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Circ. 026/2015 Palma, 12 de mayo de 2015
BUROFAX Como hay quien descuida sus obligaciones y el resultado es la conculcación del DERECHO DE INFORMACIÓN de los partícipes del Plan de Pensiones, UOB ha requerido formalmente a CASER (entidad gestora) y BMN (entidad depositaria) –con copia a Deloitte (auditora) y Towers Watson (actuarios internos)– para que se envíen de manera inmediata las certificaciones de APORTACIONES y DERECHOS CONSOLIDADOS referidas al ejercicio 2014. A continuación, el contenido del burofax: El artículo 13.C.5 del Reglamento del Plan de Pensiones de promoción Conjunta de Empleados del Banco Mare Nostrum y entidades procedentes del SIP (PPPCBMN) establece como DERECHO DE INFORMACIÓN de los PARTÍCIPES el párrafo reproducido a continuación:
El derecho a recibir de la Entidad Gestora certificación de los Derechos Consolidados a 31 de diciembre del año anterior ya quedaba recogido en el Reglamento de Especificaciones del Plan de Pensiones Empleados Sa Nostra, y era además costumbre en Sa Nostra que los partícipes dispusieran de dicha certificación desde el primer momento que los mismos podían empezar a atender sus obligaciones tributarias. Nos consta que un buen número de partícipes se han dirigido (vía email) a la entidad gestora solicitando información sobre su derecho consolidado y aportaciones del ejercicio 2014. Véase una de las peticiones, a modo de ejemplo, en el DOCUMENTO UNO. Pero todos los partícipes que han solicitado la información han recibido como respuesta, incluso después de finalizado el plazo reglamentario del primer cuatrimestre de 2015 (caso del ejemplo), un modelo de correo como el contenido en el DOCUMENTO DOS. Como podrá observarse, la respuesta omite una información tan importante como es el DERECHO CONSOLIDADO a 31 de diciembre 2014. En el mencionado modelo de respuesta enviado a los partícipes: ‐
Se pretende dar a entender que la Gestora no dispone de la información del “Actuario interno del plan”. Lo ponemos en duda porque:
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o El actuario interno encargado del normal desenvolvimiento del plan (supuestamente, Towers Watson), si es cierto que ha realizado los cálculos actuariales para conocer la aportación que se “avanza” en la respuesta, necesariamente también habrá tenido que calcular la provisión matemática, márgenes de solvencia, etc. Por consiguiente, también habrá tenido que establecer el derecho consolidado por partícipe. ¿Por qué todavía no se ha comunicado a los partícipes? o El presidente de la Comisión de Control ya ha remitido a los miembros de la Comisión de Control un Dictamen Actuarial de Towers Watson (excepcionalmente lacónico para los usos acostumbrados), las Cuentas Anuales e Informe de Deloitte, manifestando que convocará Comisión de Control tan pronto como se resuelva la contratación de un seguro de responsabilidad civil. Si es cierto que esta documentación está preparada para elevar a la Comisión de Control, ¿por qué se sigue vulnerando el derecho de información de los partícipes? Se remite a los partícipes a la mismísima Comisión de Control. No parece lógico colapsar el órgano que debería velar por el buen funcionamiento del Plan con peticiones de información que debería resolver de oficio la propia Gestora, máxime cuando la remisión de la certificación se trata de una obligación de esta última.
La pertinaz ocultación del derecho consolidado de los partícipes es especialmente grave si tenemos en cuenta los siguientes hechos: 1. La plantilla se encuentra en mitad de la tercera reestructuración laboral de BMN (antes, SIP de cajas). Y según las últimas noticias vistas en prensa es muy probable que se sucedan otras, derivadas de nuevas fusiones bancarias. El derecho consolidado y el derecho consolidado en caso de extinción de la relación laboral resultan datos vitales para los partícipes. 2. El (sub)plan de pensiones del colectivo Sa Nostra es de PRESTACIÓN DEFINIDA para TODAS las contingencias. 3. El acuerdo laboral firmado el 28 de mayo de 2013 (ERE) introducía la suspensión del cómputo de la antigüedad (trienios) que además de ese efecto stricto sensu, impactaba en la provisión matemática de los partícipes en prestación definida, y solo en estos. 4. Según figura en el informe de Deloitte, varias personas han presentado papeleta de conciliación reclamando cantidades por una disminución de derechos consolidados que entienden irregular. El sindicato, por su parte, ha acudido a otras instancias para que se investiguen los hechos, instancias a las que se va aportando la más reciente documentación. 5. Actualmente se encuentra activa una Comisión Técnica para la homologación de los distintos planes de pensiones de BMN. 6. Otro de los acuerdos del ERE establecía la reducción del 25% del coste de la prestación social complementaria. En la referida Comisión Técnica se han considerado, por decisión de los sindicatos UGT y CCOO, esos costes tomando en mano común todos
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los colectivos preexistentes, mezclando aportación definida y prestación definida. El resultado es que la reducción del 25% pactada en el ERE afecta de manera dispar a los colectivos de partícipes, con especial carga sobre el colectivo de prestación definida procedente de Sa Nostra. Los sindicatos UGT y CCOO suscribieron los acuerdos del ERE. Los acuerdos en materia de plan de pensiones fueron impugnados por UOB y aun no hay sentencia firme. El Pacto de Empresa de Sa Nostra (donde se inscribían los Acuerdos de Previsión Social celebrados en Sa Nostra en el año 2001) tenía un vencimiento fijado el 31‐12‐2015. Quien asesora a la Comisión Técnica es Consultora de Pensiones y Previsión Social (CPPS), entidad cuyo Consejo está formado por personas que ostentan o han ostentado cargos orgánicos muy relevantes en los sindicatos UGT y CCOO. Además, la entidad CPPS fue nombrada actuario de contraste del plan de pensiones. De las manifestaciones realizadas en reuniones de la Comisión Técnica puede inferirse que ni CCOO ni UGT (ni CPPS) figuran entre los defensores del plan de pensiones de prestación definida de Sa Nostra. Nada que decir. Lo que reprobamos es que argumenten que el plan es perjudicial para los trabajadores cuando son estas entidades sindicales las que han provocado el desvío de hipótesis actuando sobre variables esenciales (como el salario pensionable) sin hacer las oportunas correcciones en el plan en su conjunto. Los sindicatos UGT y CCOO (como mínimo) han llevado a cabo reuniones extra‐ comisión SIN LA PRESENCIA DE UOB, que han traído consigo la redacción de documentos en los que se detallan borradores de acuerdos respecto al “Derecho consolidado para la transformación de Sa Nostra”. En las pasadas elecciones sindicales celebradas en BMN en noviembre 2014, UOB obtuvo mayoría más que absoluta en los centros de trabajo correspondientes a la antigua Sa Nostra. La plantilla de esos centros constituye la inmensa mayoría de los partícipes del plan de prestación definida. A raíz de los hechos descritos en el punto 10, recientemente UOB ha emitido el burofax reproducido en el DOCUMENTO TRES.
Por todo lo anterior, por la presente les requerimos para que cumplan o hagan cumplir con la obligación de remitir la CERTIFICACIÓN DE APORTACIONES Y DERECHOS CONSOLIDADOS a todos los partícipes.
Por UNIÓN OBRERA BALEAR
Palma (Mallorca), 8 de mayo de 2015
DOCUMENTO UNO De: Enviado el: lunes, 04 de mayo de 2015 11:08 Para:
[email protected] Asunto: Certificación A LA ENTIDAD GESTORA DEL PLAN DE PENSIONES DE PROMOCIÓN CONJUNTA EMPLEADOS BMN Por la presente solicito me remitan a vuelta de correo la certificación de aportaciones y derechos consolidados referida a 31-12-2014 que constituye derecho de información RECIBIR dentro del primer cuatrimestre del año. Atte., ...
Partícipe
DOCUMENTO DOS De: ANA CALVO HUETE [
[email protected]] Enviado el: martes, 05 de mayo de 2015 10:09 Para: Asunto: RE: Certificación
Apreciado compañero/a: De acuerdo a su petición, le adelantamos la siguiente información facilitada por la entidad gestora correspondiente al total de aportaciones realizadas por el Promotor en el Plan de Pensiones de Promoción Conjunta de los Empleados del Banco Mare Nostrum y de las Entidades procedentes del Sistema Institucional de Protección Creado el 2VI2010 (N2428). El importe declarado en el modelo 345 correspondiente al ejercicio 2014 asciende de acuerdo al siguiente detalle a: Aportaciones Totales … Aportación por Jubilación … Aportación por Riesgo … Indicarles que se remitirá el certificado fiscal a su domicilio en cuanto la Gestora disponga de la información necesaria del Actuario Interno del Plan. Cualquier otra aclaración, podrá ser solicitada a la Comisión de Control del propio Plan. Saludos Sa Nostra Compañía de Seguros de Vida S.A. P.D Para sucesivas peticiones agradeceríamos que las enviaran al siguiente correo:
[email protected]
DOCUMENTO TRES