Revista Digital de Criminología y Seguridad Marzo de 2014

DESTACADOS Amenaza de bomba: ¿Pánico, histeria o algo cotidiano? El aspecto científico de la trilogía: Ministerio Público, Policía y Peritos en el nuevo proceso penal de corte acusatorio, adversarial, y oral en México. El tratamiento de la no discriminación en base a la orientación sexual y la identidad de género en el marco del D. Internacional y los DD.HH. Materiales y residuos peligrosos. La enseñanza de la criminología en México: Teoría del caos criminológico. Delincuencia juvenil en el Tercer milenio. NOTICIAS Y EVENTOS

SERENAZGO EN EL PERÚ Entrevista a: ARMANDO JARA MENDOZA

Watson Consultores

Distribución gratuita

REVISTA DIGITAL DE CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

TEMA’S

Año II Nro. 18 ISSN 2314-1166

NO ES CAPRICHO… LAS REVISTAS DIGITALES AYUDAN A PRESERVAR LOS BOSQUES.

En TEMA’S somos conscientes de la necesidad de preservar nuestra naturaleza. Revista TEMA’S es una publicación gratuita de WATSON CONSULTORES.

REVISTA DIGITAL DE CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

TEMA’S permite la reproducción total o parcial de su contenido siempre que se cite la fuente y que no se haga con fines comerciales. Tampoco se puede utilizar la obra original con fines comerciales. Revista TEMA’S es una publicación gratuita de Watson Consultores. PROHIBIDA SU VENTA Y COMERCIALIZACIÓN. La reproducción de libros o parte de ellos cedida por sus autores goza de los derechos de propiedad intelectual, por tanto está prohibida su reproducción total o parcial sin autorización de sus respectivos titulares. El contenido de los artículos y su originalidad es responsabilidad de los autores y no implica necesariamente la comunión de ideas con el Comité Editorial, Comité Académico y su director. Esta obra está licenciada bajo la Licencia Creative Commons AtribuciónNoComercial-CompartirIgual 3.0 Unported.

STAFF Director Editorial: Lic. Osvaldo A. Cuello Videla. Comité Editorial: Lic. Osvaldo A. Cuello Videla. Lic. José Escudero Gordillo Lic. Sandra C. Flores Prto. Mariela A. Rada. Comité Académico: Dr. Alberto Montbrun. Mag. Daniel Venturini. Mag. Marcelo Fuentes Pérez. Dra. Susana P. García Roversi. Dra. Patricia Andrea Taus. Dr. José Luis Alba Robles. Dr. Wael Sarwat Hikal C. Lic. Juan A. Carreras Espallardo

Revista Temas: Río Atuel 855 Godoy Cruz Mendoza – Argentina (C.P. 5501)

Para ver una copia de esta licencia, visite: http://creativecommons.org/licenses/bync-sa/3.0/deed.es_AR

Año II Nro. 18 ISSN 2314-1166

http://revista-temas.blogspot.com.ar/

3

REVISTA DIGITAL DE

Una publicación de WATSON CONSULTORES

ESTAMOS PRESENTE EN 32 PAÍSES Watson Consulto4

Revista TEMA’S Año II - Número 18 – Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

SUMARIO SEGURIDAD CIUDADANA EN EL PERÚ Y EL SERVICIO DE SERENAZGO MUNICIPAL. ENTREVISTA A ARMANDO JARA MENDOZA

Página 34 06 Amenaza de bomba: ¿Pánico, histeria o algo cotidiano? El aspecto científico de la trilogía “Ministerio Público-Policía-Peritos” en el nuevo proceso penal de corte acusatorio, adversarial y oral en México.18

44 Materiales y residuos peligrosos. Enseñanza de la Criminología en México: Teoría del caos criminológico.62

96 El tratamiento de la no discriminación en base a la orientación sexual y la identidad de género en el marco del sistema regional y universal de protección del Derecho Internacional y de los Derechos Humanos. Delincuencia Juvenil en el Tercer milenio.110

52 Eventos y Novedades Noticias Universitarias 90 http://revista-temas.blogspot.com.ar

5

REVISTA DIGITAL DE

LA AMENAZA DE BOMBA ¿Pánico, histeria o algo cotidiano? Lic. Santiago Eugenio González (Argentina)

Licenciado en Seguridad, Especialista en Higiene y seguridad en el trabajo, Operador en Desactivación de Municiones y Artefactos Improvisados EOD” en la Academia de Ingenieros del Ejército de Tierra del Reino de España, Estados Unidos, Perú y otros, Registro de experto número 17369 de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en la disciplina Defensa y Seguridad, especialidades seguridad y de Materiales Explosivos y Seguridad e Higiene en actividades con sustancias explosivas, incendiarias, químicas y biológicas.

Ante el aviso de colocación de un artefacto explosivo, debe ponerse en movimiento una serie de actividades y conductas previamente establecidas en un detallado plan que contemple tanto los distintos niveles de responsabilidad y funciones, como el procedimiento telefónico, los grupos de búsqueda, las evacuaciones y reingresos, y el informe final de la operación. 6

Revista TEMA’S Año II - Número 18 – Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

A

travesamos épocas difíciles, donde el terrorismo se ha multiplicado ciento por ciento en los últimos años. La amenaza de atentado, la colocación de una bomba era antes cosa casi desconocida; ahora, en las grandes zonas metropolitanas, los organismos del orden público reciben casi como promedio una llamada diaria y cada día aumenta la pericia de los terroristas, tanto en la fabricación de artefactos como en el ocultamiento de los mismos, multiplicándose en forma astronómica las pérdidas laborales, los daños y perjuicios, los heridos y los muertos.

Tanto el personal como las instalaciones son vulnerables. La mejor defensa es la elaboración cuidadosa de un plan y a la medida de la organización. Deberá formar parte de la planificación general para casos de incendios, inundaciones, sismos y otra clase de emergencias, pues entre ellas puede encontrarse una amenaza de bomba. Dicho plan tendrá que ser consultado con los expertos en desactivación de explosivos (Sección Desactivación de Explosivo de GNA, brigadas de Explosivos de Fuerzas Policiales o de Seguridad) quienes podrán reforzar y refinar lo propuesto. En su esencia el plan será muy sencillo, se tratará de obtener de la amenaza la mayor cantidad de datos posible, para poder transmitirlos a los agentes del orden público antes mencionados, los que podrán formarse un juicio sobre la amenaza, que permitirá realizar una búsqueda en las instalaciones y en los terrenos aledaños. Parecerá sencillo y podrá serlo si se está preparado, pero recordamos que “…para que el plan funcione tendrá que haber un responsable”.

Una publicación de WATSON CONSULTORES

7

{ Artículo }

TEMA’S

EL COORDINADOR DE EMERGENCIA Las bombas podrán matar y mutilar, pero también lo podrá hacer el pánico; entonces la emergencia tendrá que estar bajo control o podrá sobrevenir el caos. La misma deberá estar a cargo de un director o coordinador, el que pondrá el plan en acción y estará capacitado para tomar decisiones. El coordinador tendrá que contar con suplentes designados, de manera que siempre haya alguien que dirija la situación. Todos en las empresas u organismos deberán saber quienes son estas personas y tratarán de ponerse en contacto de inmediato con ellas. Será conveniente publicar en un lugar bien visible sus nombres y teléfonos internos, para que el resto del personal pueda ponerse en contacto con ellos sin titubeos o demoras. El coordinador organizará los grupos de búsqueda con asignación de sectores en donde éstos tendrán responsabilidad directa.

LA LLAMADA Ha habido casos en que telefonistas imperturbables, habituados a enfrentar llamadas sospechosas, se han descontrolado totalmente ante la palabra bomba. Debe tenerse en cuenta que la llamada telefónica será el único contacto con el sospechoso, la única posibilidad donde se podrán obtener datos indispensables. Todo

8

aquel que pudiera recibir una amenaza tendrá que conocer el procedimiento telefónico. Saber que se podrán conseguir más datos que la simple advertencia, ya que aunque pareciera extraño, muchas veces contestará preguntas, pues el sospechoso puede pretender que se conozca su hazaña. Se tratará de averiguar lo siguiente: •

Cuándo – Preguntará: ¿Cuándo estallará?



Dónde – Preguntará: ¿Dónde está?..¿Dónde buscaremos?



Qué – Preguntará ¿Qué forma tiene?



Por qué – Preguntará ¿Por qué hace eso?...¿qué móvil tiene?



Quién ¿Quién es usted?...¿Dónde está usted?

Se escribirán todas sus declaraciones. A menudo, la expresión de un sentimiento también será eficaz; frases co-

Revista TEMA’S Año II - Número 18 – Marzo de 2014

SEGURIDAD

mo: “…usted no me parece la clase de personas que haga semejante cosa…” podrán prolongar la conversación y facilitará la identificación. La lista de preguntas deberá ser publicada y fijada en carteles a la vista de todos y las mismas tendrán que ser adecuadas a los requisitos del organismo o empresa. Algunas organizaciones suelen establecer una señal manual para hacer saber a otras personas que se está recibiendo una amenaza y así poder avisar más rápidamente al coordinador de emergencia e intentar rastrear la llamada (en su mayoría, los que formulan la amenaza se muestran nerviosos y es muy raro poder hacerlo). Debe intentarse continuar hablando, hay importantes datos implícitos en la llamada: sexo, la edad, el acento, los defectos del habla, los sonidos del medio ambiente, la ansiedad en el interlocutor y otros aspectos. El que recepciona la llamada deberá conservar el mensaje y todos sus apuntes, ya que podrán realizarse en caso de un proceso judicial. Algunas organizaciones utilizan formularios de apuntes que se conservan en todas aquellas oficinas en donde existen teléfonos que decepcionan llamadas del público.

acento si lo tiene, etc.) •

Ruidos en el ambiente (tráfico, sonido de radio, televisor, ruidos de fábricas, risas de niños, etc.)

Habrá varias medidas que se ejecutarán inmediatamente: •

Llamará a las fuerzas de Seguridad o Policiales (brigadas de explosivos) y le comunicará los hechos.



Coordinará la llamada con su propio departamento de seguridad, en el caso de contar con el mismo.



Suministrará al grupo de búsqueda los datos sobre la posible ubicación de la bomba y el tiempo disponible. Debiendo iniciar la búsqueda.



Designará a alguien para que reciba a los agentes los traslade a la oficina del coordinador.

Lo precedentemente mencionado, posibilitará evaluar con más tiempo la amenaza. Si la voz fuese de un adolescente y se oyeran risas de fondo, será probablemente una jugarreta, pero valdrá la pena buscar. Si se tratara de un adulto que pareciera conocer el inmueble e indicara la hora o el lugar del estallido, se deberá pensar en desalojar el recito. Como se imaginará existe una gran variedad de formas de recibir una amenaza: desde unas palabras susurradas hasta un mensaje amplio e informativo. Algunos podrán ser por escrito; en estos casos, se evitará poner las manos sobre el mis-

ESTIMACIÓN DE LA LLAMADA Al recibir la llamada de emergencia, el coordinador observará todos los detalles: •

Hora de la llamada



Cuándo estallará el artefacto



Dónde está



Qué forma tiene



Quién llamó (hombre, mujer, el

Watson Consultores

9

TEMA’S

{ Artículo }

mo, y se lo conservará como comprobante, ya que podría contener huellas y todo tipo de información útil para la posterior investigación. Cada amenaza tendrá que juzgarse por sí misma; se meditará en el posible potencial de daños y deberá resolverse si conviene evacuar, ya que la mayoría de las amenazas tienen como propósito interrumpir las actividades desarrolladas en los recintos, pues suele ocurrir que los autores de la incidencia podrían estar observando desde la vereda de enfrente del edificio. Puede ser que si se producen corridas, puede haberse logrado el objetivo perseguido. El móvil de muchas amenazas obedecerá a: una venganza, un ex empleado, un cliente disgustado, etc. que podrá ser los responsables más probables; luego vendrían los “bromistas” o sea que sería remota la posibilidad que existiera la colocación de una bomba en todas las amenazas; pero se trata de tomar una decisión difícil, sopesando por una parte la pérdida de tiempo, la interrupción de las tareas, el posible pánico y por otro lado, los heridos, los muertos, la destrucción de bienes y otros estragos; los agentes de seguridad deberán ayudar al coordinador, pero en definitiva la decisión será de él y tendrá que estar dispuesto a tomarla sin la posibilidad de efectuar

10

un estudio prolongado.

EL GRUPO DE BUSQUEDA La tarea podrá ser arriesgada y tendrá que ser realizada por voluntarios; se necesitaran personas que conozcan amplia y detalladamente sus sectores. El grupo de búsqueda (o sus suplentes) deberá estar listo para actuar en inmediatamente y conocer a la perfección lo que hay que hacer; será indispensable tener dispuesto un plan de acción con asignación de un área para cada miembro y un sistema de informe final. Se dividirá el sector en áreas lo bastante reducidas como para que la búsqueda no supere mas de 20 minutos como máximo. Se podrá poner en ejecución a los buscadores mediante: Un aviso en clave por el sistema de altoparlantes.

Revista TEMA’S Año II - Número 18 – Marzo de 2014

SEGURIDAD

Llamadas en cascada, o sea llamadas a uno o dos miembros, quienes llamarán al resto del grupo.

carteras de mujeres, portafolios, cajas de herramientas, etc. Se deberá algo que no pertenezca al entorno, que no encuadre con el lugar en que está.

Si las comunicaciones por teléfono o por radio se encontraran defectuosas, la búsqueda se llevara a cabo por parejas; dos miembros actuarán en conjunto, cada uno buscará en forma individual, pero lo bastante próximos como para poder oírse el uno con el otro. Si se encuentra algo, uno despejará el sector inmediatamente y evacuará a las personas, mientras que el otro se dirigirá al teléfono más cercano y dará el aviso inmediato, pero.... no se deberá tocar ni mover nada hasta la llegada de los especialistas.

La orden vital para los buscadores, y para todos los demás, será en el caso de que hallaran algo sospechoso: no lo tocarán, no lo moverán; es casi increíble lo perfecto que podría a llegar a ser el paquete de explosivos hoy en día; ha habido casos de niples (caños) con la mecha quemada a simple vista, aparentando ser inofensivas por haber fallado, pero que en realidad poseen una espoleta sensible al movimiento que estallan al menor roce. El buscador que encuentre un paquete sospechoso deberá quedarse lo más apartado posible que pueda, pero en condiciones de impedir que otros ingresen por error en la zona de peligro; deberá apostarse detrás de la pared o de un mueble lo suficiente macizo o absorbente que permita contrarrestar los efectos de la detonación.

Debe formularse una advertencia sobre el uso de las comunicaciones: en ciertas condiciones, la energía de un radioemisor podrá activar una bomba con un sistema de detonación eléctrico o radial; entonces, de encontrarse un artefacto u objeto sospechoso no se deberá intentar una radioemisión desde el lugar en cuestión. ¿Dónde deberá buscarse primero? En los espacios con acceso al público, vestíbulos, baños, cajas de escaleras, salidas de incendios, etc. No deberá olvidarse el exterior: los jardines, repisas de ventanas, basureros, adornos externos, buzones, etc., podrían ser lugares fáciles para la colocación de un artefacto.

Una vez que arriben los especialistas y se hagan cargo de la situación, el grupo de búsqueda podrá irse con los evacuados y aguardará hasta que se saque del edificio el artefacto. Podría darse el caso que los buscadores fueran los primeros en iniciar la evacuación, ya que si encontraran algo deberían hacer salir a los demás de la zona inmediatamente, recordando que las palabras “bomba” y “explosión” impresionan y hasta podrían provocar pánico; no debe esperarse que digan algo moderado en situaciones de crisis, debiendo el coordinador expresar algunas frases, tales como: “... tenemos una emer-

¿Qué deberá buscarse? Podría ser cualquier cosa, desde el mas visible bulto de dinamita con reloj hasta artefactos bien ocultos en objetos totalmente normales: bolsas de residuos, de papel, cajas de cartón del tipo comercial (pizza), llegando a utilizarse en ocasiones hasta termos,

https://www.facebook.com/revista.temas

11

{ Artículo }

TEMA’S

gencia, salgan todos de aquí”. O bien “... hay problemas en el edificio, hay que desalojarlo sin pérdida de tiempo...”. Este tendrá en cuenta su situación y preparará frases que inciten a la urgencia pero no a la histeria. Para abreviar la búsqueda y minimizar el peligro se deberá mantener con llave los lugares y muebles de uso poco frecuente y limitados al personal de servicio, en especial los accesos a lugares críticos como los tableros de electricidad, sistemas de calefacción y de acondicionadores de aire. Si el establecimiento es más de una planta, se deberá designar un encargado por cada una de ellas, para que pueda supervisar la búsqueda y disponer la evacuación en caso de considerarse necesario. Los grupos de búsqueda, encargados de pisos y coordinadores, deberán reunirse con regularidad para acondicionar los procedimientos, actualizar el plan y adaptarlo a nuevos hechos.

ción podría ser un problema para los buscadores o los especialistas; hoy en día la regla general indica que es bueno que la gente se aparte unos 300 m de un objeto sospechoso y como además podría haber mal tiempo, se deberá prever algún lugar a cubierto. No se permitirá que el personal se arremoline en la calle, ya que estaría expuesto a las posibles caídas de mampostería o vidrios rotos. Deberá apartárselo a un lugar seguro a una distancia prudencial (si es más de 300 metros, mejor). Se tendrán presente las siguientes normas: A.- Aviso por altoparlantes: Urgente pero sin histeria. Todo el mundo conoce la frase: “Simulacro de incendio”. Se preverá un aviso, pero puede que tenga que ser modificado de improviso ya que algunas salidas no podrán ser utilizadas si estuvieran cerca del hallazgo sospechoso. B.- Cascada telefónica: Se llamará a varios departamentos y estos a su vez llamarán a varios otros y así sucesivamente, hasta que todos estuviesen avisados. Generalmente, los gerentes de estos departamentos avisarán verbalmente a su gente y ayudarán a evacuar el inmueble.

LAS EVACUACIONES Para ello también se necesitarán un plan y deberán señalarse claramente las rutas de egreso; en realidad no diferirán de un simulacro de incendio u otro desalojo de emergencia. Pero el personal deberá llevar consigo todas sus pertenencias personales, ya que una cartera o portafolios que se dejara y no tuviese identifica-

12

Los grupos de búsqueda podrán ayudar en el proceso de la evacuación y se cerciorarán de que no queden personas aisladas. Alguien deberá permanecer en la zona de evacuación para explicar los detalles “misteriosos” de la misma tratando que todos los evacuados permanezcan juntos, no permitiendo que ninguno de ellos ingrese nuevamente al edificio. Si el establecimiento fuese de plantas múlti-

Revista TEMA’S Año II - Número 18 – Marzo de 2014

SEGURIDAD

ples se desalojarán por lo menos tres: aquella en la que se encontrara el objeto, la de abajo y la de arriba del mismo. El coordinador consultara con los especialistas en explosivos que se hiciesen presentes para apreciar la complejidad de la amenaza y si se recomienda el abandono del edificio en su totalidad. Se podrá decidir el corte de los servicios de agua, luz y electricidad y se designará un responsable, para el caso de temerse una explosión; pero puede necesitarse el alumbrado para la búsqueda, o si existiesen computadoras que necesitaran eléctrico en forma constante, su interrupción podría ser tan desastrosa como la explosión. Lo mismo valdría para los otros servicios, se deberá sopesar el posible riesgo contra los daños a equipos y maquinarias.

LA EXPLOSION A veces una explosión será el primer indicio de catástrofe. En estos ca-

sos la seguridad de las personas será de suprema importancia, se ejecutará la evacuación inmediatamente y se pedirá socorro. Se dará aviso a la policía y a los bomberos y se pedirá la asistencia del servicio sanitario en el caso de considerarse necesario. Se cortará el suministro de aquellos servicios que pudieran ser perjudiciales (gas), pero se tratará de mantener el suministro de electricidad, si fuese posible, debido a que el personal policial y el sanitario necesitarán el alumbrado para ver los heridos y comenzar el tratamiento de inmediato. Podría darse el caso que el grupo de búsqueda tuviera que actuar como equipo de primeros auxilios hasta que se hiciesen presentes los profesionales. Importa recordar que los atentados con explosivos pueden no reducirse a un solo artefacto; por ello se resguardará al personal evacuado en un lugar seguro, ya que será muy probable que los técnicos en explosivos quieran seguir la búsqueda en el inmueble.

EL REINGRESO A LA ZONA AMENAZADA En el caso de una evacuación…¿Cuándo se volverá a ingresar? He aquí otra decisión de gerencia. La policía u otros agentes presentes podrán ayudar pero no les incumbirá decidir. Se deberá resolver el reingreso solo

https://www.facebook.com/revista.temas

13

{ Artículo }

TEMA’S

después de una búsqueda minuciosa del recinto; “… nadie podrá asegurar positivamente que no exista una posible bomba, casi habría que desmantelar todo el edificio para tener semejante garantía…”

BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA

Habrá que sopesar el riesgo potencial contra los factores prácticos. El responsable examinará con los técnicos y con su personal dirigente el peligro relativo, guiándose por la situación imperante, las condiciones locales y su propia experiencia.

Policía Nacional del Perú

CONSIDERACIONES FINALES Después de cada simulacro, ya sea real o ficticio, se deberá hacer un informe, una constancia de las circunstancias y lo realizado; eso ayudará a la policía en el caso de una investigación y permitirá formarse un juicio de la operación. Cuando más se pueda aprender de cada incidencia, tanto mejor se podrá hace frente a la próxima llamada. El refinamiento de los detalles de la operación podrá determinar la diferencia entre una buena evacuación y una desbandada en pánico, fin también buscado por el terrorismo.

Reglamentos de técnicas de investigación y desactivación de: Guardia Civil Española

Academia Policial de Batón Rouge del Estado de Lousiana, (EE.UU.) “Evacuación de estructuras edilicias” (2006). Foro de Profesionales Latinoamericano de Seguridad. En http:// www.forodeseguridad.com/artic/ a_demanda.htm. “Normas generales a tener en cuenta en la evacuación de una estructura edilicia” (2006). Revista Prevención de Incendios de la Asociación Profesionales de Técnicos de Bomberos. Madrid. España. Página 56. “La amenaza de Bomba ¿Pánico, histeria o algo cotidiano? (1996). Revista de la Escuela Superior de Gendarmería. Buenos Aires. Página 32.

CARTILLA GUIA ANTE ANEMAZA DE COLOCACION ARTEFACTOS EXPLOSIVOS , INCENDIARIOS, QUIMICOS O BACTEROLOGICOS.

A. La misma se podrá presentar de las siguientes formas: • • • • •

14

Por medio de teléfono. Por servicio de correo. A través de una persona. Hallazgo de objetos sospechosos. Explosión/detonación.

Revista TEMA’S Año II - Número 18 – Marzo de 2014

SEGURIDAD

B. Ante estas situaciones será necesario contar con un plan de trabajo adecuado, teniendo la finalidad de: • Evitar que se produzcan víctimas. • Reducir el riesgo para las personas. • Eliminar o confirmar sospechas. • Reducir los daños materiales. • Colaborar con los equipos especialistas en desactivación de explosivos. C. Para la ejecución de un plan de trabajo, los señores Jefes, una vez que han recibido la amenaza, deberán implementar una serie de medidas preventivas hasta la llegada del Equipo de Desactivación de Explosivos, a saber: 1. REACCIÓN ANTE UNA AMENAZA DE BOMBA: a) Dar aviso de la novedad en forma inmediata al Centro de Operaciones y a la Sección de Desactivación de Explosivos. b) Tener consigo los planos del lugar y obtener toda la información necesaria sobre el lugar amenazado. c) Entrevistar al personal que recibió la amenaza (en caso de ser una amenaza de bomba en forma telefónica confeccionar formulario) o al que le informaron la novedad o descubrió el objeto sospechoso, a los fines de obtener toda la información posible sobre el incidente. d) En casos de contar con personal con aptitudes de Byl u Opex, reunir a los mismos a los efectos de que implementen un plan de búsqueda, debiendo tal personal asesorar al señor Jefe de Elementos sobre medidas de prevención y reacción a adoptar. En caso de no contar con dicho personal y si lo permite la situación, realizar un plan de búsqueda sobre el lugar amenazado, auxiliándose de los encargados o responsables de todas las oficinas. e) En casos de ser una Unidad emplazada dentro de un Objetivo de Interés Nacional (centrales atómicas, puentes, etc.) y habiendo personal civil trabajando en el lugar, formar un comité de crisis con los directivos del sector, a los efectos de coordinar las actividades de prevención. f) Dar aviso a los servicios auxiliares (ambulancias, Bomberos, Unidades médicas, Defensa Civil, autoridades policiales locales, etc.). g) Requerir los apoyos técnicos necesarios, ya sea para efectuar cortes del suministro de gas, servicios de luz, agua, etc. h) Efectuar un acordonamiento de la zona de aproximadamente unos 100 metros a la redonda, manteniendo vigilada la zona amenazada y realizando los cortes o desvíos del tránsito necesarios. i) Efectuar evacuaciones totales o parciales.

https://www.facebook.com/revista.temas

15

TEMA’S

j)

{ Artículo }

Reunir toda la información posible de como acontecieron y van sucediendo los hechos, en forma cronológica y con horarios, para poder brindárselos al equipo de desactivación de explosivos.

2. REACCIÓN ANTE EL HALLAZGO DE UN ARTEFACTO EXPLOSIVO: Entiéndase que el mismo puede presentar una variedad enorme de formas y tamaños, así como elementos anexados que sirven de engaño, no es necesario que el explosivo o partes del artefacto se encuentren expuestos para considerarlo como tal, basta que los indicios y los elementos de juicios reunidos sean suficientes para considerar un elemento u objeto sospechoso de ser bomba. a) Dar aviso de la novedad en forma inmediata al Centro de Operaciones y a la Sección de Desactivación de Explosivos. b) No toque el artefacto. c) Ejecute una evacuación del área próxima, basándose en el plan contra incendios u otro similar. d) Obtenga la mayor cantidad de datos posibles, sin riesgo, sobre el artefacto como tamaño, peso, si emite sonidos, olores, elementos que lo conforman, color, etc. Si es reglamentario, tipo, inscripción, color, tamaño, características exteriores, etc.. e) Cuando se trate de material explosivo abandonado, se demarcará el sector asilándolo y colocando una vigilancia sobre el mismo, asimismo, se tratará de reconocer el material abandonado, brindando toda la información posible sobre el mismo (cantidad, tipo, fabricación, forma, etc.). f) Dar aviso a los servicios auxiliares (ambulancias, Bomberos, Unidades médicas, Defensa Civil, autoridades policiales locales, etc.). g) Requerir los apoyos técnicos necesarios, ya sea para efectuar cortes del suministro de gas, servicios de luz, agua, etc. h) Efectuar un acordonamiento de la zona de aproximadamente unos 100 metros a la redonda, manteniendo vigilada la zona amenazada y realizando los cortes o desvíos del tránsito necesarios. i) De existir personal con aptitudes de Técnico en Búsqueda y Localización de Artefactos Explosivos (ByL) y/o Operador de Explosivos (OPEX), deberán asesorar al señor Jefe de Unidad sobre medidas de prevención y reacción a adoptar. j) Reunir toda la información posible de como acontecieron y van sucediendo los hechos, en forma cronológica con la finalidad de brindárselos al Equipo de Desactivación de Explosivos. 3. REACCIÓN ANTE UNA SITUACIÓN DE POST-EXPLOSIÓN: a) Dar aviso de la novedad en forma inmediata a la Sección de Desactivación de explosivos y al Centro de Operaciones.

16

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

SEGURIDAD

b) Efectuar un acordonamiento de la zona afectada, manteniéndola vigilada y realizando los cortes o desvíos del tránsito necesarios. c) No toque nada, espere la llegada del equipo de explosivos, a los fines de poder conservar los indicios y elementos de juicio en el lugar explosionado. d) Siempre se debe considerar la posibilidad de que existan más de un artefacto explosivo y que éste no halla detonado. e) Reunir toda la información posible de como acontecieron y van sucediendo los hechos, en forma cronológica con la finalidad de brindárselos al Equipo de Desactivación de Explosivos. RECORDATORIO : En el caso de localizar algo sospechoso deberá: • Considerarlo como real. • No tocarlo o manipularlo. • No moverlo o desplazarlo. • Impedir que persona se acerquen al objeto sospechoso. • Identifique el área de peligro y bloquéela evacuando la zona de por los menos 150 metros incluyendo los pisos debajo y sobre el objeto. • Informe sobre su ubicación y descripción detallada del objeto. • De ser “absolutamente necesario” coloque bolsas de arena o mantas balísticas, nunca objetos de metal, cerca del objeto sospechosos. No trate de cubrirlo. • No permita el reingreso al edifico hasta que el artefacto haya sido removido o desactivado por los especialistas, y el inmueble se seguro para entrar nuevamente.

https://www.facebook.com/revista.temas https://www.facebook.com/revista.temas

17

REVISTA DIGITAL DE

El aspecto científico de la trilogía “Ministerio Público-Policía-Peritos” en el nuevo proceso penal de corte acusatorio, adversarial y oral en México Por Juan Antonio Maruri Jiménez (México)

Doctor en Derecho Penal, Docente e Investigador Universidad Analítica Constructivista de México. Doctor en Derecho Penal por el Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas (Distrito Federal). Licenciado en Derecho, Especialista en Derecho Penal y Maestro en Derecho Penal por la Universidad Tecnológica de México (Distrito Federal). Maestro en Derecho Procesal Penal. Perito en Criminalística. Doctorando en Ciencias Forenses por la Universidad Analítica Constructivista de México (Estado de México).

18

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

RESUMEN El 18 de junio de 2008 se publicó el Decreto por el que se reforman los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22; las fracciones XXI y XXIII del artículo 73; la fracción VII del artículo 115, y la fracción XIII del apartado B del artículo 123, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dando origen a la “Reforma Constitucional en materia de Justicia Penal”, (GOBERNACIÓN, 2008), surgiendo como expectativas básicas: la transformación total del sistema de justicia penal; garantizar de manera efectiva la vigencia del “debido proceso” en materia penal; restablecer la confianza en el aparato de justicia penal y sus instituciones; hacer eficiente la investigación y persecución de los delitos; que el acusado cuente con mayores garantías en la defensa, asegurando con ello la protección, asistencia y participación de las víctimas y ofendidos; y salvaguardar los principios rectores de un Estado Democrático-Constitucional de Derecho. Abstract The last June 18, 2008 the Decree amending Articles 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 are amended was published; (the fractions) XXI and XXIII of Article 73, Section VII of Article 115 and section XIII paragraph B of Article 123 of the Constitution of the United Mexican States, giving rise to the "Constitutional Reform of Criminal Justice", emerging as basic expectations: total transformation of the criminal justice system; effectively guarantee the validity of the "due process" in criminal matters restore confidence in the criminal justice system and its institutions doing research and efficient prosecution of crimes, the accused is greater assurances defense thereby ensuring the protection, support and participation of victims and injured, and safeguard the principles governing a Democratic-State Constitutional Law.

. Palabras clave Derechos Humanos, Dictamen del Perito, Ministerio Público, Peritos, Peritaje, Policía, Proceso Penal, Reforma Penal, Sistema de justicia penal, (Tesauro de Política Criminal Latinoamericana – ILANUD).

Key Words Human rights, Opinion of the Expert, Public Ministry, Experts, Expert work, Police, Penal Process, the Penal Reformation, System of penal justice, (Thesaurus of Latin American Criminal Policy - ILANUD).

Recibido: 29-2-2014

Escríbanos a [email protected]

Publicado: 01-03-2014

19

{ Artículo { Opinión }}

TEMA’S

Introducción La globalización mundial ha traído como consecuencia la adopción de cambios sustanciales en los sistemas económicos, políticos, sociales, culturales y jurídicos a nivel internacional. Surgiendo con ello en nuestro país, el establecimiento del nuevo Sistema de Justicia Penal cuya base fundamental descansa en el proceso penal de corte acusatorio, adversarial y oral, cuya implementación se pretende concretar en un lapso de 8 años, es decir, en junio de 2016 debe quedar instaurado el proceso penal en toda la República Mexicana. Sin lugar a dudas, la desconfianza de la sociedad mexicana en las instituciones encargadas de brindar seguridad ha sido un aspecto fundamental de múltiples debates que cuestionan la eficacia, eficiencia y realidad de la transición de un sistema inquisitivo anquilosado por las prácticas de corrupción, impunidad, abuso de autoridad, violaciones a los Derechos Humanos e incapacidad de los gobernantes, a un sistema acusatorio en el que prevalezca la profesionalización de los cuerpos de seguridad, de las instituciones de procuración y administración de Justicia, del sistema penitenciario, pero sobre todo, una actuación de respeto irrestricto a los Derechos Humanos de la víctima u ofendido, del imputado, y en general, de todos los miembros de la sociedad. La “buena intención” del Estado Mexicano que establece las bases iníciales de un cambio sustancial en la culturización y profesionalización de las instituciones que componen el Sistema Jurídico Mexicano surge a partir de la obligatoriedad del “control difuso de convencionalidad” (HIDALGO MURILLO J. D., 2012) adoptado por virtud de la existencia de cuatro sentencias condenatorias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la resolución del caso “Radilla Pacheco” (SECRETARÍA TÉCNICA, "Caso Rosendo Radilla Pacheco", 2011), dando origen así a las reformas constitucionales en

20

materia de Juicio de Amparo y Derechos Humanos, del 6 y 10 de junio de 2011, respectivamente. Para lograr una implementación ordenada, coordinada y homogénea, el artículo Noveno Transitorio del citado Decreto de reformas constitucionales establece que se creará una instancia de coordinación integrada por representantes de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, además del sector académico y la sociedad civil, así como de las conferencias nacionales de Seguridad Pública, Procuración de Justicia y de Presidentes de Tribunales Superiores de Justicia, la cual contará con una Secretaría Técnica (en adelante SETEC) que coadyuvará y apoyará a las autoridades federales y a las locales, cuando estas últimas así lo soliciten. (SECRETARÍA TÉCNICA, 2012). Derivado de múltiples proyectos legislativos y esfuerzos de coordinación entre autoridades de los distintos niveles de Gobierno para lograr la implementación del nuevo proceso penal, surge la aprobación por el órgano Legislativo Federal, el “Código Nacional de Procedimientos Penales” el 5 de diciembre de 2013.

Capítulo Primero. Bases fundamentales y principios del nuevo proceso penal Sección Primera. Bases fundamentales Las bases fundamentales del nuevo proceso penal son las siguientes: Acusatorio; quien sostenga la acusación tendrá la carga de determinar el hecho típico, y probar los hechos que acrediten la responsabilidad penal de las personas, sin que los tribunales puedan asumir ni rebasar los términos de la acusación; y Oral; las pretensiones, argumentaciones y pruebas en el desarrollo del proceso se deben plantear, introducir y desahogar en forma

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

DERECHO

oral ante el juez o tribunal, bajo los principios de inmediación y contradicción. Subsección primera. Sistema Acusatorio El sistema acusatorio se aplicó en Grecia y en los inicios de la república romana, aquí el ofendido posee el derecho de aplicar el castigo al acusado que ha resultado culpable. En este sistema todo ciudadano posee la facultad de acusar a otro, esa acusación debe entonces ser formulada por un particular, en otras palabras, el juez, no puede de oficio realizar la acusación, este debe de actuar hasta que es motivado por la acusación de un ciudadano. Este sistema, está considerado como la forma primitiva de los juicios criminales, ya que mientras prevaleció el interés privado,

sólo se iniciaba el juicio previa acusación del ofendido o sus familiares, posteriormente, esa atribución se delegó a la sociedad en general. En la actualidad, ha sido adoptado por los países democráticos con las siguientes características: •

Los actos procesales de acusación, defensa y decisión se encomiendan a sujetos distintos;



Los actos de acusación los encomienda el Estado al Ministerio Público:



Los actos de defensa del inculpado, son desarrollados por sí, o por medio de defensor que lo representa, ya sea particular o público designado por el Estado;



Los actos de decisión los desarrolla el juez o magistrado;



El Estado es el titular de la acción penal;

DISTRIBUCION GRATUIRA—PROHIBIDA SU VENTA

21

TEMA’S



Imperan los principios de Principios de relevancia de la acusación, imparcialidad del juez, presunción de inocencia y esclarecimiento judicial de los hechos; así como la inmediación, concentración, economía procesal, publicidad y contradicción en el proceso;



Corresponde a las partes la aportación de las pruebas;



La valoración de las pruebas la realiza el juez; y



Implica establecer mecanismos jurídicos para garantizar los derechos de las víctimas u ofendidos del delito. Subsección segunda. Oralidad

Es una característica esencial en el proceso penal puesto que se pretende que las audiencias se desarrollen de manera predomi-

{ Artículo { Opinión }}

nantemente de forma oral, y por tanto, todas aquellas cuestiones que las partes tengan que aportar al proceso serán de forma directa y oral, ya que ésta característica hace posible la efectiva tutela de los Derechos Fundamentales de todo inculpado. Los fines, las instituciones y demás principios del proceso se logran mejor a través de la oralidad que de la escritura. (HIDALGO MURILLO J. D., 2012) Sección segunda. Principios, Derechos y objeto del nuevo proceso penal Subsección primera. Principios rectores Los principios rectores del nuevo proceso penal son los siguientes: Publicidad: Todas las actuaciones serán públicas con la finalidad de que a ellas accedan no solo las partes sino el público en general, salvo las excepciones que se establezcan para proteger la integridad física o psicológica de las personas que deban participar en la audiencia, o cuando se ponga en riesgo la revelación indebida de datos legalmente protegidos. Los periodistas y los medios de comunicación podrán acceder al lugar en el que se desarrolle la audiencia en los casos y condiciones que determine el Órgano jurisdiccional; Contradicción: Las partes podrán conocer y debatir los hechos y argumentos jurídicos, normativos y jurisprudenciales de la contraparte, oponerse a las peticiones y alegatos de su contraparte, y controvertir o confrontar cualquier medio de prueba, para lo cual podrán hacer comparecer, interrogar o, en su caso, contrainterrogar, a los testigos y peritos pertinentes; Concentración: La presentación, recepción y desahogo de las pruebas, así como todos los actos del debate se desarrollarán, ante juez competente y las partes, en una audiencia continua, sucesiva y secuencial, salvo casos excepcionales, así mismo, las

22

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

DERECHO

partes podrán solicitar la acumulación de procesos distintos;



Prohibición de doble enjuiciamiento;



Entre otros.

Continuidad: Las audiencias se llevarán a cabo de forma continua, sucesiva y secuencial, salvo los casos excepcionales previstos; e

Subsección tercera. Derechos en el procedimiento

Inmediación: Toda audiencia se desarrollará íntegramente en presencia del Órgano jurisdiccional, así como de las partes que deban de intervenir en la misma, con las excepciones previstas. En ningún caso el Órgano jurisdiccional podrá delegar en persona alguna la admisión, el desahogo o la valoración de las pruebas, ni la emisión y explicación de la sentencia respectiva.

No debemos olvidar que para que estos principios rectores y fundamentales funcionen acorde a un sistema procesal garantista, hay que observar además los derechos que asisten a la victima u ofendido y al imputado, puesto que en la investigación de los hechos delictuosos tanto el Ministerio Público como la Policía deben respetar de manera total y plena la existencia de los siguientes:

Subsección segunda. Principios fundamentales Los principios rectores son aquellos sobre los cuales se manejará de manera general el proceso penal y además de ellos, existen los principios fundamentales derivados del sentido acusatorio y de protección a los Derechos Humanos, siendo tales principios los siguientes: •

Igualdad ante la ley;



Igualdad entre las partes;



Juicio previo;



Debido proceso;



Presunción de inocencia;



Derecho a la intimidad y a la privacidad



Justicia pronta



Derecho a una defensa y asesoría jurídica adecuada e inmediata



Garantía de ser informado de sus derechos



Derecho al respeto a la libertad personal

Subsección cuarta. Objeto del proceso penal Como una incansable lucha por parte de diversos sectores del poder público, académicos, investigadores, y público en general, para la implementación del proceso penal de corte acusatorio y oral en la República Mexicana, se desarrollaron intensos debates y se

https://www.facebook.com/revista.temas DISTRIBUCION GRATUIRA—PROHIBIDA SU VENTA

23

TEMA’S

presentaron diversas iniciativas legislativas para determinar la atribución de la unificación legislativa, decidiéndose que el Congreso de la Unión es el órgano facultado a nivel nacional para la expedición de la legislación procesal penal en el país, estableciendo así el objeto del nue4vo proceso penal, mismo que se expresa de la siguiente manera: El proceso penal tiene por objeto el conocimiento de los hechos, establecer la verdad histórica, garantizar la justicia en la aplicación del derecho y resolver el conflicto surgido como consecuencia del delito, para contribuir a restaurar la armonía social entre sus protagonistas, en un marco de respeto irrestricto a los derechos fundamentales de las personas. (MARURI JIMENEZ, 2013)

Capítulo segundo. La trilogía Ministerio Público-Policía-peritos y su actuación en el nuevo proceso penal Sección primera. El Ministerio Público Subsección primera. La figura del Ministerio Publico en el nuevo Sistema de Justicia Penal

{ Artículo { Opinión }}

de conducir de forma coordinada con la policía y peritos, la investigación de los hechos con apariencia delictiva, teniendo para ello bajo su mando a las policías; para con base en dicha investigación ejercer en su caso, la acción penal ante los tribunales, considerando criterios de oportunidad en los supuestos y condiciones que fije la ley; capaz también de intervenir en las etapas del procedimiento penal y sus audiencias en ejercicio de sus atribuciones, e interponer recursos, siempre actuando con objetividad, garantizando la protección y el respeto a los derechos humanos de los sujetos que intervengan en el proceso, con la finalidad de lograr el esclarecimiento de los hechos, procurar que el culpable no quede impune y que se reparen los daños causados por el delito. (PENAL, 2012) Subsección segunda. Obligaciones del Ministerio Público en el nuevo sistema de Justicia Penal El artículo 131 del proyecto de Decreto del Código Nacional de Procedimientos Penales (PENALES, 2013) establece;

El Ministerio Público o Fiscal es aquel servidor público dependiente de la Procuraduría General de la República o de la Procuraduría General de Justicia de alguna Entidad Federativa o del Distrito Federal, facultado y capaz

24

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

DERECHO

la aplicación y ejecución de las medidas necesarias para impedir que se pierdan, destruyan o alteren los indicios, una vez que tenga noticia del mismo, así como cerciorarse de que se han seguido las reglas y protocolos para su preservación y procesamiento; V. Iniciar la investigación correspondiente cuando así proceda y, en su caso, ordenar la recolección de indicios y medios de prueba que deberán servir para sus respectivas resoluciones y las del Órgano jurisdiccional, así como recabar los elementos necesarios que determinen el daño causado por el delito y la cuantificación del mismo para los efectos de su reparación; VI. Ejercer funciones de investigación respecto de los delitos en materias concurrentes, cuando ejerza la facultad de atracción y en los demás casos que las leyes lo establezcan; VII. Ordenar a la Policía y a sus auxiliares, en el ámbito de su competencia, la práctica de actos de investigación conducentes para el esclarecimiento del hecho delictivo, así como analizar las que dichas autoridades hubieren practicado;

“Para los efectos del presente Código, el Ministerio Público tendrá las siguientes obligaciones:

VIII. Instruir a las Policías sobre la legalidad, pertinencia, suficiencia y contundencia de los indicios recolectados o por recolectar, así como las demás actividades y diligencias que deben ser llevadas a cabo dentro de la investigación;

I. Vigilar que en toda investigación de los delitos se cumpla estrictamente con los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los Tratados;

IX. Requerir informes o documentación a otras autoridades y a particulares, así como solicitar la práctica de peritajes y diligencias para la obtención de otros medios de prueba;

II. Recibir las denuncias o querellas que le presenten en forma oral, por escrito, o a través de medios digitales, incluso mediante denuncias anónimas en términos de las disposiciones legales aplicables, sobre hechos que puedan constituir algún delito;

X. Solicitar al Órgano jurisdiccional la autorización de actos de investigación y demás actuaciones que sean necesarias dentro de la misma;

III. Ejercer la conducción y el mando de la investigación de los delitos, para lo cual deberá coordinar a las Policías y a los peritos durante la misma; IV. Ordenar o supervisar, según sea el caso,

XI. Ordenar la detención y la retención de los imputados cuando resulte procedente en los términos que establece este Código; XII. Brindar las medidas de seguridad necesarias, a efecto de garantizar que las víctimas u ofendidos o testigos del delito puedan llevar a cabo la identificación del imputado sin riesgo para ellos;

DISTRIBUCION GRATUIRA—PROHIBIDA SU VENTA

25

TEMA’S

XIII. Determinar el archivo temporal y el no ejercicio de la acción penal, así como ejercer la facultad de no investigar en los casos autorizados por este Código; XIV. Decidir la aplicación de criterios de oportunidad en los casos previstos en este Código; XV. Promover las acciones necesarias para que se provea la seguridad y proporcionar el auxilio a víctimas, ofendidos, testigos, jueces, magistrados, agentes del Ministerio Público, Policías, peritos y, en general, a todos los sujetos que con motivo de su intervención en el procedimiento, cuya vida o integridad corporal se encuentren en riesgo inminente;

{ Artículo { Opinión }}

perjuicio de que éstos lo pudieran solicitar directamente; XXIII. Actuar en estricto apego a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución, y XXIV. Las demás que señale este Código y otras disposiciones aplicables.

XVI. Ejercer la acción penal cuando proceda; XVII. Poner a disposición del Órgano jurisdiccional a las personas detenidas dentro de los plazos establecidos en el presente Código; XVIII. Promover la aplicación de mecanismos alternativos de solución de controversias o formas anticipadas de terminación del proceso penal, de conformidad con las disposiciones aplicables; XIX. Solicitar las medidas cautelares aplicables al imputado en el proceso, en atención a las disposiciones conducentes y promover su cumplimiento; XX. Comunicar al Órgano jurisdiccional y al imputado los hechos, así como los datos de prueba que los sustentan y la fundamentación jurídica, atendiendo al objetivo o finalidad de cada etapa del procedimiento; XXI. Solicitar a la autoridad judicial la imposición de las penas o medidas de seguridad que correspondan; XXII. Solicitar el pago de la reparación del daño a favor de la víctima u ofendido del delito, sin

Subsección tercera. La actuación del Ministerio Público en el proceso penal Del texto del artículo transcrito se aprecian las siguientes consideraciones relevantes: En su ejercicio de conducción y mando de la investigación de los delitos, detenciones y puestas a disposición, deberá vigilar la total observancia de los Derechos Humanos; Debe conocer ampliamente de las normas, bases, principios, reglas y protocolos para la preservación del lugar de los hechos, procesamiento, recolección, embalaje y traslado de los indicios hallados en el, practicar actos de investigación, además de que dirigirá en su actuación a la Policía y peritos que intervengan bajo su dirección y mando; Brindar protección y auxilio a todos aquellos intervinientes en el proceso penal, cuando se encuentren en riesgo;

26

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

DERECHO

Ejercitar la acción penal en los casos que esté facultado, decidir sobre la aplicación de criterios de oportunidad, mecanismos alternativos de solución de controversias y formas anticipadas del proceso, solicitar la aplicación de medidas cautelares, solicitar la aplicación de penas y medidas de seguridad a la autoridad judicial; y Solicitar el pago de la reparación del daño a la víctima u ofendido, así como comunicar al imputado los hechos de la acusación, y al Juez los datos de prueba y fundamentación legal que la sustenten. Sección segunda. El Policía Subsección primera. La figura del Policía en el nuevo Sistema de Justicia Penal

El Policía Investigador es aquel servidor público dependiente de la Procuradurías o en su caso de las secretarías de seguridad pública, federal o estatales, facultados y capaces de realizar diligencias de investigación de los delitos bajo la conducción y el mando del Ministerio Público, detener personas en casos legitimados, preservar el lugar de los hechos, procesar y trasladar indicios respetando la cadena de custodia, ejecutar solicitudes de cateo y órdenes de aprehensión, prestar auxilio y protección a víctimas, ofendidos o testigos del delito, emitiendo los informes correspondientes, acudir a audiencias cuando se le requiera y solicitar al Ministerio Público que promueva acciones que coadyuven a la obtención de pruebas; cuidando siempre la protección y el respeto a los derechos humanos. (PENAL, 2012) Subsección segunda. Obligaciones del Policía El Policía actuará bajo la conducción y mando del Ministerio Público en la investigación de los delitos en estricto apego a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución. Por su parte, el artículo 132 del proyecto de Decreto del Código Nacional de Procedimientos Penales (PENALES, 2013) establece; Para los efectos del presente Código, el Policía tendrá las siguientes obligaciones: I. Recibir las denuncias sobre hechos que puedan ser constitutivos de delito e informar al Ministerio Público por cualquier medio y de forma inmediata de las diligencias practicadas; II. Recibir denuncias anónimas e inmediatamente hacerlo del conocimiento del Ministerio Público a efecto de que éste coordine la investi-

DISTRIBUCION GRATUIRA—PROHIBIDA SU VENTA

27

TEMA’S

{ Artículo { Opinión }}

gación; III. Realizar detenciones en los casos que autoriza la Constitución, haciendo saber a la persona detenida los derechos que ésta le otorga; IV. Impedir que se consumen los delitos o que los hechos produzcan consecuencias ulteriores. Especialmente estará obligada a realizar todos los actos necesarios para evitar una agresión real, actual o inminente y sin derecho en protección de bienes jurídicos de los gobernados a quienes tiene la obligación de proteger; V. Actuar bajo el mando del Ministerio Público en el aseguramiento de bienes relacionados con la investigación de los delitos; VI. Informar sin dilación por cualquier medio al Ministerio Público sobre la detención de cualquier persona, e inscribir inmediatamente las detenciones en el registro que al efecto establezcan las disposiciones aplicables; VII. Practicar las inspecciones y otros actos de investigación, así como reportar sus resultados al Ministerio Público. En aquellos que se requiera autorización judicial, deberá solicitarla a través del Ministerio Público; VIII. Preservar el lugar de los hechos o del hallazgo y en general, realizar todos los actos necesarios para garantizar la integridad de los indicios. En su caso deberá dar aviso a la Policía con capacidades para procesar la escena del hecho y al Ministerio Público conforme a las disposiciones previstas en este Código y en la legislación aplicable; IX. Recolectar y resguardar objetos relacionados con la investigación de los delitos, en los términos de la fracción anterior; X. Entrevistar a las personas que pudieran aportar algún dato o elemento para la investigación; XI. Requerir a las autoridades competentes y solicitar a las personas físicas o morales, informes y documentos para fines de la investigación. En caso de negativa, informará al Ministerio Público para que determine lo conducente; XII. Proporcionar atención a víctimas u ofendidos o testigos del delito. Para tal efecto, deberá: a) Prestar protección y auxilio inmediato, de conformidad con las disposiciones aplicables;

28

b) Informar a la víctima u ofendido sobre los derechos que en su favor se establecen; c) Procurar que reciban atención médica y psicológica cuando sea necesaria; d) Adoptar las medidas que se consideren necesarias, en el ámbito de su competencia, tendientes a evitar que se ponga en peligro su integridad física y psicológica. XIII. Dar cumplimiento a los mandamientos ministeriales y jurisdiccionales que les sean instruidos; XIV. Emitir el informe policial y demás documentos, de conformidad con las disposiciones aplicables. Para tal efecto se podrá apoyar en los conocimientos que resulten necesarios, sin que ello tenga el carácter de informes periciales,

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

DERECHO

en el proceso penal se desprenden las siguientes consideraciones relevantes: Está facultado para recibir denuncias, realizar detenciones y asegurar bienes, con estricto apego a las bases y principios del proceso penal y a los Derechos Humanos, además de que es su deber registrar e informar al Ministerio Público respecto de dichas actuaciones en los documentos establecidos para tal efecto; Practicar actos de investigación, preservar el lugar de los hechos, así como desarrollar todo lo referente a la preservación del mismo, recolección y resguardo de los indicios relacionados con la investigación que desarrolle; Entrevistar testigos, requerir y solicitar información o documentos a autoridades y personas en relación con su actividad de investigación; y Proporcionar auxilio y atención a víctimas, ofendidos y testigos del delito. Sección tercera. El perito Subsección primera. La figura del Perito en el nuevo Sistema de Justicia Penal

y XV. Las demás que le confieran este Código y otras disposiciones aplicables.

Subsección tercera. La actuación del Policía en el proceso penal El Sistema Penal depende, en primera instancia, de la policía. Cuando ésta no funciona, los agentes del Ministerio Público y los defensores no pueden desarrollar un trabajo digno, y el órgano Jurisdiccional, como consecuencia, tampoco pueden cumplir con el suyo. (REPÚBLICA, 2011) En relación a la actuación del Policía

El Perito es aquella persona servidor público o no, profesionista o técnico experto que elabora estudios o análisis criminalísticos y de diversas especialidades, sobre elementos (personas, objetos, hechos) que pueden en su caso ser considerados como datos de prueba, capaz de manejar correctamente los indicios, huellas o vestigios del hecho delictivo, respetando la cadena de custodia correspondiente, comparece a las actuaciones procesales cuando sea citado por la autoridad y emite dictámenes con las formalidades técnicas y científicas de su ciencia, conservándolos bajo los principios de confidencialidad y reserva. (SECRETARÍA TÉCNICA, 2012)

Watson Consultores

DISTRIBUCION GRATUIRA—PROHIBIDA SU VENTA

29

{ Artículo { Opinión }}

TEMA’S

El aspecto científico de la trilogía “Ministerio PúblicoPolicía-Peritos” en el nuevo proceso penal de corte acusatorio, adversarial y oral en México Juan Antonio Maruri

Subsección segunda. El perito como consultor técnico y testigo experto en el proceso penal

no jurisdiccional. El consultor técnico podrá acompañar en las audiencias a la parte con quien colabora, para apoyarla técnicamente.”

En el texto del Código Nacional de Procedimientos Penales no se contempla al perito ni como sujeto procesal ni como parte en el proceso, ni como auxiliar, y aunque no se encuentra establecida su actuación ni obligaciones ni función, la doctrina lo encuadra en el rubro de “tercero”.

El consultor técnico debe ser un especialista en su ciencia, técnica o arte para asesorar al defensor, e incluso, al fiscal en el proceso penal, y toda vez que los dictámenes periciales deberán defenderse en juicio,, el Perito estará sujeto a interrogatorios y contrainterrogatorios de las partes, lo cual asimila su participación en el drama penal como “testigo”, y como gran parte de la actuación del perito y el testigo se toma del sistema anglosajón, surge también la figura del “testigo experto” denominándose como tal a quien, sin ser ofrecido como perito -porque el área de declaración no constituye estrictamente

El artículo 136 del proyecto de Decreto del Código Nacional de Procedimientos penales establece lo siguiente: “Si por las circunstancias del caso, las partes que intervienen en el procedimiento consideran necesaria la asistencia de un consultor en una ciencia, arte o técnica, así lo plantearán al Órga-

30

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

DERECHO

una experticia-, tiene, sin embargo un conocimiento de cierta especialización en una determinada materia. Subsección tercera. La actuación del Perito en el proceso penal Durante la investigación, el Ministerio Público o la Policía con conocimiento de éste, podrá disponer la práctica de los peritajes que sean necesarios para la investigación del hecho. El dictamen escrito no exime al perito del deber de concurrir a declarar en la audiencia de juicio. Los peritos que elaboren los dictámenes tendrán en todo momento acceso a los indicios sobre los que versarán los mismos, o a los que se hará referencia en el interrogatorio. Los peritos deberán poseer título oficial en la materia relativa al punto sobre el cual dictaminarán y no tener impedimentos para el ejercicio profesional, siempre que la ciencia, el arte, la técnica o el oficio sobre la que verse la pericia en cuestión esté reglamentada; en caso contrario, deberá designarse a una persona de idoneidad manifiesta y que preferentemente pertenezca a un gremio o agrupación relativa a la actividad sobre la que verse la pericia. No se exigirán estos requisitos para quien declare como testigo sobre hechos o circunstancias que conoció espontáneamente, aunque para informar sobre ellos utilice las aptitudes especiales que posee en una ciencia, arte, técnica u oficio. Subsección cuarta. La prueba pericial y su aspecto científico en el proceso penal Podrá ofrecerse la prueba pericial cuando, para el examen de personas, hechos objetos o circunstancias relevantes para el proceso, fuere necesario o conveniente poseer conocimientos especiales en alguna ciencia, arte, técnica u oficio. A su vez, la legislación procesal penal es-

tablece que el Juez deberá valorar las pruebas de manera lógica y libre, de acuerdo a las normas de la sana crítica y la experiencia, apoyándose en los “conocimientos científicos”. (PENAL, 2012)

Capítulo tercero. La prueba pericial y su aspecto científico en el proceso penal acusatorio Sección primera. Peritaje, peritación, informe y dictamen pericial El peritaje es el examen y estudio que realiza el perito sobre el problema encomendado, para luego entregar su informe o dictamen pericial, con sujeción a lo dispuesto por la ley. Es el resultado metódico y estructural que nos conduce a la elaboración de un Dictamen o Informe que desarrolla el perito, previo examen de una persona, conducta o hecho. La peritación se refiere a la actividad que desarrolla el perito, respecto a la aplicación de sus conocimientos (técnicos, profesionales y científicos), en base a principios y valores éticos. Tiene concordancia con la erradicación de la vieja fórmula “conforme a mi leal y saber entender”. El informe pericial es un documento que se caracteriza por contener información que refleja el resultado de la “peritación”. Como su nombre indica, el objeto de este documento es informar y puede contener elementos persuasivos, tales como recomendaciones, sugerencias u otras cuestiones motivacionales que indican posibles acciones futuras que el lector del informe pudiera adoptar. El informe no concluye, solo informa. Forma parte de la carpeta de investigación o expediente y tiene relación estrecha con los mismos. El dictamen pericial es el documento con el cual el perito produce, ante la autoridad competente que conoce del litigio o investigación, su juicio u opinión sobre los puntos con-

DISTRIBUCION GRATUIRA—PROHIBIDA SU VENTA

31

{ Artículo { Opinión }}

TEMA’S

trovertidos que le fueron sometidos y que servirá de base para forjar un criterio al juzgador. Es el estudio “científico-técnico” presentado por peritos, sobre cuestiones que requieran conocimientos especializados en determinada materia. Debe ser claro y preciso, incluyendo reflexión, confrontación y crítica; fundado en los principios de la disciplina en cuestión, a efecto de que derive en una conclusión.

Bibliografía • HIDALGO MURILLO, Josè Daniel, Juez de control y control de Derechos Humanos. Control de convencionalidad y control de constitucionalidad, Editorial Flores Editor y Distribuidor, México, 2012. • HIDALGO MURILLO, José Daniel, La argumentación en la audiencia oral y pública desde los principios de la inmediación y contradicción, Editorial Flores editor y distribuidor, México, 2012. • MARURI JIMENEZ, Juan Antonio, Nuevo Código de Procedimientos Penales para el Estado de México en preguntas y respuestas, Editorial Flores editor y distribuidor, México, 2013. • PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ABC del nuevo Sistema de Justicia Penal en México, Instituto Nacional de Ciencias Penales,México, 2011.

Sección segunda. El aspecto científico de la prueba pericial y la importancia de la trilogía “Ministerio Público-Policía-Perito” en el proceso penal Sin duda alguna, la prueba pericial es la base elemental en el nuevo Sistema de Justicia Penal, pues a través del establecimiento, ofrecimiento, descubrimiento, incorporación y desahogo, se logra una colaboración esencial para llegar al conocimiento de la verdad histórica de los hechos, puesto que en el cambio total del sistema inquisitivo o mixto al sistema acusatorio queda plasmado que la base probatoria ya no es la confesión del inculpado ni la imputación de testigos, sino que la prueba pericial -con un sustento científico-, es aquella que nos da las bases científicas, comprobables y ciertas para llegar al conocimiento de la verdad histórica de los hechos y como se advierte en este análisis, la conducción y mando del Ministerio Público respecto del Policía y los Peritos en la investigación de los hechos delictuosos es la base esencial del Proceso Penal Mexicano.

• SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Diario Oficial de la Federación, Diario Oficial de la Federación. • SECRETARÍA TÈCNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL, Caso Rosendo Radilla Pacheco, Boletín Jurídico SETEC Número 17 , México, 2011. • SECRETARÍA TÈCNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL, Código Nacional de Procedimientos Penales, Secretaría de Gobernación, México, 2013. • SECRETARÍA TÈCNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL, Nuevo programa de capacitación aprobado por el Consejo de Coordinación para la implementación del Sistema de Justicia Penal "Rama: Ministerio Público", Secretaría de Gobernación, México, 2012. • SECRETARÍA TÈCNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL, Proyecto del Código Modelo de Procedimientos Penales para las Entidades Federativas, Secretaría de Gobernación, México, 2012. • SECRETARÍA TÈCNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL, Nuevo Programa de Capacitación aprobado por el Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, Secretaría de Gobernación, México, 2012.

Watson Consultores

32

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

PUBLIQUE SUS TRABAJOS EN TEMA’S Nuestro propósito con esta publicación es difundir información, artículos e investigaciones, dado muchas veces, la ausencia de un medio idóneo para hacerlo. Puede hacernos llegar su trabajo, artículo, monografía, investigación, etc. en formato Word a nuestro mail: [email protected]

https://www.facebook.com/revista.temas Todos los números en: http://es.calameo.com/accounts/1340735

33

ENTREVISTA

REVISTA DIGITAL DE

34

SEGURIDAD CIUDADANA EN EL PERÚ Y EL SERVICIO DE SERENAZGO MUNICIPAL Entrevista a ARMANDO JARA MENDOZA

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

Entrevistamos al Lic. Armando Jara Mendoza, Supervisor del Serenazgo en el municipio de La Molina, director de la página Serenazgo Seguridad Ciudadana del Perú. También es director del programa radial “Hablemos de Seguridad” por cadena radio 1200 am en Lima, Perú Con una gran experiencia viene trabajando desde hace dieciséis años en la seguridad ciudadana y ha colaborado con su trabajo en los municipios de La Victoria, San Martín de Porres, Miraflores, Surco y actualmente se desempeña en La Molina.

RESEÑA HISTÓRICA

E

l Serenazgo en el Perú, es una institución que ha permanecido en su sociedad desde la época de los cabildos municipales durante Virreinato español de Hurtado de Mendoza en el siglo XVI cuando fue creado a semejanza del servicio español del mismo nombre. La función principal del Cabildo era el cuidado del orden público en el vecindario, sirviéndose de los serenos para evitar los pleitos, como así la satisfacción de los servicios de agua, encendido de farolas en las noches, entre otras. Y estas funciones estaban a cargo de los Alcaldes. El Virrey Hurtado de Mendoza contaba en aquel entonces con la Guardia

del Virrey, pero debido a la falta de recursos humanos, decide designar una institución encargada de velar por el orden interno y la seguridad de los ciudadanos en esa época, los cuales debían realizar rondas nocturnas, proceder a la detención de vagos y delincuentes y también tenían funciones inherentes al cabildo como las de pregonar los peligros públicos y anuncios de noticias y ordenanzas a la población. Es así como en la época colonial los serenos recorrían las calles de las ciudades de Lima y sus típicos barrios, haciendo sonar una campana para anunciar su llegada y llevar tranquilidad a la ciudadanía.

Una publicación de WATSON CONSULTORES

35

{ Entrevista }

TEMA’S

- Estimado Armando, cuéntenos un poco acerca del servicio de Serenazgo en el Perú. - El servicio de Serenazgo es un servicio de vigilancia que se realiza por parte de ciudadanos comprometidos con la seguridad y la tranquilidad de los vecinos y data desde el año 1805 aproximadamente, cuando en la ciudad de Lima se creó el Cuerpo de Policía de Seguridad, a cuyos integrantes se los denominaba “Serenos”, los cuales recorrían las calles con la consigna de cuidar el Orden Público. - Y…¿Cómo fue la evolución de este servicio que se ha mantenido durante tanto tiempo…? - Por aquel entonces esta tarea estaba a cargo de los Cabildos, mientras que en la actua-

lidad la realizan los municipios. Hoy en día nosotros trabajamos en apoyo a nuestra Policía Nacional del Perú para combatir la delincuencia. El servicio fue nuevamente puesto en marcha en algunos municipios a partir de los años 90 en las localidades de Miraflore primero por el alcalde Fernando Andrade y luego siguió San Martín de Porres, La Victoria, Surco, (en todas ellas me he desempeñado en la actividad de serenazgo) y en La Molina, donde actualmente soy el Supervisor de esta hermosa labor. - ¿De qué forma brindan ese apoyo a la Policía Nacional, que funciones cumplen? - Nuestro objetivo principal es fomentar una cultura preventiva en la ciudadanía, nos empeñamos en concientizar a la población para ser solidarios y que la gente desee colaborar con la seguridad ciudadana. Para eso los se-

Vehículos asignados al servicio de serenazgo en el distrito La Molina.

El servicio de Serenazgo en el Perú ha alcanzado niveles de importancia en la lucha contra la delincuencia, y la protección ciudadana y otros, lo cual lo hace en forma organizada a través de una organización que en algunos distritos tiene una implementación logística muy importante.

36

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

SEGURIDAD

renos trabajamos vigilando las calles y trabajamos con las Juntas Vecinales también. Aunque parezca sencillo nuestro trabajo es muy sacrificado. En la actualidad trabajamos en turnos rotativos de 8 horas y aunque aún no contamos con una Ley que proteja nuestro accionar de manera explícita, específica y abarcativa, hacemos nuestro trabajo con gusto, porque sabemos que nuestra responsabilidad es velar por la seguridad del ciudadano y para eso los serenos dan todo de sí, muchos de nuestros compañeros han dado su vida en cumplimiento del deber, pero la recompensa es que también contribuimos muchas veces a salvar vidas. - ¿Y cómo interactúan con la Policía Nacional? - Aquí en La Molina tenemos alrededor de 450 serenos para todo el distrito, algunos de ellos son encomendados a tareas de patrullar las calles y salen solos, mientras que otros disponen de un vehículo asignado por el municipio y va acompañado de un policía para esa función. La relación con la Policía Nacional es muy buena, depende también del comisario del distrito para trabajar en

forma articulada. Por otra parte, a pesar que nuestra función es esencialmente de apoyo, los ciudadanos muchas veces prefieren llamar al servicio de serenos, dado que tenemos teléfonos de emergencia distintos a los de la policía. A través de nuestro esmero personal y profesional, hemos logrado un gran apoyo de la ciudadanía, nos hemos ganado su respeto, a pesar que no contamos con armas ni podemos detener personas en la vía pública, salvo en los casos de flagrante delito, en que podemos utilizar simplemente la figura del “arresto ciudadano”, es decir la facultad de que dispone cualquier persona para detener a otro que está llevando a cabo un delito y es sorprendido “in fraganti”. Sin embargo la gente percibe que damos todo de nosotros para velar por sus vidas. - ¿Y qué capacitación reciben los serenos? - Nosotros mismos nos capacitamos diariamente, damos cursos charlas, conferencias, además de eso capacitamos a las Juntas Vecinales, a la ciudadanía en temas de seguridad preventiva. Incluso lo hacemos por los medios de comunicación. Yo soy director y

http://revista-temas.blogspot.com.ar/

37

TEMA’S

conductor de un programa radial que tiene esa finalidad, donde invitamos a congresistas, alcaldes, ministros para hablar temas de la seguridad y la inseguridad ciudadana. Además siempre estamos dictando charlas y conferencias, tratando de iluminar este diario transitar por la vida para que la gente viva y se sienta más segura. - ¿Cuál es el marco legal en la función de los serenos? - Bueno no contamos con una ley específica como ya le dije, no utilizamos armas, no podemos hacer detenciones. En el Perú solo existe la Ley 27.933 que crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Pero por ejemplo no contamos con estabilidad laboral ni seguro. Hoy hirieron a un sereno que intervino en un asalto y le dieron tres tiros, uno en el abdomen, otro en la pierna y otro en el

38

{ Entrevista}

tobillo, pero afortunada está fuera de peligro en la Clínica Maison de Santé. - ¿Recuerda algún caso que le haya marcado en su labor? - Si por supuesto. He tenido muchas intervenciones donde he puesto en riesgo mi integridad, pero viene a colación un caso que me emociona mucho y que además pone de manifiesto nuestra responsabilidad. En una ocasión recibo una llamada de un vecino que había escuchado llantos de un niño cerca de unas plantas. Inmediatamente prendí la sirena de mi patrullero y concurrimos junto con una compañera. Cuando llegamos al lugar sólo encontramos una maleta de color azul desde donde se sentía el llanto de un recién nacido. Cuando miramos el maletín descubrimos que se trataba de una niña abandonada. Me saqué la casaca de abrigo, y la lle-

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

SEGURIDAD

vamos de emergencia al Hospital de Alcántara, donde los médicos nos informan que unos minutos más y podría haber perdido la vida. Eso me emocionó mucho, y me hizo llorar por la impotencia de saber que hay madres que pueden abandonar así a un bebe. Luego de ello nuestro alcalde el Sr Juan Carlos Zurek fue a ver a la niña al hospital y pidió por televisión a la madre que recapacitara. Dos días después la madre fue al hospital a recuperar a su hija que gracias a nosotros estaba sana y a salvo. - También recuerdo un episodio ocurrido allá por el año 2006, la central de serenazgo de La Molina recibe una llamada telefónica por una madre que se le había adelantado el parto inmediatamente acudo al lugar y efectivamente la señora tenia síntomas de dar a luz. La subí a mi vehículo inmediatamente para acudir al nosocomio mas cercano y cuando nos dirigíamos al hospital a la mitad del camino nace el bebé en mi unidad. Como era mi primera intervención de este tipo inmediatamente me comunique con los bomberos del Perú y les escuchaba lo que ellos me indicaban e hice todo lo que decían “...que una ves que nazca el niño que corte el cordón umbilical a cierta distancia…” hice todo lo que me decían los bomberos y nació el bebé en mi carro cuando llegue al hospital me felicitaron los doctores y me puse a llorar era mi primer caso de estos… Después indagué más y aprendí todas las técnicas hasta el punto que yo mismo fui el partero de mi segundo hijo Diego Armando Jara Zorrilla. Nació en mis manos y creo que esas son cosas que a uno lo marcan para toda la

vida. - Seguro. ¿Y qué nos diría acerca de la prevención vecinal? - Me gustaría que pudiésemos transitar distraídos sin correr peligro. Es un deber absoluto e ineludible de nuestra parte prevenir .Desearía que el miedo dejara de acompañar nuestros pasos. Quisiera decirles a los lectores “Ten cuidado con la seguridad nadie esta exento de ser victima de un asalto, de una ingrata ocurrencia y para disfrutar de la seguridad construyámosla en todo el mundo... de ahora en adelante la seguridad ciudadana es compromiso de todos... solo faltas tú”

El Licenciado Armando Jara Mendoza, se ha capacitado en diversos cursos como por ejemplo: Mejora continua de la Seguridad Ciudadana (2013), Procedimientos Policiales en Valencia – España (2013), Gerenciamiento y Administración de Crisis y Negociación con Rehenes (2014 Watson Consultores- CEAS Brasil), Cursos sobre Tribus Urbanas, Delitos de Secuestro, Seguridad Ciudadana Internacional en la Academia de Formación a distancia en Valencia España (2013), Enfoques y perspectivas de Seguridad Ciudadana en la Universidad Mayor de San Marcos (Facultad de Derecho y Ciencias Políticas 2013), entre otros.

http://revista-temas.blogspot.com.ar/

39

TEMA’S

ACERCA DEL SERENAZGO EN LA MOLINA La Subgerencia de Serenazgo es el órgano encargado de coordinar, y en su caso colaborar con los órganos públicos competentes, en la protección de personas y bienes y en el mantenimiento de la tranquilidad y el orden ciudadano.

Está a cargo de un funcionario de confianza, con categoría de Subgerente, que depende de la Gerencia de Seguridad Ciudadana.

40

{ Entrevista }

patrullaje general y selectivo, con apoyo de la Policía Nacional del Perú. b) Prestar auxilio y protección al vecindario para la defensa de su integridad física y de su patrimonio. c) Velar por la tranquilidad, orden, seguridad y moral pública de los vecinos de la jurisdicción. d) Administrar, planear y coordinar la utilización de los recursos necesarios públicos y privados, a fin de contar oportunamente con los bienes adecuados para brindar la ayuda correspondiente, centralizando y canalizando ésta a los lugares de emergencia.

Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Serenazgo:

e) Formular y proponer los bienes y servicios necesarios para brindar el servicio de seguridad ciudadana, para el proceso de costeo del arbitrio.

a) Planificar, organizar y ejecutar operaciones de

f) Ejecutar las actividades relacionadas al servicio

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

SEGURIDAD

de seguridad ciudadana de acuerdo a la estructura de costos del arbitrio aprobada por la municipalidad y ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima. g) Administrar y dirigir el Centro de Control de Operaciones y mantener en permanente operatividad la plataforma tecnológica del servicio de la seguridad ciudadana, informando su estado de operatividad a la Gerencia de Tecnologías de Información. h) Organizar, implementar, normar y administrar los servicios de serenazgo, así como los programas de capacitación para el personal a su cargo, las juntas vecinales y las organizaciones acreditadas ante la municipalidad. i) Efectuar estudios, programas, planes operativos preventivos y proyectos de políticas y normas, así como proponer recomendaciones y ejecutar las acciones correspondientes orientadas a prevenir y disminuir las causas y/o efectos de actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres, tales como la delincuencia, drogadicción y prostitución. j) Evaluar los operativos programados y diseñar estrategias para optimizar el servicio. k) Apoyar a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico a través de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, para el cumplimiento de las normas internas y disposiciones legales vigentes, cuando lo soliciten. l) Supervisar y coordinar la producción de información estadística relacionada con el cumplimiento de su misión, así como de la producida por las comisarías del distrito. m) Programar y formular los requerimientos de personal y de los bienes y servicios necesarios para mantener la operatividad del servicio de seguridad ciudadana, así como supervisar y controlar los vehículos asignados al servicio.

mando policial. o) Establecer los requisitos para la contratación del personal de Serenazgo, incluyendo entre otros, los antecedentes policiales, penales y pruebas correspondientes. p) Planear, programar, organizar, coordinar, controlar y evaluar el funcionamiento de los grupos y programas operativos a su cargo e informar al Gerente de las actividades que realicen. q) Demarcar en los planos del distrito las zonas y sectores de mayor riesgo delictivo, que afecten la integridad personal o patrimonial y diseñar estrategias para su reducción o erradicación. r) Proponer a la Gerencia de Seguridad Ciudadana los Programas relativos a la seguridad de los habitantes del distrito y el orden público, que aseguren las libertades, la prevención de delitos y a la readaptación social de los infractores. s) Establecer en coordinación con la Gerencia de Tecnologías de Información, un sistema destinado a obtener, analizar, estudiar y procesar información para la prevención de delitos, en el marco de las disposiciones legales vigentes. t) Apoyar en aspectos de su competencia al Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, a las Juntas Vecinales y a las organizaciones acreditadas ante la municipalidad. u) Formular, actualizar y proponer la normatividad interna de su competencia. v) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven de las disposiciones legales o que le sean asignadas por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades.

n) Supervisar y controlar la prestación del servicio individualizado del personal de la Policía Nacional del Perú, presentando oportunamente la planilla para el pago respectivo, verificando la constancia de autorización expedida por el co-

http://revista-temas.blogspot.com.ar/

41

Llegamos a 32 países ¿Sabes porqué hicimos una revista digital con forma de revista impresa? Porque las revistas se coleccionan (nadie colecciona artículos de un blog), cada visita a nuestra página significa una descarga y el lector se la lleva completa, las posibilidades de que tus artículos se difundan se multiArgentina Alemania Bélgica Belize Bolivia Brasil Canadá Chile China Colombia Costa Rica Ecuador El Salvador España Estados Unidos Guatemala

42

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

plican. Esa es la principal ventaja. Cada vez que se suma un nuevo lector posiblemente descargue las revistas de meses anteriores y las ediciones siguen vigentes por mucho más tiempo. Más de 54.500 visitas en Calaméo. Publicá tus artículos en TEMA’S

Seguimos creciendo… Guyana Haití Honduras Italia Malasia México Nicaragua Panamá Paraguay Perú Portugal Puerto Rico República Dominicana Suriname Uruguay Venezuela

TEMA’S Revista Digital de Criminología y Seguridad https://www.facebook.com/revista.temas

43

REVISTA DIGITAL DE

MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS Lic. Mario Murrieta Fournier. (México)

Egresado de la Escuela Profesional de la Policía Federal de Caminos, S.C.T. México, D.F (1979). Estudió en la Facultad de Derecho de la BUAP, Puebla, Pue. (1981) y en la Facultad de Derecho de la Universidad del Valle de México “Campus Nogales”. Postgrado en la Academia de Policía del Departamento de Seguridad Publica, Austin Texas, USA.

44

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

L

a vida económica de todas las ciudades depende en gran medida de sus sistemas de carreteras, calles y avenidas. Muchas veces, estos sistemas tienen que operar por arriba de su capacidad con el fin de satisfacer los incrementos de demanda por servicios de transporte, ya sea para tránsito de vehículos livianos, tránsito comercial, transporte público o privado, etc.

A pesar de que en los últimos tiempos, con los avances tecnológicos, se han logrado proyectar y construir sistemas viales más acordes con el entorno urbano de las áreas adyacentes y a los requerimientos operacionales de los vehículos que los utilizan, al igual que diseños urbanos consistentes con los requerimientos vehiculares, de peatones, carga, transporte público y uso del suelo urbano, los problemas de tránsito actuales en muchos lugares aún persisten. Estos problemas de tránsito se ven reflejados en la cantidad de accidentes y congestionamientos que se padecen. Uno de los factores que intervienen en los accidentes de tránsito es el camino, independientemente de su trazo, falta de señalización, la falta de mantenimiento, etc., se debe considerar la superposición del tránsito, o sea, el tránsito de diferentes tipos de vehículos en la misma vialidad, vehículos de diferentes dimensiones, velocidades y características de aceleración, diversos tipos de automóviles, camiones pesados de baja velocidad incluyendo remolques, en algunos casos, vehículos tirados por animales que aún subsisten en algunos países y motocicletas, bicicletas, vehículos de manos etc. Dentro de esta extensa gama de vehículos que ocupan una vía se debe tener mayor cuidado con los que trasportan materiales y residuos peligrosos, a los cuales se les debe considerar verdaderos problemas en movimiento, los cuales se magnifican cuando este tipo de vehículos se accidentan.

Una publicación de WATSON CONSULTORES

45

TEMA’S

Se consideran “materiales peligrosos” a los elementos, substancias, compuesto, material o mezcla de ellos que independientemente de su estado físico (Solido, liquido, o gaseoso), represente un riesgo potencial para la salud, el ambiente, la seguridad de los usuarios y la propiedad de terceros; también se consideran bajo esta definición los agentes biológicos causantes de enfermedades. A los “residuos peligrosos” se les define como todos aquellos residuos, remanentes, en cualquier estado físico, que por sus características corrosivas, tóxicas, venenosas, reactivas, explosivas, inflamables, biológicas infecciosas o irritantes, representan un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente. El objetivo inmediato de este trabajo es el de proveer información a las unidades de primer contacto (Policías, paramédicos,

{ Artículo}

bomberos, criminalistas, autoridades judiciales, etc.), para realizar una evaluación primaria de una situación en la que existe, por un accidente de tránsito, algún derrame de alguno de estos materiales o en situaciones donde se sospecha el uso terrorista o criminal de agentes químicos, biológicos y/o materiales radiactivos (QBN). Como ayuda para la evaluación, a continuación se detalla una lista de indicadores observables acerca del uso o presencia de agentes químicos, biológicos o materiales radiactivos en los lugares a investigar.

DIFERENCIAS ENTRE UN AGENTE QUÍMICO, UN AGENTE BIOLÓGICO Y UN AGENTE RADIOLÓGICO Los agentes químicos, biológicos y radiológicos pueden ser dispersados en el aire que respiramos, en el agua que tomamos, o en las superficies con las que tenemos contacto. Los métodos de dispersión pueden ser tan simples como la apertura de un contenedor, el uso de dispositivos de dispersión hogareños (jardinería), o elaborados como la detonación de un explosivo. En los accidentes donde se derramaron agentes Químicos. Se caracterizan por el rápido desarrollo de síntomas médicos (de minutos a horas) y la presencia de elementos fácilmente observables (residuos coloreados, follaje muerto, olor penetrante, animales o insectos muertos).

46

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

SEGURIDAD

En los accidentes que involucraron agentes Biológicos. Se caracterizan por un desarrollo de síntomas que va de horas a días. Generalmente, no habrá elementos fácilmente observables debido a que los agentes biológicos son usualmente inodoros e incoloros. Debido al tiempo prolongado en el desarrollo de síntomas, el área afectada por un incidente biológico puede ser mayor debido al movimiento de individuos contaminados. En los accidentes de transporte de agentes Radiológicos. Se caracterizan por el inicio de síntomas, si los hay, en días, semanas o mayor tiempo. Por lo regular, no habrá señales características porque los materiales radiactivos son generalmente inodoros e incoloros. Se requiere un equipo especializado determinar el tamaño del área afectada, y si el nivel de la radiactividad presenta un peligro para la salud inmediato o a largo plazo. Debido a que la radiactividad no es perceptible sin el equipo especial, el área afectada puede ser mayor debido a la migración de individuos contaminados.

las fuentes probables, la radiación que sería generada no sería suficiente para matar o para causar enfermedad severa. En un incidente radiológico generado por una “bomba sucia”, o Dispositivo Radiológico de Dispersión (DRD), en el cual un explosivo convencional se detona para liberar la radiación, el principal peligro es la explosión. Sin embargo, ciertos materiales radiactivos dispersados en el aire pueden contaminar varias áreas de la ciudad, creando miedo y pánico, y requiriendo descontaminación del área.

En los niveles creados por la mayoría de

ESCRÍBANOS A [email protected]

47

TEMA’S

{ Artículo}

Número inusual de personas muertas o enfermas (víctimas en masa). Problemas de salud como náusea, desorientación, dificultad en la respiración, convulsiones, transpiración localizada, conjuntivitis (enrojecimiento de ojos / síntomas de agente nervioso), eritema (enrojecimiento de la piel / síntomas de agente vesicante) y muerte. Patrón de víctimas. Las víctimas normalmente se encontrarán en la dirección del viento. Si son encontradas dentro de casas o edificios, a través de sistemas de ventilación. Ampollas/erupciones. Numerosos individuos que presentan, en forma inexplicable, con ampollas de agua, ronchas (picaduras tipo abejas), y/o erupciones.

INDICADORES DE UN POSIBLE INCIDENTE QUÍMICO Animales, pájaros, peces muertos. Numerosos animales muertos (salvajes y domésticos, grandes y chicos), pájaros y peces en una misma área.

Enfermedad en áreas confinadas. Diferencia de la tasa de mortalidad de personas que estaban en recintos cerrados contra los que estaban en el exterior, dependiendo de dónde el agente fue liberado. Gotas de líquido inusuales. En numerosas superficies aparecen pequeñas gotas o una capa de aceite, numerosas superficies de agua tienen una capa aceitosa (sin lluvia

Ausencia de insectos. Si se advierte la ausencia de insectos (tierra, aire y/o agua), verifique en la tierra, la superficie del agua o la playa la presencia de insectos muertos. Si está cerca del agua, verifique la presencia de peces o pájaros acuáticos muertos. Olores inexplicables. Los olores pueden ser: tipo frutal o floral, penetrante, picante, a ajo, a naftalina, a almendras, a heno recién cortado, etc. Es importante diferenciar que el olor no corresponda a alguna planta del lugar.

48

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

SEGURIDAD

reciente). Áreas con apariencia distinta. Área de árboles, arbustos, hierbas, cultivos y/o césped, están muertos, decolorados, marchitados o secos. (No confundir con sequía). Nubes bajas. Nubes bajas, niebla, bruma que no corresponde con el clima. Restos metálicos inusuales. Materiales tipo restos de bombas o municiones, especialmente si contienen algún líquido.

INDICADORES DE UN POSIBLE INCIDENTE BIOLÓGICO Número inusual de animales y personas muertas o enfermas. Diversos síntomas pueden presentarse. Las víctimas pueden aparecer en horas o días después de ocurrido el incidente. El tiempo necesario para el desarrollo de los síntomas depende de cada agente. Producto siendo diseminado en forma inusual o no planeada. Especialmente si esto ocurre en el exterior durante períodos de oscuridad.

liente o que parece que emite calor, sin ninguna fuente de calor externa Material con brillo intenso. Los Materiales altamente radiactivo pueden emitir o causar radio-luminiscencia Personas/Animales Enfermas. Situaciones extrañas en que pueden encontrarse numerosas personas o animales enfermas o moribundas. Las víctimas pueden aparecer horas, días o semanas después que el incidente ocurrió. El tiempo requerido para la aparición de síntomas depende del material radiactivo utilizado y la dosis recibida. Posibles síntomas incluyen vómitos y enrojecimiento de la piel.

CONSIDERACIONES DE SEGURIDAD PERSONAL Cuando se aproxima a un lugar donde puede haber agentes químicos/biológicos (QB) o materiales radiactivos involucrados, la prioridad es la seguridad de uno mismo y la de otro personal de respuesta. Se debe utilizar la ropa de protección y equipos de protección respiratoria recomendados. En incidentes donde se sospecha que fueron

Dispositivos de dispersión abandonados. Los dispositivos pueden no tener olores distintivos.

INDICADORES DE UN POSIBLE INCIDENTE RADIOLÓGICO Símbolos de Radiación. Los contenedores pueden exhibir un símbolo o etiqueta de “propulsor” de radiación. Restos Metálicos Inusuales. Restos de material tipo bomba/municiones Material emitiendo calor. Material ca-

ESCRÍBANOS A [email protected]

49

{ Artículo}

TEMA’S

utilizados como armas materiales QBN, se recomienda la utilización de respiradores con protección QBN certificados por NIOSH. Tenga en mente que la presencia e identificación del agente QB o material radiactivo puede no ser verificable, especialmente en el caso de los agentes biológicos y radiactivos. Las siguientes acciones y medidas a ser consideradas son aplicables tanto a incidentes químicos, biológicos y radiológicos. Los lineamientos son generales, no abarcan todas las posibilidades y su aplicación debe ser evaluada en cada caso.

posición, maximice la distancia entre usted y el material que se supone puede dañarlo, cúbrase y utilice la protección dérmica y respiratoria recomendada). Identifique y estime el riesgo utilizando los indicadores mencionados anteriormente. Aísle y asegure el área; personas potencialmente contaminadas deben ser aisladas y descontaminadas lo antes posible. Dentro de sus posibilidades, adopte acciones para limitar la dispersión de contaminantes. En caso de un incidente químico, la disminución del olor del producto no necesariamente significa la reducción de la concentración del vapor. Algunos productos químicos afectan los sentidos dando una falsa percepción de que el producto ya no está presente. Si hubiera algún indicio que el área puede estar contaminada con materiales radiactivos, inclusive un sitio con una explosión no accidental, el personal de respuesta debe utilizar equipos para la detección de radiación que los alertaría si ingresan a un ambiente radiológico, para ellos deben haber recibido el entrenamiento adecuado en su uso. Este equipo de detección debe estar preparado de forma que pueda alertar al personal de respuesta cuando se ha alcanzado una concentración ambiental peligrosa para la salud. Acciones Iniciales a considerar en un potencial evento terrorista con QBN / Materiales Peligrosos:

Acercamiento y estrategia de respuesta. Protéjase Ud. mismo y haga un acercamiento seguro (minimice el tiempo de ex50



Evite usar teléfonos celulares, radios, etc. en un radio de 100 metros (300 pies) del artefacto sospechoso.



NOTIFIQUE a la policía local llamando a los números de emergencia..



Establezca el Sistema de Comando en un área con viento a favor y elevada. Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

SEGURIDAD



NO TOQUE o MUEVA los paquetes o contenedores sospechosos.



Sea cauteloso acerca de la potencial presencia de dispositivos secundarios (ejem. Dispositivos Explosivos Improvisados, DEIs).



Evite la contaminación.



Limite el acceso a sólo a aquellos responsables de rescatar víctimas o evaluar dispositivos sospechosos.



Aísle y evacue a aquellas personas que pudieron estar expuestos a materiales peligrosos.



aísle las áreas contaminadas y asegure la escena para el análisis del material. Medidas de Descontaminación.

El personal de respuesta a emergencias debe seguir los procedimientos de descontaminación estándar (lavado – desvestir – lavado). La descontaminación de víctimas en masa debe iniciarse lo antes posible desvistiendo (toda la ropa) y lavando (con agua y jabón). Si hay o se supone la presencia de un agente biológico, utilice un cepillo para mayor efectividad en el lavado. Si se sospecha de un agente químico es importante que la descontaminación se realice entre los primeros 2 minutos. Si es posible, una posterior descontaminación debe realizarse usando una solución de hipoclorito de sodio al 0.5 % (1 parte de cloro doméstico o lejía de uso hogareño en 9 partes de agua). Si hay o se supone la presencia de un agente biológico se debe dejar de 10 a 15 minutos con la solución de hipoclorito y luego realizar el enjuague. La solución de hipoclorito sólo debe utilizarse sobre la piel. No debe usarse sobre ojos o heridas

abiertas en abdomen, pecho, cráneo o columna vertebral. Para mayor información llame a las agencias listadas en esta guía. En caso de personas contaminadas con el material radiactivo, muévalas a un área de baja radiación. Quítele la ropa y colóquela en un recipiente sellado claramente identificado, tal como una bolsa plástica, para ser analizada más tarde. Utilice los métodos de descontaminación enunciados arriba, pero evite lastimar la piel, por ejemplo, afeitar o cepillar excesivamente el área afectada. La contaminación radiactiva externa, en una superficie de piel intacta, difícilmente sea una dosis peligrosa a la persona contaminada o al personal de respuesta. Por esta razón, excepto en circunstancias muy inusuales, una persona lesionada que también está contaminada con material radiactivo, debe ser estabilizada médicamente tomando cuidado para minimizar la extensión de la contaminación, antes de iniciar la descontaminación.

NEGOCIACIÓN CON REHENES SEMINARIO VIRTUAL DE GERENCIAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DE CRISIS DE ALTO RIESGO Y NEGOCIACIÓN PARA LA LIBERACION E REHENES. www.udemy.com/negociacion-con-rehenes

ESCRÍBANOS A [email protected]

51

REVISTA DIGITAL DE

EVENTOS y NOVEDADES

TEMA’S Revista Digital de Criminología y Seguridad

52

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

EVENTOS ACADÉMCOS

ARGENTINA 2014

SEMINARIO VIRTUAL DE NEGOCIACIÓN CON REHENES En 2014 lanzamos una nueva plataforma. Ingresá a: “seminarios.seguridad.blogspot.com.ar” y entérate. Las diez primeras lecciones gratis. ¡SUMATE! Una publicación de WATSON CONSULTORES

53

REVISTA DIGITAL DE

COLECCIÓN ARGENTINA SIN PIEDAD Vol. II. ASESINOS MÚLTIPLES 2: “Asesinos Seriales” Susana García Roversi OPINIÓN: Sin Piedad es evidentemente el reflejo de un descomunal trabajo de Investigación. Nos brinda con generosidad y claridad un amplio conocimiento criminológico, partiendo del sustento teórico, vasta y didácticamente desarrollado desde los distintos enfoques con una claridad magistral y enriquecido con la crítica fundada de la Dra. García Roversi; Los relatos de vida y análisis particular de cada caso resultan claramente organizados, lo que implica una lectura grata, despiertan el interés por conocer la complejidad de cada uno de esos individuos y refuerza la idea de la autora que plantea "El ser humano y las complejidades de su mente rompen las estadísticas y luego, resulta demasiado tarde; nuevamente muchas vidas inocentes son cercenadas". Es un libro para que los estudiantes de Criminología se inicien en el conocimiento acabado de los Asesinos Múltiples y que los Criminólogos en ejercicio cuenten con un valioso material de Consulta permanente. Valioso para leerlo desde la primera a la última página pero también apto para abrir en una página al azar e imbuirse de cada una de estas trágicas historias. En síntesis, un libro absolutamente recomendable para la biblioteca de todo criminólogo y para ser tomado como referencia por los profesores de Criminología. Lic. Sixto Ramón Ramírez (Arg.)

54

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

LIBROS

ESPAÑA

NOVEDADES

CIEN VERDADES Y UNA MENTIRA Juan Antonio Carreras Espallardo Cien verdades y una mentira es un compendio de artículos relacionados con el mundo policial, las ciencias criminológicas, la seguridad vial y el ámbito periodístico. Pero no solo eso, a lo largo de cien verdades el lector encontrará algún relato y poesía, fruto de la pasión frustrada de su autor, que siempre admiró estos dos géneros. La mentira queda reservada para el final. A diario, cuando encendemos el televisor, oímos la radio o leemos el periódico podemos comprobar, por las noticias, que las normas son cambiantes, las costumbres varían y no en pocas ocasiones, generando un debate en la sociedad que hasta hace dudar a los más expertos. En temas de tráfico es raro el año que no se reforme alguna cuestión relacionada con la Ley de Seguridad Vial, lo mismo ocurre en el mundo policial con temas de seguridad. Además, los sucesos más actuales han despertado el interés del criminólogo, que puede aportar sus conocimientos al procedimiento policial y/o judicial. Y muy relacionado con este mundo policial está el periodismo de investigación, un género en peligro, como el periodismo en general, si no se respetan unas normas de ética mínimas por parte de todos. Cien verdades y una mentira trata de dar respuesta a muchas dudas que surgen tanto en los ciudadanos como en los profesionales y que su autor ha tratado de forma directa, sin faltar al respeto, pero señalando los puntos débiles y en un lenguaje ameno. Habrá lectores que se sientan identificados en cada una de las figuras que conviven en las cien verdades: policías, criminólogos, educadores, políticos, periodistas, estudiantes, víctimas de siniestros, jueces... y público en general, e incluso en la mentira.

Una publicación de WATSON CONSULTORES

55

REVISTA DIGITAL DE

LIBROS

ESPAÑA

NOVEDADES ASPECTOS CRIMINOLÓGICOS EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL

Coordinado por Juan Antonio Carreras Espallardo Una obra única en materia de Seguridad Vial. Puede definirse la Criminología Vial como una disciplina encaminada al estudio y prevención de los delitos contra la seguridad vial y a la resolución de todo conflicto que surja tras un siniestro vial; actuando sobre los comportamientos delictivos o desviado dentro de las vías, a la restitución de la víctima a su estado original; haciendo hincapié en las formas de control social, tanto formal como informal y a la reacción social que causan los siniestros viales. Así, este manual explora a través de sus 21 capítulos y desde las diferentes vertientes aportadas por los autores que han contribuido a hacer posible este volumen, los diferentes aspectos que la criminología vial puede aportar en pro de la prevención, todo ello coordinado por el criminólogo, periodista y policía español Juan Antonio Carreras Espallardo (Miembro de nuestro Comité Editorial)

56

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

LIBROS

ESPAÑA

NOVEDADES

“CRIMINOLOGY AND FORENSIC PSYCHOLOGY” Coordinado por Eva María Jiménez González y José Luis Alba Robles Les compartimos un adelanto de la obra que salda a la luz este mes, coordinada por nuestros amigos EVA MARÍA JIMÉNEZ GONZÁLEZ Y JOSE LUIS ALBA ROBLES (Miembro de nuestro Comité Académico) Una de obra con la participación de autores de 11 nacionalidades: Portugal, Argentina, Grecia, Australia, Italia, Estados Unidos, Colombia, Cuba, Canadá, Reino Unido y España,.

La obra más internacional publicada hasta ahora. Una publicación de WATSON CONSULTORES

57

REVISTA DIGITAL DE

LIBROS

MÉXICO

NOVEDADES CRIMINALIDAD ORGANIZADA ESTUDIOS INTERNACIONALES

Coordinado por Juan José Martínez Bolaños

P

recisamente uno de los mayores retos de la Criminología es el estudio, prevención y tratamiento de la criminalidad organizada. Las sociedades del mundo se ven amenazadas por este tipo de criminalidad que además es transnacional. Los países enfrentan, cada quien en su contexto, las consecuencias que la delincuencia organizada ha provocado en su economía, salud pública, seguridad o medio ambiente, etcétera. a presente obra se trata de un trabajo colectivo que tiene precisamente a ésta como tema central.

L

COLABORADORES : JOSÉ ARIEL RETANA CANTÚ, KARLA VILLARREAL SOTELO (México), JOSEPH EMERSON CCAZA ZAPANA (Perú), PATRICIA ANDREA TAUS (Argentina), WAEL HIKAL (México), DOTTORE ROBERTO MUSOTTO (Italia), IRAEL ESTRADA CAMACHO (México), JUAN ANTONIO CARRERA ESPALLARDO (España), OSVALDO A. CUELLO VIDELA (Argentina) y MANUEL ALEJANDRO VÁZQUEZ FLORES MÉXICO (México)

58

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

MÉXICO

REVISTAS

EDICIÓN IMPRESA ARCHIVOS DE CRIMINOLOGÍA, CRIMINALÍSTICA Y SEGURIDAD PRIVADA Sociedad Mexicana de Criminología, Capítulo Nuevo León La Sociedad Mexicana de Criminología, Capítulo Nuevo León (México), presenta el Volúmen I, Enero-Julio de 2014 de su Revista Impresa “ARCHIVOS DE CRIMINOLOGÍA, CRIMINALÍSTICA y SEGURIDAD PRIVADA”

Colaboran en esta edición: Dr, Rubén Cardoza Zúniga (México) Mtra. Alexis M. Cepeda Duarte (México) Mtro. Julio C. Ledesma Gutierrez (México) Mtro. Aitor C. López de Arcaute (España) Dr. Rogelio Romero Muñoz (México) Mtro. José A. Saucedo Romero, Mmtro. Luis V. Valeria Espíndolal, Mtra. Ruth Díaz Alcalá, Mtra. Julisa Alcalá Martínez, Mtro. Juan C. Martínez Bernal (México) Dr. Vicente Garrido Genovés (España) Dr. Chris Edgridge (USA) Dr. Antonio Beristain Ipiña (España) Editor Responsable: Wael S. Hikal (México)

Una publicación de WATSON CONSULTORES

59

REVISTA DIGITAL DE

NUEVO FORMATO FLIP-BOOK

• • • •

• •



Calidad de imagen insuperable. Índice de miniaturas. Tabla de contenido para que puedas navegar por todos los temas. Posibilidad de definir marcadores personalizados y así retomar la lectura donde la dejaste. Cuadro de búsqueda para facilitar la navegación. Enlace integrado para que puedas acceder a todas las revistas y su descarga. Posibilidad de guardar la revista también en formato PDF sin restricciones de edición y copia, para que puedas compartirla con tus amigos. Watson Consultores

60

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

“Seguimos Creciendo…”

TEMA’S SE POSICIONA ENTRE MÁS DE 500 REVISTAS DE CIENCIA EN ESPAÑOL EN CALAMÉO. ENTRE LOS PRIMEROS 20 LUGARES DE LAS REVISTAS “MÁS VISTAS” 14 SON NUESTROS.

Cuando empezamos esta aventura de romper algunos paradigmas de las revistas especializadas sabíamos que el camino seria difícil. De nuestra parte pusimos mucha dedicación y un buen servicio para lograr nuestras metas, pero sabemos reconocer que nuestros lectores tienen el poder de hacernos exitosos, gracias por preferirnos.

TEMA’S Revista Digital de Criminología y Seguridad http://revista-temas.blogspot.com.ar/

61

REVISTA DIGITAL DE

LA ENSEÑANZA DE LA CRIMINOLOGÍA EN MÉXICO: TEORÍA DEL CAOS CRIMINOLÓGICO Por Wael S. Hikal C. (México)

Es Licenciado en Criminología con acentuación en prevención del delito e investigación criminológica de la Facultad de Derecho y Criminología de la Universidad Autónoma de Nuevo León, México. Maestría en Trabajo Social con orientación en proyectos sociales con la tesis Proyecto reforma a las escuelas de Criminología y Criminalística en México. Becario Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología por la Facultad de Trabajo Social y Desarrollo Humano de la misma Universidad. Ha dictado innumerables conferencias y es docente universitario en temas afines. Su interés en la investigación se centró hacia la vertiente científica, filosófica, psicológica, etiológica y preventiva. Director de la Revista Científica Archivos de Criminología, Criminalística y Seguridad Privada Director de Wikipedia Criminológica. La enciclopedia de Criminología y Criminalística. Miembro del Comité Académico de Revista Digital de Criminología y Seguridad TEMA’S. También es autor de destacados libros especializados.

62

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

LA ENSEÑANZA DE LA CRIMINOLOGÍA EN MÉXICO: TEORÍA DEL CAOS CRIMINOLÓGICO THE EDUCATION OF THE CRIMINOLOGY IN MEXICO: CRIMINOLOGICAL CHAOS THEORY ABSTRACT The education of the Criminology-Criminalistic in Mexico has become a strong business for private schools, not the same, has been none interest by public schools and Government liaison. The mexican criminologist-criminalistics of bachelor's degree, is a professional with a little from all areas and none of their own, have broad vision of action, but little implementation, this it’s translated into professional unemployment as well as lack of inventions, strategies of intervention, political participation, Government advice, inefficient prevention of crime, prison treatment and reintegration, without own criminological theory, and a Criminal pedagogy already obsolete and inefficient as well as the lack of expertise as the specific Criminologies. Mexican Criminology, in comparison with other countries, is many years ago of social, political, laboral, academic and scientific results. RESUMEN La educación de la Criminología-Criminalística en México se ha convertido en un negocio fuerte para las escuelas particulares, no lo mismo, ha sido el nulo interés por las escuelas públicas y la vinculación gubernamental. El criminólogocriminalista mexicano de licenciatura es un profesional con un poco de todas las áreas y nada de propio, tiene amplia visión de acción, pero poca ejecución, esto traducido en el desempleo profesional, así como la falta de invenciones, estrategias de intervención, participación política, asesoría gubernamental, ineficiente prevención del crimen tratamiento penitenciario y reinserción, sin teoría criminológica propia, y una Pedagogía Criminal ya obsoleta e ineficiente, así como la falta de conocimiento especializado como las Criminologías Específicas. La Criminología mexicana, en comparación con la de otros países, está a muchos años de dar resultados sociales, políticos laborales, académicos y científicos.

PALABRAS CLAVE: Educación, Desarrollo científico y tecnológico, Criminologías Específicas, Pedagogía Criminal, Estudio de casos.

KEY WORDS: Education, Scientific and technological development, Specific Criminologies, Criminal pedagogy, Cases studies.

Recibido: 16-02-2014

http://revista-temas.blogspot.com.ar/

Publicado: 01-03-2014.-

63

TEMA’S

1. EL DESARROLLO CIENTÍFICO Más allá de definir el problema de la falta de presencia científica de la Criminología, de la deficiente prevención del delito, tratamiento penitenciario, carente infraestructura en las áreas correspondientes, entre otras, el análisis ha de basarse en los aspectos previos a estos, que se pueden atribuir en este caso al área académica donde se forman a los futuros operadores de las funciones antes mencionadas. Todos los involucrados en el área de acción de la Criminología-Criminalística saben, que hay carencias, podría casi afirmarse que no hay comunión en poder decir que algún área clínica, preventiva y forense, cumpla con los criterios máximos de funcionamiento, siempre se mantienen en estándares de mínimos necesarios para operar. Raúl Zaffaroni explica: Aquí la “Criminología” es un campo plagado de dudas, poblado de preguntas que se reproducen con increíble feracidad y que hallan pocas respuestas. Las preguntas se multiplican quizá con mayor rapidez que en el centro, porque no se generan en el seno de grupos de “trabajadores del pensamiento”, pagados para “pensar”, sino que emergen de las tragedias, y su velocidad de reproducción se hallan en relación inversa al adormecimiento del asombro que puede producir lo cotidiano (el acostumbramiento a la tragedia cotidiana, sobre el que volveremos más adelante, y que puede ser caracterizado como “entorpecimiento mental estuporoso por cotidianidad trágica”, negación de la tragedia como mecanismo de huida o método de subsistencia). (Zaffaroni, 2003, p. 2).

Queda entendida la ausencia de criminólogos-criminalistas pagados y especializados en el área académica, siendo ésta un fantasma en México, donde a nivel nacional solo dos instituciones se dedican oficial y reconocidamente a la investigación científica: Insti-

64

{ Opinión}

tuto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE) e Instituto de Formación Profesional del Distrito Federal (IFPDF) donde sí hay criminólogos de licenciatura (muy escasos) aproximados a ello, pero no se conocen con renombre a los alrededores de la capital del país, sus artículos y libros no llegan del todo a los alumnos de las nuevas generaciones. El conflicto versa en que ambas: Instituciones e investigadores, se enfocan a niveles más altos; es decir: Diplomados, especialidades, maestrías y doctorados, pero si se cuestiona cuántos alumnos egresados de licenciatura llegan al posgrado, se reduce considerablemente el alcance de estas investigaciones. Así, el criminólogo-criminalista egresado busca ansiosamente una explicación a todas las dudas que le restaron en su licenciatura (y son bastantes) y exigen respuesta, que en el mejor de los casos, la experiencia laboral les ayuda, pero otros se quedan en blanco. Problema más grave es lo desprestigiada que está el área académica. Ésta suele ser definida sencillamente como la que nadie quiere porque no genera remuneración económica ni experiencia laboral, definición dada en la “temeraria” frase: “La teoría es distinta de la práctica”, fantaseando que con dicha repetición ignorante, se consolida y excusa la falta de participación académica, además del justificante a la falta de lectura de libros y artículos científicos. Sencillamente, la experiencia bien sistematizada hace teoría, y ésta aplicada tiene diferencias debidas a las variables de los casos concretos. Por ejemplo, Lombroso y Freud hicieron sus “teorías” luego de sistematizar experiencias. De lo anterior, cabe reseñar: ¿Dónde se actualizan los juristas? En el diario oficial de la federación (DOF), en los códigos, legislaciones, resoluciones, reformas, jurisprudencias, etcétera. ¿Dónde se actualizan los médicos? En catálogos de medicamentos, sus compuestos, revistas con técnicas, casos particulares, entre otros, pero...: ¿Dónde se actualizan los criminólogos-criminalistas? Las

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA

revistas son desconocidas, y en su mayoría éstas, contienen artículos escritos por otros afines y no propiamente los primeros, ¿Dónde se muestran nuevas técnicas de investigación forense? ¿Dónde están los avances sobre las formas de atención clínica, programas de prevención, tratamiento penitenciario? ¿En “CSI: NY” o “CSI: Miami”, “Ley y el orden”, “Dr. Housse”, “Mil maneras de morir”, Cheaters, Bones, Criminal minds?

Y es que la cultura mexicana se ha caracterizado por la falta de lectura, las estadísticas suelen evidenciar que los mexicanos leen máximo 3 libros por año en comparación con los europeos que superan por mucho dicha cantidad. Y si de ahí se toma como justificante, entonces la CriminologíaCriminalística está en notable desventaja como área laboral. Cabe analizar que en general, los egresados de una carrera buscan emplearse donde aplicar sus conocimientos y aprender nuevos, muy pocos piensan en dedicarse al análisis de textos, estudios, investigaciones, sistematizar y difundir dichos, así como ocuparse a la docencia, conferencias y demás actividades divulgadoras del conocimiento, y de los pocos que lo hacen en México, es con un afán desbordado de lucro, a través de la venta de morbo, sangre, balas, muertos, o monopolizando eventos, sumisión de las escuelas, etcétera. Parece que el ser profesor es la opción

extra al desempleo, el dedicarse a leer es sinónimo de “no actividad”, publicar es igual a morirse de hambre, y dar conferencias es egocentrismo. Si se analiza esta situación y se pregunta qué experiencia pudiera tener un rector de universidad, director de escuela y subdirectores, la respuesta suele ser: Administrativa-académica (sin ejercicio fuera de ésta), estos son los puestos más comúnmente conocidos, pero si se habla de “investigadores académicos” ¿Qué son estos? Vulgarmente es: El desempleado obsesionado con obtener altas calificaciones en toda su carrera, que no logrará trabajar en otra cosa fuera de la escuela (aunque en el peor de los casos es que estos estudiantes, se esfuerzan tanto por una buena calificación, por ser los mejores en la licenciatura y posgrado, para luego dedicarse a una labor no académica y solo tener colgado el prestigio de ser los populares mejores promedios). Por otro lado, lo que en realidad es el investigador académico, es el que sistematiza ideas, analiza textos, se dedica a estudiar, desmenuzar y ordenar las investigaciones de campo que otros hacen, y es que no se puede hacer todo a la vez, no se puede ser trabajador de campo y de oficina al mismo tiempo si se consideran las horas del día: Actualmente 6-7 horas para dormir, 8 para trabajar ¿Y el resto? ¿A la diversión o familia-hijos? El fallo mental se produce al no ubicar las labores o no comprenderlas, pues si se dice que alguien la pasa en la oficina de la escuela viendo información, entonces se está haciendo nada, por el contrario, si se está coordinando o dirigiendo un área en seguridad pública, procuración de justicia u otra dependencia, aunque no se salga o se salga muy poco de la oficina, comúnmente se traduce en: “Experiencia laboral”. Así, en reuniones de criminólogoscriminalistas se concluye “atinadamente” que: “Todo falta, todo se debe mejorar, todo se puede hacer, pero, que lo haga alguien más”.

https://www.facebook.com/revista.temas

65

{ Opinión }

TEMA’S

Por su parte Mariano Ruíz Funes da una explicación histórica, siendo éste uno de los continuadores de la herencia que legaron los principales precursores de la CriminologíaCriminalística, y dice: No se nos ocultan las dificultades con que han de tropezar los progresos de la criminología, por las resistencias que ha de oponerle una mentalidad misoneísta y por el sentido y la orientación antihumanos, herencia forzada de toda guerra y signo especial de nuestro tiempo. Ello no autoriza la desilusión ni la inercia. Hay que marchar. Precisa superar el egotismo, que ha sido en nuestra época una forma explicable de evasión. (Quiroz Cuarón, 1999, pp. 1059 y 1060).

Más puntualmente, Carlos Elbert indica algunos motivos del problema de la Criminología desde una perspectiva latinoamericana: Se radicalizó en exceso el debate científico, agudizando más las antinomias que las convergencias. Se mantuvo una excesiva abstracción teórica, abusándose frecuentemente del lenguaje sociológico y de los enfoques macrosociales en desmero de los estudios sobre la operatoria real del control. Como consecuencia de lo anterior, se produjeron distanciamientos, desconfianzas e incompatibilidades no sólo con las agencias de control animadas de cierto espíritu democrático, sino también respecto de muchos criminólogos y penalistas liberales “tradicionales”. Las propuestas teóricas exacerbaron el matiz político-ideológico, facilitando el etiquetamiento de la corriente a título de grupo de agitación. (...). Se abusó de la remisión a un futuro pletórico de soluciones y cambios, en perjuicio del análisis de la operatoria real de los sistemas de control. Se generó una inflación gnoseológica, eligiendo espacios de conocimiento inabarcables por parámetros razonables, aumentando la incertidumbre reinante -de vieja data- en lo que atañe al

66

objeto y al método de la disciplina. El desprecio por las reglas metódicas de razonamiento e investigación (...) coloca, a algunas formulaciones de la criminología, en una zona inalcanzable, tornando difícil la distinción entre sus deseos, convicciones y esperanzas, de aquello que pueda ser generalizadamente admitido como proposiciones científicas medianamente fundadas y demostrables. (...). Muchas veces, tal vez por entusiasmo polémico, se publicitaron formulaciones absolutas, sin matices, efectivas, que luego debieron ser corregidas y relativizadas mediante interminables aclaraciones a presentar como sobreentendido aquello que, en realidad, no había sido dicho. (Elbert, 1996, pp. 29 y 30).

Todas estas situaciones y otras que se mostrarán ulteriormente, han generado dudas, cuestionamientos e intentos de acercamiento a una Criminología científica, académica y aplicativa, así, en síntesis, Zaffaroni señala que: La multiplicación latinoamericana de las preguntas centrales, sumada a la notoria inferioridad de desarrollo teórico y recursos informativos disponibles y al obstáculo perceptivo provocado por la más íntima e intrincada vinculación de las cuestiones con dramáticos episodios cotidianos, hace que la criminología en América Latina ejerza la desafiante fascinación de su intensa vitalidad, pero esa misma vitalidad impide el tránsito, permitiendo únicamente la “aproximación”. (Zaffaroni, 2003, p. 2)..

Aquí se puede focalizar que los problemas de los cuales la Criminología se ha visto rodeada, son tres: 1) el aspecto científico y académico; 2) el aspecto laboral, y 3) la política social (Hikal, 2010, pp. 2 y 3): Desde el aspecto científico. Ha recibido fuertes críticas sobre su autenticidad metodológica y científica, se le ha cuestionado incansablemente y se le ha atribuido lo siguiente: Que es rama del Derecho Penal sin auto-

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA

nomía y dependiente de lo que éste le señala como objeto de estudio; que es un “híbrido” de: Sociología, Psicología y Derecho; que no es ciencia, que jamás alcanzará el “valor de ciencia”, entre muchísimas otras. El lado laboral. Se encuentran agrupadas una serie de irregularidades como las siguientes: En ocasiones, personajes sin conocimientos de Criminología-Criminalística u otros (incluso sin profesión) son secretarios de seguridad, directores, coordinadores y jefes en las áreas de la prevención del delito, seguridad pública, rehabilitación penitenciaria, escuelas, entre otros, esto tal vez en el mejor de los casos (aunque viciado), en el peor, las vacantes de seguridad pública son ocupadas por ingenieros, psicólogos, veterinarios, enfermeros, y demás profesionales desorientados académicamente. Cabe agregar:

el personal a cargo no cumple con el perfil para llevarlas a cabo. Y también es curiosamente “extraño” no encontrar criminólogoscriminalistas “por lo menos” asesorando en la articulación de leyes, planes, programas y demás, y esto, también, por la limitada visión de estos, que mientras son estudiantes quieren lograr todo, y de egresados, les urge una estabilidad laboral y de residencia, como para buscar otras oportunidades. De los puntos antes analizado se puede concluir: El desarrollo de la CriminologíaCriminalística en México se debe a lo que otros profesionistas hacen: Publicaciones, leyes, iniciativas, clases, entre tantas, todos los demás, menos los criminólogoscriminalistas de licenciatura, estos siguen cómodos esperando que alguien más haga lo que acusadamente reclama como: “Lo nuestro”. Comúnmente ocurre lo siguiente: Se esfuerza por ingresar a la licenciatura, aprueba

Aunado a esto percibo en México una tensión estéril sobre quiénes son criminólogos y quiénes no lo son. Coincido con Izquierdo (1999:28) en la sospecha de que los esfuerzos por armar fronteras entre las disciplinas “tienen más que ver con el poder que con el saber, con la carrera académica que con el compromiso social”. (Santiago Gómez, 2011, p. 30).

Además, tal problema se ve plagado por la tan actualmente innecesaria política electorera, tan alejada de las necesidades del pueblo y enfocada a los intereses personales y partidistas, donde los movimientos internos y de proyección externa son a conveniencia de la consolidación del partido y de imagen de los futuros servidores que ocuparan por imposición determinados cargos. La política. La política preventiva no se aplica al máximo de su alcance, los legisladores no comprenden el fin de la Política Criminal y la entienden como política anticriminal o eliminatoria de los criminales, lo ven como preventivo-represivo y poco clínico. En otros casos, cuando se hacen adecuadas políticas,

https://www.facebook.com/revista.temas

67

TEMA’S

sus materias (algunos creen que obteniendo 100 ya es una aportación a la ciencia universal), otros aprueban por suerte, egresan, trabajan, se casan o se ocupan de muchísimas más cosas, menos de retribuirle a la ciencia, con la excusa: “No tengo tiempo”, aún así se autonombran: “Enamorados de la Criminología-Criminalística”.

pas, 3) Universidad Popular Autónoma de Veracruz; 4) Claustro Universitario de Chihuahua, 5) Universidad Autónoma de Querétaro; 6) Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, y 7) Universidad Autónoma de Tlaxcala, entre otras pocas que suman menos de 10 escuelas públicas, de 32 Entidades federativas de México.

2. LAS LICENCIATURAS, MAESTRÍAS Y DOCTORADOS

Los directivos de la licenciatura se convierten en multiusos: Director de licenciatura, de posgrado, planeación de horarios, organización de eventos, actualización de programas, vinculación de servicio social, vinculación laboral, entre tantas más. Además de permanecer arraigados durante largos períodos;

El contexto nacional ofrece lo siguiente: Las escuelas han logrado poca vinculación política, existiendo hasta la fecha un desconocimiento sobre cuál es la labor y diferencia entre criminólogo y criminalista; No hay vinculación con organismos de financiamiento, menos internacionales; Hay pocos centros dedicados a la investigación, sistematización y publicación, los más destacados, ubicados en la capital del país con ingresos de gobierno y privados; La creación de una licenciatura en Criminología-Criminalística fue y sigue siendo un terror en la construcción y puesta a andar. Ésta área de conocimiento ha sido derivada de una madre o hermana mayor: El Derecho Penal, por otro momentos, adoptada por la: Psicología, Sociología, Medicina, ha permanecido subdelegada a lo que éstas indican; En ciertas épocas no muy distantes y actualmente también, crear una licenciatura es ignorado, por lo que se prefiere sustituir la preparación mediante un curso, diplomado, especialidad o maestría; No hay publicaciones, ni autores además de los clásicos, y son idolatrados como dioses; Pocas escuelas públicas ofrecen la licenciatura: 1) Universidad Autónoma de Nuevo León); 2) Universidad Autónoma de Tamauli-

68

{ Opinión }

Existen pocas revistas y son casi inaccesibles; La labor del criminólogo-criminalista es fácilmente sustituida, “removida” y desempeñada por cualquier otro profesionista: Jurista principalmente (parece que éste por llevar las materias de Derecho Penal ya le otorgan el grado de “criminólogo al mando”; psicólogo, médico u otro, por las razones que fueren. Incluso si se hace la pregunta: ¿Y el criminólogo-criminalista puede sustituir a estos por saber de sus materias? La respuesta es rotunda: “No”. Cabe también preguntarse: ¿Será necesaria la creación de un Sindicato de trabajadores de la CriminologíaCriminalística? Los planes de estudio suelen ser viejos y con bibliografía descontinuada para las necesidades actuales, y El alumnado de nuevo ingreso, se incorpora a las escuelas con una idea errónea de lo que es la Criminología-Criminalística, en ocasiones a conveniencia de dichas que buscan acaparar el mayor número de ingresos, sin embargo, esto trae como consecuencia una deserción masiva de los mismos. 3. ANÁLISIS

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA

La ocultación de ideas molestas puede que sea corriente en la religión o en la política, pero no es el camino a la sabiduría y no tiene sentido dentro de la tarea científica. Carl Sagan.

Con inigualable claridad, Arturo Silva Rodríguez resume la situación de la siguiente forma: Para estos círculos de estudiosos el tiempo no ha pasado y continúan profesando un amor ciego al pensamiento científico de la década de 1960, relacionado con la criminología, a pesar de que en el plano internacional ha sido señalado lo importante que es transitar por derroteros que lleven a unir esfuerzos para comprender de manera más cabal como se manifiesta la criminalidad en la sociedad actual. (Silva Rodríguez, 2003, p. IX).

Por otra parte, Ordaz Hernández, David y Cunjama López, Emilio Daniel (2011, p. 15): En lo que respecta a la formación criminológica el panorama no es muy alentador, ya que la pereza académica ha impuesto un obstáculo para la formación de los nuevos criminólogos, además de las preocupaciones institucionales que le demandan a la criminología. (...). En lo que corresponde a la investigación criminológica el panorama es nebuloso. Uno de los problemas fundamentales es que gran parte de las investigaciones criminológicas se encuentran detenidas por una inercia disciplinar de quien ha enseñado tradicionalmente los “saberes criminológicos” en nuestro país.

Más específica y detalladamente, entre las principales alertas que se encuentran las escuelas son las siguientes de acuerdo con Javier Jiménez Martínez (2009, p. 20): Sistemas administrativos poco ágiles;

Carecer de biblioteca suficiente y adecuada; Personal administrativo deficiente; Algunas escuelas privadas no ven al alumnado más que como objetos mercantiles.

4. EL ENFOQUE MÚLTIPLE, LA CRIMINOLOGÍA DINÁMICA Y LA CRIMINOLOGÍA ESTÁTICA Johan Goethals apunta en la revista Anales internacionales de Criminología de la Sociedad Internacional de Criminología que: El nacimiento de la Criminología como ciencia social y normativa se remonta a finales del siglo XIX, cuando tenían lugar las explicaciones religiosas, posteriormente el paradigma clásico del racionalismo individual fue cambiado y sustituido por explicaciones científicas sociales y médicas por la Sociología, la Psiquiatría y la Psicología. La posición dogmática legal (clásica) de que los actos humanos eran resultados de su propia voluntad y por los cuales eran juzgados fue hecha a un lado, y las nuevas ciencias en desarrollo conectaron el crimen con causas naturales (la tradición etiológica). (2007, p. 19).

Mauricio Parmelee considera que: La Criminología es el producto híbrido de otras varias, la Zoología, la Antropología, la Historia y la Sociología, que contribuyen a la descripción de la naturaleza, origen y evolución del delito. La Meteorología, Demografía, Economía y la Política contribuyen al análisis de las causas que enmarcan el delito. La Anatomía, Fisiología, Psicología y la Psiquiatría aportan hechos y métodos para el estudio de rasgos y tipos de delincuentes. La Jurisprudencia y la ley, contribuyen al estudio del tratamiento penal del delito y del delincuente. (1925, pp. 2 y 3).

Autoridades que no facilitan la labor docente; Una distribución inadecuada de horarios; Carecer de materiales auxiliares de la enseñanza;

Y a pesar de que lo anterior se dijo ya hace casi 100 años, la situación no ha cambiado mucho. La naciente Criminología se convirtió en una Criminología Enciclopédica, donde todo es aceptado, agregado, incluido y cualquier sinónimo derivado de la inclusión: No

https://www.facebook.com/revista.temas

69

TEMA’S

discriminado, lo cual fue haciendo de ésta una “ciencia del todo” y en consecuencia, creando criminólogos “todólogos” en Antropología, Política, Historia, Demografía, Estadística, Biología, Derecho, Psicología, Sociología, entre otras, contrario a lo que se pudo pensar de ser una profesión altamente capacitada, ocurrió lo contrario, este profesionista de hizo el “todólogo” de conocimiento y “nadólogo” de praxis, quedándose casi inútil en la labor que se le encomendó, a pesar de las buenas esperanzas, escasos logros y el futuro prometedor, dicha evolución y crecimiento no ha llegado. Nació con la tendencia a ser una Criminología constantemente renovada, actualizada y con capacidad de reformar: Criminología Dinámica, pero se estancó y por momentos parece hundirse, quedándose como una Criminología Estática. La criminalidad está en constante movimiento, contrario pasa con la Criminología. Un fácil ejemplo de esto es cuando un avión va a despegar: inicia con una velocidad progresiva, despega y constantemente sigue aumentando la celeridad para “avanzar”, una vez en el aire debe mantener la velocidad, no puede quedar estático, de lo contrario, iría de bajada y hacía un impacto terrestre. Contrario parece ocurrir con la Criminología: Fue creciendo progresivamente, logró con mucha fuerza una altura considerable, pero parece que en el aire se detuvo y lo peor, calló, manteniéndose planeando entre las turbulencias. Por su parte, Natalio Kisnerman señala aspectos importantes sobre las dificultades con las que el Trabajo Social se ha encontrado y mismos que se pueden aplicar al ámbito criminológico, y es que: Se limitó a generar acciones a partir de la teoría suministrada por otras disciplinas sociales, aceptando el papel de auxiliar de ellas. Al no investigar ni sistematizar su práctica, no produjo teoría, confundiendo como tal la teoría de cómo aplicar un determinado método. Tampoco sometió a verificación científica las teorías incorpora-

70

{ Opinión }

das, aceptándolas como dogmas. (1998, p. 54).

5. ¿POR QUÉ LA CRIMINOLOGÍA NO AVANZA? CAPITALISMO ACADÉMICOCRIMINOLÓGICO No puedes convencer a un creyente de nada, porque sus creencias no están basadas en evidencia, están basadas en una enraizada necesidad de creer. Carl Sagan.

Cabe analizar los casos de ánimo de lucro sin medida: se abren escuelas exprés sin

Wael Sarwat Hikal C. Destacado criminólogo contemporáneo (México) Es Doctor por causa de honor por la Sociedad Mexicana de Criminología capítulo Nuevo León, Doctor honoris causa por el Instituto Mexicano de Victimología y Doctorado honoris causa por la Comisión nacional para la prevención social de la violencia y delincuencia. Fundador-director de la revista Archivos de Criminología, Criminalística y Seguridad Privada y de Wikipedia Criminológica. Autor de: Introducción al estudio de la Criminología (Porrúa); Criminología psicológica (Porrúa); Metodología y técnica de investigación criminológica (Porrúa); Criminología de los Derechos Humanos (Porrúa); Esquizofrenia (Porrúa); Glosario de Criminología y Criminalística (Flores editor), y Criminología etiológica-multifactorial (Flores editor). Ha sido catedrático de licenciatura, maestría y doctorado en diversos Estados de México. Ex presidentefundador de la Sociedad Mexicana de Criminología capítulo Nuevo León. Fundador de las medallas al mérito criminológico: Osvaldo Tieghi, José Adolfo Reyes Calderón, Carlos Elbert y Raúl Zaffaroni.

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA

profesores capacitados, sin laboratorios, aulas adecuadas, bibliotecas y demás básicos para una nueva profesión, se ha caracterizado ésta por el nivel de pobreza con el que se inicia y lamentablemente continúan igual. Y gracias a los programas de televisión que estimulan la morbosidad de los egresados de bachillerato e incluso ya estudiantes de Criminología-Criminalística, se mantienen con el interés necrófilo, lo cual, ha permitido que las matriculas aumenten considerablemente, no

obstante, la inversión no es proporcional; es decir: ¿Para qué se abre una profesión si no se tienen los recursos? ni de inicio ni de desarrollo. Por otro lado, desde hace cuatro décadas, existen grupos monopolizadores de diversos tópicos: Congresos nacionales, internacionales, clases en las mejores escuelas, participación en eventos de alto nivel, publicaciones de libros, capítulos en libro, artículos en

Estamos en 32 países PUBLIQUE SU ARTÍCULO EN TEMAS

Escríbanos a [email protected] https://www.facebook.com/revista.temas

71

TEMA’S

{ Opinión }

revistas, y en consecuencia, el dinero que lo anterior otorga, junto con el prestigio. No se critica el esfuerzo de cada quien para llegar al nivel buscado, pero, ocurre, que al tener cierto estatus de reconocimiento y autoridad académica, estos grupos se han autoconvertido en los “dueños” de: Criminología, Criminalística, Victimología, Psicología Criminal, entre otras. Donde dichos grupos funcionan con lo que aquí se denomina: “Capitalismo académico-criminológico”. Muy atinadamente, cabe la reflexión de Osvaldo Tieghi, que explica: La ambición, que no escapa al campo intelectual, es decir, el afán prioritario de lucro, estima o fama, (...), no cesa de imponer sombras y da lugar a toda clase de luchas entre necios indoctos que, en procura de elogios, no trepidan en hacer yermo lo ubérrimo para su propio y deleznable beneficio. De allá la proliferación de las escuelas, de sus supuestos fundadores y de sus interesados seguidores, que únicamente pueden disputar en lo opinable una vez que, con toda clase de artilugios y engaños, propios del estafador, lo han hecho tal. (2004, p. 306).

El caso actual también radica en lo que explica Tilemy Santiago Gómez: Además de que la academia criminológica mexicana puede ser vista como una veta de enriquecimiento en la que confluyen los más variados intereses, excepto la búsqueda de un conocimiento que no dañe y oprima, sino que ayude a transformar, para bien, la dramática realidad del crimen y su control. (2011, p. 36).

El siguiente cuadro representa la percepción que se tiene del capitalismo, sencillamente, donde los ricos llegaron a éste nivel a través de trabajadores que se mantienen pobres. Donde el prestigio y alto nivel se mantiene en una minoría de personas, que burdamente se han aprovechado del trabajo de los más necesitados. Así, en el caso de las áreas monopolizadas en mención, es de extrañeza que los directores, coordinadores, jefes, profesores y alumnos se convierten en fieles

72

sumisos trabajadores de personas con más poder, y que estos delegan con la promesa de un estatus reconocido que: 1) jamás llega; 2) demora demasiado en llegar; 3) sirven como sujetos pasajeros de mano de obra; 4) se convierten en esos fieles trabajadores sin independencia; 5) sí logran el estatus prometido, deben estar bajo el manto vigilante de los superiores, y 6) entre otros. En el caso de los alumnos, sirven como obligados a asistir a los eventos, como auxiliares, como miembros (lo que equivale a dinero), además del liderazgo temporal que les ofrecen, para terminar en nada, más que en una pasajera emoción de: Pertenecer, conocer, ver, fotografiarse con: Los “importantes”. Por otro lado, también es importante mencionar a las agrupaciones con pantalla de

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA

buenas intenciones, pero con mismas pretensiones al respecto de los negocios: Se han creado grupos menores (que posteriormente toman fuerza y grandeza), que, de forma avorazada y desesperada están buscando dónde vender cursos de morbo. Hay grupos principalmente de enfoque forense que se presentan en las escuelas y ante los alumnos con la intención de vender cursos, talleres, conferencias, congresos completos, instrumentos forenses (brochas, polvos, lupas, cintas amarillas de escena del crimen, tazas,

mo “grandes” estudiosos capaces de impartir todo tipo de cursos luego de estudiar un cursillo de las ¿Ciencias criminológicas y forenses? En los anteriores se incluyen juristas, psicólogos, ingenieros y de cualquier otra profesión que posterior a tomar esos cursillos, se autoproclaman como “enamorados” de la Criminología-Criminalística y feroces divulgadores (vendedores) de éstas.

playeras, etcétera). Se van introduciendo en los eventos y escuelas para luego dar el menú ¿Maravilloso? de servicios. También los individuales que se autopromocionan co-

observar en la obra escrita de nuestros compatriotas, en los temas que se tratan en los congresos de criminología y en las investigaciones”. (Ordaz Hernández, David y Cunjama

“Un buen termómetro de la situación actual de la criminología en nuestro país se puede

https://www.facebook.com/revista.temas

73

TEMA’S

López, Emilio Daniel, 2011, p. 16).

6. TEORÍA DEL CAOS CRIMINOLÓGICO Al triunfo de la verdad y al progreso del género humano .’.

La teoría del caos criminológico no ha de consistir en demeritar las teorías -ajenas por cierto- de la criminalidad, así como la crítica al interior de la Criminología, analiza también la labor que realizan los profesionistas, que en su mayoría se ha concentrado en el ejercicio profesional en exceso, dejando a un lado la sistematización plasmada en materiales didácticos más allá de eventos de divulgación como congresos, cátedras o similares, y cabe mencionar las publicaciones en medios no oficiales como las redes sociales sin ISSN o ISBN; es decir: Blogs, twitters, facebooks y otros son los únicos medios informales de divulgación para las “¿Las grandes ideas?”, o los eventos vende morbo y con estimulación a la necrofilia. El caos criminológico consiste hoy (y desde varias décadas) en una repetición persistente donde parece que “nada funciona” escondido en promesas futuristas que no llegan o lo hacen a paso extremadamente lento; los directores de las escuelas de CriminologíaCriminalística suelen ser los mismos tras los

74

{ Opinión }

años o las administraciones son muy inestables (estos en mucho más de la mitad no son criminólogos-criminalistas de licenciatura, sino siendo de otras áreas a éstas y/o posgraduados en el área); los libros clásicos se reimprimen recurrentemente; los autores son los mismos, abusando en momentos de su consolidación lograda; el peor de las situaciones es que las escuelas públicas no han tenido interés en crear la profesión a nivel licenciatura, quienes han tomado el liderazgo han sido las privadas, sin las cuales, ésta profesión sería un fantasma; la participación política ha sido invisible, por lo que a éste profesionista se le consulta para nada: El criminólogo-criminalista no tiene impacto en las políticas públicas; también, éste está a la casi exigencia de que alguien más haga todo lo pendiente que queda por hacer: mejorar sus planes de estudio, emplearles en algo de alto nivel, modificar las leyes, hacer los libros, impartir las cátedras, mejorar las escuelas, aumentar el nivel de infraestructura e interminables suplicas. Incluido el fanatismo, la hipocresía y corrupción de la ciencia (Montiel Sosa, 2012). 6.1. Fundamento y metodología Esta teoría tiene su origen en una comprobación: la del bajo nivel de la enseñanza que imparten “algunas” escuelas de Criminología-Criminalística en el país. Esta escasa calidad es preocupante en la medida en que

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA

se proyecta a innumerables tareas prácticas que deben llevar a cabo los estudiantes una vez que terminan sus estudios. Cuando estos se convierten en peritos en cualquier área criminalística, criminólogos penitenciarios, de seguridad privada u otras áreas, no hacen bien su función debido a las carencias educativas, razón evidente y consecuente: La criminalidad actual, ya que afecta no solo su desarrollo personal sino a toda la sociedad. No se puede limitar a una sola institución para diagnosticar, la práctica ha permitido asumir una actitud analítica, y así, desde la inconformidad contra el modelo dominante del cual la Criminología-Criminalística ha sido parte. El cuestionamiento llevó a un estudio de la realidad latinoamericana, norteamericana, europea y mexicana, su origen, desarrollo y estancamiento. Ha sido muy clara la tendencia que se sigue en México respecto su Criminología-Criminalística, pues a pesar de no haber sido protagonista del nacimiento de éstas, ni de la creación de la primer licenciatura en el país, sí se ha hecho una revisión histórica, desarrollista y actual de ésta, destacando los problemas anteriormente señalados. La Universidad Autónoma de Nuevo León fue el faro que alumbró a las escuelas que iniciaron la profesión de CriminologíaCriminalística, la criminalidad en cada Estado fue en aumento, lo que llevo a las escuelas primeramente particulares, y en tendencia lenta, las públicas, a crear estas carreras, para tener profesionistas capacitados en las áreas correspondientes. En este caso que ocupa, han sido pocas las escuelas que han desarrollado áreas de investigación, la tendencia predominante ha sido impartir niveles de educación de licenciatura y posgrado, y que comúnmente consisten en desempeñarse en el ejercicio profesional y no en el desarrollo científico y tecnológico, durante la labor se viene repitiendo los conocimiento aprendidos en la escuela y se incorporan los nuevos derivados de la ex-

periencia; sin embargo, el tiempo y las condiciones de desinterés en otros casos, las innovaciones científicas y tecnológicas no se dan. Lo anterior, se constató con lo a continuación: Técnica de observación Observación es el análisis, exploración y estudio del objeto con el que se está en contacto. Dice Maturana que: “Los científicos hacemos ciencia como observadores que explican lo que observan”. (Kisnerman, 1998, p. 49). Por su parte, Rosenblueth señala que: Otro ámbito muy vasto del conocimiento humano tiene como premisa fundamental que toda construcción teórica debe basarse en eventos empíricos e interpretar desapasionadamente sin inmiscuirse nuestros valores o juicios al mundo real de los eventos, como sucede en la ciencia, entendida como el conocimiento ordenado de los fenómenos naturales y de sus relaciones mutuas, cuya finalidad es alcanzar la sistematización y legislación de la experiencia pasada y la predicción y el control de la futura. (Silva Rodríguez, 2003, p. 5).

Asimismo cuando Osvaldo Tieghi señala lo importante que es observar y describir dicha experiencia: La ciencia puede caracterizarse, aunque sólo de manera provisional y no decisiva, como el conjunto de conocimientos lógico-fácticos e ideoempíricos obtenidos sea por medio de la mera observación o de esta última y la experimentación, ambas bajo control y susceptibles de enunciación legal (hipótesis, leyes y teorías), de sistematización, de predicción y de verificación; ello, para la solución -siempre perfectible- de las incógnitas o problemas que se van presentando en el devenir de aquélla. El carácter progresivo, falible y perfectible de la observación fáctica controlada, siempre analítica, hipotética y predictiva, da lugar a lo que en primera instancia y aunque sólo linealmente se conoce como aproximaciones sucesivas o de

https://www.facebook.com/revista.temas

75

TEMA’S

carácter acumulativo de los fenómenos examinados, relativos a las variables observadas y al alcance de los instrumentos auxiliares disponibles en uno u otro tiempo. (Tieghi, 2004, p. 307).

Entonces se está de acuerdo que los fenómenos se deben vivir e involucrarse en estos, así Emilio Durkheim señaló que: “Los hechos sociales son como cosas que se imponen a la observación. Tratarlos como cosas es tratarlos como datos que constituyen el punto de partida de la ciencia”. (Kisnerman, 1998, p. 37). Por su parte Natalio Kisnerman (1998, p. 49) apunta que: La observación directa o con la ayuda de instrumentos que precisen su alcance (...) y la deducción (...) el método científico y la experimentación, fundamentan el conocimiento científico, su objetividad, es decir, su concordancia con el objeto, y por lo tanto su verdad.

Siegfried Lamnek advierte a todo esto que: Se trataba de observación participante (estudio de casos). De la descripción se infería el carácter de lo observado. Estas conclusiones estaban justificadas cuando se prescindía de los criterios subjetivos-individuales, que distorsionan la objetividad, y uno se concentraba en la esencia de lo observado. Pero exactamente éste es el método de la fenomenología, que atribuye importancia a la obtención de una descripción lo más minuciosa posible de los acontecimientos cotidianos. Esta descripción sirve al conocimiento precientífico, directo, intuitivo, de la naturaleza de la cosa en cuestión. (2006, p. 46).

Quien esto sistematiza inicio la actividad de impartir conferencias, clases y curso por diversas Entidades Federativas de la República Mexicana, visitando múltiples escuelas y dependencias de gobierno, observando sus debilidades, fortalezas y obteniendo la opinión de los rectores, directores, jefes de carrera, además de la importante crítica de los alumnos -fuera de toda política y con el enfoque de ataque que distingue a los estu-

76

{ Opinión }

diantes- (Montiel Sosa, 2012) lo que se considera una importante fuente de información. A continuación se mencionan las Entidades y años donde se llevaron a cabo dichas actividades: Aguascalientes (2009, 2010, 2011 y 2013); Baja California (2009 y 2011); Distrito Federal (2009, 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014); Estado de México (2009, 2010, 2011 y 2013); Guerrero (2009, 2010, 2011 y 2012); Jalisco (2009); León (2009 y 2013); Michoacán (2010 y 2013) Morelos (2011); Nuevo León (2009, 2010 y 2011); Nayarit (2010 y 2013); Oaxaca De Juárez (2009, 2010 2011 y 2013); Puebla (2010, 2011, 2012 y 2013); Tabasco (2011 y 2013); Tamaulipas (2009, 2010 y 2011); Veracruz (2009, 2010, 2011, 2012 y 2013); San Luis Potosí (2010); Sinaloa (2010), Sonora (2013), Yucatán (2013) y Zacatecas (2010 y 2011). De lo mostrado anterior se afirma lo que Tieghi apunta que: “cuando las hipótesis han soportado exitosamente las pruebas de corroboración, han ganado consenso entre los científicos y resultados compatibles con las demás proposiciones de un sistema teórico, pueden integrarse allí mismo y nominarse, más precisamente, leyes”. (Tieghi, 2004, p. 307). Aunque no del todo se puede afirmar que pasen a rango de leyes, pues las investigaciones no han de ser eternas sino que se van renovando de acuerdo al avance de la misma ciencia: “(...), todo enunciado fáctico que responde a un correlativo interrogante o problema científico, y que es susceptible de verificación por el método de observación o experimentación controlada, constituye una hipótesis científica”. (Tieghi, 2004, p. 324). Técnica de entrevista Se considera importante también hacer énfasis en la técnica de entrevista, que sirvió mucho para obtener más información de lo que se estaba investigando. Lamnek señala que: “para alcanzar fuerza explicativa hay

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA

que esforzarse por obtener el máximo de información posible...”. (2006, p. 111). Entrevista, “es una conversación que se realiza entre dos personas, persigue el objetivo de que el entrevistador obtenga y conozca la mayoría de la información posible del entrevistado con respecto a una situación deseada”. (Benavides, 2009, p. 17). La máxima es darle importancia a las personas con las que nos relacionamos y aprender de ellas, así, Kisnerman señala que: Las personas con las que trabajamos son el recurso más valioso con que podemos contar. Recurso que es una constante caja de sorpresas y resonancias. Ellas dan sentido a la articulación de nuestro espacio profesional de saberes e intervenciones en un espacio social concreto. A través de su narrativa, el pueblo dice su vida, su cotidianidad, cuenta sus luchas. (Kisnerman, 1998, p. 17). Las evidencias sociales están presentes ante nuestros sentidos. Pero es necesario recoger datos en forma directa a través de entrevistas y cuestionarios y en forma indirecta a través de informantes. Es necesario un alto grado de facultad de percepción de la esencia que le es propia a cada ser humano para captar datos en forma directa y tener cuidado de la subjetividad y lo ideológico en los datos proporcionados por informantes. (Kisnerman, 1998, p. 45).

“Toda entrevista es una experiencia de aprendizaje para cualquier investigador. El arte de un buen entrevistador para obtener confesiones está soportado en sus experiencias”. (Benavides, 2009, p. 324). Para llevar a cabo ésta, se deben tener en cuenta diversas características como lo son el establecimiento de una buena relación con las partes: rapport. Lo anterior ha sido interesante en el descubrimiento de la opinión de cada sujeto participante en la investigación, desde los alumnos, hasta ir subiendo jerárquicamente con los dirigentes de diversas áreas y personal administrativo u operativo. Comprender las nece-

sidades del alumno, sus inconformidades, visión, lo que esperarían de la carrera, de la labor, y por parte de los administrativos, lo que les ha llevado a implementar la carrera, el crecimiento, ingresos, realidades y fantasías del futuro. Así, se llevaron a cabo entrevistas con las características que se detallan a continuación: Preguntas hipotéticas. Que tienen la intención de que el entrevistado abra su abanico de posibilidades y encuentre una respuesta congruente. Preguntas sugestivas. Se utilizan cuando se quiere conocer la opinión del entrevistado sobre un tema en particular. Muchas veces las opiniones contienen mensajes subliminales que nos muestran una confesión. Preguntas abiertas. Preguntas que permiten que el entrevistado en sus respuestas se explayen con libertad. (Benavides, 2009, p. 341).

De los datos recogidos durante las visitas antes mencionadas, observaciones y entrevistas dirigidas se llego a lo siguiente: 6.2. Elementos para el diagnóstico y reconfiguración del caos El diagnóstico a continuación está basado en Antonio Pérez Lledó, del cual se puede aplicar a la Criminología-Criminalística y su situación actual: Poca importancia de las cuestiones relativas a la docencia De acuerdo con Miguel Carbonell (2011, pp. XIX y XX9 existe “una docencia instalada en el círculo perverso de la mediocridad”. En las escuelas de Criminología-Criminalística se da poca importancia a las cuestiones docentes, bajo improvisación increíblemente exprés. Un vacío metodológico notorio, gran parte de los profesores dan clases por hobbie o como actividad complementaria a un trabajo mayor (si bien el profesor debe tener expe-

https://www.facebook.com/revista.temas

77

TEMA’S

riencia sobre lo que imparte, se debate en dos vertientes: 1) el profesor ocupado y lleno de labores de su empleo principal, suele ser ausente, descuidado, sin metodología, apuntes, libro de texto, parcial u otras condiciones, y 2) suele tener muy buena experiencia laboral y capacidad de difundir casos -el fallo y reparo a esto consiste en una base metodológica de libro de texto, orden o sistema de enseñanza, evaluación, difusión y asistencia

{ Opinión }

dades y áreas de oportunidad. Otro aspecto es el referente a los investigadores de tiempo completo, es decir, los dedicados a la actualización constante de los planes de estudio, a los recopiladores de la información generada en el campo profesional, al desarrollo de nuevas teorías y técnicas de intervención, entre otros, así como nuevos materiales didácticos, gestión de recursos para investigación, inclusión de alumnos a la enseñanza con perfilación a la investigación académica, asesoría de tesis tiempo completo, evaluación, estímulo a la docencia, interrelación entre dependencias, organización de eventos de divulgación, participación de profesores y alumnos, publicaciones de revistas y libros, entre tantas labores académica por hacer y copiar de otras instituciones que llevan tal modelo. (Véase: Eskridge, 2014). No se puede decir que el profesor está al desamparo de un sueldo complementario o miserable, lo miserable está en la percepción, los recursos son abundantes por parte de los gobiernos de todos los niveles, de convenios multinacionales y de agencias internacionales. Tampoco el alumno se debe sentir desamparado al aspirar a un posgrado nacional o internacional, pues existe el sistema de becarios de diversas dependencias públicas y privadas. El problema no radica en la falta de recursos sino en: La de capacidad, voluntad y comunicación. Predominio de un modelo de enseñanza/ aprendizaje basado en la memorización de conceptos

docente-. La literatura sobre Pedagogía aplicada a la Criminología-Criminalística es inexistente. En el caso de las evaluaciones a los mismos profesores, ocurre lo siguiente: Lo despiden justifica o injustificadamente, si hubiese una situación en particular no se modifica o los resultados no llegan al conocimiento de los profesores; por el contrario, conocer y atender a los resultados permite mejorar la planta docente y dar a resaltar cuali-

78

Suele ocurrir que en las escuelas de Criminología-Criminalística a la falta de laboratorios de clínica y periciales -pero sobretodo de práctica clínica, a diferencia de la Psicología que ejercen esta labor desde estudiantes, en Criminología no hay ni siquiera laboratorio clínicos virtuales-, la habilidad por excelencia -exigencia es la memorización de conceptos, libros, autores clásicos, incluso pareciera una regla el tener que conocer solo lo básico-

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA

antiguo, haciendo a un lado, o peor, desconociendo totalmente las tendencias internacionales. Se requiere un estudio de los textos internacionales para aprovecharlos en el contexto local, estar a la vanguardia de estudios comparativos, estadísticas, teorías e investigaciones en revistas y libros, así como conocimiento de lo que se hace en otras escuelas y dependencias de gobierno, además del conocimiento e interacción con organismos internacionales que pudieran intercambiar información sobre libros, revistas, programas de posgrado, diplomados, labor en conjunto con las políticas públicas, entre otras circunstancias que mejoren el nivel más allá de lo clásico estático: Urge un Colegio Nacional de criminólogos-criminalistas (pero libre de monopolios y fanatismos). Cabe preguntarse si la capacidad de memoria es elemento esencial para la formación de un criminólogo-criminalista, suele pasar que el alumno se esfuerza demasiado “casi” de forma obsesiva por entrar en un autotorneo o torneo en su grupo en el que alguien debe ser el mejor con la calificación más alta, suponiendo que por ello, la inteligencia es muy alta. Existe la teoría de las inteligencias múltiples en la que se detallan diversos niveles o capacidades y no como algo unitario, sin demerito de la habilidad de un alumno para obtener dicha calificación, cabe resaltar que muchos estudiantes de esta área, inclusive de otras, suelen tener comportamientos graves de personalidad, como: Mitomanía, histrionismo, rasgos límites de personalidad, alcoholismo, drogadicción, relaciones afectivas destructivas o inestables, excesos en diversos contexto como alimentos, bebidas, formas de conducir, relaciones personales, modales morales, entre otros, se está de acuerdo con que los conocimientos de una profesión deben internalizarse para sí mismo y luego proyectarlos para los demás. Otra cuestión que se debe atender es que dicha habilidad de calificaciones augura, más no garantiza un éxito laboral, así en Crimino-

logía-Criminalística, en su mayoría todos ocupan un cargo laboral general, con alta o baja calificación, con posgrado o sin éste. Acompañado lo anterior con la frase de un enamoramiento hacía la profesión, pero éste no se demuestra obteniendo buenas calificaciones, sino en: La capacidad de producir, de lo contrario, es un egocentrismo intelectual y afectivo, pues tener un currículo, títulos y distinciones que no trascienden de la pared de donde se cuelgan, no produce impacto. El obtener dicha calificación buena, indica un conocimiento de lo incluido en una evaluación durante un período y tiempo, más no de la totalidad. Será importante la suplencia de laboratorios de clínica y periciales por la práctica social-habitual y en el momento donde se preste el servicio social escolar o las prácticas profesionales (la sociedad es el laboratorio más grande que se tiene), así como una capacidad de argumentación sólida, bien elaborada y no con las nociones que ofrece solo un libro, propositiva, constructivista y progresista, allegándose todo el conocimiento afín que se puede obtener, buscando textos y casos por cuenta particular y no ser del todo dependientes de la escuela. Ambivalencia entre clase-conferencia magistral y clase-conferencia impartida por el alumno En muchas ocasiones, se está acostumbrado el modelo de que el profesor llegue, se postre en el estrado e imparta su clase, recibiendo la información el alumno de forma pasiva, sin interacción, contradicción (argumentada) o participación. También otro sistema es el de ante las carencias escolares, la forma más eficaz para aprender es la conferencia magistral como único medio inmediato para la actualización, en ambos casos se funge como “trasmisor” y “receptor pasivo”. Esto ocurre en todos los niveles sin excepción, donde el mutismo es un enemigo cruel en clase, abunda el silencio y no da lugar a intercambio de ideas, convirtiendo la

https://www.facebook.com/revista.temas

79

TEMA’S

clase en algo sumamente pesado de tolerar, donde el alumno parece tener nada que hacer realmente ahí. Por el contrario, el profesor delega totalmente al alumno la impartición de clase cuando éste no sabe o no está preparado para dicha proyección, en ocasiones se le exige al alumno investigar de cierto tema, cuando ni siquiera se le ha enseñado qué es esto, también se le pide una oratoria fluida, cuando tampoco se le ha dado noción y práctica de ella.

80

{ Opinión }

tendencia “teatrera” sino crear líderes. La enseñanza está fragmentada en muchas y repetitivas ramas

Sería eficiente tener como criterio de evaluación la interacción, que el alumno de-

Ocurre que las materias que se ven en una clase suelen ser repetitivas con otros contenidos, más grave cuando el temario de estudios es una copia fiel al índice de un libro de texto, donde denota que se hizo “nada” por investigar elementos complementarios, por ejemplo: En los contenidos de Historia de la Criminología, Criminología (nociones) y Antropología, suele repetirse temas, pudiera ser la teoría del delincuente nato por hacer mención de un sólo ejemplo, para Psicología, So-

muestre sus pensamientos, ideas, formas de observación, conclusiones, propuestas, además de ser motivados por el conductor de la clase (profesor) y repartir la responsabilidad. Complementado con programas de oratoria, observaciones de líderes, conducción de grupos, entre otras habilidades de movimientos, dominio de tema, prolongar tiempos, expandir el tema, saber interactuar, control de nervios, manejo del micrófono y escenario, hacer invisibles los distractores, etcétera. No hay que enseñar y hay que eliminar la

ciología, Psiquiatría, Criminología ocurre lo mismo, y así sucesivamente. Igual pasa que un libro de Criminología General es utilizado para completar las carencias de las demás materias, se toman capítulos para llenar las materias para las cuales no hay libro de texto por ejemplo: Estadística -aquí debería ser Estadística aplicada a la criminalidad y no Matemáticas en general-, Sociología, Demografía, Antropología, Psicología, Política, entre tantas, para el caso Criminalística, se repiten los contenidos entre: Introducción a la

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA

Criminalística (nociones), sistemas de identificación, Antropología Forense, Psiquiatría Forense, Investigación criminal, Polígrafo, Fotografía, Informática Forense, Dactiloscopia, Balística, Grafoscopia, Tránsito terrestre, etcétera, en momentos se llega a ver un mismo autor en más de 20 materias. Al no haber una comunión entre las diversas materias, planes de estudio en general, diversidad y especificación en los libros, se siguen mismos modelos, por ello es necesario personal dedicado a la programación e integración del plan general, así como dar a conocerlo a los alumnos y profesores. Además de darle adecuada orientación a la materia e incluir y excluir temas, ya que suele polarizarse entre ver generalidades y no lo concreto al área, y no solo que las escuelas echen a andar las licenciaturas sin el soporte adecuado. Incluye la excesiva interdisciplinariedad vs. las limitaciones del sistema social-político y personal: El criminólogo-criminalista sabe de todo y le dejan hacer nada, éste logra tener una diversidad de conocimientos, métodos, técnicas, áreas de intervención, etcétera, pero cuando está en el campo laboral, cuál sea, se le limita por el hecho precisamente de ser: Criminólogo-criminalista y la perspectiva de éste es limitada a la cárcel y lo pericial, pero inclusive en éstas áreas, éste jamás podrá suplir al jurista, sociólogo, psicólogo u otro, aunque tenga el conocimiento, sin embargo, los anteriores sí podrán sustituir a éste, y los mismo ocurre para impartir las materias, un jurista puede dar Criminología-Criminalística, pero el criminólogo-criminalista no puede dar Derecho o Psicología.

pación social y política para la modificación directa. El criminólogo-criminalista se forma bajo un rubro de ser aplicador y repetidor del conocimiento y no innovador y creador, debe trascender de ser un solo “administrador” en ser “revolucionario”, pues ha mantenido la posición de sumiso, en lugar de innovador. La enseñanza es poco práctica y teórica No se está de acuerdo con que la teoría sea distinta de la práctica, es bien sabido por algunos estudiosos que la práctica bien sistematizada hace teoría y cuando ésta se aplica “debe” tener variantes debido a la diversidad de fenómenos o las características de cada uno de estos; por ejemplo: Se tiene un medicamento X que se sugiere para la tos, a algunos pacientes les funcionará a la brevedad, a otros con lentitud o a paso más quieto, aquí, la teoría es general: medicamento para la tos, pero las variantes características de cada persona a la que se le aplica provocan una variación “normal”, por lo que no se puede demeritar dicha teoría, a menos que pierda eficacia el medicamento y caiga en desuso. Redundar sobre esto es una “pérdida” de tiempo, la Criminología-Criminalística no es una ciencia “del todo infantil”, en lugar de debatir su aspecto científico, teórico y práctico: Hay que producir conocimiento sistematizado. Con Criminología-Criminalística se abusa de la teoría en el aspecto de la dependencia feroz hacía otras áreas del conocimiento, ésta disciplina no ha producido teorías propias y de no hacerlo podría desaparecer debido a su sumisión a otras áreas, tal vez en el mejor de los casos, pero en el peor es que ni siquiera las actualiza, por ello, cuando el cri-

Todas estas limitantes y ramificaciones no podrán modificarse si no se tiene lo siguiente: Un cuerpo teórico que sustente el ejercicio profesional, liderazgo, unión entre profesionistas en lugar de luchar por sus intereses propios y desunir, creación de conocimiento, sistematización y divulgación, buena argumentación justificada y comparativa, partici-

https://www.facebook.com/revista.temas

81

TEMA’S

minólogo-criminalista está en el área laboral de la prevención del delito y de la clínica, no tiene del todo resultados positivos. Agregado a lo anterior, a pesar de que a este profesionista le han venido diciendo que “debe” desarrollar políticas públicas de prevención del delito, no le enseñan a hacerlo, incluso se percibe la “política” como la actividad electoral de la cual se mantiene alejado. Se le dice “debe” hacer diagnósticos de personalidad en base a factores criminógenos e incluyendo la Psicopatología y durante su carrera no pasa por un laboratorio sino hasta que hace el servicio o práctica social. En el caso de la Criminalística, los laboratorios son bastante pobres o demasiado simples, lo que no permite la aplicación de lo aprendido. Y peor, cuando se viene enseñando en las escuelas contenidos vulgarmente obsoletos de los años 60’s o 70’s, muy pocos autores y/o libros inaccesibles, junto con lo anterior, el fenómeno de las escasas revistas especializadas en el tema y grave aun más que en dichas el criminólogo-criminalistas no tiene presencia; es decir, revistas de CriminologíaCriminalística sin criminólogos-criminalistas, aunado a su precaria circulación nacional, y ni siquiera mencionar a las extranjeras, donde éstas en México tienen extremadamente poca presencia, éstas son muy necesarias para dar cuenta de los avances científicos y tecnológicos. Se requiere teoría: “construcciones que son necesarias para que la ciencia (...) tenga incidencia en la práctica cuando los alumnos ejerzan su profesión”. (Carbonell, 2011 p. 91). Falta de plataforma teórica para la práctica y de sistematización práctica para la creación de teoría “El profesional de la CriminologíaCriminalística requiere una plataforma teórica para redefinir y ampliar su campo profesional” (Pérez Ángeles, 2011). Se ha reiterado y se seguirá haciendo respecto que a éste le hace falta más acción en lo teórico, la profesión nace por una necesidad urgente de

82

{ Opinión }

atender los fenómenos de la criminalidad y ha sido tanta su concentración en el ejercicio profesional que se olvidó de retribuir a la teoría, los primeros criminólogos-criminalistas egresados se dedicaron a: Ser policías, peritos forenses y guardias penitenciarios, posteriormente se fue abriendo el campo a la seguridad privada, un poco a la docencia, a más ramas de la Criminalística, otro poco a la prevención, entre otras. La visión se ha mantenido amplia, pero solo la visión, se está en una constante espera de que ese gran cambio algún día ocurra, en el que todo mejore para éste. Se habla en diversos foros (clases, congresos, diplomados, cursos, seminarios, coloquios) sobre cuáles “deben” ser los alcances de la profesión: Desde direcciones generales de diversas dependencias y tareas legislativas, y demás cargos en orden jerárquico de alto nivel, pero éstas funciones no se han visto crecer: Las llevan a cabo algunos, que luego de un gran esfuerzo en la mayoría de los casos, comienzan a distanciarse del resto; es decir, no se logra una integración de otros como la común labor política: El que viene abajo va ir ascendiendo-, en consecuencia, cuando algún criminólogo-criminalista logra un nivel alto, el resto que siguen abajo, esperan de éste “todo” y se convierte en algunas vertientes: 1) el Salvador (del que se espera algún día lo logre), o 2) el que lo logró, pero lo que hizo no sirvió. La Criminología-Criminalística se ha bañado en un discurso a veces patológico de: La interdisciplina, de la cual se abusa durante la licenciatura (se refuerza en el posgrado) y se olvida en los egresados, no se logra esa conjunción de ideas multifuncionales, por el contrario, se limita hasta llegar al grado de ejercer muy delimitadas labores: 1) administración de justicia (forenses); 2) seguridad pública (policía, prevención, cárcel), y 3) seguridad privada. Parecería que durante su formación se le enseñaron los elementos (materias -ciencias) de forma aislada sin una integra-

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA

ción global de una con otra; es decir, se enseña Demografía General, Estadística General, Sociología General, y aunque, por nombre llevan la mayoría: Demografía Criminológica, Estadística Criminológica, Sociología Criminológica, etcétera, no se ha logrado crear y/o sistematizar un cuerpo de conocimientos estrechamente relacionados con la criminalidad -cabe aclarar que grandes desarrollos generales que aparecen en los libros, concluyen en breves relaciones con lo criminológico-; por ejemplo: Cuando se quiere explicar la criminalidad desde un enfoque sociológico o psicológico, se consultan (revisiones teóricas) las teorías sociológicas o psicológicas de la criminalidad, y no las teorías criminológicas con carga psicológica o las teorías criminológicas con enfoque sociológico, más en concreto: Se desarrolla y crea conocimiento aislado, pero no por parte de los criminólogos-criminalistas, sino por parte de los periodistas, comunicólogos, militares, médicos, psicólogos, juristas, trabajadores sociales, entre otros, curiosamente, se ven más publicaciones al tema de la criminalidad realizada por los anteriores profesionistas que por los mismos criminólogoscriminalistas. El sentido de la interdisciplina es: “Unión” y “creación”, de no ser así, entonces sería multisdiciplina, por ejemplo: Ingeniería-Derecho, Arquitectura-Biología, Robótica-Piscología, aunque cabe aclarar que por distantes que pudieran llegar a verse algunas ciencias o áreas, hay algún momento donde hay convergencia. Se ha mencionado del uso de los conocimientos que aporta cada una de las ciencias que forman a la CriminologíaCriminalística (y lo mismo pasa con otras profesión, como la Contabilidad, Trabajo Social, Física, etcétera), debe generar un producto que se expresará en saber y saber hacer, pero contrario a esta esperanza, se ha hecho lo contrario: Saben, se cree poder hacer y se hace nada más allá de lo común, éste profesionista se ha encasillado en lo mismo antes mencionado. La visión del criminólogo-

criminalista (los estudiantes de primeros cursos tienen el impulso, pero que con el tiempo lo tienen que desplazar a consecuencia del sistema hundido en la mediocridad del que se ve envuelto) es de tener acción en las áreas de los Derechos Humanos, academia, desarrollo social, prevención del delito, readaptación, cooperación internacional, pobreza, migración, recursos humanos, diseño urbano, seguridad escolar, prevención de adicciones, tratamiento a víctimas, defensa nacional, así como los cargos que hasta la fecha son por ley ocupados por juristas o en su gran defecto por el amigo del político en turno: Procurador, subprocurador, agente del ministerio público, director de servicios periciales, policía, prevención, penitenciarias, desarrollo urbano, asuntos de migración, legislador, asesor de seguridad, diseñador de programas, diseñador de políticas públicas o privadas, entre tantos...: Donde el criminólogocriminalista se ha visualizado. Sobre ello hay que hacer hincapié que este alcance difícilmente se verá logrado sin un cuerpo de conocimientos que digan qué se puede hacer (teorías) sobre los hechos, por lo regular, se suele redactar un documento que soporte e indique qué es lo que se debe hacer; por ejemplo: Leyes, reglamentos y otros instrumentos jurídicos nacionales e internacionales indican cuáles son las funciones de los agentes especializados en determinada área, sus facultades, obligaciones y responsabilidades, también algo muy importante es que indican la profesión de la cual debe ser el agente encargado de dicha actividad. Por lo anterior, urge la sistematización por escrito de cuáles son los alcances, para dicho documento elevarlo al rango de ley que indique que el criminólogo-criminalista será el encargado de desarrollar las actividades que ya todos conocen o imaginan, pero ahora de una manera formal, legal y sustentada por otro conjunto de desarrolladores que afiancen dichas funciones, se requieren más re-

https://www.facebook.com/revista.temas

83

TEMA’S

presentantes, más creadores, no solo unos cuantos. Los médicos, psicólogos, juristas y otros crean asociaciones que representan los intereses de éstas profesiones y logran tener impacto en el desarrollo de los instrumentos jurídicos que avalen su función y en muchas ocasiones, se colocan en el nivel de consulta para la articulación de leyes, políticas, programas y demás. Hacen falta productores de conocimiento que fortalezcan a la ciencia, esta profesión cayó en una reproducción constante de lo aprendido en el aula y replicado en el campo laboral, pero dicha reproducción con nuevos elementos y variantes, no retorno al aula para la actualización, ni trascendió de la oficina de trabajo a la legislación. Desorientación profesional (Ética criminológica-criminalística)

{ Opinión }

Muchos egresados del bachillerato, ingresan a la carrera por el motivo de la aberración a las Matemáticas y con un fuerte morbo hacía las armas, muertos, policías, autoridad, etcétera, muy pocos con sentido humanista, difícilmente logran darse cuenta de la enorme responsabilidad social que tendrán al ocupar en sus manos la administración y procuración de justicia, paz social y rehabilitación criminal, y peor cuando no se los dan a conocer (esto obligaría a las escuelas a la aplicación de exámenes de admisión con resultados tajantes y no laxos por la ambición económica). El aspirante a la carrera busca opciones escolares que le atraigan, y la oferta educativa enganchadora es: Lo forense-criminal, por el lado laboral del que muy pocos se preocupan cuando van ingresando, se ofrece sencillamente: Seguridad privada, seguridad pública, dependencias de justicia, lo cual no da claridad al aspirante pues en el caso de que sean jóvenes, aun no logran comprender de qué se tratan éstas. Urge una materia de ética del ejercicio profesional (Ética criminológica-criminalística) y orientación vocacional, que haga ver en el alumno lo que es y no es la CriminologíaCriminalística y cuál es su obligación social. Otro problema de ética criminológicacriminalística es el morbo y discriminación de objetos-sujetos de estudio, por ejemplo: El pandillerismo, homosexualidad, migración, Derechos Humanos, ciencia, prostitución, o una fascinación por los muertos, descuartizados, heridos. En el primer caso, pseudocriminólogos con delirio de grandeza discriminan al por mayor fenómenos de estudio, despreciándolos o no contemplándolos, ni para involucrase directa o indirectamente. En el caso de pseudocriminalistas con deseo expreso de ver sangre, muertos, descuartizados y en general buscar las circunstancias más grotescas, habría que preguntarse si lo mismo gozarían al ver a sus familiares luego de una violación, tortura, mutilación, etcétera,

84

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA

y peor la situación cuando en clase o conferencia surge la pregunta bizarra: “¿Les dio hambre al ver las carnitas de los muertos?” Y a continuación las risas.

Árbol de problema Para mostrar dicha problemática se hará uso del árbol de problema (Ortegón, Pacheco y Roura, 2005, p. 14), técnica útil para la síntesis y de referencia pronta para la observación de las causas y efectos del mismo, sobre los cuales se puede trabajar en los objetivos que se busca lograr. Sintetizando los problemas antes mostrados: 7. ANÁLISIS DE LA EVOLUCIÓN DE LA CRIMINOLOGÍA: LLEGANDO A LA ESPE-

CIALIZACIÓN Indudable que el más comercial investigador en Criminología (a continuación de Alfonso Quiroz Cuarón) de los 70’s, 80’s, 90’s y primer década del 2000 (40 años...), ha sido Luis Rodríguez Manzanera, siendo él, formador de muchos ahora ya criminólogos y criminalistas de licenciatura y maestría, él mismo motivó la creación de este apartado de Criminologías Especializadas. En su libro Criminología (Rodríguez Manzanera, 2003, pp. 59 y 60) trata de la síntesis criminológica, haciendo referencia a la Criminología Antropológica, Criminología Psicológica, Criminología Sociológica, entre otras, y destaca que en ciertos países la tendencia es variada, en algunos biológica como en Italia y en otros sociológica como en Estados Unidos de América, de ello, se hace notar que en Méxi-

Figura. Árbol de problema. Hikal, Wael, 2012. https://www.facebook.com/revista.temas

85

TEMA’S

co (como se señaló anteriormente), la tendencia es sintética-estática. La criminalidad que actualmente tiene el mundo entero, exige nuevos conocimientos que den forma a las leyes y políticas públicas para tratar y prevenir el delito, además de reformar los sistemas académicos en las escuelas. De lo anterior, es la necesidad del análisis y desarrollo del presente y las Criminologías propuestas, para que se desplieguen, modifiquen y mejoren a través del ejercicio filosófico, académico y científico. Las Criminologías Especializadas están compuestas por el cuerpo de conocimientos especializados en algún área “específica” de la criminalidad, pretende trascender de la generalidad y amontonamiento de objetossujetos de estudio de una sola Criminología General (y sus operadores) y busca la creación de monografías sobre temas de interés, pero también incluyendo el qué hacer del criminólogo en esa área especializada, a fin de crecer académicamente y superar la teoría del caos criminológico. No se trata de creaciones impulsivas y sin orden, sino bajo un régimen analítico y progresista. A todo esto se le ha de nombrar como la “Escuela de la NeoCriminología” o “Escuela de la Criminología Contemporánea” (Hkal, Romero Muñoz, Monroy Ojeda y Pérez Tolentino, 2013).

86

{ Opinión }

de criminólogos, neocriminólogos que den nacimiento a la especialización y las áreas por aplicar el ejercicio profesional.

7.1. Criminólogos especializados: Un futuro por desarrollar A la Criminología General se le atribuyen los siguientes objetivos, siguiendo el concepto de Antonio García-Pablos De Molina (2005, p. 19): Personalidad antisocial, control social, prevención, desarrollo científico, criminogénesis, criminodinámica, etiología biopsicosocial, prevención del delito y tratamiento del delincuente. Y en sí, la mayoría de los conceptos (por muy sintético que sea en las palabras) de Criminología suelen ser de amplia visión. Nótese lo anterior que apunta hacía diversos sujetos-objetos de estudio, lo cual si se contextualiza como ciencia en general, permite lograr visualizar dichos, pero a nivel profesionista o el que ejerce tal, no podría ejecutar todas estas labores, aunado a ello, el criminólogo-criminalista no se ocupa del área académica, es decir, no hay desarrollo científico, la concentración es de la acción hacía el ejercicio profesional fuera de la escuela.

Logrado lo anterior, podrá tratarse de una Criminología Sistemática y no la común Criminología General, que en realidad, es el producto derivado y sintetizado de muchas otras ciencias más. Si bien, es claro, que muchas profesiones, ciencias y disciplinas nacen de la síntesis de otras, hay algunas que tienen la capacidad de independizarse y comenzar a crear conocimientos propios y cimientos que dan lugar a algo innovador, así ha ocurrido con otras y tal vez ese sería el triunfo de la Filosofía: Crear más conocimiento, aplicable y comprobable, además de creciente.

De lo anterior: El criminólogo no puede más ser el “todólogo” como hasta la fecha ocurre, por muy capacitado que se esté o por muchas buenas calificaciones que cargue en su currículo de materias, no puede existir el criminólogo que se desempeñe cómo preventólogo, clínico, diagnosticador, rehabilitador, politólogo, de menores, de crimen organizado, de seguridad pública, de inteligencia, poligrafista, de Derechos Humanos, ambientalista, escolar, académico. Considerando que ya de por sí es lamentable el bajo nivel profesional que presentan algunos criminólogos, incapaces de sustentar teorías frente a otros profesionistas.

Todo ello, corresponde a una nueva serie

Véase en otras profesiones como el Dere-

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA

cho, no hay juristas penalistas, ambientalistas, fiscalistas, mercantilistas, laboristas, militares, aduaneros, electorales, constitucionalista, familiar, entre otros, sino que cada uno se va especializando en el área de interés. La Medicina, no hay médicos “todólogos” ginecólogos, pediatras, cardiólogos, psiquiatras, urólogo, anestesiólogo, de urgencias, internista, patólogo, etcétera. Y finalmente, tampoco hay psicólogos de acción múltiple en el área educativa, social, laboral, infantil, psicoanalítica, conductual, entre otros. De existir así, sería un “súper profesionista” (comúnmente aquellos que llevan largos años en el estudio y de edad avanzada).

7.2. Las Criminologías Específicas Recientemente en México Octavio Alberto Orellana Wiarco (2011) hace mención en su libro: Criminologia. Moderna y contemporánea, una breve mención de lo que éste interpreta equívocamente como diferentes Criminologías y no percibe la Criminologías Específicas como una unida. Por otra parte, Erik Gómez Tagle (2013) desarrolla también la tendencia de estas Criminologías Especializadas, pero a nivel local en una región del Estado de Puebla, con pequeñas menciones a través de conferencias y artículos.

Criminología de Consejería Social Criminología Laboral Criminología de la Salud Criminología del Desarrollo Criminología del Arte Criminología Informática Criminología Biológica Filosofía Criminológica

Previamente otros autores han hecho mención de las Criminologías Específicas: Alfredo Nicéforo, Hanz Von Henting, Raúl Zaffaroni, Luis Rodríguez Manzanera, Octavio Orellana Wiarco, entre otros, los primeros se referían a las áreas previamente listadas, mientras que los últimos, a repetir la clasificación de Manuel López Rey Y Arrojo: Criminología

En el 2005 se registró legalmente ante el Instituto Nacional de Derechos de Autor de la Secretaría de Educación Pública, la primera obra que contenía las siguientes Criminologías Específicas: Criminología Social Criminología Demográfica Criminología Ambiental Criminología Transcultural Criminología Familiar Criminología Educativa

https://www.facebook.com/revista.temas

87

TEMA’S

Académica, Criminología Científica, Criminología Aplicada y Criminología Analítica. Roberto García Tocavén desarrolló la obra: Criminología infanto-juvenil, Osvaldo Tieghi: Reflexología criminal, Luis Jiménez De Asúa: Psicoanálisis criminal. José Adolfo Reyes Calderón, en su obra mexicana: Tratado de Criminología, incluye al final en un glosario diversas Criminologías Específicas, asimismo, en su Diccionario de Criminología (Guatemala). Posteriormente una serie de libros comienzan a publicarse con títulos y contenidos de Criminologías Específicas, en: Introducción al estudio de la Criminología (Hikal, 1ª ed. 2009, 2ª ed. 2011 y 3ª ed. 2013) se muestran renovadamente las Criminologías listadas con anterioridad, además de dos capítulos titulados: “Criminología infanto-juvenil” y “Criminología de las conductas adictivas”. Además de Criminología de los Derechos Humanos (Hikal, 1ª ed. 2010 y 2ª ed. 2013), Criminología psicológica (Hikal, 1ª ed. 2009, 2ª ed. 2011 y 3ª ed. 2013) y Criminología etiológica-multifactorial (Hikal, 1ª ed. 2012). En la obra: Redefiniendo a la Criminología Académica. Hacía una Pedagogía Criminológica (Hikal, Romero Muñoz, Monroy Ojeda y Pérez Tolentino, 2013) se incluyen las siguientes: Filosofía criminológica y Epistemología criminológica Criminología victimológica Criminología de la personalidad Criminología conductual Criminología de las conductas adictivas

{ Opinión }

Criminología radical Criminología forense Criminología sintética Criminología etiológica-multifactorial Criminología unitaria Criminología social Criminología demográfica Criminología ambiental Criminología transcultural Criminología familiar Criminología educativa Criminología de consejería social Criminología de la salud Criminología laboral Criminología del desarrollo Criminología del arte Criminología informática Criminología biológica Criminología del deporte Criminología espacial Criminalística espacial Criminología penitenciaria Criminología jurídica penal

Criminología infanto-juvenil Criminología comparada Criminología de la reacción social Criminología de la paz

88

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA

Criminología de los derechos humanos Criminología femenil

• Eskridge, C. (2014). “El estado actual de la Criminología”. Archivos de Criminología, Seguridad Privada y Criminalística. México: Sociedad Mexicana de Crimiología capítulo Nuevo León. • García-Pablos De Molina, A. (1996). Criminología. España: Tirant lo Blanch.

Criminología psiquiátrica

CONCLUSIONES Los intelectuales tienen el poder de las ideas, la política obedece a un tiempo muy fugaz, las teorías no suelen ser eternas: Se construyen y reconstruyen, pero perduran más. El desarrollo de una teoría no es responsabilidad total del autor, en este caso, los seguidores o continuadores, incluso los contrarios a éste deben y pueden modificarla, corregirla o aumentarla, así como divulgar otro orden de ideas y no esperar a que el creador de ésta haga todo, pues con ello se cae nuevamente a que: Todo se puede mejorar, pero que lo haga alguien más… ¡Todo!. Así, las bases de una ¿Nueva ciencia? Hipótesis de trabajo o propuesta, no se puede sostener en uno, dos, tres o cuatro autores… Se debe especializar la Criminología, dando bases en lo que otras disciplinas han hecho, para poco a poco lograr un conocimiento propio y un cuerpo de conocimientos sólidos y no vagos o dispersos. También atendiendo a los fines aplicativos del conocimiento, con objetividad y muy importante: Sin afán de fama, lucro, histrionismo, poder, dinero, en lo que lamentablemente muchos clásicos y contemporáneos autodenominados criminólogos y criminólogos-criminalistas de licenciatura han caído.

• Goethals, J. (2007). International annals of Criminology, vol. 45, International Society of Criminology, Francia. • Hikal, W. (2013). Introducción al estudio de la Criminología. México: Porrúa. • ______ (2013). Criminología de los Derechos Humanos. México: Porrúa. • ______ (2013). Criminología psicológica. México: Porrúa. • Hikal, W., Romero Muñoz, R., Monroy Ojeda, C. y Pérez Tolentino, J. A. (2013). Redefiniendo a la Criminología Académica. México: Flores editor y distribuidor. • Hikal, W. (2010). “Las miserias de la Criminología”. Derecho y cambio social, núm 22, año VII, Perú. • Jiménez Martínez, J. (2009). Las ciencias penales en México. México: Ubijus. • Kisnerman, N. (1998). Pensar el Trabajo Social. Una introducción desde el construccionismo. Argentina: Lumen Humanitas. • Lamnek, S. (2006). Teorías de la criminalidad: Una orientación crítica. México: Siglo Veintiuno. • Montiel Sosa, J. (2012). “Conversaciones”, México. • Ordaz Hernández, D. y Cunjama López, E.D. (coords.) (2011). Criminología Reflexiva. México: Ubijus. • Ortegón, E., Pacheco, J.F. y Roura, H. (2005). Metodología general de identificación. Chile: Instituto Latinoamericano y del Caribe de Planificación Económica y Social. • Parmelee, M. (1925). Criminología. España: REUS. • Pérez Ángeles, J.M. (2011). “Conversaciones”. México. • Quiroz Cuarón, A. (1999). Medicina Forense. México: Porrúa. • Rodríguez Manzanera, L. Criminología. México: Porrúa.

BIBLIOGRAFÍA • Benavides, J.A. (2009). El arte del interrogatorio científico. México: Ubijus. • Carbonell, M. (2011). La enseñanza del Derecho. México: Porrúa y Universidad Nacional Autónoma de México. • Carlos E. (coord.) (1996). Criminología Latinoamericana (Parte primera). Argentina: Universidad.

• Sagan, C. (2004). Cosmos. México: Planeta. • Silva Rodríguez, A. (2003). Criminología y conducta antisocial. México: Pax. • Tieghi, O.N. (2004). Criminalidad. Ciencia, Filosofía y prevención. Argentina: Universidad. • Zaffaroni (2003). Criminología. Argentina: Temis.

https://www.facebook.com/revista.temas

89

{ Noticias Universitarias }

TEMA’S

Cultura institucional y violencia en las escuelas Una investigación interpreta cómo influyen las relaciones entre la escuela y las familias en la violencia entre pares y estudia de qué forma interviene la “cultura institucional”. Con este fin los especialistas analizan la estructura edilicia, las estrategias para mantener, retener o disminuir la matrícula escolar y los vínculos de las escuelas con la comunidad. Universidad Nacional de Rosario 04 de Noviembre de 2013 - Ciencias Sociales

La autora del proyecto, Leticia Muné, del Consejo de Investigaciones de la Universidad Nacional de Rosario, concibe a la violencia como efecto de una fragmentación generalizada del lazo social que tiene como uno de sus posibles escenarios la escuela. “Las características de las instituciones, los modos de relación de sus miembros, su intercambio con la comunidad, las reglas para su funcionamiento, es decir, los aspectos que conforman la cultura institucional de cada escuela, hacen que la violencia se presente de modos diversos”, afirma la psicóloga y aclara: “La cultura de cada escuela no determina la violencia, pero sí influye en sus modos de presentación”.

El trabajo incluyó entrevistas semiestructuradas a docentes de distintos cargos, observaciones de clases, reuniones plenarias y de padres y grupos focales con alumnos de segundo año de tres escuelas públicas del gran Rosario. Las instituciones que formaron parte del estudio pertenecen a municipios de diferente magnitud, con poblaciones heterogéneas entre sí. La primera es una escuela técnica de una ciudad cercana a Rosario, cuya población es de 45.000 habitantes. La segunda es la única escuela secundaria pública de una ciudad formada por 15.000 personas. La tercera es la única escuela media de un pueblo de 3.000 habitantes. Para analizar la influencia de la cultura institucional sobre los modos de socialización y las características de emergencia de la violencia en las tres escuelas, se identifican tres aspectos estructurales y dinámicos de las organizaciones escolares: la estructura edilicia, las estrategias para mantener, retener o disminuir la matrícula escolar y los vínculos con la comunidad. Los hallazgos del trabajo indican que “la conexión empática del adulto para con el joven, necesaria para sofrenar culturalmente las manifestaciones de la agresividad pulsional, está sobrede-

Noticias universitarias de dominio público. Para saber más puedes consultar la fuente http://argentinainvestiga.edu.ar/

90

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

NOTICIAS

terminada por la cultura institucional de cada escuela que inventa y reinventa estrategias de abordaje de la violencia social”. El estado edilicio de las escuelas marca el vínculo con la comunidad y está determinado por el intento de retención o disminución de la matrícula escolar, según expone el informe. De las escuelas estudiadas, “la puerta de la técnica sólo se abre para quienes tocan timbre, para quienes tienen buenos modales, condiciones de civilización que parecen buscarse en el control de la matrícula escolar y en el fuerte disciplinamiento y cuidado de la imagen institucional”, explica a Argentina Investiga Muné. En consonancia, “la violencia, siempre entre pares, sucede afuera”. En cuanto a la puerta de la escuela del pueblo “la abren quienes la conocen, quienes son “de la casa” y “en casa”, los adultos se resisten a que los chicos se vayan, cuestión que éstos no sólo vislumbran, sino de la que usan y abusan, siendo fenómenos usuales la violencia física y simbólica dirigida al edificio escolar. En el colegio de la ciudad portuaria, “la posibilidad de control de las entradas o salidas se produce sólo en el cambio de turno, lo cual muestra la estigmatización y discriminación hacia la cultura

del pueblo y, particularmente, de los alumnos del turno tarde”, comenta la psicóloga. De esta forma “la violencia emerge como afrentas y amenazas a los profesores”. Secretaría de comunicación y medios Universidad Nacional de Rosario Santa Fe - Argentina

Para saber más: http://argentinainvestiga.edu.ar/noticia.php? titulo=cultura_institucional_y_violencia_en_las_escuelas&id=1990

TEMA’S Revista Digital de Criminología y Seguridad

https://www.facebook.com/revista.temas

91

{ Noticias Universitarias }

TEMA’S

Los desafíos de la oralidad en el sistema judicial El nuevo sistema acusatorio que prevé el Código de Procedimientos se está implementando en la provincia de Santa Fe por etapas. La modificación del sistema inquisitivo escrito de enjuiciamiento penal al sistema acusatorio oral es el objeto de una investigación que analiza las ventajas de su uso y la necesidad de capacitación de los profesionales. Universidad Nacional de Rosario 07 de Octubre de 2013 - Ciencias Sociales

Investigadores de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario abordan el nuevo sistema acusatorio oral que comenzó a implementarse en la provincia de Santa Fe. La necesidad de capacitación y el cambio en las currículas de la carrera de Abogacía son algunas de las conclusiones de este estudio. “Trabajamos los desafíos de la oralidad al interior del sistema judicial y su repercusión en la sociedad”, contó a Argentina Investiga la co-directora del proyecto, Graciela Álvarez, quien trabaja desde 2010 con un equipo de investigadores entre las que se encuentran las abogadas María Zanetti y María Cecilia Bruno. El trabajo del equipo se centró en visualizar los problemas con

los que se enfrentan los operadores jurídicos a la hora de un juicio oral. Para ello, participaron como observadores en diferentes juicios que se llevaron adelante en la ciudad y registraron y evaluaron el desempeño de los jueces, abogados defensores, fiscales -tanto los integrantes de la administración de justicia como el abogado litigante profesional- y analizaron cuáles eran las dificultades que presenta una litigación oral. También, realizaron entrevistas semiestructuradas a funcionarios del Poder Judicial que están participando del nuevo sistema con el fin de indagar en la preparación para afrontar este nuevo procedimiento. “Hay un retorno a la oralidad porque si pensamos a lo largo de la historia y en nuestra tradición occidental los primeros juicios eran orales, con tribunales populares, pensemos en la polis griega y en Roma”, contó Álvarez. El nuevo Código Procesal implica un cambio de paradigma donde la oralidad es fundamental. “La escritura y la oralidad son dos modalidades totalmente distintas de materialización de los discursos. En el discurso oral, por ejemplo, las objeciones se plantean en el momento. Además, no se puede estar sujeto a un pliego de preguntas como en el proceso escrito en los exámenes y contra exámenes de testigos y peritos. En el jui-

Noticias universitarias de dominio público. Para saber más puedes consultar la fuente http://argentinainvestiga.edu.ar/

92

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

NOTICIAS

cio escrito hay un listado de preguntas y se responde a eso. Ahora la prueba se produce en el acto, entonces en el sistema acusatorio es necesaria una flexibilidad para repreguntar, para plantear las objeciones”, expresó Álvarez, quien reconoció que no es lo mismo una contestación de demanda escrita que la inmediatez que produce la oralidad. “Hay que preparar una teoría del caso, hay que plantearse de antemano cuáles serían las objeciones que podría presentar la otra parte”, remarcó. Además, detallaron las investigadoras, el juicio oral permite una economía en cuanto a la producción de las pruebas y discursos. “Si la fiscalía y la defensa están de acuerdo en que hubo un asesinato, que alguien murió es redundante citar al médico forense, es decir, hay que centrarse en quién cometió el crimen; sitúo la prueba en lo que no está demostrado y quiero probar”, sostuvieron. La necesidad de entrenamiento y capacitación en esta temática es una de las conclusiones a las que arribaron las investigadoras. “Hubo muchas ofertas de cursos de litigación, pero el inconveniente que vemos es que esta capacitación no fue obligatoria para los operadores que ya venían en el sistema”, detallaron. También, aclararon una diferencia con los nuevos seleccionados en el siste-

ma judicial. “El caso de los nuevos operadores que han tenido que pasar por un proceso de concurso y han sido seleccionados para incorporarse al nuevo sistema es distinto ya que tuvieron acceso a formación”. Tanto los jueces como los abogados y fiscales entrevistados para la investigación coinciden en que la característica fundamental que debe tener una capacitación es la centrada en la práctica. “Los operadores nos dicen que la capacitación no debe centrarse en teoría ya que lo que necesitan es práctica, práctica de los alegatos, de los exámenes de testigos, de contra examen, de poner en juego las particularidades del discurso oral. Bibliografía hay mucha, de experiencias en Colombia, en Chile, en Panamá; la cuestión no es aprender la teoría sino la práctica, encontrarse en situaciones reales”, sostuvieron las investigadoras. A la hora de hablar sobre los beneficios de este sistema, las investigadoras coinciden en los aspectos positivos, tanto en economía como inmediatez, celeridad y garantía procesal. Sin embargo, pese a las ventajas hay quienes se resisten. “Así como hay operadores del derecho que se resisten a la introducción de las nuevas tecnologías como puede ser la computadora, también en esta reforma hay muchos ope-

https://www.facebook.com/revista.temas

93

TEMA’S

{ Noticias Universitarias }

radores apegados al sistema anterior y que tienen cierta resistencia”, señaló Zanetti.

contestación de demanda que pertenece a la fase escrita y después ganaron la fase oral en 2010, en la Universidad del Rosario del Bogotá en Colombia, entre 22 universidades de América latina y la American University de Washington”, señaló Álvarez. Además, en la competencia del año pasado en Washington, participaron 50 universidades de América latina, Estados Unidos, Francia y España y la Facultad quedó en quinto lugar.

La ventaja de la oralidad permite a los jueces evidenciar datos que la parte escrita deja de lado. En referencia a esto, Bruno remarcó: “ No es lo mismo que un juez evalúe lo que dice el testigo después de que se tomó una declaración por escrito, es decir, a través de la lectura de un expediente, que evaluar esas pruebas mientras lo está diciendo, sus actitudes, lo paralingüístico, si está nervioso, etcétera”.

El nuevo sistema acusatorio que prevé el Código de Procedimientos se está implementando en la provincia por etapas y aún faltan recursos tanto materiales como humanos. No obstante, las investigadoras resaltan las bondades del sistema oral y las ventajas que trae aparejado su uso. “La oralidad ha llegado al campo del derecho para quedarse”, concluyeron. Y bienvenido que así sea. El equipo de investigadores que lleva adelante este proyecto está integrado también por la doctora Susana Frutos (codirectora), los doctores Gustavo Nadalini, Mauricio Manchado, Guillermo Beltramone, María Karina Arreche, Natalia Carrizo y las licenciadas Mabel Tuccio y María Lorena Narciso.

Para las investigadoras es fundamental comenzar con la capacitación oral durante la carrera. “Pensamos que tiene que haber un cambio de mentalidad en las currículas de las carreras de Derecho y que la oralidad tendría que ser algo que la atravesara en forma transversal. En la Universidad tenemos que hacernos cargo de capacitar a los futuros egresados en el discurso oral durante el recorrido de la carrera, no es suficiente ni al principio ni sólo al final”, sostuvieron. Desde 2009, las investigadoras docentes de la Facultad preparan a los alumnos para las competencias internacionales de arbitraje comercial internacional. “Nuestros alumnos han ganado varios premios, uno a la mejor

Secretaría de comunicación y medios Universidad Nacional de Rosario Santa Fe - Argentina

Para saber más: http://argentinainvestiga.edu.ar/noticia.php? titulo=los_desafios_de_la_oralidad_en_el_sistema_judicial&id=1923

94

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

PUBLIQUE SUS TRABAJOS EN TEMA’S Nuestro propósito con esta publicación es difundir información, artículos e investigaciones, dado muchas veces, la ausencia de un medio idóneo para hacerlo. Puede hacernos llegar su trabajo, artículo, monografía, investigación, etc. en formato Word a nuestro mail: [email protected]

https://www.facebook.com/revista.temas Todos los números en: http://es.calameo.com/accounts/1340735

95

REVISTA DIGITAL DE

El tratamiento de la no discriminación en base a la orientación sexual y la identidad de género en el marco del sistema regional y universal de protección del Derecho Internacional de los Derechos Humanos Por la Dra. Patricia A. Taus (Argentina—USA)

Patricia A. Taus es abogada con orientación en Derecho Penal. Egresada con Diploma de Honor de la Universidad de Bs. As. como Licenciada en Ciencia Política con orientación en Relaciones Internacionales. Diplomada en Estudios Avanzados en DD. HH. y D. Internacional Humanitario (American University Washington College of Law and Netherlands Institute Of Human Rights), Coautora de varios libros de derecho. Docente de la Escuela de Posgrado del CPACF-Universidad CAECE en las diplomaturas universitarias en Seguridad Humana y Derecho Penitenciario.

96

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

P

odemos encontrar la génesis de la violencia de género en los roles y estereotipos sociales impuestos por los preceptos patriarcales que han consolidado el paternalismo religioso-filosófico que se instauran en occidente a fines del SVIII y principios del SXIX (merced existir desde antaño en oriente). En el seno de esta cultura, tanto las personas LGTB (Lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero) como las mujeres y niñas suelen ser sujetos discriminados y carentes de igualdad en cuanto a derechos y obligaciones. Sin embargo, me avocare al estudio de las primeras. En el contexto de la segunda post guerra mundial dentro del sistema de derechos de los Estados, convergen, en retroalimentación recíproca, el derecho interno y el derecho externo estableciendo un nuevo orden jurídico supranacional: el derecho internacional de los derechos humanos. Al principio de reciprocidad se le suma el de irreversibilidad con la consecuente responsabilidad de los Estados Miembros ante los incumplimientos de las estipulaciones de la normativa supranacional. Es dable destacar que, en los países occidentales, las mayores modificaciones legales respecto de la homosexualidad se producen a partir de la década de 1970 dentro de la lucha por la defensa de las libertades civiles que se produce en los Estados Unidos de América y en el “Mayo Francés” de 1968. Asimismo, la consecución de la igualdad, de derecho y de hecho, para las personas homosexuales se encuentra emparentada con otras reivindicaciones igualitarias, como las luchas feministas o las luchas contra la discriminación racial. En este orden de ideas, la revuelta de los clientes del Stonewall, en Manhattan (USA), el 27 de junio de 1969 -contra una brutal operación policial- se considera un hito fundacional de la liberación homosexual que conlleva a la consolidación de distintas agrupaciones LGTB (lesbianas, gais, bisexuales y personas transgénero) con el objeto de promocionar la visibilidad de la homosexualidad, combatir la homofobia y exigir legislaciones igualitarias.

http://revista-temas.blogspot.com.ar/

97

TEMA’S

Dentro del sistema universal de desarrollo del derecho internacional de los derechos humanos, los principios de igualdad y no discriminación se plasman en la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948. Partiendo de estas premisas, tanto la Organización de las Naciones Unidas (en adelante ONU) como la Organización de Estados Americanos (en adelante OEA) han desarrollado organismos especializados en esta disciplina y han expedido una relevante cantidad de resoluciones dirigidas a llamar la atención de los Estados sobre sus deberes en esta materia. Asimismo, han impulsado la incorporación de un enfoque de género en la defensa de los derechos humanos dentro de sus

procesos de programación y acciones. Por esta razón, dentro del sistema universal y regional de Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la protección de las personas contra la violencia y la intimidación sobre la base de su orientación sexual e identidad de género no exige la creación de nuevos derechos específicos ni el establecimiento de nuevos estándares internacionales de derechos humanos que concedan derechos especiales a las personas LGBT. Las obligaciones que incumben a los Estados de proteger a las personas LGBT contra las violaciones de sus derechos humanos son vinculantes para todos los Estados Miembros –tanto de la ONU como de la OEA-, y se encuentran establecidas en las normas internacionales de derechos humanos con fundamento en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económi-

98

{ Artículo }

cos, Sociales y Culturales; la Declaración Americana de Derechos Humanos y demás Tratados Internacionales de Derechos Humanos, que estipulan que los Estados deben garantizar a “Toda persona los derechos y libertades proclamados en estos instrumentos -incluido el respeto al derecho a la vida, seguridad de la persona e intimidad, el derecho a estar libre de tortura, arresto y detención arbitrarios, a estar libre de discriminación y a la libertad de expresión, de asociación y de reunión pacífica- sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.” Merece ser puesto de resalto que la expresión “cualquier otra condición” hace referencia a la prohibición de discriminación en base a la orientación sexual e identidad de género. En este sentido, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas (1994) dictaminó que “la prohibición y consecuente penalización de los comportamientos homosexuales vulneraban los derechos a la privacidad y no discriminación”. De modo semejante, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (1994) ha afirmado que “la práctica de considerar la homosexualidad como un delito y encarcelar a las personas por su orientación sexual no se compadece con las disposiciones contenidas en varios artículos de la Convención Americana y debe en consecuencia ser modificada”.

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

DERECHOS HUMANOS

No obstante, la prohibición contra la discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género no se limita a las normas internacionales de derechos humanos, a saber: los tribunales locales en muchos países han decidido que ese tipo de discriminación infringe no solo el derecho internacional sino también sus normas constitucionales internas. El Consejo de Europa (2000), censura legalmente la discriminación por motivos de orientación sexual: Conforme el Apartado (1) del artículo 21 de «Derecho de no discriminación» de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea: “Se prohíbe toda discriminación, y en particular la ejercida por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual”. Este mismo documento, sin embargo, se establece que la legislación matrimonial es privativa de cada uno de los estados miembros. El Artículo noveno de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea reza: “Se garantizan el derecho a contraer matrimonio y el derecho a fundar una familia según las leyes nacionales que regulen su ejercicio”. Sumado a ello, documentos como los Principios de Yogyakarta (2007) y la Recomendación del Comité de Ministros del Consejo de Europa (2010) sobre medidas para combatir la discriminación con base en la orientación sexual y la identidad de género, incorporan útiles herramien-

tas de interpretación de los instrumentos de derechos humanos referidos a esta materia1. Específicamente, el primer documento mencionado establece valiosas definiciones: La orientación sexual indica la capacidad de cada persona de sentir atracción emocional, afectiva y sexual por personas de un género diferente al suyo, o a su mismo género o a más de un género. La identidad de género se refiere a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona lo siente, la cual podría corresponder o no al sexo asignado al momento del nacimiento. Incluye la vivencia personal del cuerpo (que podría involucrar la modificación de la apariencia o la función

corporal a través de medios quirúrgicos, médicos o de otra índole, siempre que la misma sea libremente escogida) y otras expresiones de género, incluyendo la vestimenta, el modo de hablar y los modales (Principios de Yogyakarta, 2007). Con el propósito de aclarar el concepto de identidad de género, la Comisión Internacional de Juristas (2009), sumo dos definiciones adicionales, a saber: •

Persona transgénero es aquella cuyo sentido de género –como la persona lo siente profundamen-

1.- Como, por ejemplo, la Jurisprudencial Annotations to the Yogyakarta Principles (2007, noviembre), Nottingham, Inglaterra, Reino Unido, University of Nottingham Human Rigths Law Centre, disponible en http:// www.yogyakartaprinciples.org/yogyakarta-principles-jurisprudential-

https://revista-temas.blogspot.com.ar

99

TEMA’S

te- es diferente de sus características físicas en el momento del nacimiento. Una persona puede ser transgénero de mujer a hombre o a la inversa. •

Persona transexual es la que ha experimentado alteraciones físicas u hormonales por medios quirúrgicos o terapéuticos con el propósito de asumir nuevas características físicas de género.

Así, las personas transgénero y transexuales pueden tener cualquier orientación sexual. Por otra parte, también Amnistía Internacional y Human Rights son organizaciones que bregan por la desaparición de la discriminación por motivos de orientación sexual o de género. Hace aproximadamente dos décadas que los organismos creados en virtud de tratados y los procedimientos especiales de la ONU dedicados a la materia han documentado violaciones de los derechos humanos de las personas LGBT y analizado el cumplimiento por parte de los Estados de las normas internacionales vigentes, acumulado numerosas prue-

100

{ Artículo }

bas que demuestran la manera en que esas personas son víctimas selectivas por razón de su orientación sexual o identidad de género y han dado a los Estados recomendaciones concretas. En 2008, en el seno de la ONU el gobierno de Francia solicitó que la homosexualidad fuera despenalizada a nivel mundial. La Resolución obtuvo el voto de sesenta y seis países a favor de la despenalización, entre otros, de todos los miembros de la Unión Europea, la mayoría de países de América Latina -entre ellos, Cubaademás de Japón, Israel, Australia y Nueva Zelanda. Sin embargo, el Vaticano y la Organización de la Conferencia Islámica se pronunciaron en contra mientras que Rusia y China no firmaron el acuerdo.

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

DERECHOS HUMANOS

Merced a existir en el Derecho Internacional un consenso de que el género es más que un concepto binario (masculino/femenino) e incluye la orientación sexual y la identidad de género; actualmente, el acto sexual consensuado entre adultos del mismo sexo constituye un delito en ochenta países del mundo. Esta cifra refleja que de los ciento noventa y tres Estados Miembros de la ONU, el 40% criminaliza la homosexualidad. Según Susana Font (2009), de acuerdo al tipo de penas aplicables a los homosexuales, los ochenta estados pueden ser dividirse en tres grupos: 1) En siete países donde se aplica la sharia, la comisión de este crimen conlleva la sanción de la pena de muerte, a saber: Arabia Saudí; Emiratos Árabes; Irán; Mauritania; Somalia; Sudán del Sur; y Yemen. Sumado a ello, Uganda, que paradójicamente es uno de los países más cristianos de África, estudia la posibilidad de modificar el Código Penal con el propósito de condenar a muerte a las personas homosexuales. 2) Otros, a pesar de presentar castigos menos drásticos para el mismo delito, muestran idéntica intolerancia ante la libertad de orientación sexual. La graduación de la pena varía entre meses de encarcelamiento hasta la prisión perpetua. Específicamente, ellos son: Argelia; Libia; Nigeria; Marruecos; Túnez; Gambia; Guinea; Senegal; Togo; Camerún; Santo Tomás y Príncipe; Burundi; Comoras; Yibuti; Eritrea; Etiopía; Mauricio; Uganda; Tanzania; Botsuana; Namibia; Bahréin; Kuwait; Líbano; Omán; Qatar; Siria; Afganistán; Bangladesh; Bhután;

Maldivas; Pakistán; Sri Lanka; Corea del Norte; Brunéi; Indonesia; Malasia; Myanmar; Papúa Nueva Guinea; Islas Salomón; y Samoa. 3) Finalmente, algunos imponen sanción de multa, trabajo forzado o deportación ante el comportamiento “delictuoso”, a saber: Angola; Antigua y Barbuda; Barbados; y Dominica. En ciertas regiones, los castigos solo se aplican a la homosexualidad masculina. Ellas son: Ghana; Sierra Leona; Kenia; Malaui; Seychelles; Zambia; Zimbabue; Lesoto; Suazilandia; Belice; Granada; Jamaica; San Cristóbal y Nieves; Santa Lucía; San Vicente y las Granadinas; Trinidad y Tobago; Guyana; Turkmenistán; Uzbekistán; Singapur; Kiribati; Nauru; Palaos; Islas Cook; Tonga; y Tuvalu. Se ha ocupado de esta problemática, entre otros temas, el documento elaborado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (febrero de 2013). De un análisis detallado respecto de la despenalización de la homosexualidad se desprenden las siguientes conclusiones: Todas las leyes que tipifican penalmente la homosexualidad dan lugar a varias infracciones separadas pero interconectadas: esas normas infringen tanto el derecho individual de estar libre de discriminación, consagrado en el artículo 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los tratados internacionales básicos de derechos humanos, como el derecho de estar protegido contra una injerencia irrazonable en la privacidad y contra la detención arbitraria, amparados por los artículos 12 y 9 de la Declaración Universal y los artículos 17 y 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Por ello, se vulneran las obligaciones que incumben al Estado en virtud del derecho internacional, incluidas las de proteger la privacidad individual y garantizar la no discriminación. Esa ha sido la posición uniforme de los expertos en derechos humanos de las Naciones Unidas, desde 1994, con posterioridad a que el Comité de Derechos Humanos decidiera en la causa “Toonen versus Australia” (1992). Es dable destacar que Toonen se refería a una impugnación a las leyes del estado australiano de Tasmania que tipificaban penalmente la conducta sexual consentida entre personas del mismo sexo. El Comité con-

https://www.facebook.com/revista.temas

101

TEMA’S

cluyó que, en virtud de lo establecido en el artículo 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, era “indiscutible que la actividad sexual consensual llevada a cabo en privado entre adultos queda incluida en el concepto de “vida privada”. La mera existencia de la ley penal “representa una injerencia continua y directa en la vida privada del autor, aun cuando la norma nunca se aplique”. Asimismo, el Comité en sus observaciones finales respecto de Etiopía (2011) manifestó: “No disipa las inquietudes del Comité la información ofrecida por el Estado parte de que la disposición en cuestión no se aplica en la práctica”. Las leyes que tipifican penalmente las relaciones consentidas entre adultos del mismo sexo suelen utilizar un lenguaje que se refiere a conceptos vagos e indefinidos, como “delitos contra el orden natural”, “moralidad” o “libertinaje”2. Sin embargo las diversas normas tienen como denominador común “el ser utilizadas para hostigar y enjuiciar a personas por su sexualidad o por identidad de género, sean reales o percibidas”.3 Otra preocupación que se plantea en el contexto de la tipificación penal de la conducta sexual entre personas del mismo sexo es el arresto y la detención con base en la orientación sexual. Tanto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos como la Declaración Universal de Derechos Humanos garantizan el derecho a estar libre de arresto o detención arbitrarios. En este sentido, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria ha sostenido uniformemente que la detención de una persona por su orientación sexual está prohibida por el derecho internacional. A modo de ejemplo, en 2002, el Grupo de Trabajo entendió en un caso relativo a 55 hombres arrestados en la discoteca de un buque fluvial del Nilo acusados de libertinaje y disenso social. El Grupo de Trabajo concluyó que “los arrestos con ese fundamento eran discriminatorios y violaban los artículos 2 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Ci-

{ Artículo }

viles y Políticos, por lo que la detención era arbitraria”.4 Sumado a ello, existen países que –con rigurosidad extrema- imponen la pena de muerte por la comisión de delitos relacionados con la homosexualidad. En ellos, además de violar los derechos a la privacidad y la no discriminación, con la imposición de la pena de muerte se da lugar a una infracción separada, con arreglo al artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Específicamente, el artículo 6 establece que en “los países que no hayan abolido la pena capital sólo podrá imponerse la pena de muerte por los más graves delitos”. Los delitos sexuales, incluida la conducta sexual entre personas del mismo sexo, no se pueden categorizar como “los más graves delitos”. En sucesivas resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos (antecesora del Consejo de Derechos Humanos) exhortó a los Estados a que “no se imponga la pena de muerte por actos no violentos como... las relaciones sexuales entre adultos que consienten en el acto”.5 Pese a que en algunos países se ha despenalizado la conducta sexual consentida entre adultos sigue habiendo diferencias en la edad de consentimiento para las relaciones homosexuales y heterosexuales. De modo que, los jóvenes que realicen conductas sexuales con personas del mismo sexo quizá enfrenten san-

2.- Véase A/HRC/10/21/Add.3, párr. 56 a 58. 3.- Esas leyes también se pueden ser utilizadas en actividades de “depuración étnica”. Véase, por ejemplo, E/CN.4/1995/111, párr. 49, y E/ CN.4/2005/7, párr. 71. 4.- Grupo de Trabajo sobre la detención arbitraria, Opinión No. 7/2002 relativa a Egipto (E/CN.4/2003/8/Add.1). 5.- Resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos (sobre la cuestión de la pena capital): E/CN.4/RES/2005/59, párr. 5; E/CN.4/ RES/2004/67, párr. 4; E/CN.4/RES/2003/67, párr. 4; E/CN.4/RES/2002/77, párr. 4.

102

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

DERECHOS HUMANOS

federal que se aplique a todo el país, en los Estados Unidos de América un matrimonio entre personas de un mismo sexo puede celebrarse en doce estados y en un distrito: Connecticut, Iowa, Delaware, Massachusetts, Maine, Maryland, Minnesota, New Hampshire, Vermont, Nueva York, Rhode Island, Washington y el Distrito de Columbia. Dentro de una lógica que brega por la igualdad de género, el Gobierno de Barack Obama ha pedido a la Corte Suprema que permita que el matrimonio homosexual vuelva a ser legal en California, al instarle a derogar la llamada Proposición 8, que prohíbe las bodas gay en ese estado. El Departamento de Justicia entregó a la Corte una opinión legal en la que consideraba inconstitucional la Ley de Defensa del Matrimonio (DOMA, por sus siglas en inglés) de 1996, que define el matrimonio como "la unión entre un hombre y una mujer". En el supuesto de que la Corte anule la Proposición 8, el matrimonio gay volverá a ser legal en California. Esta solicitud se une a la requerida, en 2010, donde un tribunal de apelaciones declaró inconstitucional la enmienda, por lo que sus defensores decidieron llevar el caso ante el Supremo Tribunal. Asimismo, en mayo de 2012 un tribunal de apelaciones de Boston (Massachusetts) declaró inconstitucional la ley federal que define el matrimonio únicamente como la unión entre un hombre y una mujer.

ciones penales, mientras que los que mantengan relaciones heterosexuales, no. Como han señalado los órganos creados en virtud de tratados, “la diferencia en la edad de consentimiento constituye discriminación basada en la orientación sexual”.6 Por otra parte, merced a que en los ciento trece Estados Miembros restantes de la ONU, la homosexualidad es legal, escasos países de este universo han adoptado normativa relativa a la igualdad de derechos de género y ausencia de discriminación, a modo de ejemplo: •

En países como Argentina, Bélgica, Holanda y Noruega, la justicia sanciona los actos de intolerancia u homofobia.



El matrimonio homosexual y la adopción de niños por parte de ellos/as es legal en catorce países: AArgentina; Brasil; Dinamarca; Sudáfrica; Canadá; Islandia; Noruega; Nueva Zelanda; Holanda; Suecia; Bélgica; Portugal; España; Uruguay. También se puede mencionar que en abril del 2013, Francia aprobó legalmente el matrimonio homosexual y la adopción por parte de parejas del mismo sexo. La ley, sin embargo, aún espera entrar en vigencia ante algunas trabas y por ahora se siguen realizando sólo uniones civiles.



Asimismo, existen países donde se acepta el casamiento homosexual solo en algunos sitios y no en todo el territorio. Tal es el caso de México, que lo permite dentro del Distrito Federal y Quintana Roo. Merced a no existir una ley

• ⇒

Diecinueve países poseen normativa referida a las uniones civiles o similares, a titulo ilustrativo: En Alemania, las parejas homosexuales pueden registrarse como parejas de hecho, pero no casarse, tras una legislación aprobada en agosto del 2001.

6.- Diferencias en la edad de consentimiento: Observaciones finales del Comité de los Derechos del Niño respecto de Chile (CRC/C/CHL/ CO/3), párr. 29; Isla de Man, Reino Unido (CRC/C/15/Add.134), párr. 22; Austria (CCPR/C/79/Add.103), párr.13.

https://www.facebook.com/revista.temas

103

TEMA’S

{ Artículo }

que allí es registrada". Esto implica que permite reconocer la identidad de género, tal como cada persona la siente" más allá del "sexo asignado al momento del nacimiento". También habilita a pedir la rectificación registral del sexo y el cambio de prenombre e imagen "cuando no coincidan con su identidad de género auto percibida, sin necesidad de ningún trámite judicial o administrativo". ⇒

Si bien el matrimonio homosexual no es legal en Colombia, sí existe un fallo de la Corte Constitucional que reconoce a los convivientes gay (dos o más años viviendo juntos) como "uniones de hecho", figura legal que antes existía sólo para heterosexuales.



En Austria, las parejas homosexuales no pueden casarse, pero pueden formalizar uniones civiles desde el 2010. Sin embargo, no tienen derecho a la adopción ni acceso a las técnicas de reproducción artificial.





A pesar de no ser un derecho reconocido por el Gobierno federal, siete estados de USA reconocen los matrimonios celebrados en otros estados pero los denominan unión civil o parejas de hecho: California, Colorado, Hawái, Illinois, Nevada, Nueva Jersey y Oregon. En varios estados existen leyes de identidad de género. En este sentido, estimo loable citar el caso Argentino, donde entró en vigor en junio del 2012, la ley 26.473 sobre "identidad de género”, que fue aprobada por el Congreso Nacional con 55 votos a favor, una abstención y ninguno en contra. Al tratarse de una ley nacional, tiene vigencia en todo el territorio y reza que: toda persona tiene derecho "al reconocimiento de su identidad de género; al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género y a ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los

Esta norma se presenta como de vanguardia legislativa debido a que se acerca a las estipulaciones de la Declaración de Yakarta (1997), sobre la Promoción de la Salud en el Siglo XXI, que fomenta la reducción de la inequidad en materia de salud y el respeto por los derechos humanos. “A diferencia de las legislaciones pioneras, como la española o la sueca, que son bastante restrictivas, la ley argentina despatologiza las identidades trans, además de desjudicializarlas, descriminalizarlas y desestigmatizarlas”.7 Merced a que, también Sudáfrica, Holanda, Italia, Alemania, Suiza, Nueva Zelanda, Australia, Turquía, algunos estados de Estados Unidos, Uruguay, Colombia, Bélgica, Finlandia y Canadá tienen leyes de identidad de género, todas estas legislaciones plantean restricciones para conceder gratuitamente, por ejemplo, una operación de reasignación sexual. En este sentido, el acceso pleno a la salud es otro de los logros de la ley, ya que obliga al sistema público y privado a proveer tratamientos hormonales y operaciones parciales o totales para desarrollar la identidad. Anteriormente, por ley, los

7.- El país: una norma de vanguardia”, 1º de mayo de 2012, disponible en www.pagina12.com.ar/.../193713-58965-2012-05-10

104

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

DERECHOS HUMANOS

médicos no podían hacer operaciones mutilantes sin autorización de un juez y éste solía pedir peritajes psicológicos, psiquiátricos, clínicos y también testigos. Esto implicaba que muchas personas que deseaban una reasignación sexual tuvieran que victimizarse. Otro inconveniente judicial que surgía en el caso de requerir un documento acorde con la identidad de género auto percibida era la lógica esterilizante. Por muchos años, cuando una persona trans exigía judicialmente su DNI tenía que cumplir el requisito de someterse a una operación de reasignación sexual. Y no es un fenómeno argentino ya que veintinueve países de la Europa tienen este requisito en la actualidad. La nueva ley sólo contempla la intervención judicial en el caso de personas menores de edad que deseen un nuevo DNI o realizarse un tratamiento hormonal o una operación parcial o total y cuyos padres estén en contra. Asimismo, incorpora una figura novedosa, la del abogado del niño. Esto se encuentra en consonancia con la ley de protección de la niñez y la adolescencia ya que el rol de la Justicia es gestionar el conflicto entre hijos y padres. La utilización de la ley, en el aniversario de su sanción, por parte de las personas LGTB arroja las siguientes cifras: “cerca de 3000 reconocimientos de identidad de personas travestis, transexuales y transgéneros se gestionaron en todo el país”.8 Los mismos se llevaron a cabo de acuerdo a la siguiente distri-

bución: “771 se registraron en la provincia de Buenos Aires, 407 en la Ciudad de Buenos, 345 en Córdoba, 204 en Santa Fe, 135 en Tucumán y 116 en Mendoza. Unos mil trámites más se gestionaron en el resto de las provincias argentinas”.9 Lo cierto es que, si bien la lucha por los derechos igualitarios en Argentina ha cobrado una importante relevancia desde el 2010 con la Ley de Matrimonio Igualitario, esta reciente legislación ha permitido avanzar en temas de educación, salud y trabajo. Estos son los tres pilares fundamentales en materia de igualdad de derechos de la comunidad LGTB. De lo expuesto, se desprende que en ningún país europeo ni en la mayoría de los americanos no existen disposiciones legales que criminalicen la homosexualidad. Sin embargo, en algunos sitios se siguen produciendo acciones de discriminación y hostigamiento generalizado que derivan incluso en “crímenes homofóbicos”. Algunos ejemplos mundiales podrán ilustrarnos al respecto: •

El alcalde de París Bertrand Delanoe fue acuchillado en el estomago en una fiesta publica – con más de 3000 personas presentes- por haber manifestado abiertamente su preferencia sexual. Afortunadamente, la herida fue menor y el funcionario se recupero. Sin embargo, su agresor un hombre identificado como Azedine Berkane, de 39 años, dijo a la policía que lo arrestó en la región de Bobigny: "Odio a los políticos y a los homosexuales". Explicó que el ataque se debió a dos razones: como desocupado se siente "víctima de los hombres políticos que no tienen en cuenta los problemas de todos" y además dijo que su espíritu religioso "lo empuja a rechazar la homosexualidad, que es contraria a la naturaleza". 10



Según Jorge Mercado Mondragón (2009), en Polonia algunos políticos y servidores públicos declararon lo siguiente: “si alguien intenta contaminar a los otros con su homosexualidad, el Estado debe intervenir […]; no confundamos la propaganda brutal de la homosexualidad con llamamientos en favor de la

8.- Según datos proporcionados por la Federación Argentina de lesbianas, gais, bisexuales y trans y la Asociación de Travestis, transexuales, transgéneros de Argentina (ATTTA), disponible en lanacion.com 8 de mayo de 2013. También lo expresado por Esteban Paulón, titular de la Federación Argentina de lesbianas, gais, bisexuales y trans (Flgbt) en la agencia de noticias ArgentinaTelam. 9.- Según datos del Registro Nacional de las personas (RENAPER), del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación Argentina. 10.- Clarín. Com (07/10/2002), “Acuchillaron al alcaide de Paris en una fiesta pública”, disponible en www.clarin.com.

https://www.facebook.com/revista.temas

105

TEMA’S

tolerancia: se trata de un tipo de locura, y en vista de esto, para ellos nuestro gobierno será sin duda una noche oscura […]; las prácticas homosexuales conducen al drama, el vacío y la degeneración […]; estas bodas [entre personas del mismo sexo] no pueden legalizarse porque destruirían nuestra civilización […]; los gais son animales enviados por Satán para destruir a la Iglesia Católica”. •

En España, algunos jueces conservadores iniciaron a finales de 2005 una campaña “contra la Ley de matrimonio homosexual presentando cuestiones de inconstitucional y bloqueando en el registro civil los expedientes de parejas homosexuales que intentaban contraer matrimonio”. Asimismo, un juez del Consejo General del Poder Judicial “equipara la unión homosexual con una entre un hombre y un animal”.11



En cuanto al derecho de expresarse y reunirse libremente que tienen las personas LGTB se puede mencionar que en Rusia las marchas del orgullo homosexual no sólo no fueron aceptadas, sino que incluso fueron prohibidas desde 2006. Sumado a ello, y merced la condena del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, “el jueves 16 de agosto, el Tribunal municipal de Moscú declaró legal la prohibición del ayuntamiento de Moscú sobre la celebración de las marchas del orgullo gay durante los próximos cien años, desde marzo de 2012 hasta mayo de 2112".12



Por su parte, un grupo extremista israelí “ofreció en 2006 cuatro mil euros de recompensa por cada homosexual que fuera asesinado antes de la marcha del orgullo gay a celebrarse en Jerusalén. También que en 2005 se lanzaron cocteles Molotov contra los marchistas y que tres participantes fueron apuñalados”.13



En 2013 el presidente de Zimbabwe declaró, durante un acto partidario que “los homosexuales me-

{ Artículo }

recen ser castrados”. Dijo nunca aceptaría la homosexualidad bajo ninguna condición. Además, describió a las minorías sexuales como “peores que los cerdos, cabras y aves” 14 •

Según el documento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH) titulado “Homicidios de personas LGTB e impunidad en América” (2012), existe una oleada de crímenes de odio homofóbico que se ha cobrado la vida de cincuenta y cuatro personas LGTB en América: aproximadamente, un homosexual es asesinado cada dos días. Específicamente, entre octubre y noviembre de este 2012, fueron asesinados diez mexicanos por su condición de diversidad sexual. Las cifras indican que, a nivel regional, los países en los que se presentan más crímenes de odio contra las personas LGBT son Brasil y México que ocupan el primer y segundo poco honroso lugar. Por su parte, en USA de acuerdo a un informe del FBI se reveló que ocurrieron “6,628 delitos de odio en 2010, lo que representa un aumento ligero a los 6,604 incidentes que se reportaron en 2009. El 19,3 % de estos delitos tuvo como motivación la orientación sexual”.15 Asimismo, la CIDH señalo la existencia de problemas para investigar estos crímenes en toda la región. Esto explicaría tanto la impunidad del asesino serial homó-

11.- El país.com (06/11/2012), “El matrimonio gay es constitucional”, disponible en politica.elpais.com/ política/2012/11/06/.../1352222651_734714.html. 12.- Rusiahoy.com (17/08/2012), “La marcha del orgullo gay prohibida durante 100 años”, disponible en rusiahoy.com/.../ la_marcha_del_orgullo_gay_prohibida_durante_100_a... 13.- El mundo.es (05/11/2006), “4.000 euros por cada gay asesinado”, disponible en www.elmundo.es/suplementos/ cronica/2006/575/1162681203.html. 14.- Excelsior.com.mx (27/07/2013), “Los homosexuales merecen ser castrados: Presidente de Zimbabwe, 27/07/2013, disponible en www.excelsior.com.mx/global/2013/07/27/910876. Ver también Lanacion.com (27/07/2013), “Presidente de Zimbabwe amenaza con decapitar gais”, disponible en www.lanacion.com.py/.../135364-presidente-de-zimbabwe-amenaza-con... 15.- FBI, “Reporte anual de delitos e odio 2010” (13/01/2011), disponible en www.fbi.gov/.../fbi-da-...

106

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

DERECHOS HUMANOS

por su orientación sexual. La Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer ha informado de denuncias de incidentes de violación por grupos o bandas, de violencia familiar y de asesinato sufridos por lesbianas y mujeres bisexuales y transgénero en El Salvador, Kirguistán y Sudáfrica. Específicamente señaló que “las lesbianas afrontan un riesgo cada vez mayor de ser víctimas de violencia, especialmente violaciones “correctivas”, en razón de prejuicios y mitos ampliamente difundidos”, como “… que las lesbianas cambiarían su orientación sexual si son violadas por un hombre”.18 En un caso en El Salvador, una mujer transgénero fue detenida en una celda con miembros de una pandilla que “la violaron más de cien veces, en ocasiones con la complicidad de los funcionarios de prisiones”.19

fobo Andrew Cunanan, en USA, como la de sendos taxi boys que asesinan a homosexuales argentinos. •

Asimismo, un número significativo de personas LGTB son asesinadas por motivos de honor.16 Los crímenes son cometidos contra quienes la familia o los miembros de la comunidad consideran que han avergonzado o deshonrado a la familia, por transgredir las normas de género o por su conducta sexual, incluso por actividades reales o presuntas con personas del mismo sexo.



La Relatora Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias (desde 1999) ha señalado periódicamente “casos de personas amenazadas de muerte o asesinadas por su orientación sexual e identidad de género”. Muchos de esos casos se referían a transgénero y acontecen bajo custodia de la policía o el servicio penitenciario.17



Dentro de los ataques no mortíferos encontramos otras formas de violencia, cometidas por agentes no estatales, en perjuicio de las personas LGBT. El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer expresó su preocupación por los informes de delitos sexuales cometidos contra mujeres



Con respecto al bullying y el ciberbullying, según la UNESCO (2011-12) dentro del patio de juegos de las escuelas, los niños a quienes otros consideran afeminados, o las jóvenes a las cuales se ve con apariencia varonil, “son víctimas de burlas, y en donde, también muy a menudo, sufren los prime-

16.- Véase el informe del Secretario General sobre la violencia contra la mujer (A/61/122/Add.1, párr. 124); Informes de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer: E/CN.4/2002/83, párrs. 27 y 28; A/HRC/4/34/Add.2, párr. 19, y A/HRC/4/34/Add.3, párr. 34. 17.- Asesinato de personas transgénero: Informes de la Relatora Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias: E/ CN.4/2000/3, párr. 54 (“trabajador sexual travestiste” en el Brasil); E/CN.4/2001/9, párr. 49 (travestiste asesinado a disparos en El Salvador); E/CN.4/2003/3/Add.2, párr. 68 (trabajador transgénero aparentemente asesinado detrás de la catedral de San Pedro Sula); E/CN.4/2003/3, párr. 66 (asesinato de tres personas transgénero en Venezuela sin que el Gobierno iniciara una investigación). 18.- A/HRC/4/34/Add.1, párrs. 632 y 633. Tanto el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer como la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer han abordado la cuestión de la llamada violación “curativa” o “correctiva”, cometida por hombres que alegan que su intención es “curar” a la mujer de su lesbianismo. Véase, por ejemplo, las observaciones finales del Comité respecto de Sudáfrica (CEDAW/C/ZAF/CO/4), párr. 39, y el informe de la Relatora Especial sobre su misión a Kirguistán (A/HRC/14/22/Add.2), párr. 38. 19.- Informes de Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer: E/CN/4/2006/61/Add.1, párr. 131, y A/HRC/4/34/Add.1, párrs. 448 a 454.

https://www.facebook.com/revista.temas

107

TEMA’S

ros golpes, sola y sencillamente por causa de una apariencia y de una conducta que no se acomodan a lo que la generalidad entiende por identidad de género heteronormativa”. Al respecto, un estudio realizado en el Reino Unido determinó que “casi el 65% de las lesbianas, los gais y los bisexuales jóvenes habían sido hostigados en la escuela en razón de su orientación sexual, y más de una cuarta parte de ellos habían sufrido abusos físicos”. Lamentablemente, se han observado resultados similares en estudios realizados en otros países (ILGA, 2006). Especificamente, en los Estados Unidos de América el acoso escolar constante no sólo está lejos de desaparecer, sino que crece y se ramifica valiéndose de los nuevos medios.20 Esto implica que la intimidación, el insulto, la difusión de rumores, la exhibición pública de la vida privada, y las burlas a través de las redes sociales se suma a los comportamientos abusivos tradicionales como el ataque físico, la destrucción de la propiedad o la ropa, la imposición de apodos denigrantes y otras formas de abuso verbal y psicológico. Además, de acuerdo a las opiniones de Ruth Hunt y Johan Jensen (2007) el aislamiento y el estigma generan “depresión y otros problemas de salud y contribuyen al ausentismo escolar, a que se obligue a los niños a abandonar la escuela” y, en casos extremos, a “tentativas de suicidio o incluso al suicidio mismo”. A modo de ejemplo, en USA las cifras indican que los suicidios entre adolescentes han crecido más del 50 % en los últimos treinta años, con un número significativo de jóvenes que han sufrido acosos homófobos.21 Basta recordar los suicidios de los adolescentes Ryan Halligan y Tyler Clementi en 2003 y 2010 respectivamente. En conclusión se puede decir que, en occidente,

{ Artículo }

el derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo o la penali-

zación de comportamientos homofóbicos - en algunos estadosson muestra de algunos objetivos alcanzados por el movimiento LGTB. Otros hechos, como la disminución de la discriminación laboral y política de homosexuales, bisexuales, transgénero y transexuales se cuenta en el haber de estos grupos, aunque tales objetivos no siempre vengan avalados por cambios legislativos, sino de aceptación social. Un relevante avance en cuanto a la modificación de los preceptos culturales imperantes ha sido el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Atala v. Chile”. El mismo se enmarca dentro de un proceso llevado ante el tribunal supranacional por la Sra. Karen Atala Riffo, abogada y jueza, quien fue privada de la tuición de sus tres hijas

20.- Stopbullying. gov (2013), Sitio del gobierno federal administrado por el Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE.UU, Washington DC, USA, disponible en http://espanol.stopbullying.gov/index.html. 21.- Datos del Centro de Prevención de Violencia Juvenil de los Centros de Prevención y Control de Enfermedades (CDC), disponible en http://www.cdc.gov/spanish/especialesCDC/EscuelasSeguras/

108

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

DERECHOS HUMANOS

con fundamento en su orientación sexual. Luego de revertir este decisorio, la Corte estableció que la familia y el matrimonio como conceptos tradicionales se enfrentan a “nuevas formas convivenciales". Estas nuevas realidades sociológicoculturales son muy relevantes en nuestras sociedades, “muestran el camino de una construcción cultural que se encuentra desandando el tránsito de lo patológico-pecaminoso a la normalidad en el plano de la sexualidad-afectividad en pareja de los seres humanos, y de las que da cuenta una hermenéutica de los derechos humanos y sus garantías progresivo-evolutiva e ideológicamente abierta o plural” (Covarrubias Cuevas Ignacio; Alvear Tellez Julio y. Verdugo Ramírez Sergio, 2012). Pese a la normativa nacional y supranacional vigente y a los logros jurisprudenciales, estimo que la erradicación de este flagelo depende de una participación mancomunada de hombres y mujeres en la educación de las nuevas generaciones en base a preceptos que contemplen la igualdad de género.

Referencia Bibliográfica. • Comisión Internacional de Juristas (2009), “Orientación Sexual e Identidad de Género y Derecho Internacional de los Derechos Humanos”, Guía para profesionales N 4, nota 10, pag.23, disponible en www.oas.org/.../CP-C... • Covarrubias Cuevas, Ignacio; Alvear Tellez y Julio. Verdugo Ramirez, Sergio (2012), "La Corte Interamericana: Legitimidad en Entredicho", en El Mercurio (24 de marzo de 2012), disponible en www.elmercurio.com/.../2012/.../ la_corte_interameric...

• Declaración de Yakarta (1997), sobre la Promoción de la Salud en el Siglo XXI, disponible en www.who.int/.../hpr_ja... • Font Susana (2009), “Atlas de la Homosexualidad en el mundo“, disponible en www.ambienteg.com/.../atlas-de-lahomosexualidad-en-el-mundo • Hunt Ruth y Jensen Johan (2007), “The experiences of young gay people in Britain’s schools: the school report”, Londres, Stonewall, pág. 3. • ILGA (2006), “Social Exclusion of Young Lesbian, Gay, Bisexual and Transgender People in Europe”, ILGA -Europe and the International Gay and Lesbian Youth Organization, disponible en www.hias.org/uploaded/file/Invisible-in-theCity_full-report.pdf • OEA, Comisión Internacional de Derechos Humanos, “Homicidios de personas LGTB e impunidad en América” (1 de noviembre de 2012) en Audiencias y otros eventos públicos de la CIDH, 146 periodo de Sesiones, disponible en www.oas.org/.../cidh/... • OEA, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso “Atala Riffo y Niñas vs Chile” (Sentencia 24 de febrero de 2012), Fondo, Reparaciones y Costas, disponible en http:// www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/atala.pdf • ONU, Comité de Derechos Humanos, causa “Toonen vs Australia” (1992), Comunicación No. 488/1992 (CCPR/C/50/ D/488/1992), 4 de abril de 1994, párr. 8.2, disponible en issuu.com/onuchile/docs/nacidoslibreseiguales/30 • ONU, Comité de Derechos Humanos, Observación Final de Etiopia (2011), párrafo 12, disponible en iglhrc.org/ sites/.../567-1.p... • ONU, Documento “Nacidos libres e iguales” (febrero 2013), elaborado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Nueva York. Consultora: Allison Jernow. Proyecto sobre orientación sexual e identidad de género. Comisión Internacional de Juristas, Ginebra. Publicación disponible en sección “Publicaciones” del sitio de la OACNUDH en la web: www.ohchr.org • Principios de Yogyakarta (marzo, 2007) sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género, Yogyakarta, Indonesia, Comisión Internacional de Juristas &Servicio Internacional para los Derechos Humanos, disponible en htppt://www.yogyakartaprinciples.org/principles sp.pdf. • Consejo de Europa (2010), Recomendación del Comité de Ministros, CM/Rec, disponible en www.coe.int/.../ EDC_Charter_ES. • UNESCO (2011-12), “International consultation on homophobic bullying and harassment in educational institutions”, nota conceptual, Julio 2011. Véase, asimismo Education Sector Responses to Homophobic Bullying, 2012.

https://www.facebook.com/revista.temas

109

REVISTA DIGITAL DE

LA DELINCUENCIA JUVENIL EN EL TERCER MILENIO Por el Dr. César Augusto Benavides Cavero (Perú)

Abogado Criminalista por la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica. Doctor en Derecho y CC.PP. por la U. A. P., sustentando la tesis intitulada: “Modelo de gestión y optimización de la Seguridad Ciudadana en el Perú” que le valió el honor de ser considerado Summa Cum Laude. Magister en Administración y Gestión Pública con mención en Defensa Nacional por el Centro de Altos Estudios Nacionales. Fundador y Presidente Ejecutivo del Instituto Peruano de Criminalística y Pericias desde el año 1993 hasta la actualidad. Se desempeñó como Director Académico del Colegio de Abogados de Lima en el periodo 1995-1996, y Director de Comunicaciones e Informática Jurídica del CAL para los periodos 2010-2012. Perito Documentólogo (ex -grafotecnia) y Abogado Criminalista, con 40 años de vida profesional que cumplió el 2013. Maestro universitario a nivel de post grado en la UNMSM, Federico Villareal, ex policía de investigaciones del Perú . Autor de varios libros sobre criminalidad.

110

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

S

egún algunos pasajes bíblicos desde las épocas de Sodoma y Gomorra y desde el nacimiento de la humanidad los jóvenes delincuentes siempre existieron aunque por razones por razones tecnológicas no eran tan conocidas como los son en esta época. La juventud antisocial ha existido siempre desde los albores de la sociedad, dado que los jóvenes entre los doce y veinticinco años son más intrépidos y menos temerosos, aunque algunos de ellos, muchas veces sobrepasando sus capacidades realizan acciones tan violentas que muchas cometen daños a otros ciudadanos y contra la propiedad. En estos días existen algunos jóvenes de 15 años que parecen ancianos y adultos mayores de 60 años de edad que demuestran una gran vitalidad y desenvolvimiento que muchos jóvenes quisieran tener, conforme lo afirmaban los antiguos filósofos griegos: “Que, la juventud de los seres humanos está en el alma”.

https://www.facebook.com/revista.temas

111

TEMA’S

LA SOCIEDAD DEL TERCER MILENIO El mundo y las sociedades han cambiado en sus comportamientos así como en el lenguaje. Como reconocen los científicos sociales y lo afirmaba Sócrates 399 años antes de la era cristiana, “Que los jóvenes son hoy unos tiranos. Controlan a sus padres, devoran sus comidas y le faltan el respeto”, como aparecen en los textos sobre la filosofía griega. No han existido procesos de transición, han sido cambios conductuales de manera cuasi-violenta sino recordemos cómo enamoraba el hombre antiguo a la que iba a ser su esposa la arrastraba de los pelos hoy en pleno siglo XXI, ahora es la mujer la que muchas veces violenta al del sexo opuesto. A través de la historia reciente, han aparecido o surgido diversos grupos o movimientos juveniles, originados por distintas causas o procesos, los que tomaron modalidades de expresión particulares, algunos con libertinaje o violencia, estrechamente relacionados con las necesidades, circunstancias especiales y conductas desviadas del contexto cultural donde se han desarrollado. Los jóvenes se han vuelto más acelerados y violentos, no sólo con sus conocidos sino ahora matan a sus propios padres para adelantar la herencia y ni que decir de los asesinatos por encargo o sicariato, dizque nació este sistema en Colombia hace más de veinte años y hoy se ha extendido a casi todo Centroamérica, siendo uno de las naciones más violentas El Salvador, lugar de origen de los “maras”. También conocidas como tribus salvajes, que han inun-

{ Artículo }

dado México, naciones centroamericanas y USA.

PANDILLAS Y BARRAS BRAVAS En nuestro país el fenómeno del pandillaje se inició hace más 25 años a raíz de los problemas familiares desatados por la falta de comunicación entre padres e hijos, primero porque ambos padres tienen que trabajar para el sostén de los hogares, se descuida la crianza de los hijos y esto demostrando una rebeldía insana, propia de su edad juvenil, muchas veces se enfrentan a los padres, lo problemas económicos de los hogares los lleva a estos jóvenes a enfrentar muchas veces a los padres con el clásico: “Ya pe viejo, tú también has sido joven” y “ Brother, yo no te pedí venir al mundo, por tanto tienes que mantenerme”, entre otras expresiones, hasta groseras. Al quebrarse esta línea de respeto el joven se retira del hogar y busca a su familia entre las pandillas del barrio o del colegio. Los integrantes de las pandillas presentan diversos problemas en su salud y a su vez causan diversos problemas en nuestra sociedad (guerra entre pandillas con muertes consecuentes). 1 Los pandilleros pueden llegar a formar las tan temibles “Barras bravas”, los cuales son aficionados a la pasión del fútbol, que mueve masas, son aficionados a algún equipo de fútbol, pudiendo ser simpatizante del Alianza Lima, Universitario de Deportes, Sporting Cristal, Sport Boys, 1.- A decir de Villegas Alarcón Francisco, 1990, p. 19 y 20; en su artículo “Principales Consecuencias del Pandillajes” publicado en la página web de la Pontifica Universidad

112

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA

etcétera, en cuyos encuentros deportivos se ven endiosados por la violencia, sin motivo o causa real, y los integrantes de las organizaciones perniciosas se ven envueltos en este trafago de la violencia y trasgreden el ordenamiento jurídicopenal, destrozan bienes públicos, obstaculizan la vía pública y llegan hasta a asaltar los inocentes transeúntes, llegando a alterar el orden interno. El pandillaje pernicioso que se desarrolla en el país, es porque existen organizaciones de pandillas definidas con cabecillas, líderes o jefes y, barras bravas que lesionan el bien jurídico protegido y hay enfrentamientos entre pandillas los fines de semana, con ocasión de fiestas chichas, en polladas (en diferentes locales comerciales situados en la carretera central y otros centros de diversión de Lima y Callao). Antes y después de los partidos de fútbol profesional que se protagonizan en el estadio Monumental del club Universitario de Deportes, ubicado en la parte terminal de la prolongación Javier Prado, entre los límites de la Urb. Mayorazgo -La Molina-, en el estadio del Alianza Lima ubicado en Matute-La Victoria, terminan en destrozos de los bienes particulares y agresiones a inocentes transeúntes. De esta manera infringen la Ley Penal o el Código del Niño y Adolescente y dada su minoría de edad son sujetos inimputables o sea hacen lo que les da la gana sin respetar norma alguna. La “barras bravas” en nuestro país

se han convertido en un grave problema social, muchos jóvenes confunden lo que es el deporte con actos de salvajismo, cuando el verdadero hincha asiste a los encuentros futbolísticos para gozar de buen espectáculo y alentar a su equipo predilecto. Sin embargo los verdaderos hinchas ya no pueden asistir a los estadios para no ser víctimas de agresión de los del equipo contrario. No podemos olvidar los encuentros entre la U y el Alianza Lima en Perú, Boca versus River Plate en Argentina y etcétera. El delito de pandillaje pernicioso en nuestro ordenamiento penal es definido de la manera siguiente: “El que participa en pandillas perniciosas, instiga, induce a menores de edad a participar en ellas, para cometer infracciones previstas en el Capítulo IV del Título II del Libro IV del Código de los Niños y Adolescentes en el Perú, así como para agredir a otras personas.” “Lesionar la integridad física o atentar contra la vida de las personas, dañar bienes públicos o privados, obstaculizar vías de comunicación u ocasionar cualquier tipo de desmanes que alteren el orden interno, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de diez años ni mayor de veinte años.” El pandillaje ha incrementado la definición según el art. 148-A-Instigación o participación en pandillaje pernicioso- del Código Penal, modificado por el Decreto Legislativo N°982 de 22 de Julio del 2007Código de los Niños y Adolescentes, referente al pandillaje pernicioso, cuando hay intervención de adolescentes; como se puede ver el presente tipo

https://www.facebook.com/revista.temas

113

TEMA’S

114

{ Artículo }

penal sanciona drásticamente el delito de pandillaje pernicioso, empero en los últimos años la realidad es adversa, los casos de pandillaje se han incrementado.

lacionan entre si y podemos clasificarlo en dos grandes tipos, los sociales donde se encuentra a la familia y el económico-político.

La sociedad muestra toda su crudeza frente al joven pandillero: la pobreza, precariedad y muchas veces la desintegración de la familia le generan una socialización de sufrimiento, soledad, violencia y aislamiento. La situación de pobreza generalizada del país repercute en las familias como detonante para los comportamientos violentos, por la incapacidad para satisfacer necesidades, servicios y oportunidades de trabajo. La pobreza extrema es causante de tensión permanente, las familias no pueden cubrir ni siquiera sus necesidades de alimentación básica y la pobreza crítica no permite que las familias puedan acceder a todos los consumos básicos creando frustración y angustia en los seres (Gonzáles de Olarte y Gonzales. 1988:11).

Los factores sociales de la delincuencia juvenil, son aquellos que emplazan directamente al joven dinámicamente con el exterior, integrando al marco social dentro del cual desenvuelve su vida. Los tratadistas de éste fenómeno social destacan su gravitación en la caracterología antisocial, en razón de la continua relación existente entre el ser humanos y su ambiente, dentro de los cuales podemos citar los siguientes: Crisis en las instituciones sociales formadores de la personalidad del joven como son La familia y la Escuela.

FACTORES SOCIALES DE LA DELINCUENCIA JUVENIL

La familia

La conducta criminal de los jóvenes es multicausal y no se le debe adjudicar a un solo factor influyente, sino se trata de una serie de factores que se interre-

Es éste el primer grupo al que pertenece el joven, se ha dicho que es la base fundamental de toda socie-

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA

dad, porque las sociedades están integradas primariamente; antes que por los individuos. Esto quiere decir que un individuo pertenece primeramente a una familia y después a la sociedad. Desde este punto de vista la familia juega un papel de primer orden en la integración y adquisición de valores, asimismo en la adaptación del individuo a la sociedad; y esto lo cumple a cabalidad, cuando está perfectamente integrada, sentirse querido, protegido y pleno de sentido de pertenencia a su grupo familiar. La integración del joven en el orden social depende en gran medida de los ejemplos e influencias recibidas en el hogar. Las primeras impresiones recibidas por su niñez dejan huellas muy intensas en su personalidad del niño. La experiencia ha demostrado que la ausencia de algunos de los padres influye de maneras determinantes en la evolución del infante La familia es el espacio social básico de adultos y niños, que permiten que cada individuo, al, así como peleas continuas generan tensiones y desordenes dentro del seno familiar, verbigracia el alcoholismo y la ausencia de uno de los padres en la vigilancia de la vida menor, puede ser catastrófico para el futuro del menor. Por la estructura y relevancia en el

estudio de los orígenes de la delincuencia juvenil, podemos dividir en familias integradas y desintegradas, cuya explicación estaría demás. La familia cumplo cinco funciones a saber: educativa, afectiva, socializadora, material y hasta religiosa.

La escuela Este estamento es fundamental para la formación de la personalidad del niño y adolescente, por su función de brindar las condiciones para la formación intelectual, social y vocacional de los niños y adolescentes; es también un medio importante para la inserción del joven en la vida adulta a través de la profesionalización educativa. Sin embargo, por la vida escolar de los jóvenes, la escuela impulsa la aparición de grupo, porque es allí donde los alumnos se asocian para el juego, que los vigoriza y estimula a la actividad en común. No podemos dejar de mencionar que es también allí donde los jóvenes son agredidos, algunas veces, a través del nefasto “bullying”, que ha existido en todas las épocas, peor ahora con mucha actividad excluyente y delictual.

¿MENORES INFRACTORES O DELINCUENTES? Hemos querido llamar la atención de los lectores y estudiosos de la materia, denominándolos delincuentes, porque corporativamente somos renuentes a la manera como que nuestra legislación trata a los menores que comente infracciones antisociales o delitos, tan feroces como los crímenes por encargo que cometen los sicarios, hemos tenido últimamente en todos los medios de comunicación tratando el crimen, así como la fuga, cometido por el alias “Gringasho” y el joven que recientemente asesinó a sangre fría al Vicepresidente de la Región Amazonas, Dr. Wong, un ciuda-

https://www.facebook.com/revista.temas

115

TEMA’S

{ Artículo }

azotan, lo calatean, le corta el pelo y en la segunda oportunidad han llegado a matarlo. Esta tipo de justicia está teniendo mucho arraigo en nuestra sociedad, por ausencia del estado.

dano totalmente productivo. Hasta nuestro Presidente de la República se permitió llamarlo “miserable” “Hay que ponerle cadena perpetua”, a ese menor de 17 años de edad, sin conocer su pasado; y, resulta que, es el estado el gran culpable. El humilde ciudadano de a pie se pregunta, la vida en nuestro país vale tan poco, pueden ser dos o tres mil nuevos soles (no más de un mil dólares U.S.), para apagar vida de gente honesta y productiva, estos jóvenes sicarios hacen que sean internados en el centro de reclusión conocido como “maranguita”, que resulta ser una coladera con hueco al centro. Desde esta tribuna solicitamos una reforma estructural en la justicia juvenil de nuestro país. Sin pretender ser controversial apelamos a las legislaciones de naciones más desarrolladas que la nuestra, donde existen muchas naciones nórdicas, europeas y norteamericanas que si llaman a los menores que cometen crimines, delincuentes juveniles y, los juzgan como adultas, algunas veces. ¿Dónde queda hoy la llamada justicia restaurativa? O cualquier otro tipo de justicia aunque sea la Justicia Popular, si nos ponemos en el caso de familiares de las víctimas o la justicia es sólo para los que delinquen, porque a éstos, el estado si les pone abogado defensor de oficio y no pueden declarar sino está su abogado defensor, para cumplir con el famoso debido proceso. En muchas zonas andina aplican la justicia popular detiene al delincuente lo

116

No pretendemos convertirnos en abogados del diablo y, vamos a exponer sobre la Convención sobre los Derechos del Niño y Adolescentes, decretada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 20 de Noviembre de 1989, en su art- 1° se definió con la siguiente fórmula “para los efectos de la presente Convención se entiende por niño a todo ser humano menor de 18 años de edad, salvo en virtud de la Ley que le sea aplicable haya alcanzado la mayoría de edad” (4) Sabemos que existen diez centros juveniles de rehabilitación, dos en Lima y ocho en el interior del país cuya tutela del niño está a cargo del INABIF y la responsabilidad gerencial está a cargo del Poder Judicial, empero hasta la fecha no se han realizado la transferencia de funciones, cada organismo marcha por su lado, como decimos los abogados corren por cuerda separada, creemos firmemente que las instituciones deben de coordinar e inter relacionarse para obtener mejores resultados.

CONCLUSIONES 1.- Nuestra justicia juvenil o de me-

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CRIMINOLOGÍA

nores resulta ser reactiva o reaccionaria, ante los hechos y el clamor de la ciudadanía, la sociedad “pide hay que aumentar la pena”, sin pretender aplicar medidas socioeducativas. Los centros de detenciones juveniles no cuentan con los profesionales idóneos, para poder atender estos casos de menores de conductas desviadas.

5.- Si la justicia ordinario o de los adultos no puede solucionar su propio problema, por qué no se separa de la justicia ordinaria, en Cortes Juveniles independientes de nuestra paquidérmica justicia común; esta es una propuesta que corporativamente de los expertos del Instituto Peruano de Criminalística y Pericias, organización civil y autónoma, proponemos, para un mejor tratamiento a los menores y en resguardo de la sociedad productiva.

El factor desencadenante del quiebre moral y social es el narcotráfico y la impunidad de las autoridades políticas.

La entidades detectivescas y policiales se deben premunir de las herramientas que la tecnología forense nos aporta, como son los equipo de CCTV, detector de mentiras, interceptados telefónicos, etcétera, que aportan muchas evidencias para procesar a los menores delincuentes, sobre todo para los ataques en los estadios por la barras bravas.

2.- El Código del Niño y adolescente señala un conjunto de medidas socio-educativas, que comprenden desde la amonestación hasta el internamiento del infractor en un centro de detención juvenil. La aplicación de esta medida sólo puede ser decidida por el Juez del Niño y Adolescente, considerando la gravedad de la infracción y las condiciones personales, familiares y sociales del niño. 3.- Nuestro ordenamiento jurídico asumió el modelo de la “Doctrina de Protección Integral”, enfoque que parte del reconocimiento del menor de edad, tener una responsabilidad penal especial o restringida, para lo cual se ha de aplicar un proceso judicial en donde cuente con derecho y garantías de la ley penal. 4.- Se advierte una falta de capacitación y descoordinación entre las entidades y organismos de la administración de justicia de menores, así como las condiciones precarias de los centros de detención juveniles; y, el escaso desarrollo de las medidas no privativas de la libertad, falta de personal idóneo para poder recuperar a los menores que han torcido su ruta de vida.

RECOMENDACIONES

Respetándose los debidos procesos se debe exponer la autoridad e imponer el orden y la justicia en las sociedades.

Addenda • Notas Jurídicas de Julio 2003 de Jesús Morant Vidal • Monografía de los alumnos del post grado de derecho de la Universidad Nacional Federico Villareal, II ciclo año 2012 • Angenet y de Man opcit. De Kranz y Vercruysse, 1959 • Trabajo monográfico de los alumnos del posta grado de Derecho de la Universidad nacional Mayor de San Marcos promoción 2012. Convención sobre “Los derechos del Niños y Adolescentes”. • Creus, Carlos Derecho Penal Parte Especial Tomo IKI Editorial Astrea. B. Aires-Argentina.1983 • Garcia Pablos de Molina” Principios de Criminología” España año 2003. • Moreno Hernández Moises. “Politica Criminal y globalización”. México 2001

Watson Consultores

https://www.facebook.com/revista.temas

117

REVISTA DIGITAL DE CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

SEMINARIO VIRTUAL Gerenciamiento y Administración de Crisis de Alto Riesgo y Negociación para la Liberación de Rehenes, Nivel I. 10 LECCIONES GRATIS: Seminarios-seguridad.blogspot.com.ar

INFÓRMESE Enviando un mail a: [email protected] 118

Revista TEMA’S Año II - Número 18 — Marzo de 2014

CONVOCATORIA ABIERTA PARA PUBLICAR Convocatoria abierta para publicar en el volumen XIII de la revista electrónica “Archivos de Criminología, Seguridad Privada y Criminalística” ISSN: 2007-2023. La revista de mayor calidad e impacto en su género en México.

Archivos de Criminología, Seguridad Privada y Criminalística, año 7, No. XIII agosto-diciembre 2014, es una publicación semestral editada por: Wael Sarwat Hikal Carreón a través de la Sociedad Mexicana de Criminología capítulo Nuevo León, A.C. con domicilio en: C. Eduardo Livás 210, col. Nuevo periférico, CP 66423, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. Teléfono: +52 01(81)83524959. Más información http://www.somecrimnl.es.tl Contacto [email protected]. Editor responsable y fundador: Wael Sarwat Hikal Carreón.

https://www.facebook.com/revista.temas

119

REVISTA DIGITAL DE CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

CUIDEMOS EL PLANETA

Antes de imprimir piensa que estarás contribuyendo para que un bosque desaparezca de la faz Tierra.

TEMA’S Revista Digital de Criminología y Seguridad

WATSON CONSULTORES

18- Revista Digital de Criminología y Seguridad.pdf

ARMANDO JARA MENDOZA. TEMA'S. Revista Digital de Criminología y Seguridad. Watson Consultores Watson Consultores. DESTACADOS. Amenaza de ...

13MB Sizes 9 Downloads 67 Views

Recommend Documents

28- Revista Digital de Criminología y Seguridad.pdf
Page 1 of 126. TEMA'S. Revista Digital de Criminología y Seguridad. Watson Consultores Watson Consultores. Febrero de 2015 . REVISTA DIGITAL DE.

35- Revista Digital de Criminología y Seguridad.pdf
Page 1 of 112. TEMA'S. Revista Digital de Criminología y Seguridad. Watson Consultores Watson Consultores. Febrero de 2016 . DESTACADOS. Distribución ...

42- Revista Digital de Criminología y Seguridad.pdf
42- Revista Digital de Criminología y Seguridad.pdf. 42- Revista Digital de Criminología y Seguridad.pdf. Open. Extract. Open with. Sign In. Main menu.

41- Revista Digital de Criminología y Seguridad.pdf
Page 1 of 110. Watson Consultores Watson Consultores. Febrero de 2017 . Distribución Gratuita. DESTACADOS. Dominancia cerebral en la escritura. Técnicas ...

40 - Revista Digital de Criminología y Seguridad.pdf
Falsificación Marcaria. Características de. origen en productos marca Adidas. • La teoría de la asociación diferencial para. la explicación de la criminalidad y la ...

PGI-18 Asig uso y dest de uniformes.pdf
Please enter this document's password to view it. Password incorrect. Please try again. Submit. PGI-18 Asig uso y dest de uniformes.pdf. PGI-18 Asig uso y dest ...

Revista de Feria 1979.pdf
Page 1. Whoops! There was a problem loading more pages. Retrying... Revista de Feria 1979.pdf. Revista de Feria 1979.pdf. Open. Extract. Open with. Sign In.

Revista de Feria 1975.pdf
Revista de Feria 1975.pdf. Revista de Feria 1975.pdf. Open. Extract. Open with. Sign In. Main menu. Displaying Revista de Feria 1975.pdf. Page 1 of 52.

Revista de Feria 1987.pdf
There was a problem previewing this document. Retrying... Download. Connect more apps... Try one of the apps below to open or edit this item. Revista de Feria ...

Revista de Feria 2004.pdf
There was a problem previewing this document. Retrying... Download. Connect more apps... Try one of the apps below to open or edit this item. Revista de Feria ...

Dengue y Educación digital. Propuestas de trabajo.pdf
Dengue y Educación digital. Propuestas de trabajo.pdf. Dengue y Educación digital. Propuestas de trabajo.pdf. Open. Extract. Open with. Sign In. Main menu.

Revista de Feria 1930.pdf
There was a problem previewing this document. Retrying... Download. Connect more apps... Revista de Feria 1930.pdf. Revista de Feria 1930.pdf. Open. Extract.

Revista de Feria 1928.pdf
There was a problem previewing this document. Retrying... Download. Connect more apps... Try one of the apps below to open or edit this item. Revista de Feria ...

Revista de Feria 1973.pdf
Whoops! There was a problem loading more pages. Retrying... Whoops! There was a problem previewing this document. Retrying... Download. Connect more apps... Try one of the apps below to open or edit this item. Revista de Feria 1973.pdf. Revista de Fe

REVISTA DE PSICOLOGIA DELIRIUM VI.pdf
La Revista de Psicología Delirium es un espacio On-Line que publica la pro- ducción escrita de investigaciones y reflexiones en torno a la comprensión de.

Revista de Catequese 149.pdf
There was a problem previewing this document. Retrying... Download. Connect more apps... Try one of the apps below to open or edit this item. Revista de Catequese 149.pdf. Revista de Catequese 149.pdf. Open. Extract. Open with. Sign In. Main menu.

Revista de Feria 1991.pdf
Loading… Page 1. Whoops! There was a problem loading more pages. Revista de Feria 1991.pdf. Revista de Feria 1991.pdf. Open. Extract. Open with. Sign In. Main menu. Displaying Revista de Feria 1991.pdf.

Revista de Feria 1943.pdf
Page 1. Whoops! There was a problem loading more pages. Retrying... Revista de Feria 1943.pdf. Revista de Feria 1943.pdf. Open. Extract. Open with. Sign In.

MATERIALES MUSICA ESPAÑOLA 1. De la Revista al Musical.pdf ...
primeras muestras de hip-hop nacional. Para preparar los guiones realizamos un cierto trabajo de documentación que. quedó plasmado en un largo rimero de ...

Revista-H-Febrero-2017-Karime de Acapulco Shore-the4um.com.mx.pdf
Editorial. ATENTAMENTE. LOS EDITORES H Pindter. Karime. ESCANEA EL CÓDIGO. CON TU SMARTPHONE. O TABLET. VIDEO. EXCLUSIVO. Page 2 of 82 ...

REVISTA EXTRAORDINARIA DE ESTIMULO 1947.pdf
Page 2 of 54. REVISTA EXTRAORDINARIA DE ESTíMULO.FERIA y FIESTAS DE SAN MIGUEL. AÑO 1947. ÓRGANO DE LA DELEGACiÓN LOCAL DEL F. DE ...

Revista Romería de Valme 1963.pdf
Revista Romería de Valme 1963.pdf. Revista Romería de Valme 1963.pdf. Open. Extract. Open with. Sign In. Main menu. Displaying Revista Romería de Valme ...

Revista Panamericana de salud Pública/Pan American ...
Oct 16, 2006 - Health education covers nutrition, as well as water purification in those ... Polyclinics have maternal and other specialist doctors-in fact about 80% of ... of hospital care; a reactivation of technology and research programs; a.