esto es lo que tiene que leer” y desde ese momento hasta hoy, no he dejado de hacerlo. También de aquellos primeros tiempos recuerdo la compra de los 12 tomos del “Baldana”, obra que se convirtió en compañero inseparable de cada escribano, que en el lugar mas remoto del país, tenia a mano aquel libro que reunía leyes y formularios de escrituras que se repitieron hasta el infinito durante generaciones de colegas, hasta que la creación de la Universidad Notarial Argentina, con la descentralización de sus cursos, permitió el contacto directo de los escribanos con las doctrinas notariales mas modernas y el surgimiento de la técnica notarial como asignatura básica para lograr una auténtica revolución en la redacción escrituraria. Durante muchísimo tiempo las Revistas Notariales, editadas por los Colegios profesionales fueron los únicos vehículos de difusión y de información. Los congresos y jornadas notariales, primeros nacionales, luego provinciales proliferaron a partir de la segunda mitad del siglo XX y ello redundó en un crecimiento intelectual cuantitativo y cualitativo tanto de los escribanos encargados de la dirigencia colegial como de los que se ocuparon doctrinariamente del incipiente derecho notarial. Más tarde esa preocupación transcendió las fronteras y las reuniones de estudio e intercambio internacional son, felizmente, una constante. De los estudios fundadores del maestro español don Rafael Núñez Lagos y nuestros José Adrian Negri, José María Mustapich, Carlos Emérito González, Jorge Bollini, Carlos Pelosi, Osvaldo Solari, Francisco Martínez Segovia, Alberto Villalba Welsh, Raúl García Coni, Eduardo Pondé, Miguel Falbo, llegamos a la época actual en la que la constante edición de libros de derecho notarial es concreta realidad. Una singular, novedosa y muy útil experiencia se realiza en la Biblioteca del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires. El S.O.I.N. (Servicio Orientado de información Notarial) pone diariamente y en el acto, a disposición de miles de notarios, la información bibliográfica que surge de la compulsa de los diarios y revistas jurídicas, ordenada sistemáticamente por materia y autor, con una breve síntesis, y cuando es del caso, relaciona estos nuevos estudios con anteriores trabajos y situaciones profesionales análogas. Otra novedosa experiencia realiza desde hace más de un año, el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, que por medio de su Departamento de Comunicaciones edita y distribuye, a sus colegiados y a todas la Bibliotecas Jurídicas del país y del Notariado Latino, su centenaria “Revista del Notariado” en La abstracción expresa la espiritualidad del mundo que nos rodea

Página 5

forma “on line” y al cabo de cada año, edita en formato tradicional papel, un “Anuario” que reúne exclusivamente los trabajos doctrinarios del período correspondiente. Como resultado de esta experiencia, el Departamento de Comunicaciones asegura que es muy alto el número de consultas y solicitud de trabajos doctrinarios que se le formulan vía web, dada la facilidad, comodidad e inmediata comunicación que la tecnología informática brinda a los usuarios de la Biblioteca. Ambas experiencias, que aprovecho y disfruto diariamente ponen de manifiesto la gran posibilidad que la informática ha puesto al servicio del trabajo diario de los operadores del derecho notarial, en los planos científicos, técnicos y prácticos. Hoy, transcurridos 14 días de la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la República Argentina, el notariado argentino se encontró preparado para su aplicación inmediata, pues desde el momento que se conocieron los fundamentos del Proyecto, su media sanción por la Cámara de Senadores y su sanción definitiva, el 1 de Octubre de 2014 nuestras bibliotecas especializadas han hecho conocer todos y cada uno de los trabajos doctrinarios publicados en libros, revistas, impresos u “on line”, en reportes diarios o periódicos, perfectamente indizados por temas y orientados analógicamente. Mi agradecimiento y felicitaciones Natalio P. Etchegaray.

La abstracción expresa la espiritualidad del mundo que nos rodea

Página 6

00-2 Chaco 2015- Conferencia Magistral Esc Etchegaray.pdf ...

00-2 Chaco 2015- Conferencia Magistral Esc Etchegaray.pdf. 00-2 Chaco 2015- Conferencia Magistral Esc Etchegaray.pdf. Open. Extract. Open with. Sign In.

372KB Sizes 2 Downloads 169 Views

Recommend Documents

2015-09-19lamatibetanokhempothubtennyima-conferencia ...
... DEL TIBETANO. AL CASTELLANO DIRECTAMENTE. Page 1 of 1. 2015-09-19lamatibetanokhempothubtennyima-conferencia.introduccionalbudismo.pdf.

CVs Chaco 2015-2.pdf
... Superior Tribunal de Justicia de Chaco “Dr. Dalmacio Vélez Sarsfield”. Especialista en educación y nuevas tecnologías de la Facultad Latinoamericana de.

CVs Chaco 2015-2.pdf
... de las Mercedes Tissera”, Chaco. Docente y Bibliotecaria de alma, nacida el 27 de marzo de 1953, en Quitilipi. Desde el año 1974 se radica en Resistencia, ...

CVs Chaco 2015-3 Post.pdf
Page 3 of 11. CVs Chaco 2015-3 Post.pdf. CVs Chaco 2015-3 Post.pdf. Open. Extract. Open with. Sign In. Main menu. Displaying CVs Chaco 2015-3 Post.pdf.

D.O. No. 002-2015.PDF
... Legal Service. 5. Ms. Magdalena A. Ancheta, Head Revenue Executive Assistant. 6. Atty. Mitchell L. Yu, Chief, Regular Large Taxpayers Audit Division. 7. Atty.

D.O. No. 002-2015.PDF
op ps# Manila 1004 ... Ms. Charmaine G. Bagacay, Economist II, FPPO. 14. ... 20. Mr. Harvey Chua, Office of the Secretary. 21.Atty. Chester Prince Abellera ...

Informe-extendido-Junio-2015-Monitoreo-Gran-Chaco-Americano.pdf
Informe-extendido-Junio-2015-Monitoreo-Gran-Chaco-Americano.pdf. Informe-extendido-Junio-2015-Monitoreo-Gran-Chaco-Americano.pdf. Open. Extract.

Zuleta conferencia edo gomez feb 4, 2015.pdf
... él y a su familia, la muerte demasiado temprana. Page 2 of 24 ... Zuleta conferencia edo gomez feb 4, 2015.pdf. Zuleta conferencia edo gomez feb 4, 2015.pdf.

conferencia CNU.pdf
Page 1 of 1. Page 1 of 1. conferencia CNU.pdf. conferencia CNU.pdf. Open. Extract. Open with. Sign In. Main menu. Displaying conferencia CNU.pdf.

Chaco Serrano
flower-visitor assemblage and the pollination service they may ...... Food web organization and conserva- ... Edge and other effects ofisolation on Amazon.

conferencia maxneef.pdf
Page 1 of 9. DESARROLLO A ESCALA HUMANA. Manfred Max-Neef *. RESUMEN. Hemos llegado a un punto de nuestra evolución humana en que sabemos ...

conferencia CNU.pdf
There was a problem previewing this document. Retrying... Download. Connect more apps... Try one of the apps below to open or edit this item. conferencia ...

(PGDPM) Term-End Examination December, 2015 MAM-002
(a) Give the correct expansion of the following : 5x1=5. (i) FAQ. FYM. RRIM. (iv) GAP. (v) CXR. (b) Mention two examples each of the following : 5x1=5. (i). Clones of rubber. (ii) Varieties of black pepper. (iii) Varieties of robusta coffee. (iv) Coc

conferencia post jornadas.pdf
Conferencia II: 'Teaching English in difficult circumstances: autonomy and. practitioner research'. Viernes 12 de mayo, 18 a 20 hs. Richard Smith: As an applied ...

CEILA-CLSGC Seminar Series - 2015-16 (002).pdf
There was a problem loading more pages. Retrying... CEILA-CLSGC Seminar Series - 2015-16 (002).pdf. CEILA-CLSGC Seminar Series - 2015-16 (002).pdf.

(PGDPM) Term-End Examination December, 2015 MAM-002
(a) Give the correct expansion of the following : 5x1=5. (i) FAQ. FYM. RRIM. (iv) GAP. (v) CXR. (b) Mention two examples each of the following : 5x1=5. (i). Clones of rubber. (ii) Varieties of black pepper. (iii) Varieties of robusta coffee. (iv) Coc

Programas conferencia ADESE.pdf
Verónica Pérez – Recruiter EA. 5.- Virginia Cano – Software Engineer Project Manager. 6.- Sonia Herranz – Directora Playmania. Moderador: Juan Pablo ...

Conferencia TU Delft
05 COMPKessteN. Coun preskou- expeuston. Multi FUNCIONALITY. USUAL evolvrlos. SLUR. U ve. GYou. DX na ME JWE SET OLI. Strax ma, mot Szer Tpm, ...

Cronograma Chaco N2.pdf
TOTAL DE HORAS 210 (112 + 84 + 14). HORAS DE CLASE PRESENCIALES 112. Page 3 of 9. Cronograma Chaco N2.pdf. Cronograma Chaco N2.pdf. Open.

RESUMEN CONFERENCIA RDO. ANGEL IRIARTE.pdf
There was a problem previewing this document. Retrying... Download. Connect more apps... Try one of the apps below to open or edit this item. RESUMEN ...

TBS ESC flyerTemplate (2).pdf
Sign in. Loading… Whoops! There was a problem loading more pages. Retrying... Whoops! There was a problem previewing this document. Retrying.

Freud- Conferencia 27. La trasferencia.pdf
There was a problem previewing this document. Retrying... Download. Connect more apps... Try one of the apps below to open or edit this item. Freud- ...

002._Usep_Saepullah_-_ ...
Peraturan Pemerintah yang merupakan turunan dari UU SPPA dike- luarkan. Poin penting ... PDF. 002._Usep_Saepullah_-_PRINSIP_KEADILAN_HUKU .